CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2429 de 2018
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2429 de 2018
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2018
S Naciones Unidas /RES/2429 (2018) Consejo de Seguridad Distr. general 13 de julio de 2018 Resolución 2429 (2018) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8311º período de sesiones, celebrado el 13 de julio de 2018 El Consejo de Seguridad, Reafirmando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en el Sudán y subrayando la importancia de que se cumplan plenamente, Reafirmando su decidido compromiso con la soberanía, la unidad, la independencia y la integridad territorial del Sudán y su determinación de colaborar con el Gobierno del Sudán, respetando plenamente su soberanía, para ayudar a afrontar los diversos desafíos que se plantean en el Sudán, Recordando la importancia de los principios del arreglo pacífico de las controversias internacionales, la buena vecindad, la no injerencia y la cooperación en las relaciones entre los Estados de la región, Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, incluidos el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en legítima defensa y en defensa del mandato, y reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz es específico para el país en cuestión, y recordando la declaración S/PRST/2015/22, Recordando todas sus resoluciones pertinentes relativas a las mujeres y la paz y la seguridad, los niños y los conflictos armados, la protección del personal humanitario y de las Naciones Unidas, y la protección de los civiles en los conflictos armados,
Subrayando, sin perjuicio de la responsabilidad primordial que incumbe al Consejo de Seguridad en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, la importancia de la colaboración entre las Naciones Unidas y la Unión Africana, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas, respecto del mantenimiento de la paz y la seguridad en África, particularmente en el Sudán, Haciendo notar el comunicado PSC/PR/COMM.(DCCLXXVIII) del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana, relativo a la renovación del mandato de la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID), Recordando la resolución 2378 (2017), en que se solicita al Secretario General que vele por que los datos relacionados con la eficacia de las operaciones de mantenimiento de la paz, incluidos los relativos al desempeño de las actividades de 18-11690 (S) 1811690 S/RES/2429 (2018) mantenimiento de la paz, se empleen para mejorar el análisis y la evaluación de las operaciones de las misiones, sobre la base de parámetros claros y bien definidos, y recordando también la resolución 2242 (2015) y su aspiración de duplicar el número de mujeres en los contingentes militares y de policía de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas para 2020, Situación actual Acogiendo con beneplácito que se ha producido una mejora en las condiciones de seguridad y expresando preocupación al mismo tiempo por el hecho de que la situación general de seguridad en Darfur sigue siendo precaria debido a las
actividades desestabilizadoras de diversos agentes, incluidos elementos de algunos movimientos armados, unidades auxiliares de las fuerzas del Gobierno del Sudán y grupos de milicias, y que agravan aún más la inseguridad, las amenazas contra los civiles en Darfur, la violencia entre comunidades, los actos delictivos, la falta de desarrollo y la ausencia del estado de derecho, Acogiendo con beneplácito que se han reducido las confrontaciones militares entre las fuerzas gubernamentales y los grupos rebeldes, observando el anuncio de cesaciones unilaterales de las hostilidades por el Gobierno del Sudán y por el Ejército de Liberación del Sudán-Minni Minawi, el Movimiento por la Justicia y la IgualdadGibril y el Movimiento de Liberación del Sudán-Consejo de Transición, Expresando preocupación por los enfrentamientos que siguen teniendo lugar en Yebel Marra, que han dado lugar al incendio de aldeas, nuevos desplazamientos de civiles y restricciones del acceso humanitario, condenando cualquier violación de las cesaciones unilaterales de las hostilidades e instando a todas las partes en conflicto a respetar las cesaciones unilaterales de las hostilidades, allí donde existen, y a acordar de inmediato un alto el fuego permanente, Recordando su resolución 2117 (2013) y expresando preocupación por la amenaza que representan para la paz y la seguridad de Darfur la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras, su acumulación desestabilizadora y su uso indebido, así como la permanente amenaza que suponen para los civiles las municiones sin detonar, reconociendo el papel de la Fuerza Conjunta de Fronteras
