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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2657 de 2022

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2657 de 2022
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2022

S Naciones Unidas /RES/2657 (2022) Consejo de Seguridad Distr. general 31 de octubre de 2022 Resolución 2657 (2022) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9177a sesión, celebrada el 31 de octubre de 2022 El Consejo de Seguridad, Recordando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Somalia, Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia, Alentando a Somalia a que aproveche la oportunidad que se le presenta de lograr nuevos avances en el cumplimiento de sus prioridades nacionales, poniendo de relieve la importancia de que el Gobierno Federal de Somalia (GFS) y los estados miembros federados (EMF) colaboren en ese sentido, reiterando la importancia del diálogo y los procesos de reconciliación local inclusivos para la estabilidad de Somalia, y recalcando que la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres contribuirá a impulsar las prioridades nacionales y respaldar la reconciliación, la seguridad y la transición hacia el fin del apoyo internacional en materia de seguridad, con arreglo al Plan de Transición de Somalia (PTS) y la estructura de seguridad nacional, Alentando la reanudación del diálogo entre el GFS y “Somalilandia” para fomentar la confianza y reforzar la coordinación política, Encomiando el apoyo prestado por la Unión Africana, a través de la Misión de la Unión Africana en Somalia (AMISOM), ahora denominada Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS), por las Naciones Unidas, a través de la

Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM), la Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS) y sus agencias, fondos y programas, por el Grupo de Expertos sobre Somalia, tanto a Somalia como al Comité 751, y por los socios bilaterales de Somalia, Poniendo de relieve que su objetivo fundamental es mantener la paz y la estabilidad en Somalia proporcionando apoyo para la construcción del Estado y la consolidación de la paz y promoviendo las prioridades nacionales de Somalia, Alentando al GFS a seguir colaborando con la Comisión de Consolidación de la Paz de las Naciones Unidas para reforzar el apoyo internacional a los objetivos de Somalia en materia de consolidación de la paz, 22-24442 (S) 021122 021122 2224442 S/RES/2657 (2022) Expresando grave preocupación porque el grupo terrorista Al-Shabaab sigue planteando una grave amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia y la región, y expresando preocupación también porque siguen estando presentes en Somalia afiliados vinculados al EIIL/Dáesh, Condenando en los términos más enérgicos posibles los atentados terroristas perpetrados en Somalia y los Estados vecinos, expresando profunda preocupación por las muertes de civiles a causa de esos ataques y reiterando su determinación de apoyar iniciativas integrales para reducir la amenaza que plantea Al-Shabaab, Recalcando la importancia de adoptar un enfoque holístico para contrarrestar el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo, implementándolo de conformidad con el derecho internacional aplicable, así como medidas para abordar

las dimensiones humanitaria, socioeconómica y de gobernanza, seguridad, derechos humanos y desarrollo de ese problema, incluidos el empleo juvenil y la erradicación de la pobreza, y poniendo de relieve la importancia de la cooperación regional e internacional para contrarrestar el terrorismo, obstaculizar su financiación y los flujos financieros ilícitos y detener el tráfico de armas, Encomiando el papel desempeñado por el GFS, los estados miembros y las organizaciones regionales para reprimir la piratería y los robos a mano armada frente a las costas de Somalia, y tomando nota de que la UNSOM facilitó un enfoque coordinado y dirigido por Somalia para desarrollar el sector de la gobernanza marítima de Somalia, entre otras cosas mediante la formación del Grupo de Trabajo de la Armada y la Guardia Costera Somalíes, y el apoyo a las instituciones marítimas de Somalia, Expresando seria preocupación por la situación humanitaria de Somalia, alentando a los Estados a intensificar su apoyo humanitario a Somalia y pidiendo que todas las partes en el conflicto permitan y faciliten, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario aplicable, y de manera compatible con los principios rectores de la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas (resolución 46/182 de la Asamblea General de las Naciones Unidas), a saber, humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, la prestación rápida y sin obstáculos de la asistencia humanitaria necesaria para apoyar a las personas necesitadas en toda Somalia, Condenando enérgicamente los ataques deliberados contra civiles, incluido el

