CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2573 de 2021
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2573 de 2021
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2021
S Naciones Unidas /RES/2573 (2021) Consejo de Seguridad Distr. general 27 de abril de 2021 Resolución 2573 (2021) Aprobada por el Consejo de Seguridad el 27 de abril de 2021 El Consejo de Seguridad, Reiterando su responsabilidad primordial, con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, de mantener la paz y la seguridad internacionales y, en este contexto, la necesidad de promover y asegurar el respeto del derecho internacional humanitario, Recordando todas sus resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 1265 (1999), 1894 (2009), 1998 (2011), 2175 (2014), 2286 (2016) y 2417 (2018), y las declaraciones de su Presidencia de 12 de febrero de 1999 (S/PRST/1999/6), 12 de febrero de 2013 (S/PRST/2013/2), 9 de agosto de 2017 (S/PRST/2017/14), 20 de agosto de 2019 (S/PRST/2019/8) y 29 de abril de 2020 (S/PRST/2020/6), Reafirmando el pleno respeto de la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de todos los Estados con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas, Reiterando la responsabilidad primordial de los Estados de proteger a la población en todos sus territorios, Gravemente preocupado por el nivel de violencia contra los civiles en situaciones de conflicto armado, incluidos los ataques indiscriminados y el establecimiento de posiciones militares en zonas densamente pobladas, así como sus
efectos devastadores en los civiles, Poniendo de relieve con profunda preocupación que los conflictos armados en curso tienen efectos devastadores en los civiles y los bienes de carácter civil, particularmente en quienes desempeñan responsabilidades relacionadas con el funcionamiento, el mantenimiento o la reparación de las infraestructuras civiles imprescindibles para prestar servicios esenciales a la población civil y sus activos de carácter civil en cuanto tales, así como en los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, exacerban las fragilidades y vulnerabilidades socioeconómicas existentes y sobrecargan los limitados recursos, reduciendo el acceso a servicios esenciales como la atención sanitaria, el agua, el saneamiento y la energía, con consecuencias devastadoras para la población civil, y obstaculizando una respuesta humanitaria eficaz, Reconociendo la interconexión de ciertos servicios esenciales, así como la vulnerabilidad de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil que pueden sufrir daños en situaciones de conflicto armado, 21-05595 (S) 2105595 S/RES/2573 (2021) Reiterando el llamamiento a todas las partes en los conflictos armados para que cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, que incluyen respetar y proteger a los civiles y procurar constantemente no causar daño a bienes civiles, incluidos los que son imprescindibles para prestar servicios esenciales a la población civil, así como abstenerse de atacar, destruir, retirar o inutilizar bienes que sean indispensables para la supervivencia de la población civil y respetar y
proteger al personal humanitario y los envíos utilizados para las operaciones de socorro humanitario, Expresando además preocupación por el uso indebido de bienes indispensables para la supervivencia de la población civil en contravención del derecho internacional aplicable, que puede poner en peligro a los civiles y su capacidad para acceder a los servicios esenciales en situaciones de conflicto armado, Recordando su profunda preocupación por el uso militar de escuelas en contravención del derecho internacional aplicable y reconociendo que ese uso puede convertir a las escuelas en blancos legítimos de ataques, poniendo en peligro la seguridad de niños y docentes, así como la educación de los niños, Observando con preocupación las amenazas que plantea para las infraestructuras civiles, incluidas las que sirven de apoyo a los servicios esenciales para la población civil, el uso de cualquier medio o método de guerra que contravenga el derecho internacional humanitario, y los efectos humanitarios potencialmente devastadores de ese uso en situaciones de conflicto armado, Observando que los conflictos armados, las violaciones del derecho internacional humanitario y del derecho internacional de los derechos humanos, y la destrucción u otros daños causados a bienes indispensables para la supervivencia de la población civil pueden reducir o impedir el acceso de los civiles a servicios esenciales en situaciones de conflicto armado, y provocar desplazamientos forzados o agravarlos, empeorar la propagación de enfermedades infecciosas en esos contextos y obstaculizar una respuesta eficaz en materia de salud pública, Reiterando su compromiso de buscar todas las vías posibles para prevenir y hacer cesar los conflictos armados, entre otras cosas, abordando sus causas
