CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2618 de 2022
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2618 de 2022
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2022
S Naciones Unidas /RES/2618 (2022) Consejo de Seguridad Distr. general 27 de enero de 2022 Resolución 2618 (2022) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 8956ª sesión, celebrada el 27 de enero de 2022 El Consejo de Seguridad, Acogiendo con beneplácito los informes del Secretario General de 31 de diciembre de 2021 sobre su misión de buenos oficios (S/2021/1109) y sobre la operación de las Naciones Unidas en Chipre (S/2021/1110), y expresando su pleno apoyo a que siga ofreciendo sus buenos oficios, incluida la labor que ya ha realizado, para prestar asistencia a las partes, Recalcando que la responsabilidad de encontrar una solución corresponde ante todo y sobre todo a los propios chipriotas, y reafirmando el papel primordial que desempeñan las Naciones Unidas para ayudar a las partes a lograr una solución global y duradera del conflicto de Chipre y la división de la isla con urgencia, Acogiendo con beneplácito la continua implicación personal del Secretario General y su equipo, incluida la propuesta que figura en su informe de buenos oficios (S/2021/1109) de que un enviado de las Naciones Unidas lidere un nuevo diálogo que proporcione apoyo fundamental en la búsqueda de puntos de convergencia con el objetivo de volver a las negociaciones oficiales, Expresando pleno apoyo a las gestiones que sigue realizando el Secretario General y reiterando la importancia del espíritu de apertura, flexibilidad y avenencia para encontrar puntos de convergencia con el objetivo de volver a las negociaciones oficiales, e instando a las partes a que renueven sus esfuerzos por lograr una solución
duradera, global y justa basada en una federación bicomunal y bizonal con igualdad política, como se dispone en las resoluciones pertinentes, incluido el párrafo 4 de su resolución 716 (1991), Observando con pesar la falta de progreso hacia la reanudación de las negociaciones oficiales en este momento y destacando que el statu quo es insostenible, que la situación sobre el terreno no es estática y que la falta de acuerdo alimenta las tensiones políticas y agrava el distanciamiento de ambas comunidades, con lo que se corre el riesgo de que se produzcan cambios irreversibles sobre el terreno y disminuyen las probabilidades de lograr una solución, Recordando la declaración de su Presidencia S/PRST/2021/13 y todas las resoluciones y declaraciones de su Presidencia relativas a Varosha, 22-01005 (S) 2201005 S/RES/2618 (2022) Recordando también su resolución 1325 (2000) y todas las resoluciones conexas, reconociendo que la participación y el liderazgo plenos, igualitarios y significativos de las mujeres son fundamentales para consolidar la paz en Chipre y contribuirán a que toda solución futura sea sostenible, acogiendo con beneplácito los esfuerzos por involucrar a una mayor diversidad de mujeres de ambas partes y el plan de acción conjunto para garantizar la participación de las mujeres en las conversaciones de paz, y alentando a las partes a que velen por que se tengan en cuenta las necesidades y perspectivas de las mujeres en cualquier solución futura, Recordando además su resolución 2250 (2015) y las resoluciones conexas que
reconocen la importante contribución positiva de la juventud en las iniciativas encaminadas al mantenimiento y la promoción de la paz y la seguridad, y como agente crucial para la sostenibilidad, la inclusividad y el éxito de las iniciativas de mantenimiento y consolidación de la paz, y alentando además a la participación plena, igualitaria y significativa de la juventud en este proceso, Recordando la importancia fundamental de respetar plenamente el derecho internacional aplicable al tratamiento de los solicitantes de asilo y los refugiados, Reconociendo los esfuerzos que siguen realizando ambas comunidades para contener la propagación de la COVID-19 y mitigar sus efectos, acogiendo con beneplácito la cooperación entre las partes en cuestiones epidemiológicas, y alentando además a que prosiga la cooperación en este ámbito, en particular las iniciativas para permitir un mayor acceso a vacunas seguras y eficaces contra la COVID-19, y haciéndose eco de las conclusiones del Secretario General de que la COVID-19 ha aumentado aún más la disparidad socioeconómica entre las dos comunidades chipriotas, Expresando preocupación por el continuo deterioro de la situación del orden público en Pyla, acogiendo con beneplácito el acuerdo de principio alcanzado para ampliar la actual Sala de Contacto Conjunta a Pyla, e instando a ambas partes a que sigan colaborando con la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre (UNFICYP) a fin de adoptar medidas eficaces para hacer frente a las actividades delictivas, Reiterando la importancia de las medidas de fomento de la confianza y su
