CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2579 de 2021
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2579 de 2021
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2021
S Naciones Unidas /RES/2579 (2021) Consejo de Seguridad Distr. general 3 de junio de 2021 Resolución 2579 (2021) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8784a sesión, celebrada el 3 de junio de 2021 El Consejo de Seguridad, Reafirmando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en el Sudán, Reafirmando también su decidido compromiso con la soberanía, la unidad, la independencia y la integridad territorial del Sudán, Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas hasta la fecha para aplicar el Documento Constitucional, incluida la introducción de importantes reformas económicas y jurídicas, exhortando al Gobierno del Sudán a que acelere la aplicación de las disposiciones clave del Documento Constitucional, como el establecimiento de comisiones independientes y la pronta formación del Consejo Legislativo de Transición, exhortando además a todas las partes interesadas a que mantengan su compromiso con la transición a fin de que se materialice la aspiración del pueblo sudanés a un futuro pacífico, estable, democrático y próspero, y reafirmando su disposición a apoyar al Sudán a este respecto, Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas por el Gobierno del Sudán para instaurar las reformas macroeconómicas necesarias, alentando los esfuerzos de la comunidad internacional por impulsar el desarrollo político y económico del Sudán, en particular los esfuerzos continuos por aliviar la deuda del Sudán de manera coordinada y equitativa, y acogiendo con beneplácito, a ese respecto, la conferencia
internacional de apoyo a la transición del Sudán que se celebró en París el 17 de mayo de 2021, Acogiendo con beneplácito la firma del Acuerdo de Paz de Yuba (APY) el 3 de octubre de 2020, observando con aprecio el papel que desempeñó el Gobierno de Sudán del Sur para facilitar las negociaciones, acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas hasta la fecha para aplicar el APY, en particular la formación del nuevo Gobierno de transición dirigido por civiles y la ampliación del Consejo Soberano, instando a los signatarios del APY a que, con el apoyo de la Misión Integrada de Asistencia de las Naciones Unidas para la Transición en el Sudán (UNITAMS), velen por que el APY se aplique prontamente y de manera plena e inclusiva, en especial las disposiciones relativas a los arreglos de seguridad y a la solución de las causas fundamentales del conflicto en Darfur y en las “dos zonas”, e instando a los movimientos armados darfuríes que tengan fuerzas en los países vecinos, según hayan 21-07238 (S) 2107238 S/RES/2579 (2021) documentado los grupos de expertos de las Naciones Unidas sobre Libia y sobre el Sudán, a que sigan retirándolas, Acogiendo con beneplácito la firma de la Declaración de Principios suscrita el 28 de marzo de 2021 por el Gobierno del Sudán y el Movimiento de Liberación del Pueblo del Sudán-Norte-facción al-Hilu (MLPS-N al-Hilu), acogiendo con beneplácito la intención expresa de proseguir y aumentar la cooperación humanitaria
y para el desarrollo entre el MLPS-N al-Hilu y el Gobierno del Sudán, como se dispone en la Declaración de Principios, instando a los signatarios de esta a que colaboren de manera constructiva para finalizar con prontitud un acuerdo de paz integral e inclusivo e instando además a quienes aún no hayan participado en las negociaciones de paz a que lo hagan inmediatamente, de manera constructiva y sin condiciones previas, Reafirmando que el Gobierno del Sudán tiene la responsabilidad primordial de proteger a los civiles en su territorio e instándolo a que aplique prontamente su Plan Nacional para la Protección de los Civiles (S/2020/429), las disposiciones del APY que servirán para mejorar la protección de los civiles, como la formación y el despliegue de la Fuerza Conjunta de Mantenimiento de la Seguridad y los comités estatales de protección de los civiles, y el programa de recogida de armas en estricto cumplimiento del derecho y las normas internacionales, Reconociendo que las condiciones de seguridad han mejorado en algunas zonas de Darfur, pero expresando preocupación porque en otras la situación de la seguridad se ha deteriorado al aumentar la violencia entre comunidades, y recalcando la necesidad de intensificar los esfuerzos de consolidación de la paz en Darfur, evitar una recaída en el conflicto y mitigar los riesgos para la población que plantean problemas como las amenazas contra los civiles en Darfur, la violencia entre comunidades, el uso indebido de las armas pequeñas y las armas ligeras, las violaciones y los abusos de los derechos humanos, las violaciones del derecho internacional humanitario y los desplazamientos continuados,
