CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2448 de 2018
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2448 de 2018
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2018
S Naciones Unidas /RES/2448 (2018) Consejo de Seguridad Distr. general 13 de diciembre de 2018 Resolución 2448 (2018) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8422a sesión, celebrada el 13 de diciembre de 2018 El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones y declaraciones anteriores sobre la República Centroafricana, en particular las resoluciones 2121 (2013), 2127 (2013), 2134 (2014), 2149 (2014), 2181 (2014), 2196 (2015), 2212 (2015), 2217 (2015), 2262 (2016), 2264 (2016), 2281 (2016), 2301 (2016), 2339 (2017), 2387 (2017) y 2399 (2018), así como la resolución 2272 (2016) y las declaraciones de su Presidencia S/PRST/2014/28, de 18 de diciembre de 2014, S/PRST/2015/17, de 20 de octubre de 2015, S/PRST/2016/17, de 16 de noviembre de 2016, S/PRST/2017/5, de 4 de abril de 2017, S/PRST/2017/9, de 13 de julio de 2017, y S/PRST/2018/14, de 13 de julio de 2018, Reafirmando su enérgico compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la República Centroafricana, y recordando la importancia de los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional,
Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, como el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en caso de legítima defensa y en defensa del mandato, reconociendo que el mandato de cada operación de mantenimiento de la paz refleja específicamente las necesidades y la situación del país de que se trate, subrayando que los mandatos que autoriza están en consonancia con los principios básicos, reiterando que el Consejo de Seguridad espera que se cumplan plenamente los mandatos que autoriza, y recordando a ese respecto su resolución 2436 (2018), Recordando que las autoridades de la República Centroafricana tienen la responsabilidad primordial de proteger a todas las poblaciones de su territorio, en particular contra el genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, y, a este respecto, recordando la importancia de restaurar la autoridad del Estado en todas las zonas del país, Expresando profunda preocupación por los persistentes actos de violencia perpetrados en todo el país por grupos armados que intentan hacerse por la fuerza con el control del territorio y los recursos y desestabilizar el país, así como por la falta de capacidad de las fuerzas de seguridad nacionales y la persistencia de las causas profundas del conflicto, Condenando en los términos más enérgicos la incitación al odio y la violencia por motivos étnicos y religiosos, y las múltiples violaciones del derecho internacional 18-21831 (S) 1821831 S/RES/2448 (2018) humanitario y las violaciones y abusos generalizados contra los derechos humanos,
incluidos los cometidos contra niños y los que entrañan violencia sexual y por razón de género en los conflictos, cometidos principalmente tanto por elementos ex-Seleka como antibalaka, y por otros grupos armados, así como los ataques deliberados contra civiles de determinadas comunidades, que causan muertes, heridas y desplazamientos, Expresando su preocupación por el hecho de que los niños hayan seguido siendo víctimas de abusos cometidos por elementos armados ex-Seleka y antibalaka, así como por otros grupos armados, como el Ejército de Resistencia del Señor (ERS), y de que las mujeres y las niñas sigan siendo blanco de actos violentos y víctimas de la violencia sexual y por razón de género en la República Centroafricana, Recordando sus resoluciones sobre la protección de los civiles en los conflictos armados, incluidas las resoluciones 2286 (2016) y 1894 (2009), sus resoluciones sobre los niños y los conflictos armados, incluidas las resoluciones 2225 (2015) y 2427 (2018), y sus resoluciones sobre las mujeres, la paz y la seguridad, incluidas las resoluciones 2106 (2013) y 2242 (2015), acogiendo con beneplácito la ratificación por parte de las autoridades de la República Centroafricana del Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados el 21 de septiembre de 2017, subrayando la importancia de que se aplique en su totalidad, y exhortando a todas las partes de la República Centroafricana a que colaboren con la Representante Especial para la Cuestión de los
