CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2387 de 2017
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2387 de 2017
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2017
S Naciones Unidas /RES/2387 (2017) Consejo de Seguridad Distr. general 15 de noviembre de 2017 Resolución 2387 (2017) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8102a sesión, celebrada el 15 de noviembre de 2017 El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones y declaraciones anteriores sobre la República Centroafricana, en particular las resoluciones 2121 (2013), 2127 (2013), 2134 (2014), 2149 (2014), 2181 (2014), 2196 (2015), 2212 (2015), 2217 (2015), 2262 (2016), 2264 (2016), 2281 (2016), 2301 (2016) y 2339 (2017), así como la resolución 2272 (2016), y las declaraciones de su Presidencia S/PRST/2014/28, de 18 de diciembre de 2014, S/PRST/2015/17, de 20 de octubre de 2015, S/PRST/2016/17, de 16 de noviembre de 2016, S/PRST/2017/5, de 4 de abril de 2017, y S/PRST/2017/9, de 13 de julio de 2017, Reafirmando su enérgico compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Centroafricana y recordando la importancia de los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional, Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, como el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en
legítima defensa y en defensa del mandato, reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz refleja las necesidades y la situación específicas del país en cuestión, y recordando, a este respecto, la declaración de su Presidencia S/PRST/2015/22, de 25 de noviembre de 2015, Recordando que las autoridades de la República Centroafricana tienen la responsabilidad primordial de proteger a todas las poblaciones de su territorio, en particular contra el genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, y, a este respecto, recordando la importancia de restaurar la autoridad del Estado en todas las zonas del país, Poniendo de relieve que la República Centroafricana debe asumir la titularidad de toda solución sostenible de la crisis en el país, incluido el proceso político, y priorizar la reconciliación del pueblo centroafricano, mediante un proceso inclusivo en el que participen hombres y mujeres de todas las esferas sociales, económicas, políticas, religiosas y étnicas, incluidos los desplazados por la crisis, Publicado nuevamente por razones técnicas por segunda vez (10 de octubre de 2018). 17-20324 (S) 1720324 S/RES/2387 (2017) Expresando preocupación por el deterioro de la situación de la seguridad, particularmente en el sudeste y las zonas del noroeste de la República Centroafricana, debido a los continuos enfrentamientos entre grupos armados que intentan hacerse por la fuerza con el control del territorio y los recursos y desestabilizar el país, así como a la falta de capacidad de las fuerzas de seguridad nacionales y la persistencia
de las causas profundas del conflicto, Condenando en los términos más enérgicos la incitación al odio y la violencia por motivos étnicos y religiosos, y las múltiples violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y abusos generalizados contra los derechos humanos, incluida la violencia sexual y por razón de género, cometidos principalmente tanto por elementos ex-Seleka como antibalaka, y por otras milicias, así como los ataques deliberados contra civiles de determinadas comunidades, Recordando la presentación del informe (S/2014/928) de la Comisión Internacional de Investigación establecida en virtud de la resolución 2127 (2013), observando con preocupación su conclusión de que las principales partes en el conflicto, incluidos los ex-Seleka, los antibalaka y los elementos de las Fuerzas Armadas de la República Centroafricana (FACA) que colaboraban con grupos armados, cometieron desde el 1 de enero de 2013 violaciones del derecho internacional humanitario y violaciones y abusos contra los derechos humanos que pueden constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, como la depuración étnica perpetrada por elementos de las milicias antibalaka, Condenando en los términos más enérgicos todos los ataques, provocaciones e incitaciones a la violencia dirigidos por grupos armados u otros autores contra los contingentes de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA) y otras fuerzas internacionales, rindiendo homenaje al personal de la MINUSCA que ha sacrificado su vida al servicio de la paz, subrayando que los ataques deliberados contra el