Reconociendo los efectos adversos que el cambio climático, los cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, tienen para la estabilidad del Sudán, en particular Darfur, y destacando la necesidad de que el Gobierno del Sudán y las Naciones Unidas cuenten con estrategias adecuadas de evaluación y gestión de riesgos en relación con esos factores para apoyar la estabilización y aumentar la resiliencia, Acogiendo con beneplácito las decisiones del Gobierno del Sudán de facilitar la entrega de asistencia humanitaria y crear condiciones más favorables para los agentes humanitarios y alentando a que esas decisiones se apliquen plenamente y a que se eliminen por completo los procesos burocráticos indebidos a fin de facilitar el acceso humanitario rápido, seguro y sin trabas en todo el Sudán, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y en consonancia con los principios rectores de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas, a saber, humanidad, imparcialidad, neutralidad e independencia, Destacando la necesidad de que el Gobierno del Sudán asegure la rendición de cuentas por las violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y los abusos de los derechos humanos, incluidas la violencia sexual relacionada con el conflicto y otras formas de violencia de género, y las violaciones graves contra los niños, acogiendo con beneplácito las disposiciones del Documento Constitucional y el APY sobre las medidas de justicia de transición y rendición de cuentas a este respecto, acogiendo con beneplácito además la aprobación el 24 de abril de 2021 de legislación sobre el establecimiento de la Comisión de Paz y la Comisión de Justicia
2/8 21-07238 S/RES/2579 (2021) de Transición, y exhortando al Gobierno del Sudán a que establezca prontamente estas Comisiones y cumpla sus mandatos respectivos, de manera transparente y consultiva, Destacando que el Gobierno del Sudán tiene la responsabilidad primordial de abordar los factores que desde hace tiempo fomentan la inestabilidad y la desigualdad en el país, y de colaborar con otras partes interesadas, como la sociedad civil, las mujeres, la juventud y los desplazados internos, los refugiados y los miembros de comunidades marginadas, para encontrar soluciones duraderas a los problemas inmediatos y a largo plazo del Sudán, por medios como el crecimiento económico inclusivo y el desarrollo sostenible, la cohesión social y la resiliencia a los desastres, en consonancia con las prioridades del Documento Constitucional y el APY, Reconociendo el importante papel desempeñado por las mujeres en la transición política pacífica del Sudán, acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas para potenciar el papel de las mujeres en la vida pública, las instituciones gubernamentales y los procesos decisorios, acogiendo con beneplácito además la decisión del Gabinete del Gobierno del Sudán de ratificar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), alentando a que se completen todos los pasos de la hoja de ruta para aplicar la nueva ley por la que se tipifica como delito la mutilación genital femenina, alentando además al Gobierno del Sudán a que aplique pronta y plenamente el Plan de Acción Nacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, exhortando al Gobierno del Sudán a que adopte nuevas medidas para
promover y proteger los derechos de las mujeres y su participación plena, igualitaria y significativa en todos los aspectos sociales, políticos y económicos de la vida, incluso derogando todas las leyes que discriminan a las mujeres y las niñas y cumpliendo el cupo del 40 % de participación de las mujeres en el Consejo Legislativo de Transición, reconociendo que el conflicto afecta de manera desproporcionada a las mujeres y las niñas y exhortando al Gobierno del Sudán a que garantice la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en la aplicación del APY y la negociación y aplicación de futuros acuerdos de paz, la prevención de los conflictos y los procesos de decisión y reforma relacionados con la gobernanza, la paz y la seguridad, Subrayando la importancia de integrar la protección infantil en la aplicación del APY y futuros acuerdos de paz, exhortando a los signatarios del APY y a los movimientos armados no signatarios a que pongan fin de inmediato a todas las violaciones graves contra los niños e incluyan disposiciones de protección infantil, como las relativas a la liberación y reintegración de los niños que hayan estado vinculados con fuerzas armadas o grupos armados, así como disposiciones sobre los derechos y el bienestar infantiles, en todas las negociaciones de paz, los acuerdos de alto el fuego y de paz y las disposiciones de vigilancia del alto el fuego, teniendo en cuenta las opiniones de los niños en esos procesos, en la medida de lo posible, y reiterando las conclusiones del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados (S/AC.51/2020/7), Poniendo de relieve la importancia de la titularidad nacional, la inclusividad y