personal humanitario, y contra bienes de carácter civil en situaciones de conflicto, así como el uso indiscriminado de armas en zonas pobladas y sus consecuencias para la población civil, exhortando a todas las partes en el conflicto de Somalia a que se abstengan de recurrir a esas prácticas conforme a sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, Resaltando la importancia de la coordinación del GFS y el FMS con OCHA para garantizar una distribución de la ayuda humanitaria, incluida la ayuda alimentaria en especie, en función de las necesidades, así como su orientación apropiada hacia los grupos marginados, que pueden enfrentarse a obstáculos específicos para acceder a la asistencia y la protección, en apoyo del Plan de Prevención de la Hambruna de las Naciones Unidas, y la colaboración con las Naciones Unidas para desarrollar una estrategia interministerial que permita una adaptación adecuada, reduzca los riesgos y mitigue los efectos del cambio climático en Somalia, Reconociendo los efectos adversos que tienen en la estabilidad de Somalia factores como el cambio climático, la degradación ambiental, otros cambios ecológicos y los desastres naturales, en particular las inundaciones, la sequía, la desertificación, la degradación de las tierras y la inseguridad alimentaria, y 2/6 22-24442 S/RES/2657 (2022) recordando la declaración de su Presidencia S/PRST/2011/15, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, Observando la importancia de las comunicaciones eficaces y estratégicas para la ejecución del mandato de la UNSOM, en particular en lo que se refiere a la

consolidación de la paz, la construcción del Estado, la reconciliación, la prevención de conflictos, la lucha contra el extremismo violento que conduce al terrorismo, la educación cívica, la inclusión de las mujeres en los procesos políticos, la protección de los derechos humanos y la agenda sobre la juventud, la paz y la seguridad, y poniendo de relieve la necesidad de seguir mejorando la capacidad de la UNSOM a este respecto,

1. Recuerda que en su resolución 2628 (2022) autorizó la ATMIS, y encomia la renovada cooperación entre todos los interesados para ejecutar su mandato en apoyo del Plan de Transición de Somalia (PTS) y la estructura de seguridad nacional y empoderar a Somalia para que vaya asumiendo progresivamente una mayor responsabilidad con respecto a su propia seguridad;

2. Acoge con beneplácito el examen estratégico de la UNSOM y hace suyos los criterios de referencia propuestos en el anexo del informe al respecto (S/2022/716) y las recomendaciones que figuran en la sección V del informe;

3. Acoge con beneplácito la cooperación entre la UNSOM, la UNSOS, el equipo de las Naciones Unidas en el país y la ATMIS, subraya la importancia de la colaboración entre las Naciones Unidas, la Unión Africana, la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD), otros asociados multilaterales y bilaterales y Somalia, y alienta a todas las entidades a que continúen estrechando aún más su relación a todos los niveles, incluso por conducto del Foro de Coordinación

del Personal Directivo Superior;

4. Decide prorrogar hasta el 31 de octubre de 2023 el mandato y las tareas de

la UNSOM en Somalia establecidos en las resoluciones 2158 (2014) y 2592 (2021);

5. Observa la Estrategia Ambiental del Departamento de Apoyo Operacional de las Naciones Unidas (fase II), que hace hincapié en la buena gestión de los recursos y en que las misiones dejen un legado positivo, y señala el objetivo de ampliar el uso de energías renovables en las misiones para mejorar la seguridad, ahorrar gastos, ofrecer eficiencia y beneficiar a la propia misión;

6. Solicita a la UNSOM que mantenga y refuerce su presencia en toda Somalia y siga estrechando su cooperación con Somalia y la ATMIS, con sujeción a las medidas de seguridad de las Naciones Unidas y siempre que la situación de la seguridad lo permita, y reconoce que el actual contexto político y de la seguridad en Somalia afectará a la capacidad de la UNSOM para cumplir su mandato;

7. Reconoce la reanudación de las operaciones contra Al-Shabaab y alienta a la UNSOM a que preste apoyo a Somalia con miras a: a) Garantizar la existencia de planes para proteger a la población civil y las comunidades de las zonas que son objeto de operaciones militares antes, durante y después de los enfrentamientos, b) Acelerar la aplicación de la estrategia nacional de estabilización y los planes de estabilización a nivel estatal, c) Promover el liderazgo, la implicación y la supervisión de la población civil somalí en la planificación y coordinación de los esfuerzos de estabilización,