entre el Sudán y el Chad y el programa de recogida de armas puesto en marcha por el Gobierno a este respecto, y observando que el programa ha contribuido a reducir la violencia y la delincuencia entre comunidades, Reiterando su exigencia de que todas las partes en el conflicto de Darfur pongan fin de inmediato a la violencia, en particular a los ataques contra los civiles, el personal de mantenimiento de la paz y el personal humanitario, Observando que, pese a su considerable reducción, los conflictos entre comunidades siguen siendo una de las principales causas de violencia en Darfur y expresando preocupación ante la persistencia de conflictos entre comunidades por las tierras, el acceso al agua y a otros recursos, los problemas relacionados con la migración y las rivalidades tribales, incluso con la participación de unidades paramilitares y milicias tribales, y ante la persistencia de los ataques contra civiles, la violencia sexual y por razón de género y las violaciones graves cometidas contra los niños, así como por el hecho de que sigan sin abordarse los agravios fundamentales que causaron el conflicto, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por el Gobierno del Sudán, incluidas las autoridades locales, para restablecer el orden público mediante el despliegue en Darfur de más recursos humanos y materiales para las actividades policiales, penitenciarias y judiciales, observando que la capacidad en materia de estado de derecho sigue siendo limitada, instando al Gobierno del Sudán a consolidar 2/18 18-11690 S/RES/2429 (2018) y ampliar sus actividades encaminadas a poner fin a la impunidad y mejorar el entorno de protección de la población civil, sin ningún tipo de discriminación, particularmente
en lo que respecta a las violaciones y los abusos de los derechos de la mujer y la violencia sexual y por razón de género, así como las violaciones y los abusos graves cometidos contra los niños, y reconociendo el importante papel que la UNAMID ha desempeñado en el fortalecimiento de las instituciones del estado de derecho, y observando las solicitudes de funcionarios estatales y locales de que el equipo de las Naciones Unidas en el país y la UNAMID aumenten la asistencia para el desarrollo de la capacidad en materia de estado de derecho, en particular en beneficio de la policía sudanesa y las instituciones judiciales y penitenciarias, a fin de establecer un entorno de protección, Poniendo de relieve que los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y abusos de los derechos humanos deben rendir cuentas de sus actos y que el Gobierno del Sudán es el principal responsable de la protección de los civiles, incluidas las mujeres y los niños, que se encuentran en su territorio y están sujetos a su jurisdicción, incluida la protección frente a crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, Situación humanitaria y cuestiones relacionadas con los desplazamientos y el desarrollo Acogiendo con beneplácito la considerable reducción del número de desplazados internos y expresando preocupación al mismo tiempo porque un importante número de personas, aproximadamente dos millones, siguen desplazadas desde hace mucho tiempo, la mayoría de las cuales necesitan asistencia humanitaria, y porque en los dos primeros trimestres de 2018 se han producido nuevos desplazamientos de civiles como consecuencia de los enfrentamientos en Yebel Marra, enfrentamientos que también han afectado negativamente a las operaciones