Niños y los Conflictos Armados y la Representante Especial sobre la Violencia Sexual en los Conflictos, Poniendo de relieve que toda solución sostenible de la crisis en el país, incluido el proceso político, debe ser asumida por la República Centroafricana y priorizar la reconciliación del pueblo centroafricano, mediante un proceso inclusivo en el que participen hombres y mujeres de todos los grupos sociales, económicos, políticos, religiosos y étnicos, incluidos los desplazados por la crisis, Recordando que entre el 21 de enero y el 8 de marzo de 2015 se celebraron en todo el país, con participación local, consultas populares que permitieron a miles de personas de la República Centroafricana expresar sus opiniones sobre el futuro de su país, y que en mayo de 2015 se celebró el Foro de Bangui, que sigue siendo pertinente y durante el cual se aprobaron el Pacto Republicano para la Paz, la Reconciliación Nacional y la Reconstrucción de la República Centroafricana y acuerdos sobre los principios de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación, justicia y reconciliación, y reforma del sector de la seguridad, y sobre el compromiso contraído por los grupos armados de poner fin al reclutamiento y la utilización de niños soldados y liberar de sus filas a todos los niños, Destacando la necesidad urgente e imperiosa de poner fin a la impunidad en la República Centroafricana y de llevar ante la justicia a quienes perpetren violaciones del derecho internacional humanitario y abusos y violaciones contra los derechos humanos, incluso en el contexto del proceso de paz dirigido por la Iniciativa Africana, acogiendo con beneplácito a este respecto el comienzo oficial de las investigaciones
del Tribunal Penal Especial (TPE) y las medidas iniciadas por el Gobierno de la República Centroafricana para establecer otros mecanismos de justicia de transición a fin de asegurar la rendición de cuentas por los crímenes cometidos en el pasado y la reparación para las víctimas, pero promoviendo al mismo tiempo la reconciliación nacional, y subrayando la necesidad de reforzar los demás mecanismos nacionales de rendición de cuentas, así como el apoyo a la labor de la Experta Independiente sobre la situación de los derechos humanos en la República Centroafricana, Reiterando la responsabilidad primordial que tienen las autoridades nacionales de asegurar un entorno propicio para investigar, enjuiciar y fallar con eficacia e independencia en todas las causas, y poniendo de relieve también la necesidad de que 2/23 18-21831 S/RES/2448 (2018) el Gobierno de la República Centroafricana garantice la preparación institucional a tal fin, Recordando la organización pacífica de un referendo constitucional el 13 de diciembre de 2015 y de elecciones legislativas y presidenciales en diciembre de 2015 y febrero y marzo de 2016, así como la toma de posesión del Presidente FaustinArchange Touadéra el 30 de marzo de 2016, Tomando nota de que en 2020 y 2021 se celebrarán elecciones presidenciales, legislativas y locales, y subrayando la responsabilidad primordial del Gobierno de la República Centroafricana de organizar procesos electorales inclusivos, libres, limpios, transparentes, dignos de crédito, pacíficos y oportunos, incluida la participación plena
y efectiva de las mujeres, y alentando a las autoridades de la República Centroafricana a que, con el apoyo de los asociados pertinentes, fomenten la participación de los desplazados internos y los refugiados de conformidad con la Constitución de la República Centroafricana, Poniendo de relieve que la actual situación de la seguridad en la República Centroafricana crea un entorno propicio para las actividades delictivas transnacionales, como las que conllevan tráfico de armas y utilización de mercenarios, así como un posible caldo de cultivo para las redes radicales, Reiterando que el comercio ilícito, la explotación ilegal y el contrabando de recursos naturales, como el oro y los diamantes, y el furtivismo y el tráfico de especies de fauna y flora silvestres siguen amenazando la paz y la estabilidad de la República Centroafricana, Expresando grave preocupación por la amenaza para la paz y la seguridad de la República Centroafricana que plantean la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras, su acumulación desestabilizadora y su uso indebido, y la utilización de tales armas contra civiles, Reconociendo a este respecto la importante contribución a la paz, la estabilidad o la seguridad de la República Centroafricana del régimen de sanciones impuesto por el Consejo y prorrogado en la resolución 2399 (2018), incluidas sus disposiciones relativas al embargo de armas, y las relativas a las personas o entidades designadas por el Comité por participar en actos que menoscaben la paz, la seguridad o la estabilidad de la República Centroafricana o prestar apoyo a su comisión,
