CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2466 de 2019
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2466 de 2019
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2019
S Naciones Unidas /RES/2466 (2019) Consejo de Seguridad Distr. general 12 de abril de 2019 Resolución 2466 (2019) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8510ª sesión, celebrada el 12 de abril de 2019 El Consejo de Seguridad, Reafirmando sus resoluciones anteriores sobre Haití, en particular sus resoluciones 2410 (2018), 2350 (2017), 2313 (2016), 2243 (2015), 2180 (2014), 2119 (2013), 2070 (2012), 2012 (2011), 1944 (2010), 1927 (2010), 1908 (2010), 1892 (2009), 1840 (2008), 1780 (2007), 1743 (2007), 1702 (2006), 1658 (2006), 1608 (2005), 1601 (2005), 1576 (2004), 1529 (2004) y 1542 (2004), Reafirmando su decidido compromiso con la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad de Haití, Observando la función que desempeña la Misión de las Naciones Unidas de Apoyo a la Justicia en Haití (MINUJUSTH) en la prestación de asistencia a todos los poderes del Gobierno de Haití para fortalecer las instituciones del estado de derecho, lo que incluye la modernización de la Policía Nacional de Haití (PNH) a fin de que pueda mejorar el entorno de seguridad del país, y la participación en tareas de vigilancia, presentación de informes y análisis de la situación en materia de derechos humanos,
Recordando su resolución 2410 (2018), en la que acogió con beneplácito la estrategia de salida de la MINUJUSTH en un plazo de dos años con parámetros de referencia en que se exponen los lineamientos de la transición hacia una presencia de las Naciones Unidas en Haití no relacionada con el mantenimiento de la paz en octubre de 2019, Acogiendo con beneplácito el informe del Secretario General de 1 de marzo de 2019 (S/2019/198) y su recomendación de que, a partir del 16 de octubre de 2019, suceda a la MINUJUSTH una misión política especial, y haciendo notar la observación que figura en el informe de que el fin previsto de la presencia de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en Haití dentro del plazo definido representa el reconocimiento de los logros alcanzados por Haití hasta la fecha, Reconociendo las conclusiones del informe sobre el aumento de la capacidad, el liderazgo y las operaciones de prevención del delito de la PNH, y poniendo de relieve la importancia de que el Gobierno de Haití y sus asociados internacionales y regionales, incluidas las Naciones Unidas, presten un apoyo eficaz al plan de desarrollo estratégico de la Policía Nacional de Haití para 2017-2021, 19-06278 (S) 1906278 S/RES/2466 (2019) Reconociendo que Haití continúa enfrentándose a grandes problemas, afirmando que para lograr una estabilidad duradera es fundamental seguir avanzando en la reconstrucción del país, así como en su desarrollo social, político y económico, y observando la importancia de que la asistencia internacional para el desarrollo sea eficaz y coordinada y de que aumente la capacidad institucional de Haití a este
respecto, Recordando sus resoluciones 1645 (2005) y 2282 (2016), y reafirmando que el Gobierno de Haití tiene la responsabilidad primordial de aplicar estrategias de consolidación y sostenimiento de la paz, poniendo de relieve la importancia de la implicación nacional, la inclusividad y el papel positivo que puede desempeñar la sociedad civil en la promoción de los procesos y objetivos nacionales de consolidación de la paz, poniendo de relieve también a este respecto la importante función de apoyo que puede cumplir la Comisión de Consolidación de la Paz (CCP) respecto de los esfuerzos conjuntos del Gobierno de Haití y la MINUJUSTH por hacer frente a la violencia de las bandas y sus efectos en las comunidades y por fomentar una seguridad y estabilidad duraderas, Reiterando su apoyo a la MINUJUSTH para que, en colaboración con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y otras instancias internacionales, según proceda, siga prestando asistencia al Gobierno para hacer frente con eficacia a la trata de personas, conforme a lo dispuesto en la resolución 2388 (2017), así como para combatir otras formas de delincuencia organizada transnacional, en particular el tráfico de drogas y de armas en Haití, con arreglo al derecho internacional, Recordando la resolución 71/161 de la Asamblea General, titulada “Nuevo enfoque de las Naciones Unidas respecto del cólera en Haití”, observando los progresos constantes en la reducción de los presuntos casos de cólera y reafirmando la importancia de que el Gobierno de Haití, las organizaciones no gubernamentales (ONG) y las Naciones Unidas, con el apoyo de la comunidad internacional, sigan
