CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2457 de 2019
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2457 de 2019
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2019
S Naciones Unidas /RES/2457 (2019) Consejo de Seguridad Distr. general 27 de febrero de 2019 Resolución 2457 (2019) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8473ª sesión, celebrada el 27 de febrero de 2019 El Consejo de Seguridad, Reafirmando su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales en virtud de la Carta de las Naciones Unidas y su compromiso de defender los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando que la prevención de los conflictos sigue siendo una responsabilidad primordial de los Estados, recordando también que los Estados tienen la responsabilidad de proteger a los civiles y respetar los derechos humanos, según las disposiciones pertinentes del derecho internacional, y, además, reafirmando la responsabilidad individual de cada Estado de proteger a sus poblaciones contra el genocidio, los crímenes de guerra, la depuración étnica y los crímenes de lesa humanidad, Recordando a este respecto sus anteriores declaraciones de la Presidencia y resoluciones sobre los diversos factores y causas que intervienen en el inicio, el empeoramiento o la prolongación de los conflictos en África, Expresando preocupación por los conflictos en distintas zonas geográficas, y reiterando que la cooperación entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales es fundamental para contribuir a prevenir el estallido, la escalada, la continuación y la recurrencia de los conflictos, en consonancia con el Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas, Observando que África todavía enfrenta enormes desafíos, como las deficiencias en materia de gobernanza, las dificultades económicas, las altas tasas de
desempleo, la mala gestión de la diversidad étnica, la competencia por el poder y los recursos, la fragilidad del Estado y la debilidad de las instituciones estatales, la existencia de espacios anárquicos que dejan margen para las actividades ilegales, la constante entrada de armas en el continente y su circulación ilícita, la actividad mercenaria, la insurgencia y las rebeliones, las deficiencias de la vigilancia y control de las fronteras que facilitan la delincuencia organizada transnacional, la explotación ilícita de los recursos naturales, las crisis continuadas que precipitan la migración irregular, la corrupción, los flujos financieros ilícitos que facilitan la financiación de actividades ilegales, el cambio climático y los desastres naturales, y la lentitud de los procesos de ratificación de los instrumentos y las políticas de la Unión Africana, Reafirmando la necesidad de abordar el carácter multidimensional de los desafíos a la paz y la seguridad que enfrentan los países africanos que salen de un 19-03357 (S) 280219 280219 1903357 S/RES/2457 (2019) conflicto, y poniendo de relieve la importancia de un enfoque amplio e integrado de la consolidación de la paz y el sostenimiento de la paz con miras a impedir que esos países vuelvan a sumirse en un conflicto, Gravemente preocupado porque el comercio ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en muchas regiones del mundo, y concretamente en África, siguen representando amenazas a la paz y la seguridad internacionales, causan considerables pérdidas de vidas humanas
y contribuyen a la inestabilidad y la inseguridad, Recordando a este respecto todos los instrumentos internacionales, regionales y subregionales que tratan del comercio ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en África, entre ellos el Programa de Acción para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos Sus Aspectos y las resoluciones conexas, que contribuyen a prevenir los conflictos en África, Observando que, en algunas situaciones de conflicto armado, la explotación ilícita, el tráfico y el comercio ilícito de recursos naturales han contribuido al estallido, la escalada o la continuación de esos conflictos, y observando además las resoluciones aprobadas y las medidas de sanciones adoptadas sobre esta cuestión para apoyar la prevención de que la explotación ilegal de los recursos naturales, en particular la madera y los denominados “minerales de zona en conflicto”, como el estaño, el tantalio, el tungsteno y el oro, así como los diamantes, el cobalto, el carbón vegetal y la flora y fauna silvestres, exacerbe los conflictos armados, y alentando a los Estados miembros de la Unión Africana a que promuevan la gestión transparente y lícita de los recursos naturales, entre otras cosas mediante la adopción de metas de ingresos gubernamentales para financiar el desarrollo, los marcos reglamentarios y aduaneros sostenibles y la diligencia debida en la cadena de suministro responsable de minerales, Observando que la Unión Africana está dando cumplimiento a un programa de reforma institucional dirigido a aumentar la eficacia y la eficiencia y observando
