CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2538 de 2020
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2538 de 2020
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2020
S Naciones Unidas /RES/2538 (2020) Consejo de Seguridad Distr. general 28 de agosto de 2020 Resolución 2538 (2020) Aprobada por el Consejo de Seguridad el 28 de agosto de 2020 El Consejo de Seguridad, Recordando sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia pertinentes sobre cuestiones relacionadas con el mantenimiento de la paz y sobre las mujeres, la paz y la seguridad, Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y reafirmando que esta le confiere la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, Recalcando la importancia del mantenimiento de la paz como uno de los instrumentos más eficaces de que disponen las Naciones Unidas para promover y mantener la paz y la seguridad internacionales, Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, a saber, el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en legítima defensa y en defensa del mandato, y reconociendo que el mandato de cada misión de mantenimiento de la paz refleja específicamente las necesidades y la situación del país en cuestión, y que espera que se ejecuten plenamente los mandatos que autoriza, Reconociendo que el 20o aniversario de la resolución 1325 (2000) y el 25o aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing ofrecen una excelente oportunidad para que los Estados Miembros se comprometan a implementar la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y sus prioridades, garantizando y promoviendo la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en los
procesos de paz, incluso mediante la transversalización de la perspectiva de género, y sigan decididos a aumentar el número de mujeres civiles y uniformadas en las actividades de mantenimiento de la paz a todos los niveles y en todos los puestos, incluidos los del personal directivo superior, Reconociendo el papel indispensable de las mujeres para mejorar el desempeño y la eficacia generales de las operaciones de mantenimiento de la paz, reconociendo además que la presencia de mujeres y un mayor equilibrio entre hombres y mujeres en el personal de mantenimiento de la paz contribuyen, entre otras cosas, a aumentar la credibilidad de las misiones entre la población, lograr una implicación comunitaria más efectiva y mejorar las respuestas en materia de protección, 20-11254 (S) 2011254 S/RES/2538 (2020) Observando con aprecio que avanzan las gestiones emprendidas por el Secretario General para movilizar el apoyo de todos los asociados e interesados a fin de mejorar la eficacia de la labor de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas mediante su iniciativa “Acción para el mantenimiento de la paz”, que otorga gran importancia a promover la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad, así como a fomentar las soluciones políticas, reforzar la protección de los civiles, aumentar la seguridad del personal de mantenimiento de la paz, apoyar un desempeño y una rendición de cuentas efectivos, potenciar el impacto de la labor de mantenimiento de la paz en la consolidación y el sostenimiento de la paz, mejorar las alianzas de colaboración para el mantenimiento de la paz y fortalecer las normas de conducta de las operaciones y el personal de mantenimiento de la paz,
Recordando la resolución 2242 (2015), en la que solicitó al Secretario General que pusiera en marcha, en colaboración con los Estados Miembros, una estrategia para duplicar el número de mujeres en los contingentes militares y de policía de las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas para 2020, y solicita además que esta estrategia garantice la participación plena, efectiva y significativa de las mujeres en todos los aspectos del mantenimiento de la paz, recordando además la estrategia del Secretario General para todo el sistema sobre la paridad de género y la estrategia de paridad de género para el personal uniformado (2018-2028), y destacando la necesidad de seguir tratando de aumentar la participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz, Destacando que para promover una mayor participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz son necesarios el compromiso colectivo y los esfuerzos concertados de todos los Estados Miembros y de la Secretaría de las Naciones Unidas, que deben contar con el apoyo de los recursos apropiados, y acogiendo con beneplácito los continuos esfuerzos e iniciativas de los Estados Miembros y la Secretaría de las Naciones Unidas para aumentar la participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz, incluso proporcionando al personal femenino uniformado igual acceso a la educación, el adiestramiento y la capacitación, y a las redes de contactos, y adoptando medidas para comprender y abordar mejor los obstáculos que dificultan la participación de las mujeres en el mantenimiento de la paz, Recordando su resolución 2242 (2015), reconociendo el papel indispensable de las mujeres en las actividades de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y
acogiendo con beneplácito los esfuerzos por incentivar una mayor presencia de las mujeres en los contingentes militares, policiales y civiles desplegados en las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, y observando la importancia de aumentar el número de mujeres en puestos directivos y de velar por que se tengan en cuenta las necesidades y la participación de las mujeres en todas las etapas de la planificación y ejecución de las misiones incluyendo especialización técnica apropiada en materia de género, Recalcando la importancia que atribuye a la seguridad sobre el terreno del personal de mantenimiento de la paz, incluidas las mujeres, y la necesidad de que el Secretario General, los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y los Estados Miembros trabajen de consuno a fin de garantizar que las misiones cuenten con recursos suficientes y que todo el personal de mantenimiento de la paz sobre el terreno tenga la voluntad, la capacidad y el equipo necesarios para cumplir su mandato con eficacia y en condiciones de seguridad,
1. Exhorta a los Estados Miembros, la Secretaría de las Naciones Unidas y las organizaciones regionales a que intensifiquen sus esfuerzos colectivos para promover la participación plena, efectiva y significativa de las mujeres uniformadas