el papel que la sociedad civil puede desempeñar para promover los procesos y objetivos nacionales de consolidación de la paz a fin de que se tengan en cuenta las necesidades de todas las partes interesadas, y alentando a este respecto al Gobierno del Sudán a que, con el apoyo de la UNITAMS, fomente la colaboración efectiva con la sociedad civil, Expresando grave preocupación por el impacto de la pandemia de COVID-19 en el Sudán y reconociendo que supone un gran desafío para su sistema de salud, su situación socioeconómica y humanitaria y sus poblaciones ya exhaustas por el prolongado conflicto, y poniendo de relieve la importancia del apoyo internacional —financiero, técnico y en especie— para la respuesta a la COVID-19 en el Sudán, 21-07238 3/8 S/RES/2579 (2021) Subrayando la importancia de la alianza entre las Naciones Unidas y la Unión Africana en el Sudán, Recordando la resolución 2559 (2020), en la que puso fin al mandato de la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID), reconociendo los progresos realizados hasta la fecha en la reducción de la UNAMID, acogiendo con beneplácito la voluntad del Gobierno del Sudán de cooperar plenamente con las Naciones Unidas y la Unión Africana durante la reducción y la liquidación de la UNAMID, alentando al Gobierno del Sudán, a todos los niveles, a que garantice la plena libertad de circulación de la UNAMID, su personal y sus contratistas, así como de sus vehículos y aeronaves, e instando al Gobierno del Sudán
a que asegure que las bases de operaciones traspasadas por la UNAMID sean utilizadas exclusivamente por usuarios civiles, Tomando nota del informe del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la situación en el Sudán y las actividades de la UNITAMS (S/2021/470), Tomando nota de la carta de fecha 27 de febrero de 2020 dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas por el Gobierno del Sudán, relativa al futuro apoyo de las Naciones Unidas al Sudán (S/2020/221),
1. Decide prorrogar el mandato de la UNITAMS hasta el 3 de junio de 2022;
2. Solicita al Gobierno del Sudán que firme prontamente el acuerdo sobre el estatuto de la Misión con las Naciones Unidas para que la UNITAMS pueda funcionar plena y eficazmente y sin trabas;
3. Decide que la UNITAMS, como parte de una estructura integrada y unificada de las Naciones Unidas, seguirá teniendo, en plena conformidad con los principios de titularidad nacional, los siguientes objetivos estratégicos: i) Prestar asistencia para la transición política, el progreso hacia la gobernanza democrática, la protección y promoción de los derechos humanos, y la paz sostenible a) Prestar asistencia, mediante buenos oficios, para la transición sudanesa, incluidos los esfuerzos nacionales por cumplir los objetivos del Documento Constitucional y los plazos que en él se fijan para la transición; b) Prestar asistencia técnica al proceso de redacción de la Constitución, el establecimiento y funcionamiento del Consejo Legislativo de Transición, el censo de población y los preparativos para las elecciones, en apoyo a los
esfuerzos nacionales; c) Apoyar la aplicación de las disposiciones del Documento Constitucional relativas a los derechos humanos, la igualdad, la rendición de cuentas y el estado de derecho, en particular las que garantizan los derechos de las mujeres, y los futuros acuerdos de paz, incluso cooperando estrechamente con la oficina en el Sudán de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; ii) Apoyar los procesos de paz y la aplicación del Acuerdo de Paz de Yuba y futuros acuerdos de paz a) Brindar buenos oficios y apoyo a las negociaciones de paz que estén manteniendo o puedan mantener el Gobierno del Sudán y los grupos armados sudaneses, incluso fomentando la participación significativa de la sociedad civil, las mujeres, la juventud, los refugiados y los desplazados internos y los miembros de grupos marginados; 4/8 21-07238 S/RES/2579 (2021) b) Prestar apoyo ampliable para la aplicación del APY, según lo precisado por las partes en él, y a todo futuro acuerdo de paz, incluido apoyo relacionado con los arreglos de alto el fuego y los mecanismos de vigilancia previstos en el título 2, capítulo 8, del APY, las disposiciones del APY sobre el reparto de poder, las disposiciones del APY relativas a la propiedad y el uso de la tierra, la rendición de cuentas y la justicia de transición, en particular las del capítulo 3, incluso respecto de los actos de violencia sexual y de género, el desarme, la desmovilización y la reintegración, y la gestión y el almacenamiento seguros y eficaces de las existencias de armas y municiones y su seguridad,