Expresando preocupación por los presuntos viajes de personas designadas con arreglo a su resolución 2127 (2013) y señalando la importancia fundamental que reviste la aplicación efectiva del régimen de sanciones, incluida la función clave que pueden desempeñar a este respecto los países vecinos, así como las organizaciones regionales y subregionales, y alentando los esfuerzos por seguir intensificando la cooperación, Reiterando su profunda preocupación por la grave situación humanitaria en la República Centroafricana y las consecuencias del deterioro de las condiciones de seguridad para el acceso humanitario, condenando en los términos más enérgicos los ataques contra los trabajadores humanitarios, y poniendo de relieve en particular las necesidades humanitarias actuales de más de la mitad de la población del país y la alarmante situación de los desplazados internos y los refugiados en los países vecinos, expresando preocupación además por las consecuencias de la corriente de refugiados para la situación de los países de la región, y recordando la necesidad de que los Estados Miembros aumenten la financiación para responder urgentemente a las necesidades humanitarias del país expuestas en el Plan de Respuesta Humanitaria de 2018, 18-21831 3/23 S/RES/2448 (2018) Reconociendo los efectos adversos que el cambio climático, los cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, tienen para la estabilidad de la región de África Central, incluso debido a la sequía, la desertificación, la degradación de las tierras y la inseguridad alimentaria, y destacando la necesidad de que las Naciones Unidas realicen evaluaciones de riesgos adecuadas en relación con
esos factores y de que los gobiernos de la región de África Central y las Naciones Unidas formulen estrategias a largo plazo para apoyar la estabilización y aumentar la resiliencia, Recordando que las autoridades de la República Centroafricana tienen la responsabilidad de proteger y promover el derecho de todas las personas, incluidos los desplazados internos, a la libertad de circulación en la República Centroafricana, sin distinción, así como su libertad para elegir el lugar de residencia, y de respetar su derecho a regresar a su propio país o abandonarlo para solicitar asilo en otros Estados, y expresando preocupación por el sufrimiento de los civiles atrapados en enclaves con acceso limitado a la asistencia humanitaria, Subrayando la necesidad constante de apoyar los esfuerzos nacionales por transformar el sector de la seguridad en la República Centroafricana y coordinar de manera transparente los internacionales, y destacando la función crucial de las Fuerzas de Seguridad Interna (FSI) (policía y gendarmería) en el restablecimiento de la seguridad comunitaria y pública y del estado de derecho en la República Centroafricana, Acogiendo con beneplácito a este respecto la labor realizada por la Misión de Formación Militar de la Unión Europea en la República Centroafricana (EUTMRCA), así como la asistencia de otros asociados internacionales y regionales, incluidos los Estados Unidos de América, la Federación de Rusia y Francia, con el fin de prestar un apoyo coherente, transparente y coordinado para reformar las Fuerzas Armadas Centroafricanas (FACA) transformándolas en unas fuerzas armadas
multiétnicas, profesionales y representativas, así como para adiestrar a las fuerzas nacionales de seguridad y defensa y mejorar sus capacidades, y alentando a la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), la EUTM-RCA y otros asociados internacionales a que se coordinen efectivamente a ese respecto, Acogiendo con beneplácito el papel que siguen desempeñando las Naciones Unidas, incluidos la Oficina Regional para África Central (UNOCA), los países vecinos, la Unión Africana (UA), la Comunidad Económica de los Estados de África Central (CEEAC) y la Conferencia Internacional sobre la Región de los Grandes Lagos (CIRGL), así como la intensa colaboración de la Unión Europea (UE) y la que siguen prestando el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional, otros asociados y donantes internacionales, y la Comunidad de Sant’Egidio, para apoyar la estabilización de la República Centroafricana, Condenando en los términos más enérgicos todos los ataques, provocaciones e incitaciones a la violencia contra los contingentes de la MINUSCA y otras fuerzas internacionales por parte de grupos armados u otros perpetradores, rindiendo homenaje al personal de la MINUSCA que ha sacrificado su vida al servicio de la paz, subrayando que los ataques deliberados contra el personal de mantenimiento de la paz pueden constituir crímenes de guerra, recordando a todas las partes sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, e instando a las autoridades de la República Centroafricana a que tomen todas las medidas posibles para asegurar que se arreste y enjuicie a los perpetradores,
Acogiendo con beneplácito a este respecto los esfuerzos de la MINUSCA por proteger a los civiles y luchar contra los grupos armados, con el éxito de la operación 4/23 18-21831 S/RES/2448 (2018) “MBARANGA” en Paoua, iniciada en enero de 2018, y otras operaciones en curso en el país, Acogiendo con beneplácito el compromiso del Secretario General de aplicar estrictamente su política de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, observando las distintas medidas adoptadas por la MINUSCA y los países que aportan contingentes y fuerzas de policía para combatir la explotación y los abusos sexuales, lo que ha hecho que disminuyan los casos denunciados, pero expresando al mismo tiempo grave preocupación por las numerosas denuncias de actos de explotación y abusos sexuales presuntamente