22-24442 3/6 S/RES/2657 (2022) d) Expandir la gobernanza y la prestación de servicios en las zonas y los

distritos donde persiste la fragilidad, en particular para apoyar el PTS y los procesos de planificación conjunta pertinentes, e) Garantizar un apoyo oportuno y equilibrado a las zonas recuperadas recientemente de Al-Shabaab;

8. Alienta al GFS a que estreche la cooperación y la colaboración a todos los niveles a fin de: a) Implementar la estructura de seguridad nacional, cumplir el PTS, promover la reconciliación política nacional y local y hacer progresos para concluir la redacción de la constitución y en la lucha contra Al-Shabaab para garantizar la paz y la seguridad en toda Somalia, b) Crear un entorno político y de seguridad propicio para que los procesos democráticos sean más inclusivos en toda Somalia y a todos los niveles, a fin de fomentar el pluralismo político y adoptar medidas para incluir a los partidos políticos legalmente constituidos, incluidos los de la oposición, c) Promover la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres en todos los niveles de toma de decisiones, incluso en el contexto de la consolidación de la paz, los procesos de reconciliación y la reforma del sector de la seguridad, d) Promover la participación de personas pertenecientes a clanes minoritarios y grupos infrarrepresentados, jóvenes y personas con discapacidad, e) Defender los derechos a la libertad de expresión, asociación, reunión pacífica y circulación, incluida la capacidad de los periodistas para trabajar libremente, y condenar el discurso de odio y la incitación a la violencia, y f) Aumentar la supervisión civil de su aparato de seguridad, seguir adoptando y aplicando procedimientos apropiados para verificar los antecedentes de todo el

personal de defensa y seguridad, incluidos los antecedentes en materia de derechos humanos, e investigar y enjuiciar, según proceda, a los responsables de violaciones del derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos, y de actos de violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto, y en ese contexto recuerda la importancia de la política del Secretario General de diligencia debida en materia de derechos humanos en relación con el apoyo prestado por las Naciones Unidas a las fuerzas de seguridad somalíes y la ATMIS;

9. Expresa su preocupación por todas las violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y los abusos de los derechos humanos, incluidos los que entrañan violencia sexual y de género en los conflictos, exhorta además a todas las partes a que cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional, según proceda, incluido el derecho internacional humanitario, en particular con respecto a la protección de la población civil y los bienes de carácter civil, reitera además la urgente e imperiosa necesidad de que se obligue a rendir cuentas a todos los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y abusos de los derechos humanos, y pone de relieve la importancia de proteger y promover el derecho a la libertad de expresión y de proteger a los periodistas y otros profesionales de los medios de comunicación y el personal asociado;

10. Expresa preocupación por el elevado número de casos verificados relacionados con las “seis violaciones graves” contra la infancia documentados en el informe anual del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados

(S/2022/493) y en el informe del Secretario General sobre los niños y el conflicto

4/6 22-24442 S/RES/2657 (2022) armado en Somalia (S/2022/397) y por el elevado número de violaciones graves atribuidas a Al-Shabaab y: a) Exige a todas las partes en el conflicto que adopten medidas adecuadas a los siguientes fines: i) Hacer cesar y prevenir las violaciones y los abusos cometidos contra la infancia, incluido el constante reclutamiento y utilización de niños en el conflicto armado, de conformidad con sus obligaciones en virtud del derecho internacional; ii) Identificar a los responsables de esas violaciones y abusos y obligarlos a rendir cuentas; iii) Considerar principalmente como víctimas a los niños asociados a fuerzas armadas y grupos armados o que hayan sido liberados o separados de cualquier otro modo de esas fuerzas y grupos, con arreglo a los Principios de Paris suscritos por el GFS; y iv) Poner fin a la detención de todos los niños acusados de delitos contra la seguridad nacional cuando ello contravenga el derecho internacional aplicable; b) Exhorta al GFS a que aplique plenamente la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, los dos planes de acción firmados por el GFS en 2012, la hoja de ruta firmada en 2019 y los procedimientos operativos estándar sobre la recepción y la entrega de niños, fortalezca el marco jurídico y operacional de la protección infantil en Somalia y garantice que la legislación nacional relativa a la infancia sea compatible con las obligaciones contraídas en virtud del derecho internacional y los compromisos relativos a la protección infantil;