teniendo en cuenta las diferentes necesidades, experiencias y seguridad de los excombatientes, incluidos los niños, de ambos sexos; iii) Prestar asistencia para la consolidación de la paz, la protección de los civiles y el estado de derecho, particularmente en Darfur y las “dos zonas” a) Apoyar la consolidación de la paz dirigida por los sudaneses, en particular la prevención y mitigación de conflictos y la reconciliación, la reducción de la violencia comunitaria, dedicando especial atención a la violencia entre comunidades, las actividades relativas a las minas, la recogida de armas pequeñas y armas ligeras con arreglo a las normas internacionales, y las soluciones duraderas para los desplazados internos y los refugiados, así como su retorno, reintegración y reubicación en las poblaciones de acogida, según proceda, de forma segura, voluntaria y digna, incluso mediante mecanismos integrados de consolidación de la paz, en consonancia con el párrafo 10 de la presente resolución, y contactos políticos a nivel local y estatal; b) Brindar asistencia, asesoramiento y apoyo al Gobierno del Sudán para ampliar la presencia estatal y la gobernanza civil inclusiva, en particular fortaleciendo instituciones del estado de derecho y del sector de la seguridad que rindan cuentas y fomentando la confianza entre las autoridades estatales y las comunidades locales, incluso mediante iniciativas de policía de proximidad u otros métodos de protección civil sin armas, y prestando asistencia con asesoramiento y capacitación a las autoridades encargadas de la seguridad, en particular incrementando el apoyo a la Fuerza de Policía Sudanesa y a la Fuerza
Conjunta de Mantenimiento de la Seguridad prevista en el APY, incluso mediante asesores de las Naciones Unidas y trabajando en estrecha cooperación con el equipo de las Naciones Unidas en el país (ENUP), entre otras cosas con programas conjuntos; c) Brindar asistencia, asesoramiento y apoyo al Gobierno del Sudán para crear un entorno seguro y estable en el que puedan aplicarse el APY y futuros acuerdos de paz, proporcionando un apoyo efectivo a las autoridades nacionales y locales para la protección de los civiles, en particular los desplazados internos, en las zonas afectadas por el conflicto, ayudando al Gobierno del Sudán a implementar el Plan Nacional para la Protección de los Civiles (S/2020/429) y fijar parámetros de referencia mensurables, haciendo hincapié en la transparencia y en los procedimientos inclusivos, y mediante el despliegue de equipos móviles de vigilancia, la facilitación de la mediación en las crisis locales, mecanismos de alerta temprana, como las redes de protección de mujeres, y estrategias de comunicación y extensión con las poblaciones afectadas; d) Apoyar el fortalecimiento del respeto, la promoción y la protección de los derechos humanos, particularmente en las zonas afectadas por el conflicto, incluso ayudando a proteger a las mujeres y los niños frente a todas las formas de violencia sexual y de género y otras violaciones y abusos, mediante la vigilancia y la denuncia de las violaciones del derecho internacional 21-07238 5/8 S/RES/2579 (2021) humanitario y del derecho internacional de los refugiados y las violaciones y los abusos de los derechos humanos, la urgente aplicación del marco de cooperación
entre las Naciones Unidas y el Gobierno del Sudán sobre la violencia sexual relacionada con los conflictos, el apoyo a la elaboración y aplicación de planes de acción y un plan nacional de prevención de las violaciones y los abusos contra la infancia, mediante asesores de protección de las mujeres y los niños y apoyo a la prestación de servicios médicos, psicosociales, jurídicos y socioeconómicos a todos los supervivientes de la violencia sexual; iv) Apoyar la movilización de asistencia económica y para el desarrollo y la coordinación de la asistencia humanitaria y para la consolidación de la paz a) Apoyar la coordinación con las instituciones financieras internacionales (IFI) y los donantes para optimizar colectivamente los recursos de las Naciones Unidas, las IFI y los donantes a fin de respaldar las prioridades nacionales del Gobierno del Sudán, incluida la movilización de asistencia económica y para el desarrollo a nivel internacional; b) Apoyar, con arreglo a las disposiciones pertinentes del derecho internacional y en consonancia con los principios humanitarios, y en estrecha cooperación con los agentes humanitarios, la entrega plena, rápida, segura y sin trabas de asistencia humanitaria; c) Apoyar la coordinación de la asistencia humanitaria, incluidos los esfuerzos de facilitación del Gobierno del Sudán, también mediante la movilización de financiación humanitaria; d) Asegurar la movilización y la cooperación efectiva e integrada de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas y promover la cooperación con los asociados pertinentes, como las IFI y los donantes, al trabajar para alcanzar, según proceda, los objetivos estratégicos de la UNITAMS;