cometidos por el personal de mantenimiento de la paz en la República Centroafricana y por fuerzas ajenas a las Naciones Unidas, destacando la necesidad urgente de que los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y, si corresponde, la MINUSCA, investiguen esas denuncias con prontitud y de manera fidedigna y transparente, y de que los responsables de esos delitos penales o faltas de conducta rindan cuenta de sus actos, y destacando también la necesidad de impedir la explotación y los abusos de ese tipo y mejorar la forma en que se responde a esas denuncias de conformidad con la resolución 2272 (2016), Observando la presentación del informe titulado “Improving Security of United Nations Peacekeepers”, que pone de relieve el vínculo entre la seguridad del personal
de mantenimiento de la paz y el desempeño de las tropas, y reconociendo que las bajas mortales pueden ser consecuencia de deficiencias en el adiestramiento, el equipo y el desempeño, Reconociendo que la institucionalización de una cultura del desempeño en las operaciones de paz las Naciones Unidas contribuirá a mejorar la ejecución de los mandatos de mantenimiento de la paz, así como la seguridad del personal de paz, y acogiendo con beneplácito la labor ya iniciada por la Secretaría para establecer un marco normativo sobre el desempeño amplio e integrado que se base en la recopilación y el análisis de datos para medir el desempeño, Acogiendo con beneplácito la iniciativa del Secretario General de realizar investigaciones especiales sobre cuestiones relacionadas con el desempeño, y alentándolo a que informe de las conclusiones de dichas investigaciones y de las iniciativas para adoptar medidas colectivas encaminadas a mejorar las operaciones de mantenimiento de la paz, Reiterando su profunda preocupación por el hecho de que la MINUSCA siga careciendo de ciertas capacidades fundamentales, destacando la necesidad de subsanar las deficiencias, en particular en el ámbito de los helicópteros militares, y poniendo de relieve la suma importancia de mejorar el apoyo logístico para garantizar la seguridad del personal de la MINUSCA a ese respecto, Destacando la necesidad de ejecutar el mandato de la MINUSCA, basándose en la priorización de tareas y, cuando proceda, de manera gradual, Tomando nota del informe del Secretario General de 15 de octubre de 2018 (S/2018/922), que se basa en las conclusiones y recomendaciones del examen
estratégico independiente sobre la MINUSCA llevado a cabo entre junio y septiembre de 2018, Habiendo determinado que la situación imperante en la República Centroafricana sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 18-21831 5/23 S/RES/2448 (2018) Proceso político
1. Reitera su apoyo a los esfuerzos del Presidente Faustin-Archange Touadéra por promover la paz y la estabilidad duraderas en la República Centroafricana y exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que adopten todas las medidas necesarias, sin demora, para fomentar un diálogo inclusivo con los grupos armados y promover la reconciliación nacional, la ampliación de la autoridad del Estado, la reforma del sector de la seguridad, el proceso de desarme, desmovilización y reintegración, y la lucha contra la impunidad, como prioridades máximas;
2. Reafirma su apoyo a la Iniciativa Africana para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana (Iniciativa Africana) y su hoja de ruta aprobada en la conferencia ministerial celebrada en Libreville el 17 de julio de 2017 por las autoridades de la República Centroafricana, la UA, la CEEAC y la CIRGL con el apoyo de Angola, el Chad, el Congo y el Gabón, reafirma que la Iniciativa Africana y su hoja de ruta constituyen el único marco de referencia para una solución política global en la República Centroafricana, según lo convenido por las autoridades de la
República Centroafricana y con su liderazgo, y hace un llamamiento a todas las instancias para que apoyen a la Iniciativa Africana en la aplicación del proceso de paz;
3. Acoge con beneplácito los progresos realizados por el Panel de Facilitadores de la Iniciativa Africana, recalca la urgente necesidad de seguir avanzando en un diálogo ambicioso e inclusivo entre las autoridades de la República Centroafricana y los grupos armados, así como con todos los sectores de la sociedad, promoviendo la participación plena y efectiva de la mujer, con miras a alcanzar un acuerdo político amplio sin demora, y alienta al Presidente Faustin-Archange Touadéra a que consolide y amplíe la titularidad nacional del proceso de paz;
