CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2631 de 2022
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2631 de 2022
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2022
S Naciones Unidas /RES/2631 (2022) Consejo de Seguridad Distr. general 26 de mayo de 2022 Resolución 2631 (2022) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9043a sesión, celebrada el 26 de mayo de 2022 El Consejo de Seguridad, Recordando todas sus anteriores resoluciones pertinentes sobre el Iraq, en particular las resoluciones 1500 (2003), 1546 (2004), 1557 (2004), 1619 (2005), 1700 (2006), 1770 (2007), 1830 (2008), 1883 (2009), 1936 (2010), 2001 (2011), 2061 (2012), 2110 (2013), 2169 (2014), 2233 (2015), 2299 (2016), 2379 (2017), 2421 (2018), 2522 (2020) y 2576 (2021), y reiterando lo dispuesto en las resoluciones 2107 (2013) y 2621 (2022) relativas a la situación entre el Iraq y Kuwait, y los valores enunciados en la resolución 2367 (2017), Reafirmando la independencia, la soberanía, la unidad y la integridad territorial del Iraq, y poniendo de relieve la importancia que su estabilidad, prosperidad y seguridad tienen para el pueblo iraquí, la región y la comunidad internacional, particularmente a la luz de la victoria territorial del Iraq sobre el Estado Islámico en el Iraq y el Levante (EIIL, también conocido como Dáesh), y alentando a la comunidad internacional a que preste más apoyo al Iraq en este sentido, Apoyando al Iraq en su empeño por hacer frente a las dificultades con que
tropieza al proseguir su labor de estabilización, incluida la lucha constante contra el terrorismo y el EIIL, Al-Qaida y sus afiliados, y al continuar las tareas de recuperación, reconstrucción, estabilización y reconciliación con el requisito de satisfacer las necesidades de todos los iraquíes, incluidas las mujeres, la juventud y la infancia, las personas desplazadas y las que pertenecen a minorías étnicas y religiosas, reconociendo la amenaza que suponen las municiones explosivas y el impacto que tienen en los civiles, incluida la infancia, y acogiendo con beneplácito las iniciativas para limpiar las zonas donde se encuentran esos dispositivos, Condenando en los términos más enérgicos el intento de asesinato del Primer Ministro iraquí, Mustafa Al-Kadhimi, el 7 de noviembre de 2021, Recordando el principio fundamental de la inviolabilidad de los locales diplomáticos y consulares y la obligación de los Gobiernos anfitriones, especialmente con arreglo a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, de 1961, y la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 1963, de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales diplomáticos y consulares contra toda intrusión o daño y para evitar que se perturbe la tranquilidad de dichas misiones o se atente contra su dignidad, 22-08016 (S) 2208016 S/RES/2631 (2022) Encomiando al Gobierno del Iraq y a la Comisión Suprema Independiente para las Elecciones por la celebración de unos comicios bien gestionados a nivel técnico y, en general, pacíficos el 10 de octubre de 2021,
Pidiendo que se forme rápida y pacíficamente un nuevo gobierno para cumplir las prioridades nacionales del pueblo iraquí, incluso mediante la reforma económica, la cooperación regional, la estabilización, el desarrollo y la promoción y protección de los derechos humanos, Observando la importancia de que el Gobierno del Iraq efectúe urgentemente reformas significativas encaminadas a satisfacer las legítimas demandas del pueblo iraquí de que se haga frente a la corrupción, se presten servicios esenciales y básicos, se diversifique la economía, se cree empleo, se mejore la gobernanza y se refuercen la viabilidad y la capacidad de respuesta de las instituciones del Estado, reconociendo los esfuerzos del Gobierno del Iraq en tal sentido y pidiendo a las instituciones del Estado que redoblen sus esfuerzos para lograr que rindan cuentas los autores de delitos que entrañen muertes, lesiones graves, secuestros o desapariciones de manifestantes y periodistas, y para salvaguardar y respetar el derecho a la libertad de expresión, Observando que el Gobierno del Iraq desea que los desplazados internos y los iraquíes desplazados en Siria regresen a sus zonas de origen o se reasienten en otros lugares del Iraq, y destacando la importancia de lograr soluciones dignas, seguras y duraderas por las que se opte de manera voluntaria e informada, Reconociendo la importancia de que se aplique efectiva y oportunamente la Ley de las Supervivientes Yazidíes y la necesidad de exigir cuentas a los autores de actos de violencia sexual y de género relacionada con el conflicto, proporcionar servicios de salud mental y apoyo psicosocial a las víctimas y ofrecer reparación y medidas de