trabajando para erradicar el cólera de Haití, Recordando la resolución 2378 (2017) y su solicitud al Secretario General de que vele por que los datos relacionados con la eficacia de las operaciones de mantenimiento de la paz, incluidos los relativos al desempeño de las actividades de mantenimiento de la paz, se empleen para mejorar el análisis y la evaluación de las operaciones de las misiones, sobre la base de parámetros claros y bien definidos, y recordando también la resolución 2436 (2018) y su solicitud al Secretario General de que vele por que las decisiones para reconocer e incentivar el desempeño excepcional y las decisiones relativas al despliegue, la reparación, la capacitación, la retención de reembolsos financieros y la repatriación del personal uniformado o el despido del personal civil se fundamenten en datos objetivos de desempeño, Expresando preocupación por el reciente aumento de la violencia de las bandas y subrayando la importancia de hacer frente a esa violencia y sus causas profundas de manera integral, incluso mediante el fortalecimiento del estado de derecho, medidas políticas y socioeconómicas, programas de reducción de la violencia y la gestión de las armas y las municiones, Reconociendo que el fortalecimiento de las instituciones nacionales de derechos humanos, incluido el respeto del derecho a un juicio imparcial, la promoción del acceso a la justicia, la participación comunitaria, la lucha contra la corrupción y la impunidad, la lucha contra la delincuencia y la violencia sexual y de género, la promoción del empoderamiento y la participación política de las mujeres y la rendición de cuentas, así como el respeto de los derechos humanos, incluidos los de
las mujeres y la infancia, son fundamentales para que el Gobierno de Haití promueva el estado de derecho, la construcción de instituciones democráticas y la seguridad en 2/4 19-06278 S/RES/2466 (2019) el país, reconociendo también que las medidas de fomento de la confianza, la facilitación, la mediación y la participación comunitaria, cuando corresponda, pueden ayudar a aumentar la eficacia de la MINUJUSTH en la ejecución de las tareas de su mandato, Teniendo presente su responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1. Decide prorrogar el mandato de la MINUJUSTH por un último período de seis meses, hasta el 15 de octubre de 2019;
2. Solicita al Secretario General que inicie los planes necesarios para establecer una presencia apropiada e integrada del sistema de las Naciones Unidas en Haití, incluida una misión política especial, como se recomienda en los párrafos 71 a 82 del informe más reciente del Secretario General, a partir del 16 de octubre de 2019, con la capacidad y la especialización necesarias para coordinar las actividades de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, cooperar con la comunidad de donantes y seguir apoyando la labor del Gobierno de Haití en pro de la consolidación de la paz y el desarrollo a largo plazo tras la retirada de la MINUJUSTH, y solicita también al Secretario General que prepare e inicie la retirada gradual y por etapas del personal de la MINUJUSTH antes del 15 de octubre de 2019, según
proceda, asegurando una transición sin tropiezos;
3. Solicita al Secretario General que lo informe, dentro de los 30 días siguientes a la aprobación de la presente resolución, de los detalles operacionales de la misión política especial propuesta, incluidos sus objetivos específicos y datos sobre el despliegue, la dotación de personal y la estructura propuestos, para examinarlos y, posteriormente, autorizarlos, y solicita también al Secretario General que comience a planificar y gestionar la transición de conformidad con las políticas, directrices y mejores prácticas de las Naciones Unidas;
4. Alienta a la MINUJUSTH y al equipo de las Naciones Unidas en Haití a que colaboren estrechamente para asegurar la transición sin tropiezos de la presencia de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas;