personal de mantenimiento de la paz pueden constituir crímenes de guerra, recordando a todas las partes sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, e instando a las autoridades de la República Centroafricana a que tomen todas las medidas posibles para asegurar el arresto y enjuiciamiento de los autores, Acogiendo con beneplácito, a este respecto, los esfuerzos de la MINUSCA por proteger a los civiles y combatir a los grupos armados, con el éxito de la Operación Bekpa en Bambari, en febrero y marzo de 2017, la Operación Maraze en Bangassou, en agosto de 2017, y la Operación Damakongo en Bocaranga, en octubre de 2017, Destacando la necesidad urgente e imperiosa de poner fin a la impunidad en la República Centroafricana y de llevar ante la justicia a los autores de violaciones del derecho internacional humanitario y abusos y violaciones contra los derechos humanos, acogiendo con beneplácito a este respecto la progresiva puesta en marcha del Tribunal Penal Especial (TPE) y subrayando la necesidad de reforzar los demás mecanismos nacionales de rendición de cuentas, así como el apoyo a la labor de la Experta Independiente sobre los Derechos Humanos en la República Centroafricana, Reiterando la responsabilidad primordial que tienen las autoridades nacionales de asegurar un entorno propicio para investigar, enjuiciar y fallar con eficacia e independencia en todas las causas, y poniendo de relieve también la necesidad de que el Gobierno de la República Centroafricana garantice la preparación institucional a tal fin, Acogiendo con beneplácito las medidas iniciadas por el Gobierno de la República Centroafricana a fin de establecer mecanismos de justicia de transición
para asegurar la rendición de cuentas por los crímenes cometidos en el pasado y la 2/20 17-20324 S/RES/2387 (2017) reparación para las víctimas, pero promoviendo al mismo tiempo la reconciliación nacional, Acogiendo con beneplácito el compromiso del Secretario General de aplicar estrictamente su política de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, observando las distintas medidas adoptadas por la MINUSCA y los países que aportan contingentes y fuerzas de policía para combatir la explotación y los abusos sexuales, lo que ha hecho que disminuyan los casos registrados, pero expresando al mismo tiempo grave preocupación por las numerosas denuncias de actos de explotación y abusos sexuales presuntamente cometidos por el personal de mantenimiento de la paz en la República Centroafricana y por fuerzas ajenas a las Naciones Unidas, destacando la necesidad urgente de que los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y, si corresponde, la MINUSCA investiguen esas denuncias con prontitud y de manera creíble y transparente, y de que los responsables de esos delitos penales o faltas de conducta rindan cuenta de sus actos, y destacando también la necesidad de impedir la explotación y los abusos de ese tipo y mejorar la forma en que se responde a esas denuncias de conformidad con la resolución 2272 (2016), Poniendo de relieve que la actual situación de la seguridad en la República Centroafricana crea un entorno propicio para las actividades delictivas transnacionales, como las que conllevan tráfico de armas y utilización de mercenarios, así como un posible caldo de cultivo para las redes radicales,
Expresando grave preocupación por la amenaza para la paz y la seguridad en la República Centroafricana que plantean la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras, su acumulación desestabilizadora y su uso indebido, y el uso de tales armas contra civiles, Reconociendo a este respecto la importante contribución a la paz, la estabilidad o la seguridad de la República Centroafricana del régimen de sanciones impuesto por el Consejo y renovado en virtud de la resolución 2339 (2017), incluidas sus disposiciones relativas al embargo de armas, y las relativas a las personas o entidades designadas por el Comité por participar en actos que menoscaben la paz, la seguridad o la estabilidad de la República Centroafricana o prestar apoyo a su comisión, Reiterando que el comercio, la explotación ilegal y el contrabando de recursos naturales, como el oro y los diamantes, y la caza furtiva y el tráfico de especies de fauna y flora silvestres siguen siendo una amenaza para la paz y la estabilidad de la República Centroafricana, Expresando preocupación por las denuncias de viajes de personas designadas con arreglo a su resolución 2127 (2013) y observando la importancia fundamental que reviste la aplicación efectiva del régimen de sanciones, incluida la función clave que pueden desempeñar a este respecto los países vecinos, así como las organizaciones regionales y subregionales, y alentando los esfuerzos por seguir intensificando la cooperación, Reiterando su grave preocupación por la dificilísima situación humanitaria existente en la República Centroafricana y las consecuencias del deterioro de la