2/4 20-11254 S/RES/2538 (2020) y civiles en las operaciones de mantenimiento de la paz a todos los niveles y en todos los puestos, incluidos los del personal directivo superior;
2. Alienta a los Estados Miembros a que formulen estrategias y medidas para aumentar el despliegue de mujeres uniformadas en las operaciones de mantenimiento
de la paz, mediante actividades como las siguientes: a) Difundir información sobre las oportunidades de despliegue de personal femenino y facilitar el acceso a ellas, incluso para los puestos superiores; b) Proporcionar acceso al adiestramiento para el personal femenino uniformado y velar por que se despliegue en operaciones de mantenimiento de la paz a las mujeres uniformadas una vez adiestradas; c) Establecer una base de datos nacional de personal femenino que ha recibido adiestramiento y tiene interés y disponibilidad para su designación y despliegue; d) Detectar y abordar los obstáculos que dificultan la contratación, el despliegue y los ascensos de las mujeres uniformadas que forman parte del personal de mantenimiento de la paz; e) Estudiar formas, según proceda, para aumentar la participación de las mujeres en las fuerzas militares y de policía nacionales; f) Apoyar la capacidad de las organizaciones regionales para adiestrar a mujeres uniformadas; g) Tomar las medidas necesarias para proporcionar apoyo e incentivos en aspectos como el cuidado infantil y otras necesidades pertinentes;
3. Exhorta al Secretario General a que siga aplicando la estrategia para todo el sistema sobre la paridad de género y la estrategia de paridad de género para el personal uniformado (2018-2028), a que continúe evaluando los progresos y las dificultades en el cumplimiento de los objetivos, teniendo en cuenta las opiniones, mejores prácticas y experiencias de los Estados Miembros, en particular los países que aportan contingentes y fuerzas de policía y los países receptores de operaciones de mantenimiento de la paz, y exhorta además a todos los Estados Miembros a que
sigan apoyando las estrategias, incluso mediante el aumento del número y la participación de mujeres uniformadas en las operaciones de mantenimiento de la paz;
4. Alienta a los Estados Miembros a que fortalezcan la cooperación para apoyar una mayor participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz, incluso mediante el intercambio de mejores prácticas en materia de contratación, retención, adiestramiento y despliegue de mujeres uniformadas;
5. Alienta a las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales a que promuevan la participación y el papel de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz;
6. Exhorta a los Estados Miembros y a la Secretaría de las Naciones Unidas a que garanticen entornos de trabajo seguros, propicios y con perspectiva de género para las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz y a que aborden las amenazas y la violencia contra ellas, insta a la Secretaría de las Naciones Unidas o a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía, cuando proceda, a que proporcionen infraestructuras e instalaciones adecuadas y apropiadas para las mujeres en las misiones, como alojamiento, saneamiento, atención de la salud y equipo de protección, teniendo en cuenta sus necesidades específicas, así como los requisitos de seguridad y privacidad, e insta además a los Estados Miembros y a la Secretaría de las Naciones Unidas a que suministren recursos adecuados a este respecto;
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7. Expresa preocupación por las denuncias de acoso sexual en las operaciones de mantenimiento de la paz, afirma su apoyo a la política del Secretario
General de tolerancia cero frente a todas las formas de acoso sexual, y solicita al Secretario General que redoble los esfuerzos por prevenir y combatir el acoso sexual dentro de las operaciones de mantenimiento de la paz, en estrecha cooperación y consulta con los Estados Miembros;
8. Alienta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que impartan a todo el personal militar y policial suficiente adiestramiento para cumplir sus responsabilidades en las misiones, y solicita a la Secretaría de las Naciones Unidas que proporcione y actualice las directrices y el material de capacitación necesarios;
9. Alienta a los Estados Miembros y a la Secretaría de las Naciones Unidas a que intensifiquen las alianzas de colaboración para apoyar programas de adiestramiento y capacitación destinados al personal femenino uniformado, incluso mediante el mecanismo de coordinación ligera, las alianzas triangulares y los marcos bilaterales y regionales; alienta además a los Estados Miembros a que designen a miembros del personal femenino uniformado para participar en esas actividades de capacitación y a que promuevan su despliegue en operaciones de mantenimiento de la paz;
10. Solicita a la Secretaría de las Naciones Unidas que continúe las actividades de comunicación pública y promoción para alentar la participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz, en colaboración con los interesados pertinentes;
11. Alienta a los Estados Miembros, la Secretaría de las Naciones Unidas y las misiones de mantenimiento de la paz a que faciliten las oportunidades de acceso a redes de contactos y establezcan redes sostenibles entre las mujeres que han sido, son o serán miembros del personal de mantenimiento de la paz, como medio de
intercambiar experiencias e información sobre la participación en las operaciones de mantenimiento de la paz y de inspirar a más mujeres para que participen en esas operaciones;
12. Insta a las operaciones de mantenimiento de la paz a que promuevan la participación plena, efectiva y significativa de las mujeres en todos los componentes y funciones y a todos los niveles, tanto en el cuartel general como sobre el terreno, incluso estableciendo equipos mixtos encargados de fomentar la implicación que incluyan tanto a hombres como a mujeres y aumentando la participación del personal femenino de mantenimiento de la paz en aquellos componentes y funciones en que las mujeres estén infrarrepresentadas;
13. Solicita al Secretario General que informe sobre los progresos realizados en la aplicación de la presente resolución y sobre otros aspectos conexos de la participación de las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz en la exposición informativa amplia anual solicitada en su resolución 2378 (2017);
14. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
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