5. Solicita al Secretario General que, a partir del 12 de abril de 2019 y cada 90 días, lo informe sobre la aplicación de la presente resolución, incluidos todos los casos de incumplimiento del mandato y las medidas adoptadas para subsanarlos;
6. Alienta al Gobierno de Haití y a la MINUJUSTH a que sigan colaborando para alcanzar los objetivos que figuran en los parámetros de referencia de la estrategia de salida en un plazo de dos años y recalca la urgencia de que el Gobierno de Haití adopte todas las medidas adecuadas para garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos por la PNH y el poder judicial como elemento esencial de la estabilidad de Haití, y exhorta a la MINUJUSTH a que proporcione supervisión y apoyo de conformidad con su mandato a este respecto;
7. Solicita a la Representante Especial del Secretario General que siga
desempeñando una función de buenos oficios y de promoción a nivel político para asegurar el pleno cumplimiento del mandato, incluso mediante una estrecha coordinación con el Gobierno para elaborar una estrategia política encaminada a abordar los problemas políticos para avanzar hacia el estado de derecho e impulsar progresos sistemáticos;
8. Solicita a la Representante Especial del Secretario General y a la MINUJUSTH que se coordinen estrechamente con el Gobierno de Haití, y exhorta al Gobierno de Haití a que siga facilitando el mandato y el funcionamiento de la
MINUJUSTH;
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9. Autoriza a la MINUJUSTH a que utilice todos los medios necesarios para cumplir su mandato de apoyar y desarrollar a la PNH;
10. Autoriza también a la MINUJUSTH a que proteja a los civiles que se encuentren bajo amenaza inminente de violencia física, dentro de su capacidad y sus zonas de despliegue, según sea necesario;
11. Solicita al Secretario General que vele por que la MINUJUSTH mantenga su capacidad, incluidos los activos aéreos y los elementos de apoyo médico necesarios, para desplegar con rapidez fuerzas de seguridad en todo el país y en apoyo de la PNH;
12. Reafirma la importancia de que la MINUJUSTH tenga plenamente en cuenta la incorporación de la perspectiva de género como cuestión intersectorial en todo su mandato y que preste asistencia al Gobierno de Haití para asegurar la participación, la intervención y la representación plenas y efectivas de las mujeres en todos los niveles, y reafirma también la importancia de fortalecer la especialización
y la capacidad en materia de género para ejecutar el mandato de la misión de modo que se tengan en cuenta las cuestiones de género;
13. Acoge con beneplácito las iniciativas emprendidas por el Secretario General para estandarizar la cultura del desempeño en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, y reafirma su apoyo a la elaboración de un marco normativo amplio e integrado sobre el desempeño que defina normas claras para evaluar a todo el personal civil y uniformado de las Naciones Unidas que trabaja en las operaciones de mantenimiento de la paz o les presta apoyo, facilite la aplicación efectiva y plena de los mandatos, e incluya metodologías integrales y objetivas basadas en parámetros de referencia claros y bien definidos para asegurar que se rindan cuentas por el desempeño insatisfactorio y se incentive y reconozca el desempeño excepcional, y lo exhorta a que aplique a la MINUJUSTH el marco descrito en la resolución 2436 (2018);
14. Recuerda su resolución 2272 (2016) y todas las demás resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas, solicita al Secretario General que adopte las medidas necesarias para que todo el personal de la MINUJUSTH cumpla plenamente con la política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, y que lo siga manteniendo informado, e insta a los países que aportan fuerzas de policía a que redoblen sus esfuerzos para prevenir los casos de conducta indebida y asegurar que se investiguen debidamente, con credibilidad y transparencia, los actos de ese tipo en que esté involucrado su personal y que los responsables rindan
cuentas de sus actos;
15. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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