4. Decide además que, de conformidad con sus objetivos estratégicos y su apoyo a las prioridades nacionales del Gobierno del Sudán, la UNITAMS preste durante su mandato apoyo prioritario a lo siguiente: i) La vigilancia del alto el fuego en Darfur, de conformidad con el papel previsto para las Naciones Unidas en el APY; ii) La aplicación del Plan Nacional para la Protección de los Civiles del Gobierno del Sudán (S/2020/429), incluidos los esfuerzos locales de prevención y mitigación de conflictos y reconciliación, el desarme y la reducción de la violencia comunitaria, dedicando especial atención a la violencia entre comunidades; iii) Las negociaciones de paz que estén manteniendo o puedan mantener el Gobierno del Sudán y los grupos armados sudaneses, incluso facilitando asistencia técnica, administrativa y logística, en coordinación con otros asociados; iv) La aplicación inclusiva de las disposiciones del APY sobre el reparto de poder, incluso facilitando la participación de la sociedad civil, las mujeres, la juventud y los desplazados internos, los refugiados y los miembros de comunidades marginadas; v) El proceso de redacción de la Constitución, incluso facilitando la implicación de la sociedad civil y prestando apoyo técnico y logístico para establecer la Comisión Constitucional y celebrar la Conferencia Constitucional;
6/8 21-07238 S/RES/2579 (2021) vi) La Fuerza de Policía Sudanesa y el sector de la justicia, prestando apoyo con asesoramiento y capacitación, con el objetivo de mejorar la protección dirigida por civiles, la seguridad y el estado de derecho;
5. Solicita al Secretario General que aumente con prontitud el despliegue de
personal en la UNITAMS para que esta pueda prestar, conforme a su mandato, asistencia efectiva al Gobierno del Sudán;
6. Reitera que la cooperación entre la UNITAMS y los asociados de su ENUP integrado se fundamentará en un marco estratégico integrado o similar y solicita que la UNITAMS y su ENUP integrado establezcan un marco estratégico integrado o similar en un plazo máximo de 60 días a partir de la fecha en que se apruebe la presente resolución;
7. Toma nota de los parámetros e indicadores expuestos en el anexo I del informe del Secretario General sobre la situación en el Sudán y las actividades de la UNITAMS (S/2021/470) para hacer un seguimiento de los progresos de la UNITAMS con respecto a sus objetivos estratégicos, acoge con beneplácito la intención de la UNITAMS de trabajar con el ENUP y el Gobierno del Sudán a fin de establecer una base de referencia y metas para los parámetros y un mecanismo sólido de vigilancia y recopilación de datos para hacer el seguimiento de los progresos realizados respecto de los parámetros, alienta a la UNITAMS, a este respecto, a que también asegure la participación efectiva de la sociedad civil y solicita a la UNITAMS que, en consulta con el ENUP y el Gobierno del Sudán, defina indicadores cualitativos que complementen los indicadores ya existentes, que tienen carácter cuantitativo;
8. Acoge con beneplácito el positivo diálogo entablado por la UNITAMS y las autoridades sudanesas, incluidos el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, en colaboración con el Comité Ejecutivo de Coordinación con la UNITAMS, sobre la creación de capacidad para reforzar la protección de los civiles y, a este
respecto, solicita al Secretario General que facilite el despliegue en la UNITAMS de más agentes de policía no pertenecientes a unidades constituidas;
9. Solicita al Secretario General que, en colaboración con todas las instancias pertinentes, como las IFI, ayude al Gobierno del Sudán a realizar una evaluación exhaustiva que permita determinar las necesidades del país a más largo plazo en materia de prevención de conflictos, recuperación y consolidación de la paz y a formular las estrategias correspondientes para atender esas necesidades;
10. Solicita a la UNITAMS y a los asociados de su ENUP que finalicen el Programa de Establecimiento y Consolidación de la Paz y Estabilización del Sudán y se aseguren de que se ejecute por etapas y con prioridades, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 3 de la presente resolución, y refleje los recursos y el personal disponibles en cada etapa de su ejecución;
