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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2655 de 2022

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2655 de 2022
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2022

S Naciones Unidas /RES/2655 (2022) Consejo de Seguridad Distr. general 27 de octubre de 2022 Resolución 2655 (2022) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9169a sesión, celebrada el 27 de octubre de 2022 El Consejo de Seguridad, Reafirmando su pleno compromiso con el proceso de paz de la República de Colombia, Recordando todas sus resoluciones, declaraciones de la Presidencia y comunicados de prensa relativos al proceso de paz de Colombia, Acogiendo con beneplácito los avances logrados en el camino hacia la paz en toda Colombia desde que se aprobó el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (el Acuerdo Final), instando a las partes a que, con el apoyo de las instituciones estatales y fuerzas de seguridad competentes, así como de la sociedad civil, colaboren para seguir consolidando estos avances y hacer frente a los desafíos que siguen existiendo, en particular la violencia que persiste en las zonas afectadas por el conflicto, mediante la implementación integral del Acuerdo Final, lo que abarca la reforma rural, la participación política inclusiva, sus disposiciones relativas a las cuestiones étnicas y de género, y la lucha contra las drogas ilícitas, incluso a través de programas de sustitución de cultivos, y recordando el impacto desproporcionado del conflicto en las mujeres y sus efectos en las personas pertenecientes a comunidades indígenas y afrocolombianas, Tomando nota de la colaboración de la Comisión de Consolidación de la Paz con el Gobierno de Colombia y aguardando con interés una mayor cooperación,

incluso con los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, a fin de asegurar un enfoque integrado y coherente para la implementación integral del Acuerdo Final, Recordando en particular su resolución 2366 (2017), por la que se estableció la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia (la Misión de Verificación), encargada de verificar la implementación por el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) de los puntos 3.2 y 3.4 del Acuerdo Final, de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.3.3 del Acuerdo Final, y recordando el positivo papel desempeñado por la Misión de Verificación en ese sentido, Recordando también su resolución 2574 (2021), por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para incluir la tarea adicional de verificar el cumplimiento y la implementación de las sanciones que imponga la Jurisdicción 22-24238 (S) 311022 311022 2224238 S/RES/2655 (2022) Especial para la Paz (JEP), y acogiendo con beneplácito los preparativos que está realizando a ese respecto la Misión de Verificación, en colaboración con la JEP, Observando que, con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo Final, las sanciones de la JEP tendrán como finalidad esencial satisfacer los derechos de las víctimas y consolidar la paz y deberán tener la mayor función restaurativa y reparadora del daño causado, Reconociendo que la Misión de Verificación podría contribuir a fomentar la confianza en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que

fue establecido en el Acuerdo Final y es fundamental para que el proceso de paz tenga éxito y para que se satisfagan los derechos de las víctimas del conflicto, Tomando conocimiento de la carta de fecha 17 de octubre enviada por el Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia (S/2022/787), en la que se transmite la solicitud conjunta del Gobierno de Colombia y el partido de las antiguas FARC-EP de que se prorrogue el mandato de la Misión de Verificación y que el Consejo considere la posibilidad de encomendar a la Misión la tarea de verificar la implementación del punto 1 del Acuerdo Final, relativo a la reforma rural integral, y del punto 6.2, relativo al Capítulo Étnico,

1. Decide prorrogar el mandato de la Misión de Verificación hasta el 31 de octubre de 2023;

2. Solicita al Secretario General que, en un plazo de 45 días a partir de la aprobación de esta resolución, le presente recomendaciones detalladas sobre la forma en que se realizarían las tareas adicionales de verificación de la implementación de los puntos 1 y 6.2 del Acuerdo Final que se solicitan en la carta de fecha 17 de octubre enviada por el Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia y que confirme sus posibles repercusiones en la configuración de la Misión, y expresa su intención de examinar rápidamente esas recomendaciones;

3. Expresa su voluntad de trabajar con el Gobierno de Colombia sobre la nueva prórroga del mandato de la Misión de Verificación tomando como base el acuerdo entre las partes.

2/2 22-24238

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