aplicación oportuna, y alentando a las partes a que consideren la posibilidad de adoptar nuevas medidas de fomento de la confianza en el ámbito militar, Instando a las partes a que redoblen sus esfuerzos por promover los contactos entre las comunidades, la reconciliación y la participación activa de la sociedad civil, en particular de las mujeres y la juventud, y reconociendo que la comunicación y los contactos periódicos y efectivos entre las partes aumentan las probabilidades de lograr una solución, redundan en beneficio de todos los chipriotas y ayudan a abordar los asuntos que afectan a toda la isla, como la migración, la salud, la delincuencia, la protección del medio ambiente y las cuestiones relacionadas con los efectos adversos del cambio climático, Observando que el Gobierno de Chipre está de acuerdo en que, dadas las condiciones imperantes en la isla, es necesario que se mantenga la presencia de la UNFICYP después del 31 de enero de 2022, Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas hasta la fecha para fortalecer la capacidad de enlace y colaboración de la misión, observando la importancia de planificar la transición respecto de la solución y en consonancia con la resolución 2594 (2021) y otras resoluciones pertinentes, y poniendo de relieve la necesidad de examinar periódicamente todas las operaciones de mantenimiento de la paz, incluida la UNFICYP, para asegurar su eficiencia y eficacia, 2/7 22-01005 S/RES/2618 (2022) Expresando reconocimiento a los Estados Miembros que aportan personal a la UNFICYP, y observando que el Gobierno de Chipre y el Gobierno de Grecia siguen
haciendo contribuciones voluntarias a la financiación de la UNFICYP, Observando con reconocimiento los esfuerzos realizados por el Secretario General, y acogiendo con beneplácito que se haya nombrado a Colin Stewart Representante Especial del Secretario General,
1. Reafirma todas sus resoluciones pertinentes sobre Chipre, en particular la resolución 1251 (1999), y recuerda la importancia de lograr una solución duradera, global y justa basada en una federación bicomunal y bizonal con igualdad política, como se dispone en sus resoluciones pertinentes, incluido el párrafo 4 de su resolución
716 (1991);
2. Apoya plenamente las constantes gestiones del Secretario General con las partes y alienta a que se celebren nuevas rondas de conversaciones oficiosas y reitera la importancia de que las partes y todos los interesados aborden este proceso con espíritu de apertura, flexibilidad y avenencia y demuestren la voluntad política y el compromiso necesarios para negociar libremente una solución aceptable para ambas partes bajo los auspicios de las Naciones Unidas, e insta a las partes a que colaboren activamente y con un mayor sentido de la urgencia con el Secretario General y su equipo a tal fin, incluso llegando a un acuerdo en relación con la propuesta del Secretario General de nombrar un enviado de las Naciones Unidas;
3. Recuerda el estatuto de Varosha previsto en las resoluciones pertinentes, incluidas las resoluciones 550 (1984) y 789 (1992), y la declaración de su Presidencia S/PRST/2021/13, en la que condenó el anuncio realizado por dirigentes turcos y
turcochipriotas el 20 de julio de 2021 sobre la nueva reapertura de una parte de la zona cercada de Varosha, expresó su profundo pesar por las medidas unilaterales que contravenían lo dispuesto en sus resoluciones y declaraciones anteriores sobre Varosha y pidió que se revirtiera inmediatamente esa línea de acción y se revocaran todas las medidas adoptadas en relación con Varosha desde octubre de 2020, y reitera que no debe adoptarse ninguna medida en relación con Varosha que no sea conforme a sus resoluciones y sigue destacando la necesidad de evitar toda acción unilateral que pueda aumentar las tensiones en la isla y menoscabar las probabilidades de lograr una solución pacífica;
4. Expresa preocupación por las continuas tensiones en el Mediterráneo Oriental y subraya que las controversias deben resolverse pacíficamente de conformidad con el derecho internacional aplicable, sigue convencido de los numerosos e importantes beneficios, incluidos los económicos, que reportaría a todos los chipriotas y a la región en su conjunto una solución global y duradera, reitera el llamamiento anterior del Secretario General a evitar las medidas que exacerben las tensiones, y exhorta además a los dirigentes de las dos comunidades chipriotas y a todos los interesados a que se abstengan de realizar cualquier acción o declaración que pueda dañar el proceso de solución y que pueda aumentar las tensiones en la isla;