11. Condena enérgicamente cualquier uso indebido u obstrucción de la

asistencia humanitaria, incluidos los actos de violencia, los ataques y las amenazas contra el personal humanitario y médico y contra sus medios de transporte y su equipo, así como contra los hospitales y otras instalaciones médicas en contravención del derecho internacional, y: a) Exige que todas las partes permitan y faciliten, de conformidad con el derecho internacional humanitario aplicable, el acceso pleno, seguro, rápido y sin trabas para la entrega oportuna de la ayuda a las personas necesitadas en toda Somalia, en consonancia con los principios humanitarios, incluso para la aplicación del Plan de Respuesta a la Sequía y Prevención de la Hambruna y el Plan de Respuesta Humanitaria revisado, en particular mediante: i) El desmantelamiento de los puestos de control ilegales, ii) La eliminación de las restricciones administrativas y burocráticas, y iii) La protección de los agentes humanitarios y las comunidades contra cualquier tipo de represalias o medidas punitivas por tratar de negociar el acceso con las partes en el conflicto o por prestar asistencia humanitaria o médica conforme al derecho internacional humanitario; b) Subraya la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en la prestación de apoyo humanitario; c) Reconoce el papel que pueden desempeñar los líderes de los EMF y los clanes, así como los líderes religiosos, para la facilitación y negociación del acceso humanitario en toda Somalia, y alienta a que se siga apoyando al personal humanitario internacional y nacional y a los líderes locales y proporcionándoles protección contra cualquier tipo de represalias por tratar de facilitar el acceso en las zonas fuera del control del gobierno con fines humanitarios; y

22-24442 5/6 S/RES/2657 (2022) d) Recuerda que el Comité dimanante de la resolución 751 (1992) puede designar a las personas o entidades que obstaculicen la prestación de asistencia humanitaria a Somalia o el acceso a la asistencia humanitaria o su distribución en Somalia;

12. Exhorta al GFS, a los EMF y a todos los agentes pertinentes a que faciliten, apoyen y, cuando proceda, apliquen soluciones duraderas para los desplazamientos internos, como la integración o el reasentamiento locales, y a que creen condiciones propicias para el regreso voluntario, seguro, digno y sostenible de los refugiados y los desplazados internos, en consulta con ellos y en consonancia con los marcos nacionales y las obligaciones internacionales aplicables, con el apoyo de la comunidad internacional;

13. Recuerda la necesidad de que el GFS prosiga su labor de establecer y poner en marcha la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional y el Consejo Superior de la Magistratura con arreglo a la Constitución provisional y la legislación pertinente, y exhorta al GFS a que: a) Promueva y proteja los derechos de las personas con discapacidad y las personas pertenecientes a grupos minoritarios y aplique legislación encaminada a proteger los derechos humanos e investigar y enjuiciar a los autores de delitos que entrañen violaciones o abusos de los derechos humanos, violaciones del derecho internacional humanitario y violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto; b) Se cerciore de que la legislación sobre los delitos sexuales sea compatible

con sus obligaciones en virtud del derecho internacional y los compromisos relativos a la protección de la infancia y las mujeres; c) Con el apoyo de las Naciones Unidas, acelere la aplicación del Comunicado Conjunto y la aprobación y aplicación del nuevo Plan de Acción Nacional para Combatir la Violencia Sexual en los Conflictos;

14. Resalta la importancia de que las Naciones Unidas, el GSF y los EMF consideren las consecuencias adversas del cambio climático, la degradación ambiental, otros cambios ecológicos y los desastres naturales, entre otros factores, en los programas que implementen en Somalia, incluso realizando evaluaciones exhaustivas del riesgo y adoptando estrategias de gestión de los riesgos relacionados con esos factores, reconociendo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París;

15. Solicita al Secretario General que le presente: a) Información actualizada periódicamente sobre la situación en Somalia y la ejecución del mandato de la UNSOM, incluso sobre el cumplimiento de los criterios de referencia fijados en el examen estratégico, mediante exposiciones informativas ante el Consejo de Seguridad y al menos tres informes por escrito, el primero a más tardar el 15 de febrero de 2023 y los siguientes cada 120 días; y b) Información actualizada a su debido tiempo sobre los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones que figuran en el examen estratégico

(S/2022/716);

16. Afirma que mantendrá en examen la situación imperante en Somalia y estará dispuesto a revisar las disposiciones de la presente resolución en cualquier momento si es necesario, a la luz de la evolución de los acontecimientos políticos y la situación en el país;

17. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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