11. Alienta al Gobierno del Sudán a que, sin perjuicio del mandato de la UNITAMS, colabore con la Comisión de Consolidación de la Paz de las Naciones Unidas para ayudar a recabar el apoyo de la comunidad internacional al proceso de consolidación de la paz del Sudan y orientar mejor el examen de la situación en el Consejo;
12. Solicita que la UNITAMS integre las consideraciones de género como cuestión transversal en todo su mandato y ayude al Gobierno del Sudán a asegurar la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en todos los niveles de los procesos de paz y políticos, y en todos los aspectos sociales y económicos de la vida, y reafirma la importancia de la especialización en materia de género, incluido el despliegue de asesores de género y de protección de las mujeres, los análisis de
género, incluida la reunión y utilización de datos desglosados por sexo y edad, y el fortalecimiento de la capacidad para ejecutar el mandato de la Misión con perspectiva 21-07238 7/8 S/RES/2579 (2021) de género, y solicita al Secretario General que incluya un análisis de género en los informes previstos en el párrafo 19 de la presente resolución;
13. Solicita al Secretario General que en los informes previstos en el párrafo 19 de la presente resolución incluya información y recomendaciones conexas sobre los progresos realizados para recabar la participación de la juventud en la aplicación del APY;
14. Solicita a la UNITAMS que vele por que cualquier apoyo que se preste a fuerzas de seguridad ajenas a las Naciones Unidas cumpla estrictamente la Política de Diligencia Debida en materia de Derechos Humanos en el contexto del Apoyo de las Naciones Unidas a Fuerzas de Seguridad Ajenas a la Organización;
15. Acoge con beneplácito el compromiso del Secretario General de hacer cumplir estrictamente su política de tolerancia cero frente a la explotación y los abusos sexuales, solicita al Secretario General que continúe aplicando un enfoque de tolerancia cero frente al acoso sexual, solicita además al Secretario General que adopte todas las medidas necesarias para asegurar que todo el personal de la UNITAMS cumpla plenamente con esa política y ese enfoque, destaca la necesidad de prevenir ese tipo de explotación y abusos y mejorar la forma en que se abordan las denuncias con arreglo a la resolución 2272 (2016), insta a todos los Estados Miembros que aportan personal
uniformado a que adopten medidas preventivas adecuadas, como la verificación de los antecedentes de todo el personal y la concienciación previa al despliegue y en la misión, y aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal, incluso realizando investigaciones oportunas y exigiendo cuentas a los autores, y solicita además al Secretario General que lo mantenga plenamente informado sobre los progresos de la Misión a este respecto;
16. Solicita a la UNITAMS que coopere con el Grupo de Expertos sobre el Sudán establecido en virtud de la resolución 1591 (2005) para facilitar su labor;
17. Insta a las misiones de las Naciones Unidas en la región, incluida la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei (UNISFA) y también la Misión de las Naciones Unidas en Sudán del Sur (UNMISS), la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL), la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA) y el Enviado Especial del Secretario General para el Cuerno de África, a que mantengan una estrecha coordinación, y solicita al Secretario General que asegure una cooperación efectiva entre las misiones;
18. Alienta al Gobierno del Sudán a que coopere estrechamente con la Unión Africana en cuestiones relativas a la paz y la seguridad en la región, subraya que sigue siendo crucial mantener la alianza estratégica y política entre las Naciones Unidas y la Unión Africana en el Sudán, alienta a la UNITAMS y a la Unión Africana
a que aseguren la coherencia, coordinación y complementariedad de su apoyo al Sudán, incluso mediante un mecanismo de coordinación a nivel superior de las Naciones Unidas y la Unión Africana, y alienta además a la UNITAMS y a la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD) a que aseguren también la coherencia, coordinación y complementariedad de su apoyo;
19. Solicita al Secretario General que lo informe cada 90 días sobre la ejecución del mandato de la UNITAMS y sobre los progresos realizados respecto de los parámetros e indicadores con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 7 de la presente resolución;
20. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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