también la posible relevancia de estas reformas para fortalecer la Unión Africana y permitirle colaborar más eficazmente con las Naciones Unidas para hacer frente a los desafíos a la paz y la seguridad en el continente, Observando las medidas adoptadas hasta la fecha y en curso de aplicación por la Unión Africana y otras partes interesadas pertinentes para alcanzar el objetivo de silenciar las armas en África, y observando también la aprobación y aplicación de la Hoja de Ruta Maestra de la Unión Africana de Medidas Prácticas para Silenciar las Armas de Fuego en África para el Año 2020 y la presentación de informes al respecto, en el contexto de la aplicación simultánea de la Arquitectura Africana de Paz y Seguridad y la Arquitectura Africana de Gobernanza, Acogiendo con beneplácito la decisión del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de declarar septiembre de cada año hasta 2020 Mes de la Amnistía Africana para la entrega de armas de propiedad ilegal, Observando que el logro del objetivo de silenciar las armas en África contribuirá en gran medida a preservar a las generaciones venideras del flagelo de la guerra, y observando también que las iniciativas de la Unión Africana indicadas en su Agenda 2063 para lograr un África integrada, pacífica, segura y próspera y sentar una base sólida para el crecimiento inclusivo y el desarrollo sostenible están en estrecha consonancia con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Observando que las aspiraciones a la paz, la seguridad y la estabilidad en África y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible constituyen prioridades comunes
esbozadas en los dos Marcos Conjuntos de las Naciones Unidas y la Unión Africana 2/7 19-03357 S/RES/2457 (2019) para una Alianza Reforzada en materia de Paz y Seguridad, la Agenda 2063 de la Unión Africana y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, Reafirmando la importancia de prestar apoyo a la Agenda 2063 de la Unión Africana como visión estratégica y plan de acción para lograr una transformación socioeconómica positiva en África para 2063, y reconociendo el énfasis de la Agenda 2063 en la paz y la seguridad como factores fundamentales para el desarrollo sostenible, Tomando nota de los continuos esfuerzos de la Unión Africana por poner en práctica su política de reconstrucción y desarrollo después de los conflictos, incluidas sus iniciativas al respecto, en particular la Iniciativa para la Solidaridad Africana, y tomando nota también de las decisiones de la Asamblea AU/Dec.351(XVI), de enero de 2011, y AU/Dec.710(XXXI), de junio de 2018, sobre el establecimiento en El Cairo del Centro de la Unión Africana para la Reconstrucción y el Desarrollo Después de los Conflictos, Recordando el debate que tuvo lugar en la 12ª consulta anual entre los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana el 19 de julio de 2018 sobre el objetivo de la Unión Africana de silenciar las armas en África para el año 2020, y el intercambio de opiniones acerca de la posible cooperación en la aplicación de la Hoja de Ruta Maestra de la Unión Africana
de Medidas Prácticas para Silenciar las Armas de Fuego en África para el Año 2020, Recordando las resoluciones 2320 (2016) y 2378 (2017), en que se reconoce la necesidad de aumentar la previsibilidad, sostenibilidad y flexibilidad de la financiación de las operaciones de apoyo a la paz dirigidas por la Unión Africana autorizadas por el Consejo de Seguridad y utilizadas con arreglo al Capítulo VIII de la Carta, Acogiendo con beneplácito los progresos realizados en la alianza entre las Naciones Unidas y la Unión Africana, que se ha caracterizado por una colaboración más estrecha, visitas conjuntas sobre el terreno de altos funcionarios, intercambios de información más periódicos, consultas más profundas, una coordinación creciente de las medidas y una mayor cooperación entre la Secretaría y la Comisión,
1. Acoge con beneplácito la determinación de la Unión Africana de librar a África de los conflictos y crear condiciones favorables para el crecimiento, el desarrollo y la integración del continente, plasmada en su objetivo de silenciar las armas en África para 2020 y su Hoja de Ruta Maestra, en que se esbozan medidas prácticas que sustentan las acciones necesarias para la consecución del objetivo de un África libre de conflictos para 2020;
2. Toma nota del esfuerzo de la Unión Africana de impulsar la agenda de integración política, social y económica de África y con el ideal del panafricanismo y el renacimiento africano, así como la promesa de “poner fin a todas las guerras en África para 2020” y “alcanzar el objetivo de un África libre de conflictos”, como se
afirma en la declaración solemne aprobada el 26 de mayo de 2013 con ocasión del cincuentenario de la Organización de la Unidad Africana/Unión Africana, y expresa su disposición a contribuir y exhorta a todos, en particular a las entidades pertinentes de las Naciones Unidas, según proceda, a que contribuyan al logro de ese objetivo;