5. Recuerda su resolución 2587 (2021) y exhorta a los dos dirigentes a que urgentemente: a) Reaviven sus esfuerzos por proporcionar el apoyo y la orientación general necesarios para liberar a los Comités Técnicos de cualquier traba política que
obstaculice su labor y permitirles funcionar de manera efectiva coordinándose y cooperando en cuestiones que tengan repercusiones en toda la isla, incluso mediante la utilización eficaz de la especialización de los Comités Técnicos sobre Salud, Asuntos Penales, Gestión de Crisis, Asuntos Humanitarios y Asuntos Económicos bicomunales, y facultarlos para que les presenten propuestas destinadas a aumentar los contactos entre las comunidades y mejorar la vida diaria de todos los chipriotas, 22-01005 3/7 S/RES/2618 (2022) y tengan en cuenta el asesoramiento de la misión de buenos oficios del Secretario General sobre otros medios de ampliar las facultades de los Comités Técnicos y mejorar su desempeño; b) Aseguren la coordinación y la cooperación efectivas en asuntos penales; c) Intensifiquen los esfuerzos por promover la educación para la paz en toda la isla, incluso ampliando las facultades del Comité Técnico sobre Educación para poner en práctica las recomendaciones que figuran en su informe conjunto de 2017, en particular las relativas a la formulación de políticas, y para abordar los impedimentos a la paz llevando a cabo un examen conjunto del material escolar, como los libros de texto, y contribuir así al fomento de la confianza entre las comunidades, aspecto en el que los progresos siguen siendo nulos; d) Mejoren el clima que rodea las negociaciones encaminadas a alcanzar una solución, incluso preparando a las comunidades para la solución con mensajes públicos sobre el camino a seguir y transmitiendo mensajes más constructivos y armonizados, por ejemplo, alentando de manera más explícita el contacto y la
cooperación entre las comunidades y prestando apoyo directo a las iniciativas de base entre ambas poblaciones, y absteniéndose de realizar cualquier acción o declaración que menoscabe o pueda dificultar más el éxito del proceso; e) Aumenten su apoyo a la participación de la sociedad civil en los esfuerzos por lograr la paz y se aseguren de que desempeñe un papel significativo al respecto, en especial impulsando la participación de las organizaciones de mujeres y la juventud en el proceso, y apoyen la aplicación de las recomendaciones de la evaluación del impacto socioeconómico con perspectiva de género para abordar los obstáculos existentes y asegurar que un futuro acuerdo de paz pueda beneficiar por igual a los hombres y las mujeres en Chipre;
6. Lamenta la persistente falta de participación significativa de las organizaciones de mujeres y la juventud en el proceso de solución, acoge con beneplácito la convergencia del Comité Técnico sobre Igualdad de Género en un conjunto de recomendaciones prácticas para garantizar la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en el proceso de solución, para apoyar y fomentar la colaboración con la sociedad civil, incluidas las organizaciones de mujeres, y para incluir una perspectiva de género en un futuro proceso de solución, e insta a los dirigentes de ambas partes a que garanticen la aplicación exhaustiva y efectiva de todas las recomendaciones en el marco del plan de acción conjunto sobre la participación de las mujeres, y a que faculten al Comité Técnico sobre Igualdad de Género para que aplique las recomendaciones relativas al Comité y revise la aplicación del plan cada seis meses y formule las recomendaciones que considere
oportunas, y sigue observando que el Secretario General ha pedido que se asegure la inclusión de al menos un 30 % de mujeres en futuras delegaciones;
7. Lamenta profundamente que no se haya avanzado en la creación de un mecanismo eficaz para los contactos militares directos entre las partes y otros interesados pertinentes, e insta a ambas partes y a los interesados pertinentes a que, con la facilitación de la UNFICYP, se muestren flexibles y colaboren para elaborar una propuesta debidamente aceptable sobre el establecimiento del mecanismo y su puesta en práctica en el momento oportuno;
8. Exhorta a las partes a que reduzcan los obstáculos que dificultan los contactos entre las comunidades, pone de relieve la importancia de una comunicación efectiva para mitigar los riesgos y fomentar la confianza entre las comunidades y, a este respecto, acoge con beneplácito la continuación del diálogo periódico entre las partes y las Naciones Unidas, insta a las partes a que acuerden y apliquen nuevas medidas de fomento de la confianza que puedan contribuir a crear un entorno propicio