humanitarias en esas zonas, y exhortando al Gobierno del Sudán a que facilite de inmediato el acceso sin trabas de la UNAMID y los agentes humanitarios a las poblaciones necesitadas de asistencia humanitaria, incluidas las que se encuentran en zonas de conflicto, Acogiendo con beneplácito que se han producido algunas mejoras en el entorno de protección, y observando que ha disminuido el número de casos denunciados de violaciones y abusos de los derechos humanos, reconociendo al mismo tiempo la reducción de la capacidad de la UNAMID de vigilar y verificar las denuncias de violaciones y abusos de los derechos humanos en las zonas de las que se ha retirado y expresando preocupación por el hecho de que los desplazados internos siguen viendo gravemente amenazada su seguridad, corriendo incluso el riesgo de ser asesinados, violados o acosados al realizar actividades de sostenimiento de la vida fuera de los campamentos, así como por los niveles preocupantes de violencia sexual y por razón de género y de violaciones graves cometidas contra los niños, y por las conclusiones formuladas en febrero de 2018 por la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos, en las que se indicaba que había aumentado la violencia sexual contra los niños en Darfur y que las víctimas de la violencia sexual a menudo se enfrentan al rechazo, la vergüenza y el estigma, lo que les impide denunciar el delito o solicitar asistencia y agrava aún más su sufrimiento y la denegación de justicia y de rendición de cuentas, Alentando al Gobierno del Sudán a que se cerciore rápidamente de que las bases de operaciones de la UNAMID que ya se han traspasado y las que se traspasarán en
el futuro se utilicen en consonancia con los acuerdos alcanzados entre la UNAMID y el Gobierno del Sudán, 18-11690 3/18 S/RES/2429 (2018) Subrayando la importancia de que el Gobierno del Sudán haga frente a las causas fundamentales del conflicto y extienda la autoridad del Estado, entre otras cosas fortaleciendo el estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, en todo el territorio de Darfur a fin de hacer posible la transición a la consolidación de la paz, lo que debería reportar rápidamente beneficios reales para el pueblo de Darfur, Reconociendo los efectos adversos del cambio climático, los cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, en la situación de Darfur, en particular a causa de la sequía, la desertificación, la degradación de las tierras y la inseguridad alimentaria, Reconociendo que la crisis económica y de combustible de alcance nacional que afecta actualmente al Sudán está teniendo un efecto negativo en la situación humanitaria, la seguridad alimentaria y la capacidad de las instituciones gubernamentales sudanesas, incluida la policía, para prestar servicios y acceder a las zonas de Darfur, expresando preocupación por el hecho de que, como consecuencia de ello, el número total de personas que necesitan asistencia humanitaria en el Sudán ha aumentado de 5,5 a 7,1 millones, exhortando al Gobierno del Sudán a que garantice el acceso seguro y sin trabas de la asistencia humanitaria para satisfacer las necesidades urgentes de esta población, y exhortando a los donantes, las autoridades regionales de Darfur y el Gobierno del Sudán a que proporcionen, en particular
mediante el equipo de las Naciones Unidas en el país, los recursos financieros necesarios para llegar a las personas necesitadas, y a que lleven a cabo actividades en apoyo de la transición a la consolidación de la paz, e instando al Gobierno del Sudán y las autoridades locales a que aseguren que exista un entorno propicio para realizar ese tipo de actividades, en particular mediante la mejora del acceso de los agentes de desarrollo y consolidación de la paz, Instando al Gobierno del Sudán a que vele por que la Oficina de Seguimiento del Proceso de Paz de Darfur cuente con los recursos necesarios para seguir realizando las actividades de la antigua Autoridad Regional de Darfur y las Comisiones, e instando a los donantes y el Gobierno del Sudán a que cumplan sus promesas y obligaciones puntualmente, incluidos los compromisos contraídos en la Conferencia celebrada en Doha en abril de 2013, Afirmando que el desarrollo puede favorecer una paz duradera en Darfur, observando que la Estrategia de Desarrollo de Darfur solo abarca hasta 2019, exhortando al Gobierno del Sudán y los donantes a que participen en el examen estratégico de la Estrategia de Desarrollo de Darfur y apoyen dicho examen, con el fin de que la Estrategia se amplíe hasta 2025, y exhortando también a los donantes a que velen por que su financiación responda debidamente a las actuales necesidades de desarrollo de Darfur, Recordando los compromisos contraídos por el Gobierno del Sudán y otros signatarios del Documento de Doha para la Paz en Darfur de asegurar el acceso sin trabas de la asistencia humanitaria a la población necesitada y la protección de los
