CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2281 de 2016
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2281 de 2016
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2016
Naciones Unidas S /RES/2281 (2016) Consejo de Seguridad Distr. general 26 de abril de 2016 Resolución 2281 (2016) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7677ª sesión, celebrada el 26 de abril de 2016 El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones y declaraciones anteriores sobre la República Centroafricana, en particular las resoluciones 2121 (2013), 2127 (2013), 2134 (2014), 2149 (2014), 2181 (2014), 2196 (2015), 2212 (2015), 2217 (2015), 2262 (2016) y 2264 (2016), así como la resolución 2272 (2016), y las declaraciones de la Presidencia S/PRST/2014/28, de 18 de diciembre de 2014, y S/PRST/2015/17, de 20 octubre de 2015, Tomando nota del informe del Secretario General sobre la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA) (S/2016/305), Acogiendo con beneplácito la organización pacífica de un referéndum constitucional el 13 de diciembre de 2015 y de elecciones legislativas y presidenciales en diciembre de 2015 y febrero y marzo de 2016, así como la toma de posesión del Presidente Faustin-Archange Touadera el 30 de marzo de 2016, Reconociendo que el futuro mandato de la MINUSCA se debe adaptar a las nuevas circunstancias derivadas del fin de la transición, en plena consulta con las
autoridades recién elegidas, Reconociendo también, en este contexto, la necesidad de prorrogar por un breve período el mandato de la MINUSCA a fin de poder hacer un examen estratégico de la MINUSCA de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 de la presente resolución, Habiendo determinado que la situación imperante en la República Centroafricana sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1. Decide prorrogar el mandato de la MINUSCA, establecido en la resolución 2217 (2015), hasta el 31 de julio de 2016;
2. Autoriza a la MINUSCA a utilizar todos los medios necesarios para desempeñar su mandato, dentro de su capacidad y sus zonas de despliegue;
16-06833 (S) 1606833