4. Acoge con beneplácito la reunión ministerial de alto nivel sobre la República Centroafricana que se celebró el 27 de septiembre de 2018 paralelamente al septuagésimo tercer período ordinario de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, copresidida por la República Centroafricana, las Naciones Unidas, la UA y la CEEAC, reitera la necesidad de fortalecer la coordinación de todos los esfuerzos e iniciativas bajo el liderazgo de la UA en apoyo de la Iniciativa Africana para la Paz y la Reconciliación en la República Centroafricana, acoge con beneplácito a este respecto la intención de las Naciones Unidas y la UA de nombrar a un enviado especial conjunto para apoyar el proceso de paz garantizando una colaboración y un apoyo regionales sostenidos y coherentes para el proceso de paz, trabajando en estrecha cooperación con todos los asociados de la República Centroafricana, según
sea necesario y sin perjuicio de los respectivos mandatos de la MINUSCA y la UNOCA, acoge con beneplácito también el llamamiento a que la MINUSCA desempeñe un mayor papel político en la Iniciativa Africana y la decisión de incluir al Representante Especial del Secretario General como miembro de pleno derecho del Panel de Facilitadores, y exhorta además a los Estados Miembros representados en el Panel de Facilitadores a que refuercen su asistencia financiera a la Iniciativa Africana y los asociados internacionales para seguir prestando suficiente apoyo financiero al proceso político;
5. Pone de relieve la importancia de la función y del compromiso de alto nivel de la UA, la CEEAC, la CIRGL y los países vecinos que forman parte del Panel de Facilitadores de la Iniciativa Africana para promover la paz y la estabilidad duraderas en la República Centroafricana, y los exhorta en este sentido a que intensifiquen su coordinación y sus esfuerzos en las próximas etapas de la aplicación de la hoja de ruta de Libreville;
6/23 18-21831
S/RES/2448 (2018)
6. Acoge con beneplácito la primera reunión del Grupo de Apoyo Internacional sobre la República Centroafricana, copresidido por la UA, la CEEAC y las Naciones Unidas, que tuvo lugar en Bangui el 11 de abril de 2018 para promover una colaboración coherente y sostenida en pro de las actividades de estabilización y recuperación en la República Centroafricana, y a ese respecto pide que se reactiven las comisiones bilaterales conjuntas del Camerún, el Chad y el Sudán con la
República Centroafricana para abordar cuestiones transfronterizas como la violencia en los corredores de trashumancia y el tráfico transnacional;
7. Insta a todas las milicias y grupos armados en todo el país a que depongan las armas, pongan fin a todas las formas de violencia y actividades desestabilizadoras, incluidos los ataques contra el personal de mantenimiento de la paz y los trabajadores humanitarios, así como la incitación al odio y la violencia y las restricciones de la libertad de circulación de las personas, y liberen a los niños de sus filas, de forma inmediata, permanente e incondicional, e insta a todas las instancias políticas e institucionales de la República Centroafricana a que condenen y contrarresten enérgicamente tales actos;
8. Exige también que todas las milicias y grupos armados participen de manera constructiva y de buena fe en el proceso de paz;
9. Recuerda que las personas o entidades que menoscaben la paz y la estabilidad en la República Centroafricana podrían ser incluidas en la lista de medidas selectivas con arreglo a la resolución 2399 (2018);
10. Insta a las autoridades de la República Centroafricana a que pongan en práctica urgentemente un proceso auténtico e inclusivo para apoyar la reconciliación en el país, entre otras cosas, abordando la marginación de los civiles pertenecientes a determinadas comunidades, las cuestiones de identidad nacional y las reivindicaciones locales de todos los sectores de la sociedad en todo el territorio de la República Centroafricana, incluso mediante políticas nacionales de desarrollo económico y de contratación en la administración pública, y a que promuevan las
iniciativas de reconciliación a nivel regional, nacional, local y de las prefecturas, incluso mediante la celebración de elecciones locales;
11. Recuerda el papel fundamental que desempeña la sociedad civil en el proceso de paz y reconciliación y la necesidad de que las autoridades de la República Centroafricana fomenten de manera adecuada su colaboración en el proceso para garantizar que el acuerdo político amplio aborde las causas profundas del conflicto, y alienta también la participación plena y efectiva de las mujeres en ese proceso;
12. Exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a que velen por que las políticas y los marcos legislativos nacionales protejan debidamente los derechos humanos de los desplazados internos, incluida su libertad de circulación, y apoya la aplicación de soluciones duraderas para los desplazados internos y las poblaciones de refugiados, como el regreso a sus hogares de manera voluntaria, segura, digna y sostenible, o la integración o el reasentamiento locales;
13. Recalca la importancia de que se respete la Constitución para garantizar la estabilización y el desarrollo a largo plazo de la República Centroafricana;