subyacentes de manera inclusiva, integrada y sostenible, Reiterando la necesidad de intensificar los esfuerzos por resolver los conflictos armados y construir una paz sostenible y convencido de que la protección de los civiles en los conflictos armados y la protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil deben ser un aspecto importante a ese respecto, Reiterando profunda preocupación por el creciente número de civiles afectados por los conflictos armados en curso y la consiguiente violencia que se enfrentan a las amenazas de la inseguridad alimentaria creada por el conflicto y de la hambruna, Observando que la situación humanitaria en muchos conflictos armados también puede verse agravada por las crisis económicas, los fenómenos meteorológicos cada vez más frecuentes y extremos, y los desastres naturales, y se ha deteriorado debido a las repercusiones de la pandemia de COVID-19 y, en este sentido, reafirmando la necesidad de combatir la pandemia y recuperarse de ella de forma sostenible, Recordando las obligaciones de todas las partes en los conflictos armados en virtud del derecho internacional, incluidas las disposiciones aplicables del derecho internacional de los derechos humanos, y del derecho internacional humanitario, especialmente la prohibición de dirigir ataques contra civiles y bienes de carácter civil, el personal médico y el personal humanitario dedicado exclusivamente a tareas médicas, sus medios de transporte y equipo, los hospitales y otros establecimientos sanitarios, 2/5 21-05595 S/RES/2573 (2021) Subrayando las obligaciones que tienen todas las partes en los conflictos armados, en virtud del derecho internacional humanitario, de proteger a los civiles y
los bienes de carácter civil, atender las necesidades básicas de la población civil que se encuentre en su territorio o bajo su control, y permitir y facilitar el acceso rápido y sin trabas de un socorro humanitario imparcial a todas las personas necesitadas, Destacando el efecto particular que tienen los conflictos armados en las mujeres, los niños, incluso en cuanto refugiados y desplazados internos, y otros civiles que puedan ser vulnerables por motivos específicos, como las personas con discapacidad y las personas de edad, incluso por el mayor riesgo de violencia y la falta de acceso a los servicios esenciales, y destacando las necesidades de todas las poblaciones civiles afectadas en materia de protección y asistencia, Recordando su práctica de que los mandatos de las misiones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y otras misiones pertinentes incluyan, cuando proceda y en función de cada caso, disposiciones relativas a la protección de los civiles, Destacando la necesidad de luchar contra la impunidad y la importancia de asegurar la rendición de cuentas por las violaciones graves del derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, Reconociendo la necesidad de restablecer lo antes posible y de forma inclusiva y equitativa la prestación de servicios esenciales, al tiempo que se reconstruye para mejorar y se prestan a la población civil servicios esenciales más resilientes, con el fin de contribuir a promover el enfoque integral del sostenimiento de la paz en los países que se encuentran en situaciones de conflicto armado y posconflicto, y, a ese respecto, acogiendo con beneplácito la cooperación internacional y regional
pertinente,
1. Condena enérgicamente los ataques en situaciones de conflicto armado dirigidos específicamente contra los civiles en cuanto tales y contra otras personas o bienes civiles sujetos a protección, así como los ataques indiscriminados o desproporcionados, que privan a la población civil de bienes indispensables para su supervivencia y constituyen violaciones flagrantes del derecho internacional humanitario, deplora las consecuencias humanitarias a largo plazo de esos ataques para la población civil y exige que todas las partes en los conflictos armados pongan fin inmediatamente a esas prácticas;
2. Exige que todas las partes en los conflictos armados cumplan plenamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, que incluyen distinguir entre, por una parte, las poblaciones civiles, los bienes civiles y todas las demás personas y bienes que gozan de protección, y, por otra, los combatientes y los objetivos militares, prohibir los ataques indiscriminados y desproporcionados, tomar todas las precauciones viables al planificar, decidir y realizar ataques para evitar, y en todo caso reducir al mínimo, los daños a la población civil y a los bienes de carácter civil, y tomar todas las precauciones viables para proteger a la población civil y los bienes de carácter civil sujetos a su control contra los efectos de los ataques;