3. Reconoce que la construcción de un continente africano libre de conflictos recae esencialmente en la Unión Africana, sus Estados miembros, su población y sus instituciones, con inclusión de su sociedad civil, y expresa apoyo a las iniciativas encaminadas a encontrar soluciones africanas a los problemas africanos, al mismo tiempo que reconoce también la necesidad de la cooperación y las alianzas internacionales para ayudar a acelerar el progreso hacia el logro de este objetivo continental;
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4. Toma nota de los esfuerzos en curso de la Unión Africana y las organizaciones subregionales, en el marco de la Arquitectura Africana de Paz y Seguridad, para fortalecer su capacidad y emprender operaciones de apoyo a la paz en el continente, de conformidad con el Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas, en particular la Fuerza Africana de Reserva y su Capacidad de Despliegue Rápido, y alienta a la Secretaría de las Naciones Unidas y a la Comisión de la Unión Africana a que colaboren para reforzar la Arquitectura Africana de Paz y Seguridad prestando apoyo a la hoja de ruta de la Arquitectura y la Hoja de Ruta Maestra para silenciar las armas de fuego y sus respectivos planes de trabajo;
5. Toma nota de los esfuerzos de la Unión Africana por combatir las amenazas transnacionales del terrorismo en África, de conformidad con el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario y teniendo en cuenta la perspectiva de género; recalca la necesidad de adoptar frente al terrorismo un enfoque sostenido, coordinado y de cooperación, y, a este respecto, acoge con beneplácito la cooperación constante con la Dirección Ejecutiva del Comité contra el Terrorismo y observa la actuación conjunta de la Oficina de Lucha contra el Terrorismo con sus homólogos de la Unión Africana con fines de colaboración y apoyo a la creación de capacidad en materia de lucha contra el terrorismo y prevención del extremismo violento que conduce al terrorismo en el contexto del Marco Conjunto de las Naciones Unidas y la Unión Africana para una Alianza Reforzada en materia de Paz y Seguridad;
6. Expresa preocupación por la difícil situación de la seguridad en algunas partes de África, en particular las amenazas que plantean el terrorismo, la piratería marítima, las tensiones entre ganaderos y comunidades de agricultores, las actividades subversivas de los mercenarios, la delincuencia organizada transnacional, que puede incluir el tráfico ilícito de personas, armas, drogas y recursos naturales, y los actos de violencia que siguen perpetrando los insurgentes y los grupos rebeldes y armados y, a este respecto, alienta a que se fomenten las medidas de control fronterizo, gestión de fronteras y cooperación en materia de fronteras;
7. Pone de relieve la valiosa contribución de la capacidad de mediación de la
Unión Africana y de las organizaciones regionales y subregionales para asegurar la coherencia, sinergia y eficacia colectiva de sus actividades, y alienta a una mayor cooperación y colaboración con la Junta Consultiva de Alto Nivel sobre Mediación en la prevención y la solución de conflictos en África, incluida la posibilidad de enviar equipos mixtos de mediación en respuesta a las situaciones de conflicto y crisis en el continente;
8. Alienta a las Naciones Unidas y la Unión Africana a que multipliquen sus esfuerzos por coordinar su participación de manera que se apoyen mutuamente, en toda la gama de posibles respuestas a los conflictos, desde la prevención y la mediación hasta el mantenimiento y la consolidación de la paz y la recuperación y el desarrollo después de los conflictos, en consonancia con su Marco Conjunto para una Alianza Reforzada en materia de Paz y Seguridad, en particular para garantizar el cumplimiento efectivo de los acuerdos de paz por las partes beligerantes en los conflictos, y, a este respecto, destaca la necesidad de seguir fomentando el diálogo estratégico, las alianzas, un intercambio más regular de opiniones, análisis e información a nivel de trabajo para desarrollar las capacidades en relación con los instrumentos de la diplomacia preventiva, revitalizar y activar las capacidades y competencias potenciales y existentes, en particular mediante las oficinas políticas regionales de las Naciones Unidas, y contribuir a la coherencia y la integración de sus iniciativas en materia de diplomacia preventiva, entre otras cosas, a través de la mediación y los buenos oficios del Secretario General, según proceda;