4/7 22-01005 S/RES/2618 (2022) para la solución, incluidas las relacionadas con el ámbito militar, la cooperación económica y el comercio, y también mediante la labor de los Comités Técnicos, y, a este respecto, acoge con beneplácito la propuesta del Secretario General de entablar un diálogo entre las partes y el Representante Especial para estudiar un posible acuerdo sobre tecnología de vigilancia y evacuación de las posiciones adyacentes a
la zona de amortiguación;
9. Encomia la labor que sigue realizando el Comité sobre las Personas Desaparecidas y exhorta a todas las partes a que mejoren su cooperación con el Comité, en particular proporcionándole sin demora acceso pleno a todas las zonas y atendiendo oportunamente las solicitudes de información de archivo sobre posibles lugares de enterramiento;
10. Expresa su pleno apoyo a la UNFICYP y decide prorrogar su mandato por un nuevo período que terminará el 31 de julio de 2022;
11. Expresa seria preocupación por las continuas violaciones del statu quo militar a lo largo de las líneas de alto el fuego, las supuestas intrusiones de ambas partes en la zona de amortiguación y los riesgos que conllevan, los problemas de la misión para delimitar la zona de amortiguación y el aumento de las obras de construcción no autorizadas, como se indica en los párrafos 11, 14, 15 y 18 del informe del Secretario General (S/2021/1110), que suponen un desafío para las operaciones de la UNFICYP y la autoridad que ejerce en virtud de su mandato;
12. Insta encarecidamente a las partes y a todos los interesados a que respeten el trazado de la zona de amortiguación y la autoridad que ejerce en ella la UNFICYP en virtud de su mandato, reafirma la importancia de que las partes utilicen el aidemémoire de las Naciones Unidas de 2018 para garantizar la paz y la seguridad en la zona de amortiguación, sigue solicitando al Secretario General que lo informe, así como a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía, sobre cualquier
acción que impida a la UNFICYP cumplir su mandato y exhorta nuevamente a ambas partes a que respeten la integridad de la zona de amortiguación, retiren todas las construcciones no autorizadas y eviten las actividades militares o civiles no autorizadas dentro de las líneas de alto el fuego y a lo largo de ellas;
13. Destaca que la autoridad que ejerce la UNFICYP en virtud de su mandato se extiende a todo Chipre y reafirma la importancia de respetar la libertad de circulación de la UNFICYP en todo Chipre, incluso para garantizar la supervisión y la presentación de informes eficaces y sistemáticas por parte de la misión, en particular sobre la situación en Varosha, así como en otros lugares, destaca que las restricciones a la libertad de circulación pueden suponer riesgos para la seguridad del personal de las Naciones Unidas que presta servicios en operaciones de mantenimiento de la paz y solicita al Secretario General, a los Estados Miembros y a todas las partes que sigan adoptando todas las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la libertad de circulación del personal de la UNFICYP con un acceso inmediato y sin trabas, de conformidad con la resolución 2518 (2020);
14. Reitera sus exhortaciones a la parte turcochipriota y a las fuerzas turcas a que restablezcan en Strovilia el statu quo militar anterior al 30 de junio de 2000, y reafirma que debe respetarse la libertad de circulación de la UNFICYP;
15. Insta a los dirigentes de ambas comunidades a que acuerden y mantengan
un plan de trabajo para lograr la eliminación total de las minas en Chipre y a que superen los obstáculos que lo impiden, como se indica en el párrafo 21 del informe del Secretario General (S/2021/1110), a fin de avanzar sin demora en la limpieza de las 29 zonas de la isla que se siguen considerando zonas de peligro; 22-01005 5/7
S/RES/2618 (2022)
16. Solicita al Secretario General que, en la planificación y realización de las operaciones de la UNFICYP, implemente las siguientes actividades y obligaciones vigentes, dentro de los límites del mandato y la zona de operaciones y en consonancia con las directrices y los reglamentos vigentes de las Naciones Unidas: a) Los requisitos relacionados con las mujeres, la paz y la seguridad conforme a la resolución 1325 (2000) y todas las resoluciones relativas a las mujeres, la paz y la seguridad, incluso procurando aumentar el número de mujeres en la UNFICYP, de conformidad con la resolución 2538 (2020), entre otras cosas garantizando la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en todos los niveles y en todos los aspectos de sus operaciones, incluidos los puestos de personal directivo superior, garantizando entornos de trabajo seguros, propicios y sensibles a las cuestiones de género para las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz, y teniendo plenamente en cuenta las consideraciones de género como cuestión transversal en todo su mandato, y reafirmando la importancia de disponer de suficientes conocimientos especializados sobre género en todos los componentes de la misión y fortalecer la capacidad en la materia para ejecutar el
