CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2351de 2017
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2351de 2017
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2017
S Naciones Unidas /RES/2351 (2017) Consejo de Seguridad Distr. general 28 de abril de 2017 Resolución 2351 (2017) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7933a sesión, celebrada el 28 de abril de 2017 El Consejo de Seguridad, Recordando y reafirmando todas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental, Reafirmando su decidido apoyo a los esfuerzos del Secretario General y de su Enviado Personal por aplicar las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813 (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014), 2218 (2015) y 2285 (2016), Reafirmando su compromiso de ayudar a las partes a alcanzar una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y haciendo notar la función y las obligaciones que incumben a las partes a este respecto, Reiterando su llamamiento a las partes y a los Estados vecinos para que cooperen más plenamente con las Naciones Unidas y entre sí e intensifiquen su implicación para poner fin a la actual situación de estancamiento y avanzar hacia una solución política, Reconociendo que el logro de una solución política a esta controversia de larga data y la mejora de la cooperación entre los Estados miembros de la Unión del
Magreb Árabe contribuirían a la estabilidad y la seguridad de la región del Sahel, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Secretario General por mantener en atento examen todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO), y reiterando la necesidad de que el Consejo aplique un enfoque riguroso y estratégico a los despliegues de mantenimiento de la paz y gestione eficazmente los recursos, Poniendo de relieve la necesidad de evaluar periódicamente el desempeño de la MINURSO a fin de asegurar que la misión conserva las aptitudes y la flexibilidad necesarias para cumplir eficazmente su mandato, Poniendo de relieve también que los procesos de contratación, retención y asignación de las Naciones Unidas para la MINURSO deben facilitar una adaptación rápida y fácil de las estructuras de la misión a los cambios de los 17-06888 (S) 1706888 S/RES/2351 (2017) entornos operacionales, y observando la intención del Secretario General de modificar esos procesos para que la Organización sea más ágil, Reconociendo el importante papel que desempeña la MINURSO sobre el terreno y la necesidad de que cumpla plenamente su mandato, en particular la función de prestar apoyo al Enviado Personal para encontrar una solución política mutuamente aceptable, Expresando preocupación por las violaciones de los acuerdos existentes y exhortando a las partes a que respeten sus obligaciones pertinentes, Tomando nota de la propuesta presentada al Secretario General por Marruecos el 11 de abril de 2007 y acogiendo con beneplácito los serios y creíbles esfuerzos de
Marruecos por hacer avanzar el proceso hacia una solución; y tomando nota también de la propuesta presentada al Secretario General por el Frente Polisario el 10 de abril de 2007, Alentando en este contexto a las partes a que demuestren una mayor voluntad política para llegar a una solución, incluso ahondando en sus deliberaciones sobre las propuestas de la otra parte, y alentando también a los países vecinos a que hagan contribuciones al proceso político, Tomando nota de las cuatro rondas de negociaciones celebradas bajo los auspicios del Secretario General y reconociendo la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociación, Alentando a las partes a que reanuden la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en la aplicación del Plan de Acción sobre Medidas de Fomento de la Confianza actualizado en enero de 2012, incluidos los programas que tienen por objetivo vincular a personas que han estado separadas por el conflicto durante más de 40 años y alentando también a las partes a que consideren la posibilidad de adoptar medidas adicionales adecuadas de fomento de la confianza, Destacando la importancia de mejorar la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf y alentando a las partes a que colaboren con la comunidad internacional para formular y aplicar medidas independientes y creíbles que aseguren el pleno respeto de los derechos humanos, teniendo presentes las obligaciones pertinentes que les incumben en virtud del derecho internacional, Alentando a las partes a que prosigan sus esfuerzos respectivos por mejorar la promoción y protección de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los
campamentos de refugiados de Tinduf, entre ellos la libertad de expresión y la de asociación, Acogiendo con beneplácito, a este respecto, las medidas e iniciativas recientes adoptadas por Marruecos y el papel desempeñado por las Comisiones del Consejo Nacional de Derechos Humanos en Dajla y El Aaiún, y la interacción que mantiene Marruecos con los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Encomiando la visita técnica de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) al Sáhara Occidental en abril de 2015, y a los campamentos de refugiados de Tinduf en julio y agosto de 2015, y alentando encarecidamente el fortalecimiento de la cooperación con el ACNUDH, incluso mediante la facilitación de visitas adicionales a la región, 2/5 17-06888 S/RES/2351 (2017) Observando con profunda preocupación las constantes dificultades a que se enfrentan los refugiados saharauis y su dependencia de la asistencia humanitaria externa, y observando también la insuficiencia de la financiación para las personas que viven en los campamentos de refugiados de Tinduf y el riesgo de posibles reducciones de la asistencia alimentaria, Reiterando su solicitud de que se considere la posibilidad de proceder a una inscripción de los refugiados en los campamentos de Tinduf y poniendo de relieve la necesidad de que se trabaje en este sentido, Destacando la importancia de que las partes se comprometan a continuar el proceso de negociaciones en el marco de conversaciones auspiciadas por las
