CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2575 de 2021
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2575 de 2021
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2021
S Naciones Unidas /RES/2575 (2021) Consejo de Seguridad Distr. general 11 de mayo de 2021 Resolución 2575 (2021) Aprobada por el Consejo de Seguridad el 11 de mayo de 2021 El Consejo de Seguridad, Reafirmando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Abyei y a lo largo de la frontera entre el Sudán y Sudán del Sur y subrayando la importancia de que se cumplan y apliquen en su totalidad, Reafirmando su inquebrantable compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial del Sudán y Sudán del Sur, Acogiendo con beneplácito que el Gobierno de la República del Sudán y el Gobierno de la República de Sudán del Sur mantengan su cooperación en apoyo de la paz, la seguridad y la estabilidad, alentando a que prosigan tales actividades e instando a las partes a que avancen en el establecimiento de disposiciones transitorias para la administración y la seguridad de Abyei y continúen apoyando las iniciativas de desarrollo y asistencia humanitaria, Alentando a la Unión Africana, al Grupo de Alto Nivel de la Unión Africana encargado de la Aplicación y al Enviado Especial del Secretario General para el Cuerno de África a que intensifiquen su labor de mediación con los Gobiernos del Sudán y Sudán del Sur con el fin de alentarlos encarecidamente a establecer disposiciones transitorias para la administración y la seguridad de Abyei, conforme al Acuerdo de 2011 entre el Gobierno de la República del Sudán y el Movimiento de Liberación del Pueblo del Sudán sobre las Disposiciones Transitorias para la
Administración y la Seguridad de la Zona de Abyei, y a colaborar para lograr la resolución del estatuto definitivo de Abyei, Encomiando la asistencia que siguen prestando a las partes la República Democrática Federal de Etiopía y la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei (UNISFA), Reconociendo la necesidad de seguir estudiando la configuración de la UNISFA para adaptarla a las condiciones de seguridad actuales y elaborar una estrategia de salida viable que dé prioridad a la seguridad de los civiles que viven en Abyei y tenga en cuenta la estabilidad de la región y que se base en una mayor capacidad del Sudán y Sudán del Sur para gestionar las controversias bilaterales, Expresando preocupación porque la demora en el despliegue de la dotación de la policía de las Naciones Unidas que autorizó impide que la UNISFA cumpla su mandato en materia de seguridad y protección y puede crear un vacío de seguridad en Abyei, y expresando preocupación además por los intentos del Sudán y Sudán del 21-06315 (S) 2106315 S/RES/2575 (2021) Sur por impedir que la UNISFA ejecute plenamente su mandato, incluso denegando visados para la policía, bloqueando el nombramiento de un civil como Jefe Adjunto de la Misión y negando el acceso al aeropuerto de Athony, que paliaría los problemas logísticos de la UNISFA, reduciría sus gastos de transporte y mejoraría la seguridad de su personal, Reconociendo que la situación imperante en Abyei y a lo largo de la frontera entre el Sudán y Sudán del Sur sigue constituyendo una amenaza para la paz y la
seguridad internacionales,
1. Decide prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2021 el mandato de la UNISFA, enunciado en el párrafo 2 de la resolución 1990 (2011), decide también, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2021 las tareas de la UNISFA enunciadas en el párrafo 3 de la resolución 1990 (2011), y decide además que la UNISFA debe seguir cumpliendo su mandato y sus tareas de conformidad con la resolución 2550 (2020);
2. Decide prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2021 la modificación del mandato de la UNISFA expuesta en la resolución 2024 (2011) y en el párrafo 1 de la resolución 2075 (2012), que prevé el apoyo de la UNISFA al Mecanismo Conjunto de Verificación y Vigilancia de Fronteras, y decide además que la UNISFA debe seguir cumpliendo ese mandato y esas tareas de conformidad con la resolución 2550 (2020);
3. Mantiene las dotaciones máximas autorizadas de personal militar y policial que figuran en los párrafos 4 y 5 de la resolución 2550 (2020);
4. Reitera su exigencia de que los Gobiernos del Sudán y Sudán del Sur presten pleno apoyo a la UNISFA en el cumplimiento de su mandato, específicamente en el despliegue de su personal, incluso eliminando todo obstáculo que dificulte la labor de la UNISFA para proteger a los civiles en Abyei;
5. Reitera que la zona de Abyei deberá estar desmilitarizada y que no habrá
en ella otras fuerzas que no sean las de la UNISFA y el Cuerpo de Policía de Abyei, ni tampoco elementos armados de las comunidades locales, e insta a los Gobiernos del Sudán y Sudán del Sur y a las comunidades locales a que adopten todas las medidas necesarias para asegurar que Abyei esté efectivamente desmilitarizada y a que cooperen plenamente con la UNISFA en este sentido;
6. Toma nota de la carta del Secretario General (S/2021/322);
7. Solicita al Secretario General que, con arreglo a las mejores prácticas, realice y le proporcione, a más tardar el 30 de septiembre de 2021, un examen estratégico de la UNISFA en el que se evalúen los acontecimientos políticos que se hayan producido recientemente en el Sudán y Sudán del Sur y en sus relaciones y se formulen recomendaciones detalladas para seguir reconfigurando la misión y definir una estrategia de salida viable, que debería dar prioridad a la seguridad de los civiles que viven en Abyei, tener en cuenta la estabilidad de la región e incluir una opción de estrategia de salida para la UNISFA que no se vea limitada por los acuerdos de 2011;
8. Solicita al Secretario General que lo siga informando de los avances realizados en el cumplimiento del mandato de la UNISFA, como se dispone en el párrafo 33 de la resolución 2550 (2020), presentando un informe escrito a más tardar el 15 de octubre de 2021;
9. Decide seguir ocupándose activamente de esta cuestión.
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