situación de la seguridad para el acceso humanitario, así como por la violencia contra los trabajadores humanitarios, y poniendo de relieve en particular las actuales necesidades humanitarias de los más de 600.000 desplazados internos y casi 500.000 refugiados que se encuentran en países vecinos, y expresando preocupación también por las consecuencias de la corriente de refugiados para la situación en el Chad, el Camerún y la República Democrática del Congo, así como en otros países de la región, 17-20324 3/20 S/RES/2387 (2017) Recordando que las autoridades de la República Centroafricana tienen la responsabilidad de proteger y promover el derecho de todas las personas, incluidos los desplazados internos, a la libertad de circulación en la República Centroafricana, sin distinción, así como su libertad para elegir lugar de residencia, y de respetar su derecho a regresar a su propio país o abandonarlo para solicitar asilo en otros Estados, y expresando preocupación por el sufrimiento de los civiles atrapados en enclaves con acceso limitado a la asistencia humanitaria, Recordando la celebración en todo el país, entre el 21 de enero y el 8 de marzo de 2015, de consultas populares que permitieron a miles de personas de la República Centroafricana expresar sus opiniones sobre el futuro de su país, así como la participación local en estas consultas, y la celebración en mayo de 2015 del Foro de Bangui, durante el cual se aprobaron el Pacto Republicano para la Paz, la Reconciliación Nacional y la Reconstrucción de la República Centroafricana y acuerdos sobre los principios de desarme, desmovilización, reintegración y
repatriación, justicia y reconciliación, y reforma del sector de la seguridad, y sobre el compromiso contraído por los grupos armados para poner fin al reclutamiento y la utilización de niños soldados y liberar de sus filas a todos los niños, Recordando la organización pacífica de un referéndum constitucional el 13 de diciembre de 2015 y de elecciones legislativas y presidenciales en diciembre de 2015 y febrero y marzo de 2016, así como la toma de posesión del Presidente FaustinArchange Touadéra el 30 de marzo de 2016, Recordando la necesidad de llevar a cabo un proceso de desarme, desmovilización y reintegración, así como de repatriación en el caso de los combatientes extranjeros, incluidos los niños anteriormente vinculados a fuerzas y grupos armados, que sea inclusivo y eficaz y tenga en cuenta las cuestiones de género, sin desatender la necesidad de luchar contra la impunidad, Recordando el éxito de las actividades previas al desarme, la desmovilización y la reintegración y los programas de reducción de la violencia comunitaria, que han contribuido a que disminuya la presencia de miembros de grupos armados, Subrayando la necesidad constante de apoyar los esfuerzos nacionales y coordinar los esfuerzos internacionales para transformar el sector de la seguridad en la República Centroafricana, y destacando la crucial función de las fuerzas de seguridad interna (policía y gendarmería) en el restablecimiento de la seguridad comunitaria y pública y del estado de derecho en la República Centroafricana, Acogiendo con beneplácito a este respecto la labor realizada por la Misión de
Capacitación de la Unión Europea (EUTM) para prestar apoyo a la reforma de las FACA para convertirlas en unas fuerzas armadas multiétnicas, profesionales y representativas, como se indica en la carta de la Alta Representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad de fecha 30 de mayo de 2016, Recordando sus resoluciones sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, en particular las resoluciones 2286 (2016) y 1894 (2009), sus resoluciones sobre los niños y los conflictos armados, en particular la resolución 2225 (2015) y sus resoluciones sobre las mujeres, la paz y la seguridad, en particular las resoluciones 2106 (2013) y 2242 (2015), y exhortando a todas las partes de la República Centroafricana a que colaboren con la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los Conflictos Armados y la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos, 4/20 17-20324 S/RES/2387 (2017) Expresando su preocupación por el hecho de que los niños hayan seguido siendo víctimas de abusos cometidos por elementos armados ex-Seleka y antibalaka, así como otros grupos armados, como el Ejército de Resistencia del Señor (ERS), y de que las mujeres y las niñas sigan siendo blanco de la violencia y víctimas de la violencia sexual y por razón de género en la República Centroafricana, Acogiendo con beneplácito la ratificación por las autoridades de la República Centroafricana, el 21 de septiembre de 2017, del Protocolo Facultativo de la
Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados y subrayando la importancia de su plena aplicación, Poniendo de relieve que la función y la contribución de los países vecinos, la Comunidad Económica de los Estados del África Central (CEEAC) y la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL) y la Unión Africana (UA) siguen siendo fundamentales para la promoción de una paz y una estabilidad duraderas en la República Centroafricana, y reiterando su aprecio por los esfuerzos que están realizando en tal sentido, Acogiendo con beneplácito el firme compromiso de la Unión Europea (UE) y la positiva colaboración de la Comunidad de Sant’Egidio por medio del acuerdo firmado en Roma el 19 de junio de 2017, que constituyó un paso hacia la paz y la estabilidad en la República Centroafricana, así como la participación de otras organizaciones internacionales como la Organización Internacional de la Francofonía (OIF) y la Organización de Cooperación Islámica (OCI), y acogiendo con beneplácito también las contribuciones bilaterales de los Estados Miembros a la estabilización de la República Centroafricana, Exhortando a los asociados internacionales a que ayuden a las autoridades de la República Centroafricana a desarrollar la capacidad institucional y operacional de la policía, la gendarmería y las autoridades aduaneras nacionales para vigilar de manera efectiva las fronteras y los puntos de entrada, incluso respaldando la aplicación de las medidas prorrogadas y modificadas en el párrafo 1 de la resolución 2339 (2017) y el desarme y la repatriación de los elementos armados extranjeros,
Destacando la necesidad de ejecutar el mandato de la MINUSCA, basándose en la priorización de tareas y, cuando proceda, de manera gradual, Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General de 16 de octubre de 2017 (S/2017/865), Habiendo determinado que la situación imperante en la República Centroafricana sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, Proceso político
1. Reitera su apoyo al Presidente Faustin-Archange Touadéra y a su Gobierno, y acoge con beneplácito sus esfuerzos por promover el diálogo con los grupos armados y ampliar la autoridad del Estado en todas las zonas del país, así como los compromisos que contrajo en la Reunión de Alto Nivel sobre la República Centroafricana celebrada en septiembre de 2017, de forma paralela a la Asamblea
General;
2. Acoge con beneplácito las medidas tomadas a este respecto, tales como la aprobación y aplicación del Plan Nacional de Recuperación y Consolidación de la Paz, la adopción de una Estrategia Nacional para el Restablecimiento de la Autoridad del Estado, la aprobación de la Política de Seguridad Nacional y la Estrategia Nacional de Reforma del Sector de la Seguridad, la validación del Plan de Reforma
17-20324 5/20 S/RES/2387 (2017) de las Fuerzas de Seguridad Interna, la puesta en marcha del proyecto piloto de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, así como las iniciativas emprendidas recientemente para garantizar que todos los componentes de la sociedad
tuvieran mayor representación en el Gobierno de la República Centroafricana, y alienta a las autoridades de la República Centroafricana a que sigan adelante con su empeño de establecer mecanismos de gobernanza más inclusivos para fomentar un entorno propicio al consenso nacional y al progreso político;
3. Acoge con beneplácito la Iniciativa Africana para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana que culminó en la aprobación de la hoja de ruta de la conferencia ministerial celebrada en Libreville el 17 de julio de 2017 por las autoridades de la República Centroafricana, la Unión Africana, la CEEAC y la CIRGL, con el apoyo de Angola, el Chad, el Congo y el Gabón, y reafirma que esa iniciativa y esa hoja de ruta constituyen el marco principal para lograr una solución política en la República Centroafricana, según lo acordado por las autoridades centroafricanas y bajo su liderazgo;
4. Reitera la necesidad de coordinar todos los esfuerzos en pro de la paz y la reconciliación en la República Centroafricana, alienta a la Iniciativa Africana para la Paz y la Reconciliación a que colabore estrechamente con las Naciones Unidas, y acoge con beneplácito a este respecto la decisión del Grupo de Facilitadores de velar por la coherencia, en colaboración estratégica y operacional con la MINUSCA, así como la asistencia prestada por la misión al Grupo, y exhorta también a los asociados internacionales a que presten asistencia política y financiera a la labor del Grupo de
Facilitadores;
5. Insta a las autoridades de la República Centroafricana y los grupos
armados a que participen de manera constructiva y de buena fe en un proceso de paz inclusivo para alcanzar un acuerdo político amplio, tal como se reiteró en la reunión extraordinaria de Ministros de Relaciones Exteriores de la CEEAC el 21 de octubre de 2017;
6. Exige que todas las milicias y grupos armados depongan las armas, pongan fin a todas las formas de violencia y actividades desestabilizadoras, incluidos los ataques contra el personal de mantenimiento de la paz y los trabajadores humanitarios, así como la incitación al odio y a la violencia, y liberen a los niños de sus filas de inmediato y sin condiciones, e insta a todas las instancias políticas e institucionales de la República Centroafricana a que condenen y repriman enérgicamente tales actos;
7. Exige también que todas las milicias y grupos armados pongan fin a los ataques contra el personal de mantenimiento de la paz y los trabajadores humanitarios;