trabajadores humanitarios y sus operaciones en las zonas que se encuentran bajo su control, así como de garantizar la libertad de circulación sin trabas de la UNAMID en todas las zonas de Darfur y en todo momento para ejercer su mandato, y recordando también el papel que la Comisión de Seguimiento de la Aplicación desempeña al evaluar la aplicación del Documento de Doha, Situación política Reiterando que no puede haber una solución militar al conflicto de Darfur y que un acuerdo político inclusivo es esencial para asegurar la paz, y recalcando la importancia de abordar plenamente las causas fundamentales del conflicto, incluida la ordenación de la tierra, el agua y otros recursos, reafirmando a este respecto su 4/18 18-11690 S/RES/2429 (2018) apoyo al Documento de Doha para la Paz en Darfur como marco viable para abordar las causas fundamentales del conflicto, incluido el proceso de paz en Darfur, y su respaldo a que se aplique de forma acelerada, y observando que la capacidad de la UNAMID para facilitar los avances en la aplicación del Documento de Doha se ve coartada por las demoras y la ausencia de un acuerdo político inclusivo entre el Gobierno del Sudán y los movimientos armados no signatarios, Reiterando su apoyo al Grupo de Alto Nivel de la Unión Africana y a su Hoja de Ruta, lamentando la falta de avances en su aplicación, e instando a todas las partes a que reanuden inmediatamente las negociaciones con el Grupo de Alto Nivel en relación con la Hoja de Ruta a fin de avanzar rápidamente en su aplicación, incluida la firma de acuerdos de cesación de las hostilidades y de asistencia humanitaria entre
las partes, de conformidad con la primera etapa de la Hoja de Ruta, instando a los signatarios a que estudien opciones mutuamente aceptables y viables para la aplicación de la Hoja de Ruta e instando también a los grupos no signatarios a que se sumen a las negociaciones sin demora, Observando que el Gobierno del Sudán se ha seguido mostrando favorable a que los restantes grupos de la oposición se sumen al proceso de Diálogo Nacional, y alentando al Gobierno del Sudán a crear un entorno más propicio e inclusivo que permita a los restantes grupos de la oposición contribuir a este proceso, entre otras cosas haciendo su aportación a las recomendaciones acordadas en el documento nacional y a las modalidades para su aplicación, y sumarse al proceso de Diálogo Nacional, que incluiría la redacción de una nueva constitución, Observando que los mecanismos locales de arreglo de controversias desempeñan un papel importante en la prevención y resolución de los conflictos entre comunidades, incluidos los derivados de la competencia por los recursos naturales, instando a que se intensifiquen las gestiones que resulten eficaces para prevenir las controversias locales que conducen a la violencia, con su consiguiente impacto en las poblaciones civiles locales, reconociendo los esfuerzos realizados a este respecto por las autoridades del Sudán, con el apoyo de la UNAMID, el equipo de las Naciones Unidas en el país y la sociedad civil, en particular mediante el Fondo para la Paz y la Estabilidad Comunitaria en Darfur, acogiendo con beneplácito la alentadora celebración de varios acuerdos de paz entre comunidades, con el apoyo de la UNAMID, el equipo de las Naciones Unidas en el país y la sociedad civil, e