3. Exige además que todas las partes en los conflictos armados cumplan plenamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional humanitario, que incluyen procurar no causar daño a la población civil, los civiles ni los bienes de carácter civil, abstenerse de atacar, destruir, sustraer o inutilizar bienes indispensables para la supervivencia de la población civil, y respetar y proteger al personal
humanitario y los envíos utilizados para las operaciones de socorro humanitario; 21-05595 3/5
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4. Condena enérgicamente la práctica de hacer padecer hambre a los civiles como método de guerra utilizada en diversas situaciones de conflicto armado, que está prohibida por el derecho internacional y puede constituir un crimen de guerra;
5. Condena enérgicamente que se deniegue ilegalmente el acceso humanitario y se prive a los civiles de bienes indispensables para su supervivencia en situaciones de conflicto armado, así como el uso indebido de bienes indispensables para la supervivencia de la población civil en contravención del derecho internacional por todas las partes en los conflictos armados;
6. Insta a todas las partes en los conflictos armados a que protejan las infraestructuras civiles imprescindibles para la entrega de ayuda humanitaria, incluida la prestación de servicios esenciales relativos a la vacunación y la atención médica conexa y otros servicios esenciales para la población civil en los conflictos armados, y a que garanticen el buen funcionamiento de los sistemas alimentarios y los mercados en situaciones de conflicto armado;
7. Reitera su exigencia de que todas las partes en los conflictos armados establezcan de inmediato una pausa humanitaria duradera para facilitar la entrega segura, sin trabas y sostenida de asistencia humanitaria, la prestación de los servicios conexos por parte de agentes humanitarios imparciales, con arreglo a los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, y las evacuaciones médicas, de conformidad con el derecho internacional, incluidas las disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario y del derecho
internacional de los refugiados, así como la entrega y distribución equitativas, seguras y sin trabas de la vacuna contra la COVID-19 en las zonas de conflicto armado;
8. Reitera el importante papel que puede desempeñar la creación de capacidad en materia de derecho internacional humanitario en el apoyo a los esfuerzos de protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil y acoge con beneplácito los esfuerzos de todas las partes por integrar o seguir integrando medidas a ese respecto;
9. Alienta todos los esfuerzos por proteger los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil y las infraestructuras civiles imprescindibles para prestar servicios esenciales en los conflictos armados, previa solicitud, a fin de atender las necesidades básicas de la población civil, entre otras cosas: a) Protegiendo a los civiles que hacen funcionar, mantienen o reparan esos bienes, así como su circulación con el fin de mantener, reparar o hacer funcionar esos bienes; b) Permitir y facilitar el paso seguro del equipo, el transporte y los suministros necesarios para la reparación, el mantenimiento o el funcionamiento de esos bienes;
10. Destaca la necesidad de asegurar una mejor cooperación y coordinación a nivel internacional, incluso entre las Naciones Unidas y las organizaciones internacionales, regionales y subregionales competentes, entre otras cosas mediante la asistencia técnica y la creación de capacidad, con miras a apoyar a las personas afectadas por los conflictos armados para reducir las necesidades humanitarias, mejorar la recuperación a largo plazo, proteger los medios de subsistencia, mejorar el acceso a los servicios esenciales, aumentar la resiliencia de las poblaciones afectadas
por los conflictos y recuperarse de la pandemia, garantizando al mismo tiempo la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en los esfuerzos por promover y mantener la paz y la seguridad, fomentando la inclusión de la juventud, y contribuyendo al cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; 4/5 21-05595
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11. Alienta a que se mejore la especialización técnica, según proceda, dentro de los equipos de las Naciones Unidas en los países, de modo que puedan, cuando sea apropiado y dentro de sus respectivos mandatos y capacidades, responder eficazmente para apoyar la prestación de servicios esenciales;
12. Solicita al Secretario General que incluya como subtema en los informes sobre la protección de los civiles la cuestión de la protección de los bienes indispensables para la supervivencia de la población civil.
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