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9. Recalca la importancia de los dos marcos conjuntos de alianza entre las Naciones Unidas y la Unión Africana para galvanizar apoyo concreto y práctico en todo el sistema y toda la Comisión encaminado a ayudar a África a conseguir progresos tangibles hacia el logro de su objetivo de crear un continente libre de conflictos, y expresa su disposición a apoyar la aplicación de la Hoja de Ruta Maestra de la Unión Africana de Medidas Prácticas para Silenciar las Armas de Fuego en África para el Año 2020;
10. Reconoce el memorando de entendimiento firmado entre las Naciones Unidas y la Unión Africana para fortalecer la cooperación en pro de las labores de consolidación y sostenimiento de la paz en África; reafirma la responsabilidad primordial de los Gobiernos y las autoridades nacionales de determinar, impulsar y dirigir las prioridades, estrategias y actividades encaminadas a la consolidación y el sostenimiento de la paz; pone de relieve la importancia que tienen las alianzas y la cooperación entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales pertinentes, entre ellas la Unión Africana, para mejorar la cooperación y la coordinación en la consolidación de la paz, aumentar las sinergias y garantizar la coherencia y complementariedad de esas iniciativas, y, a este respecto, acoge con beneplácito la realización de intercambios periódicos de opiniones, iniciativas conjuntas e intercambios de información entre la Oficina de Apoyo a la Consolidación de la Paz y la Comisión de la Unión Africana y el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana y alienta a la Comisión de Consolidación de la Paz a que celebre
intercambios de opiniones, cuando proceda, con las organizaciones regionales y subregionales, en particular la Unión Africana, en consonancia con las resoluciones 1645 (2005) y 2282 (2016);
11. Señala la importancia de las consultas entre el Consejo de Seguridad y el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana en sus respectivos procesos de adopción de decisiones y estrategias comunes para una respuesta integral a los conflictos, según proceda, sobre la base de las respectivas ventajas comparativas, la distribución de la carga, las misiones conjuntas de análisis y planificación y las visitas de evaluación de las Naciones Unidas y la Unión Africana, la supervisión y la evaluación, la transparencia y la rendición de cuentas, para hacer frente a los problemas comunes de seguridad en África, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, en particular el Capítulo VIII y los propósitos y principios;
12. Acoge con beneplácito la decisión de la Unión Africana de reafirmar a África como zona libre de armas nucleares y destaca la necesidad de que se apliquen plenamente los instrumentos internacionales, regionales y subregionales vigentes que abordan el comercio ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en África, tales como el Programa de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos Sus Aspectos y sus resoluciones pertinentes, que contribuyen a la prevención de los conflictos en África;
13. Subraya además la necesidad de que se apliquen de manera efectiva, según
proceda, todos los instrumentos y regímenes vigentes de control de armas y desarme, así como los embargos de armas impuestos por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y acoge con beneplácito las iniciativas para prestar asistencia a los Estados Miembros, así como a las organizaciones intergubernamentales, regionales y subregionales, como la Unión Africana, en el desarrollo de la capacidad para prevenir y combatir el comercio ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras, y alienta a los Estados de África a que salvaguarden los arsenales nacionales de armas para evitar que caigan en manos equivocadas;
14. Observa la alianza de las Naciones Unidas con la Unión Africana en el ámbito del mantenimiento de la paz, incluido el apoyo prestado a la Unión Africana
19-03357 5/7 S/RES/2457 (2019) para la elaboración de políticas, directrices y programas de capacitación, en particular en las esferas de la reforma del sector de la seguridad, la reconstrucción y el desarrollo después de los conflictos, las mujeres y la paz y la seguridad y la juventud y la paz y la seguridad;
15. Reafirma el importante papel de las mujeres en la prevención y solución de conflictos y en la consolidación de la paz, así como en situaciones posteriores a conflictos, y acoge con beneplácito a este respecto el papel que desempeñan FemWise-Africa, Red de Mujeres Africanas en la Prevención de Conflictos y la Mediación, y la Red de Dirigentes Africanas, pone de relieve también la necesidad de una acción conjunta entre las Naciones Unidas y la Unión Africana para poner fin a
la violencia sexual en las situaciones de conflicto armado y posteriores a un conflicto, al tiempo que destaca la importancia de aplicar plenamente las medidas de prevención y respuesta a la violencia sexual relacionada con los conflictos en las resoluciones del Consejo de Seguridad en la materia, y acoge con beneplácito el empeño continuo del Secretario General por aplicar y reforzar la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales;