resarcimiento a todas las supervivientes definidas como tales en la Ley, y exhortando al Gobierno del Iraq a que haga extensivas sus disposiciones a todas las víctimas, Reconociendo que los efectos adversos del cambio climático, los cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, pueden contribuir a la desertificación y la sequía, repercutir negativamente en la situación humanitaria y agravar la inestabilidad que pueda existir, poniendo de relieve la necesidad de que el Gobierno del Iraq lleve a cabo evaluaciones integrales del riesgo con el apoyo de las Naciones Unidas, si el Gobierno lo solicita, a fin de adoptar medidas significativas de adaptación al cambio climático y los cambios ecológicos o mitigación de los desafíos que plantean, y reconociendo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, Expresando preocupación por el impacto de la pandemia de COVID-19 en el Iraq, recordando la resolución 2565 (2021) y destacando una vez más que, para poner fin a la pandemia, es esencial el acceso equitativo a pruebas diagnósticas, tratamientos y vacunas contra la COVID-19 que sean inocuos, eficaces y asequibles, Exhortando a la comunidad internacional a que mantenga su firme compromiso de prestar apoyo al Iraq en sus actividades humanitarias y de estabilización, reconstrucción y desarrollo, y aguardando la asunción por el Gobierno del Iraq de una responsabilidad cada vez mayor en la prestación de servicios humanitarios,
1. Decide prorrogar el mandato de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI) hasta el 31 de mayo de 2023;
2. Solicita que la Representante Especial del Secretario General para el Iraq y la UNAMI, a solicitud del Gobierno del Iraq, realicen las tareas siguientes:
2/4 22-08016 S/RES/2631 (2022) a) Priorizar la prestación de asesoramiento, apoyo y asistencia al Gobierno y al pueblo del Iraq para promover un diálogo político inclusivo y la reconciliación a nivel nacional y comunitario, teniendo en cuenta las aportaciones de la sociedad civil y con la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres; b) Seguir asesorando, apoyando y ayudando: i) Al Gobierno del Iraq, la Comisión Suprema Independiente para las Elecciones y otras instituciones iraquíes en sus esfuerzos por reforzar los preparativos y los procesos electorales, incluso mediante exámenes técnicos periódicos e informes detallados sobre los preparativos y los procesos electorales enmarcados en el ciclo ordinario de presentación de informes del Secretario General; ii) Al Gobierno del Iraq y al Consejo de Representantes en la revisión de la Constitución y la aplicación de sus disposiciones, así como en el desarrollo de procesos aceptables para el Gobierno del Iraq que permitan resolver las controversias sobre las fronteras internas; iii) Al Gobierno del Iraq para avanzar en la reforma del sector de la seguridad, entre otras cosas priorizando la planificación, financiación y ejecución de iniciativas para reforzar el control estatal y programas de reintegración de exmiembros de grupos armados, cuando y según proceda, en coordinación con otras entidades multinacionales; iv) Al Gobierno del Iraq para facilitar el diálogo y la cooperación regionales sobre cuestiones como la seguridad fronteriza, la energía, el comercio, el medio
ambiente, el agua, los efectos adversos del cambio climático, en particular los que contribuyen a la desertificación y la sequía, el aumento de la resiliencia, la infraestructura, la salud pública y los refugiados; c) Promover, apoyar y facilitar, en colaboración con el Gobierno del Iraq: i) La coordinación y entrega de asistencia humanitaria y médica, especialmente para responder a la pandemia de COVID-19, y la transición de los servicios humanitarios a los sistemas gubernamentales; ii) El regreso o la integración local, según proceda, de manera oportuna, ordenada, voluntaria y digna y en condiciones de seguridad de los refugiados y desplazados, incluso mediante las gestiones del equipo de las Naciones Unidas en el país, y el acceso oportuno a la asistencia jurídica y la documentación civil de los desplazados