instándolos a que continúen su labor en colaboración con el Gobierno del Sudán para encontrar soluciones duraderas a estos conflictos, Acogiendo con beneplácito las iniciativas regionales y de otro tipo, emprendidas en estrecha interacción con el Gobierno del Sudán, para hacer frente a las causas fundamentales del conflicto de Darfur y promover una paz sostenible, encomiando los esfuerzos del Grupo de Alto Nivel de la Unión Africana, dirigido por el Presidente Thabo Mbeki, y las gestiones del Representante Especial Conjunto para garantizar la paz, la estabilidad y la seguridad en Darfur, entre otras cosas mediante el apoyo a los esfuerzos internacionales, regionales y nacionales encaminados a revitalizar el proceso de paz y aumentar su inclusividad, Exhortando a todas las partes a que cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, destacando la importancia que concede el Consejo a que se ponga fin a la impunidad, incluso asegurando que se rindan cuentas y haciendo comparecer ante la justicia a los autores de los delitos, incluidos los de violencia sexual y por razón de género, cometidos por todas las partes en Darfur, instando al Gobierno del Sudán a que cumpla sus obligaciones a ese respecto, reconociendo la función que desempeña el Fiscal Especial para Darfur nombrado por el Gobierno del Sudán, especialmente en lo que respecta a los casos de violencia sexual y por razón de género, y destacando 18-11690 5/18 S/RES/2429 (2018) la necesidad de avanzar en particular en la investigación y el enjuiciamiento de los casos de violencia sexual y por razón de género respecto de los responsables de todas
las partes, reiterando su llamamiento a avanzar rápidamente en el proyecto de memorando de entendimiento que contempla que la UNAMID y la Unión Africana observarán las actuaciones del Tribunal Especial, y exhortando al Gobierno del Sudán a que investigue sin dilación los ataques contra la UNAMID y haga comparecer a los responsables ante la justicia, Reafirmando su preocupación por los efectos negativos de la inestabilidad en Darfur para la estabilidad del Sudán en su conjunto, así como para la región, expresando grave preocupación por la presencia de movimientos armados de Darfur en zonas de conflicto situadas fuera del Sudán y su participación en el tráfico de migrantes y en actividades delictivas, de bandidaje y de mercenarios, y alentando la cooperación entre los agentes estatales regionales para resolver los problemas transfronterizos, como el contrabando de armas, a fin de lograr la paz y la estabilidad en Darfur y en toda la región, y recordando a este respecto el embargo de armas que se contempla en el párrafo 9 de la resolución 1556 (2004) y el párrafo 7 de la resolución 1591 (2005), actualizado en virtud del párrafo 9 de la resolución 1945 (2010) y el párrafo 4 de la resolución 2035 (2012), Encomiando a la UNAMID por el éxito en la aplicación de la resolución 2363 (2017), en particular por la conclusión de las fases primera y segunda de su reconfiguración, y reiterándole su pleno apoyo, Haciendo notar con aprecio el informe especial del Secretario General y la Presidencia de la Comisión de la Unión Africana de 1 de junio de 2018 (S/2018/530)
(el “informe especial”), Acogiendo con beneplácito la mejora de la libertad de circulación de la UNAMID, así como de la expedición de visados para el personal de la UNAMID y los trámites relativos a los contenedores de la UNAMID, pero expresando preocupación por el hecho de que las restricciones siguen estando vigentes, incluidas las impuestas por el Gobierno del Sudán a la realización de patrullas nocturnas en todo Darfur y las que impiden a la UNAMID y los agentes humanitarios llegar a tiempo a zonas donde existen situaciones de conflicto en respuesta a denuncias de incidentes violentos, como los que se están produciendo en la zona de Yebel Marra, y por el hecho de que los obstáculos impuestos a la UNAMID, como las trabas burocráticas, siguen poniendo en peligro su capacidad de cumplir el mandato, por ejemplo las restricciones de visados dirigidas a algunos componentes de la UNAMID, en particular la sección de derechos humanos, y por los retrasos persistentes en los trámites relativos a los contenedores de la UNAMID, reconociendo el compromiso del Gobierno del Sudán de cooperar con la UNAMID y el personal humanitario en relación con todas las cuestiones logísticas y exhortando al Gobierno del Sudán a que cumpla plenamente y en todo momento su compromiso de velar por que el personal humanitario y la UNAMID puedan realizar sus actividades de apoyo para atender las necesidades básicas, Habiendo determinado que la situación imperante en el Sudán constituye una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
1. Decide prorrogar hasta el 30 de junio de 2019 el mandato de la UNAMID;