mandato de la misión con perspectiva de género; b) Los requisitos de desempeño en el mantenimiento de la paz conforme a las resoluciones 2378 (2017) y 2436 (2018); c) La política de las Naciones Unidas de tolerancia cero frente a las faltas graves de conducta, la explotación y los abusos sexuales y el acoso sexual, y todas las medidas previstas en la resolución 2272 (2016), e informar al Consejo de Seguridad si se producen casos de conducta indebida de ese tipo; d) La aplicación de procedimientos más eficaces para la evacuación médica y de heridos, y el despliegue de mejores servicios de evacuación médica; e) La adopción de medidas proactivas y eficaces para mejorar la planificación y el funcionamiento de las instalaciones y los dispositivos de seguridad de la UNFICYP; f) Los requisitos relacionados con la juventud, la paz y la seguridad conforme a las resoluciones 2250 (2015), 2419 (2018) y 2535 (2020);
17. Insta a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que sigan adoptando medidas apropiadas para prevenir la explotación y los abusos sexuales, como la verificación de antecedentes de todo el personal y la concienciación de todo el personal previa al despliegue y en la misión, a que aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal, incluso mediante la investigación oportuna de todas las denuncias de explotación y abusos sexuales, a que repatrien a sus unidades cuando haya pruebas fidedignas de que han cometido actos de explotación y abusos sexuales generalizados o
sistemáticos, a que adopten las medidas disciplinarias apropiadas y a que informen a las Naciones Unidas plenamente y con prontitud sobre las acciones emprendidas;
18. Solicita a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía que apliquen plenamente las disposiciones pertinentes de la resolución 2538 (2020) y todas las demás resoluciones relativas a la reducción de las barreras que obstaculizan la participación de las mujeres en todos los niveles y en todos los puestos de las operaciones de mantenimiento de la paz y al aumento de dicha participación, entre otras cosas garantizando entornos de trabajo seguros, propicios y sensibles a las cuestiones de género para las mujeres en las operaciones de mantenimiento de la paz;
6/7 22-01005
S/RES/2618 (2022)
19. Solicita al Secretario General que, a más tardar el 5 de julio de 2022, le presente un informe sobre sus buenos oficios, en particular sobre los progresos encaminados a establecer un punto de partida consensuado para entablar negociaciones significativas orientadas a los resultados que permitan lograr una solución, alienta a los dirigentes de las dos comunidades a que vayan comunicando por escrito a la misión de buenos oficios del Secretario General las medidas que hayan adoptado desde la aprobación de la presente resolución para dar cumplimiento a sus disposiciones pertinentes, en particular los párrafos 5, 6, 7 y 8, con miras a lograr una solución sostenible y global, y solicita además al Secretario General que incluya en el informe sobre sus buenos oficios lo que se le vaya comunicando; solicita asimismo
al Secretario General que, a más tardar el 5 de julio de 2022, le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución en el que se proporcionen análisis integrados, con base empírica y fundamentados en datos, evaluaciones estratégicas y un asesoramiento franco, aprovechando los datos recogidos y analizados mediante el Sistema Integral de Planificación y Evaluación del Desempeño (SIPED), la aplicación por parte de la misión del marco integrado de desempeño y rendición de cuentas en el mantenimiento de la paz y otros instrumentos de planificación estratégica y medición del desempeño para describir el impacto y el desempeño general de la misión, e información sobre las restricciones no declaradas, los casos de negativa a participar en las patrullas o realizarlas y su impacto en la misión, y la forma en que se abordan los casos de desempeño insatisfactorio notificados, y que lo mantenga al corriente de los acontecimientos según sea necesario;
20. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
22-01005 7/7