internos y los iraquíes desplazados en Siria, incluidas las personas con riesgo de apatridia, particularmente los niños sin registro de nacimiento u otra documentación de identidad jurídica; iii) La coordinación y ejecución de programas para mejorar la capacidad del Iraq de prestar efectivamente a su pueblo servicios públicos y sociales esenciales, como los de salud y educación, y para continuar apoyando la coordinación activa del Iraq de los programas fundamentales de reconstrucción y asistencia con los donantes regionales e internacionales, incluso mediante el seguimiento efectivo de las promesas de contribuciones internacionales; iv) Las iniciativas del Iraq, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y otras instancias sobre la reforma económica, la creación de capacidad y el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo sostenible y la recuperación y la reconstrucción, incluso en las zonas afectadas
por el terrorismo, entre otras cosas mediante la coordinación con organizaciones nacionales y regionales y, según proceda, con la sociedad civil, los donantes y otras instituciones internacionales; 22-08016 3/4 S/RES/2631 (2022) v) Las contribuciones de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas al logro de los objetivos enunciados en la presente resolución bajo el liderazgo unificado del Secretario General, por conducto de su Representante Especial para el Iraq y con la asistencia de la Representante Especial Adjunta que han designado; d) Promover la rendición de cuentas y la protección de los derechos humanos, así como la reforma judicial y legislativa, pero respetando plenamente la soberanía del Iraq, a fin de fortalecer el estado de derecho y mejorar la gobernanza en el país, además de apoyar la labor del Equipo de Investigaciones de las Naciones Unidas para Promover la Rendición de Cuentas por los Crímenes del Estado Islámico en el Iraq y el Levante/Dáesh (UNITAD), establecido en la resolución 2379 (2017); e) Abordar la incorporación de la perspectiva de género como cuestión transversal en todo su mandato y prestar asesoramiento y asistencia al Gobierno del Iraq para asegurar la participación, la implicación y la representación plenas, igualitarias y significativas de las mujeres en las instancias decisorias a todos los niveles, incluso en el contexto de las elecciones y la formación del gobierno, y la promoción del empoderamiento económico de las mujeres, apoyando la aplicación del Plan de Acción Nacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad, de conformidad con la resolución 1325 (2000) y las resoluciones conexas, y el Comunicado Conjunto
sobre la Prevención y Respuesta frente a la Violencia Sexual Relacionada con los Conflictos; f) Señalar la importancia de que se trate a los niños afectados por conflictos armados ante todo como víctimas, e instar al Gobierno del Iraq y al equipo de las Naciones Unidas en el país a que fortalezcan la protección infantil, incluida la reintegración de los niños en consonancia con la legislación nacional del Iraq y sus obligaciones en virtud del derecho internacional, y a que respalden la aplicación de las conclusiones del Grupo de Trabajo del Consejo de Seguridad sobre los Niños y los Conflictos Armados; g) Apoyar activamente al Gobierno del Iraq y al Gobierno Regional del Kurdistán para que trabajen juntos y entablen diálogos periódicos y estructurados con el fin de resolver las cuestiones pendientes, de manera compatible con la unidad del Iraq y su Constitución, incluidas las disposiciones en materia de seguridad, los arreglos presupuestarios y la gestión de los recursos de petróleo y gas del Iraq, y para que apliquen los acuerdos vigentes, como el Acuerdo de Sinyar de 2020;
3. Reconoce que la seguridad del personal de las Naciones Unidas es esencial para que la UNAMI pueda realizar su labor en beneficio del pueblo iraquí y exhorta al Gobierno del Iraq a que continúe prestando apoyo logístico y de seguridad a la presencia de las Naciones Unidas en el país;
4. Expresa su intención de volver a examinar el mandato y el ciclo de presentación de informes de la UNAMI a más tardar el 31 de mayo de 2023, o antes de esa fecha si lo solicita el Gobierno del Iraq;
5. Solicita al Secretario General que lo informe cada cuatro meses sobre los progresos realizados en el cumplimiento de todas las responsabilidades de la UNAMI;
6. Decide seguir ocupándose de la cuestión.
4/4 22-08016