16. Reafirma la importante y positiva contribución de la juventud a las iniciativas encaminadas a mantener y promover la paz y la seguridad y el papel que desempeña la gente joven en la prevención y solución de los conflictos, y como aspecto clave de la sostenibilidad, la inclusividad y el éxito de las actividades de mantenimiento y consolidación de la paz, así como en situaciones posteriores a conflictos, y alienta también a quienes participan en la planificación para el desarme, la desmovilización y la reintegración a que tomen en consideración las necesidades de la juventud afectada por los conflictos armados, incluido el problema del desempleo juvenil en el continente, mediante la inversión en el desarrollo de la capacidad y las aptitudes de las jóvenes generaciones para satisfacer las demandas de trabajo a través de oportunidades educativas adecuadas que estén concebidas de manera que fomenten una cultura de paz;
17. Reconoce, en particular, que es necesario insistir de manera firme en la lucha contra la pobreza, la privación y la desigualdad para prevenir todas las violaciones y abusos y proteger de ellos a las niñas y niños, en particular en el contexto de los conflictos armados, y promover su resiliencia y la de sus familias y
comunidades, así como la importancia de promover la educación para todos y sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, y pone de relieve además la importancia de prestar la debida atención a las cuestiones de protección de la infancia desde las primeras etapas de todos los procesos de paz, en particular la integración de disposiciones de protección de la infancia, así como de acuerdos de paz que pongan especial énfasis en el interés superior del niño, el trato como víctimas para las niñas y niños que han sido separados de grupos armados y la atención particular a la reintegración basada en la familia y la comunidad;
18. Reconoce las consecuencias negativas del cambio climático, los cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, para la estabilidad de varios Estados miembros de la Unión Africana, en particular a raíz de la sequía, la desertificación, la degradación de las tierras y la inseguridad alimentaria, y pone de relieve la necesidad de que los Gobiernos respectivos y las Naciones Unidas cuenten con evaluaciones de riesgos y estrategias de gestión de riesgos adecuadas en relación con esos factores;
19. Exhorta a los Estados miembros de la Unión Africana a que aumenten la buena gobernanza, lo que incluye la eliminación de la corrupción, el fortalecimiento de las instituciones democráticas, el respeto de los derechos humanos y la rendición de cuentas, y a que redoblen sus esfuerzos en pro del desarrollo económico y la promoción del bienestar de su pueblo, con miras a eliminar las causas fundamentales
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de los conflictos y sentar una base sólida para la paz y la estabilidad duraderas, y alienta además a todos los Estados miembros de la Unión Africana a que firmen, ratifiquen e incorporen a su legislación nacional todas las iniciativas de la Unión Africana relativas a la promoción de la democracia, los derechos humanos y la buena gobernanza y promuevan su aplicación universal en todo el continente con arreglo a lo solicitado en el último comunicado de la Cumbre de la Unión Africana respecto de la implementación de la agenda para silenciar las armas en el continente;
20. Reafirma su determinación de adoptar medidas contra la explotación ilícita y el tráfico de recursos naturales y productos básicos de gran valor en las zonas en que ello contribuya al estallido, la escalada o la continuación de conflictos armados en África y alienta a los Estados miembros de la Unión Africana a que fortalezcan sus mecanismos de regulación de la explotación y gestión de los recursos naturales y se cercioren de que los ingresos procedentes de esos recursos se utilicen para satisfacer las necesidades básicas de su población, con miras a promover el desarrollo equitativo y la distribución de los beneficios;
21. Reitera su intención de estudiar las medidas que podrían adoptarse para aumentar la cooperación práctica con la Unión Africana respecto de la promoción y el mantenimiento de la paz y la seguridad en África, en consonancia con el Capítulo VIII de la Carta de las Naciones Unidas;
22. Solicita al Secretario General que, en consulta con el Presidente de la Comisión de la Unión Africana, cuando proceda, suministre información actualizada
sobre las medidas de implementación para aumentar el apoyo de las Naciones Unidas y sus organismos a la Unión Africana en la implementación de la Visión 2020 de silenciar las armas en África, entre otras cosas como parte de su informe sobre el fortalecimiento de la asociación entre las Naciones Unidas y la Unión Africana en cuestiones de paz y seguridad en África. 19-03357 7/7