2. Recuerda el apoyo que prestó en la resolución 2363 (2017) a que la UNAMID adoptara el enfoque de dos vertientes previsto en el párrafo 2 de dicha resolución, reitera que mantiene su apoyo a este enfoque, toma nota de las recomendaciones del Secretario General y la Presidencia de la Comisión Africana que figuran en el informe especial (S/2018/530), que presenta un enfoque de todo el sistema para Darfur que incluye un nuevo concepto de misión con prioridades ajustadas para la UNAMID, así como un concepto de transición en colaboración con
6/18 18-11690 S/RES/2429 (2018) el equipo de las Naciones Unidas en el país durante un período de dos años, con miras a la salida de la Misión el 30 de junio de 2020 y su liquidación para diciembre de 2020, a condición de que no haya cambios significativos en la situación de seguridad en Darfur y se cumplan los indicadores fundamentales;
3. Solicita a la UNAMID que consolide el enfoque de todo el sistema para Darfur, centrado en el mantenimiento de la paz y en aportar soluciones sostenibles a las causas del conflicto, con el actual enfoque de la Misión basado en dos vertientes, para evitar que el conflicto resurja y permitir que el Gobierno del Sudán, el equipo de las Naciones Unidas en el país, la sociedad civil y los agentes internacionales se preparen para la futura retirada de la UNAMID;
4. Subraya la necesidad de seguir examinando la situación en todas las zonas de Darfur, de llevar a cabo exámenes periódicos del despliegue geográfico de la fuerza
de la UNAMID y de que la UNAMID conserve la flexibilidad de responder a la evolución de los acontecimientos en todo Darfur según requiera la situación;
5. Decide que el límite máximo autorizado de efectivos de la UNAMID se reducirá en el transcurso del presente período de renovación del mandato hasta un máximo de 4.050 efectivos, a menos que el Consejo de Seguridad decida ajustar el alcance y el ritmo de la reducción;
6. Autoriza el despliegue de la fuerza policial necesaria, con un máximo de 2.500 efectivos, incluidos agentes de policía y miembros de las unidades de policía constituidas, que resulte esencial para la ejecución del mandato de la UNAMID, y apoya las recomendaciones contenidas en el informe especial sobre el aumento del personal desplegado en determinadas unidades de policía constituidas;
7. Solicita que el Secretario General, en su segundo informe al cabo de 90 días previsto en el párrafo 53, y el Secretario General y la Presidencia de la Comisión de la Unión Africana, en consulta con la UNAMID, presenten un examen estratégico a más tardar el 1 de mayo de 2019 en el que proporcionen una evaluación sobre lo siguiente: i) Los progresos en la aplicación de la reconfiguración, según se indica en los párrafos 5 y 6 de la presente resolución; ii) Los efectos generales de las reducciones adicionales en las zonas de las que la UNAMID se ha retirado, incluidas las necesidades de protección, las violaciones y los abusos de los derechos humanos, los casos de violencia sexual y por razón de género y las violaciones graves cometidas contra los niños, así como las violaciones del derecho internacional humanitario, y la capacidad de
los agentes humanitarios y de desarrollo para prestar asistencia; iii) La cooperación del Gobierno del Sudán con la UNAMID, entre otras cosas para garantizar que la UNAMID disponga de libertad de circulación sin trabas, de capacidad para facilitar la prestación de asistencia humanitaria en todo el territorio de Darfur y de flexibilidad para abrir y cerrar sus bases de operaciones, y para que las fuerzas de la UNAMID puedan regresar, sin impedimentos ni obstáculos, a cualquier zona de Darfur, incluso a aquellas de las que se haya retirado; iv) La eliminación de las trabas burocráticas a la UNAMID, en particular con respecto al despacho de aduanas, las autorizaciones de vuelo y los visados; v) Si las condiciones sobre el terreno siguen siendo propicias a nuevas reducciones; 18-11690 7/18 S/RES/2429 (2018) vi) Si la capacidad del equipo de las Naciones Unidas en el país y del Gobierno del Sudán, incluidas la policía sudanesa y las instituciones penitenciarias y judiciales del país, ha aumentado al nivel necesario para absorber las antiguas tareas de la UNAMID, así como una evaluación de los preparativos que se indican en los párrafos 17 y 52 de la presente resolución;