8. Insta a las autoridades de la República Centroafricana a que pongan en práctica urgentemente una reconciliación verdadera e inclusiva en el país, entre otras cosas abordando la marginación y las reivindicaciones locales de todos los componentes de la sociedad en todo el territorio de la República Centroafricana, en particular mediante políticas nacionales de desarrollo económico y de contratación en la administración pública, y a que promuevan las iniciativas de reconciliación a nivel regional, nacional, local y de las prefecturas, incluso mediante la celebración de elecciones locales;
9. Exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a que velen por que las políticas y los marcos legislativos nacionales protejan debidamente los derechos humanos de los desplazados internos, incluida la libertad de circulación,
y apoya la aplicación de soluciones duraderas para los desplazados internos y las 6/20 17-20324 S/RES/2387 (2017) poblaciones de refugiados, como el regreso a sus hogares de manera voluntaria, segura, digna y sostenible, la integración o el reasentamiento locales;
10. Recuerda el papel fundamental que desempeña la sociedad civil en el proceso de paz y reconciliación para garantizar que el acuerdo político amplio aborde las causas profundas del conflicto y alienta además la participación plena y efectiva de las mujeres en ese proceso;
11. Subraya la importancia de que se respete la Constitución para garantizar la estabilización y el desarrollo a largo plazo de la República Centroafricana;
12. Alienta a los Estados Miembros a que presenten al Comité establecido en virtud del párrafo 57 de la resolución 2127 (2013) solicitudes, con apoyo probatorio detallado, para incluir en su lista a las personas y entidades que participen en actos que menoscaben la paz, la estabilidad o la seguridad de la República Centroafricana, incluidos los actos que amenacen u obstaculicen el proceso político o el proceso de estabilización y reconciliación o fomenten la violencia, o que presten apoyo a su comisión;
13. Insta a las autoridades de la República Centroafricana a que hagan frente a la presencia y las actividades de grupos armados en la República Centroafricana mediante la ejecución de una estrategia amplia que dé prioridad al diálogo y la urgente puesta en marcha de un programa inclusivo de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, que se ejecutará en consonancia con la reforma del sector
de la seguridad que garantiza la supervisión civil de las fuerzas de defensa y seguridad nacional, con el apoyo de la comunidad internacional;
14. Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que apliquen la Política de Seguridad Nacional y la Estrategia Nacional de Reforma del Sector de la Seguridad, a fin de establecer unas fuerzas de defensa nacional y de seguridad interna que sean profesionales, con una composición étnica representativa y el necesario equilibrio regional, incluso adoptando y aplicando procedimientos apropiados de verificación de antecedentes para todo el personal de defensa y seguridad, particularmente en materia de derechos humanos, así como medidas para absorber a los elementos de grupos armados que cumplan rigurosos criterios de selección y verificación de antecedentes, y solicita al Secretario General que lo informe sobre los progresos realizados al respecto como parte de su ciclo ordinario de presentación de informes;
15. Acoge con beneplácito que se haya concluido, en coordinación con la MINUSCA y la Misión de Formación Militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTM RCA) y conforme a lo solicitado en la resolución 2301 (2016), el Documento de Orientación para el redespliegue de las fuerzas armadas centroafricanas (2017-2019), en el que se establecen las condiciones para el redespliegue progresivo de las unidades de las FACA adiestradas por la EUTM RCA, en coordinación con la MINUSCA, la EUTM RCA y otros asociados internacionales pertinentes, a fin de contribuir a ampliar la autoridad del Estado y la seguridad, y exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a que formulen y
ultimen, en un plazo razonable, otros procedimientos necesarios para que las FACA vuelvan a ser plenamente operativas;
16. Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que tomen medidas concretas, sin demora y con carácter prioritario, para fortalecer las instituciones de justicia y luchar contra la impunidad, a fin de contribuir a la estabilización y la reconciliación, entre otras cosas mediante el restablecimiento de la administración de los sistemas judiciales, de justicia penal y penitenciarios en todo el país, la desmilitarización de las prisiones, y la sustitución gradual de las FACA
17-20324 7/20 S/RES/2387 (2017) contratando a personal penitenciario civil y garantizando el acceso a la justicia en condiciones justas y de igualdad para todos;
17. Acoge con beneplácito a este respecto la puesta en marcha progresiva del TPE y el nombramiento del Comité Directivo para la implantación de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación;
18. Exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a que prosigan sus esfuerzos por restablecer la autoridad efectiva del Estado en todo el territorio, incluso mediante redesplegando la administración del Estado en las provincias, y garantizando el pago puntual de los sueldos a los funcionarios públicos y las fuerzas de seguridad, con el objetivo de asegurar una gobernanza estable, responsable, inclusiva y transparente;
19. Alienta a las autoridades de la República Centroafricana a que, con el apoyo de la comunidad internacional, en particular con el liderazgo de los esfuerzos internacionales a cargo de las instituciones financieras internacionales, y sobre la base
de los objetivos fundamentales de la consolidación de la paz y el Estado, sigan reforzando la gestión y la rendición de cuentas de las finanzas públicas, incluida la recaudación de ingresos, el control de los gastos y las prácticas de adquisición y concesiones públicas, basándose en las experiencias internacionales pertinentes y de una manera que permita hacer frente a los gastos relacionados con el funcionamiento del Estado, aplicar planes de recuperación temprana y revitalizar la economía, y fomente la titularidad nacional y respete la soberanía de la República Centroafricana;
20. Exhorta además a los Estados Miembros y las organizaciones internacionales y regionales a que hagan efectivas las promesas suscritas en la conferencia internacional de Bruselas (17 de noviembre de 2016), así como en la Conferencia de Solidaridad Africana celebrada en Addis Abeba (1 de febrero de 2017), en apoyo de la aplicación de las prioridades de consolidación de la paz de la República Centroafricana, indicadas en su Estrategia Nacional para la Recuperación y la Consolidación de la Paz, a fin de proporcionar apoyo a las autoridades de la República Centroafricana para las reformas y para el restablecimiento de la autoridad del Estado en todo el territorio, incluidas contribuciones para el pago de sueldos y otras necesidades, así como apoyo a los programas de reforma del sector de la seguridad y de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, y para el restablecimiento del sistema judicial y de justicia penal, en particular el TPE, y a este respecto, alienta a las autoridades de la República Centroafricana a que aceleren la
ejecución efectiva del Plan Nacional para la Recuperación y la Consolidación de la Paz;
21. Acoge con beneplácito la continua colaboración de las Naciones Unidas, en particular la Oficina Regional para África Central (UNOCA), la Unión Africana
(UA), la CEEAC, la CIRGL, los Estados vecinos, la Unión Europea, el Grupo de Contacto Internacional, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, así como otros asociados internacionales y donantes, para apoyar la estabilización de la República Centroafricana;
22. Toma nota de la elaboración de un marco de rendición de cuentas mutua entre las autoridades de la República Centroafricana y los asociados internacionales, bajo la dirección del Gobierno de la República Centroafricana, con objeto de aumentar la transparencia y la rendición de cuentas, así como la coherencia y la asistencia sostenida de los asociados internacionales de la República Centroafricana en apoyo de las prioridades nacionales acordadas;
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23. Destaca en este contexto la valiosa función que realiza la Comisión de Consolidación de la Paz (CCP) brindando asesoramiento estratégico y fomentando un enfoque más coherente, coordinado e integrado de los esfuerzos internacionales de consolidación de la paz, reconoce el papel activo del Reino de Marruecos, y alienta a que se mantenga la coordinación con la CCP y otras organizaciones e instituciones internacionales pertinentes en apoyo de las necesidades de la República Centroafricana en materia de consolidación de la paz a largo plazo; Derechos humanos, incluidas la protección de la infancia y la violencia sexual
en el conflicto
24. Reitera la necesidad urgente e imperiosa de hacer rendir cuentas de sus actos a todos los autores de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y abusos contra los derechos humanos, independientemente de su estatus o su afiliación política, y reitera que algunos de esos actos pueden constituir crímenes con arreglo al Estatuto de Roma de la Corte Penal internacional (CPI), en el que la República Centroafricana es Estado parte;
25. Recuerda la decisión adoptada por la Fiscal de la CPI el 24 de septiembre de 2014 de iniciar, a raíz de la solicitud de las autoridades nacionales, una investigación de los presuntos delitos cometidos desde 2012, y acoge con beneplácito la cooperación que están brindando las autoridades de la República Centroafricana a ese respecto;
26. Toma nota a este respecto del informe del Proyecto de Documentación de Casos, en el que se describen violaciones
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