14. Alienta a los Estados Miembros a que presenten al Comité establecido en virtud del párrafo 57 de la resolución 2127 (2013) solicitudes, con apoyo probatorio detallado, para incluir en su lista a las personas y entidades que participen en actos que menoscaben la paz, la estabilidad o la seguridad de la República Centroafricana, incluidos los actos que amenacen u obstaculicen el proceso político o el proceso de
estabilización y reconciliación o fomenten la violencia, o que presten apoyo a su comisión; 18-21831 7/23
S/RES/2448 (2018)
15. Exhorta a los asociados internacionales a que ayuden a las autoridades de la República Centroafricana a desarrollar la capacidad institucional y operacional de la policía, la gendarmería y las autoridades aduaneras nacionales para vigilar de manera efectiva las fronteras y los puntos de entrada, incluso respaldando la aplicación de las medidas prorrogadas y modificadas en el párrafo 1 de la resolución 2399 (2018) y el desarme y la repatriación de los extranjeros pertenecientes a grupos armados;
16. Recuerda el éxito de las actividades previas al desarme, la desmovilización y la reintegración y los programas de reducción de la violencia comunitaria, acoge con beneplácito que el proyecto piloto de desarme, desmovilización y reintegración se haya completado con la integración de antiguos elementos de grupos armados en las fuerzas armadas Centroafricanas, e insta a las autoridades de la República Centroafricana a que aborden la presencia y la actividad de los grupos armados en el país mediante una estrategia integral que dé prioridad al diálogo y la ejecución urgente de un proceso de desarme, desmovilización y reintegración inclusivo, eficaz y que tenga en cuenta las cuestiones de género, así como un proceso de desarme, desmovilización, reintegración y repatriación en el caso de los combatientes extranjeros, incluidos los niños anteriormente vinculados a fuerzas y grupos armados, pero respetando al mismo tiempo la necesidad de luchar contra la impunidad, que se
aplicarán en consonancia con la reforma del sector de la seguridad que garantiza la supervisión civil de las fuerzas de defensa y de seguridad nacional, con el apoyo de la comunidad internacional;
17. Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que apliquen la Política de Seguridad Nacional y la Estrategia Nacional de Reforma del Sector de la Seguridad, incluso con el apoyo de la comunidad internacional, a fin de establecer unas fuerzas de defensa nacional y de seguridad interna que sean profesionales, tengan una composición étnica representativa y el necesario equilibrio regional, tomen en consideración el reclutamiento de mujeres y estén debidamente capacitadas y equipadas, incluso adoptando y aplicando procedimientos apropiados de verificación de los antecedentes de todo el personal de defensa y seguridad, incluidos los antecedentes en materia de derechos humanos, así como medidas para absorber a los elementos de los grupos armados que cumplan rigurosos criterios de selección y verificación de antecedentes, y solicita al Secretario General que lo informe sobre los progresos realizados a ese respecto como parte de su ciclo ordinario de presentación de informes;
18. Recuerda la finalización, en coordinación con la MINUSCA y la EUTMRCA, del Documento de Orientación para el Redespliegue de las Fuerzas Armadas Centroafricanas (2017-2019), basado en el Plan de Defensa Nacional que se aprobó en 2017, en el que se establecen las condiciones para el redespliegue progresivo de las unidades de las FACA adiestradas por la EUTM-RCA, en coordinación con la MINUSCA, la EUTM-RCA y otros asociados internacionales pertinentes, a fin de
contribuir a ampliar la autoridad del Estado y la seguridad, acoge con beneplácito la aprobación por los Ministerios de Defensa y del Interior de la República Centroafricana, en febrero de 2018, de un concepto quinquenal conjunto para el despliegue de las fuerzas de defensa y de seguridad interna a fin de asegurar la complementariedad de sus despliegues, y exhorta también a las autoridades de la República Centroafricana a que velen por que los redespliegues de las fuerzas de defensa y de seguridad interna sean sostenibles, no supongan un riesgo para la estabilización del país, la población civil o el proceso político, y demuestren la supervisión, el mando y el control del Gobierno de la República Centroafricana, y un apoyo presupuestario apropiado, y a que elaboren una estrategia integral de seguridad nacional que esté en consonancia con el proceso de paz; 8/23 18-21831
S/RES/2448 (2018)
19. Exhorta a las autoridades de la República Centroafricana a que tomen medidas concretas, sin demora y con carácter prioritario, para fortalecer las instituciones judiciales en los planos nacional y local como parte de la ampliación de la autoridad del Estado y a que luchen contra la impunidad, a fin de contribuir a la estabilización y la reconciliación, entre otras cosas, restaurando la administración de los sistemas judiciales, de justicia penal y penitenciario
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.