Naciones Unidas y alentando una participación significativa de las mujeres en esas conversaciones, Reconociendo que la consolidación del statu quo no es aceptable, y observando además que los progresos en las negociaciones son esenciales para mejorar la calidad de vida del pueblo del Sáhara Occidental en todos sus aspectos, Expresando su agradecimiento por los esfuerzos realizados por el Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental, Embajador Christopher Ross, durante todo su mandato, y afirmando su pleno y continuo apoyo al Enviado Personal del Secretario General para el Sáhara Occidental en la labor de facilitar las negociaciones entre las partes, y exhortando a las partes y los Estados vecinos a que cooperen plenamente con el Enviado Especial, Afirmando su pleno apoyo a la Representante Especial del Secretario General para el Sáhara Occidental y Jefa de la MINURSO, Sra. Kim Bolduc, Habiendo examinado el informe del Secretario General de 10 de abril de 2017 (S/2017/307),
1. Decide prorrogar el mandato de la MINURSO hasta el 30 de abril de 2018;
2. Reafirma la necesidad de que se respeten plenamente los acuerdos militares concertados con la MINURSO respecto del alto el fuego y exhorta a las partes a que se adhieran plenamente a esos acuerdos;
3. Reconoce que la reciente crisis en la zona de separación de Guerguerat plantea cuestiones fundamentales relacionadas con el acuerdo de alto el fuego y acuerdos conexos y alienta al Secretario General a que estudie formas de resolver
esas cuestiones;
4. Exhorta a todas las partes a que cooperen plenamente con las operaciones de la MINURSO, incluida su libre interacción con todos los interlocutores, y a que tomen las medidas necesarias para garantizar la seguridad, así como la circulación sin trabas y el acceso inmediato, del personal de las Naciones Unidas y el personal asociado en la ejecución de su mandato, de conformidad con los acuerdos existentes;
5. Pone de relieve la importancia del compromiso de las partes de continuar el proceso de preparación de la quinta ronda de negociaciones y recuerda que hizo suya la recomendación formulada en el informe de 14 de abril de 2008 (S/2008/251) en el sentido de que la visión realista y el espíritu de compromiso de las partes son esenciales para lograr progresos en las negociaciones, y alienta a los países vecinos a que hagan contribuciones significativas a este proceso;
6. Exhorta a las partes a que den muestras de voluntad política y trabajen en una atmósfera propicia para el diálogo a fin de reanudar las negociaciones, asegurando así la aplicación de las resoluciones 1754 (2007), 1783 (2007), 1813
17-06888 3/5 S/RES/2351 (2017) (2008), 1871 (2009), 1920 (2010), 1979 (2011), 2044 (2012), 2099 (2013), 2152 (2014) y 2218 (2015) y el éxito de las negociaciones;
7. Afirma su pleno apoyo al compromiso del Secretario General y de su Enviado Personal de encontrar una solución a la cuestión del Sáhara Occidental en
este contexto para relanzar el proceso de negociación con una nueva dinámica y un nuevo espíritu que conduzcan a la reanudación de un proceso político con el fin de encontrar una solución política mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas;
8. Exhorta a las partes a que reanuden las negociaciones bajo los auspicios del Secretario General, sin condiciones previas y de buena fe, teniendo en cuenta los esfuerzos realizados desde 2006 y los acontecimientos posteriores, con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y hace notar la función y las obligaciones que incumben a las partes a este respecto;
9. Invita a los Estados Miembros a que presten la asistencia adecuada para esas conversaciones;
10. Solicita al Secretario General que lo informe periódicamente, y como mínimo dos veces por año, sobre el estado y la marcha de las negociaciones que se desarrollan bajo sus auspicios, la aplicación de la presente resolución, los problemas que afectan a las operaciones de la MINURSO y las medidas adoptadas para resolverlos, expresa su intención de reunirse para recibir y examinar dicha información y, a este respecto, solicita también al Secretario General que presente un informe sobre la situación en el Sáhara Occidental con suficiente antelación al fin del período del mandato;
11. Solicita además al Secretario General que le proporcione información
actualizada en un plazo de seis meses a partir del nombramiento del nuevo Enviado Personal sobre i) las formas en que el Enviado Personal, en colaboración con las partes, está logrando progresos en la búsqueda de una solución política mutuamente aceptable, que prevea la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental en el marco de disposiciones conformes a los principios y propósitos de la Carta de las Naciones Unidas, y presente una ruta clara a seguir; ii) cómo se están elaborando y aplicando las medidas de evaluación del desempeño de la MINURSO, iii) cómo se pueden reorganizar las estructuras y la dotación de personal para lograr los objetivos de la misión de manera eficiente, y iv) cómo se están estudiando las nuevas tecnologías para reducir los riesgos, mejorar la protección de las fuerzas y aplicar mejor el mandato de la MINURSO;
12. Alienta a las partes a reanudar la cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados a fin de examinar y, de ser posible, ampliar las medidas de fomento de la confianza;
13. Insta a los Estados Miembros a que proporcionen contribuciones voluntarias nuevas y adicionales para financiar los programas de alimentos con miras a garantizar que se satisfacen de manera adecuada las necesidades humanitarias de los refugiados y evitar la reducción de las raciones alimentarias;
14. Solicita al Secretario General que siga adoptando las medidas necesarias para asegurar que en la MINURSO se cumpla plenamente la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales y que lo mantenga informado, e insta a los países que aportan contingentes a que
adopten las medidas preventivas apropiadas, incluida la sensibilización antes del despliegue, y otras medidas para asegurar la plena rendición de cuentas en los casos de este tipo de conducta en que esté involucrado su personal; 4/5 17-06888
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15. Apoya el aumento del personal médico en el marco de la dotación actual de personal uniformado, de conformidad con la solicitud formulada en el informe más reciente del Secretario General, con el fin de solucionar la grave insuficiencia de capacidad médica de la MINURSO;
16. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
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