8. Expresa su intención de examinar, a más tardar el 30 de junio de 2019, el alcance y el ritmo de las reconfiguraciones y los nuevos cierres, teniendo en cuenta las conclusiones del examen estratégico del 1 de mayo de 2019 que se solicita en el párrafo 7 de la presente resolución;
9. Destaca que, teniendo en cuenta la evolución de la situación de la
seguridad, la reducción de la Misión debe basarse en los avances que se registren en los indicadores y parámetros a que se hace referencia en el párrafo 50 y en las condiciones sobre el terreno, y aplicarse de manera gradual, escalonada, flexible y reversible, y que si se reduce el componente uniformado se deberá mantener la naturaleza híbrida de la Misión y dar prioridad a la retención de los contingentes que tengan mejor desempeño;
10. Subraya la necesidad de una plantilla adecuada de conformidad con la reconfiguración de la UNAMID, que entre otras cosas permita prestar más atención a la estabilización de la situación en Darfur;
11. Decide que, conforme al replanteamiento que se recomienda en el informe especial, las prioridades estratégicas de la UNAMID son las siguientes: i) La protección de los civiles, la vigilancia y la denuncia en materia de derechos humanos, violencia sexual y por razón de género y violaciones graves cometidas contra los niños, la facilitación de la asistencia humanitaria y la seguridad del personal humanitario; ii) La mediación entre el Gobierno del Sudán y los movimientos armados no signatarios sobre la base del Documento de Doha para la Paz en Darfur; iii) El apoyo, en conjunción con el Gobierno del Sudán, el equipo de las Naciones Unidas en el país y la sociedad civil, a la mediación en los conflictos entre comunidades u otros conflictos locales que pudieran menoscabar la situación de seguridad, por medios como la adopción de medidas para abordar sus causas fundamentales;
12. Solicita que la UNAMID continúe adaptando todas sus actividades a esas prioridades y utilizando sus recursos para lograrlas, suspenda todas las demás tareas
que no se ajusten a esas prioridades y siga racionalizando la Misión en consecuencia, solicita a todos los componentes de la fuerza de la UNAMID y los componentes civil y de policía que colaboren de manera integrada, solicita a la UNAMID, el equipo de las Naciones Unidas en el país y otras entidades de las Naciones Unidas que operan en Darfur que refuercen la integración y destaca la importancia de la distribución adecuada de las tareas y la coordinación entre la UNAMID y el equipo de las Naciones Unidas en el país;
13. Reafirma que, en las decisiones sobre el uso de la capacidad y los recursos disponibles, la UNAMID debe seguir dando prioridad a las tareas siguientes: a) proteger a los civiles en todo Darfur; y b) garantizar un acceso humanitario seguro y sin trabas y la seguridad del personal y las actividades de asistencia humanitaria, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y los principios rectores sobre la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas; y solicita a la UNAMID que utilice al máximo su capacidad, en cooperación con el equipo de las Naciones Unidas en el país y otras instancias internacionales y no
8/18 18-11690 S/RES/2429 (2018) gubernamentales, para aplicar su estrategia integral a nivel de toda la Misión con el fin de lograr esos objetivos;
14. Destaca la necesidad de coordinación y cooperación entre el Gobierno del Sudán, incluidas las autoridades locales, las entidades de las Naciones Unidas y los agentes de desarrollo para trabajar juntos, entre otras cosas con el fin de estabilizar y mejorar la situación de la seguridad y ayudar a restablecer la autoridad del Estado;
15. Decide, en virtud del Capítulo VII, ampliar la autorización para tomar todas las medidas necesarias prevista en el párrafo 15 de la resolución 1769 (2007) conforme se especifica en el párrafo 16 de la presente resolución; e insta a la UNAMID a que disuada de cualquier amenaza contra ella y contra su mandato;
16. Decide que el mandato de la UNAMID, en cumplimiento de las prioridades estratégicas descritas en el párrafo 11 de la presente resolución, incluirá las tareas enunciadas en el pá
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