CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2702 de 2023
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2702 de 2023
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2023
S Naciones Unidas /RES/2702 (2023) Consejo de Seguridad Distr. general 30 de octubre de 2023 Resolución 2702 (2023) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9458a sesión, celebrada el 30 de octubre de 2023 El Consejo de Seguridad, Recordando su resolución 1970 (2011) y todas sus resoluciones posteriores sobre Libia, incluidas las resoluciones 2259 (2015), 2510 (2020), 2542 (2020), 2570 (2021), 2619 (2022), 2629 (2022), 2647 (2022) y 2656 (2022), la declaración de su Presidencia de 16 de marzo (S/PRST/2023/2) y sus comunicados de prensa, Reafirmando su decidido compromiso con un proceso político inclusivo dirigido y controlado por los propios libios, facilitado por las Naciones Unidas y apoyado por la comunidad internacional, que se base en las leyes electorales actualizadas y acordadas por el Comité 6+6 y que permita celebrar elecciones presidenciales y parlamentarias nacionales libres, limpias, transparentes e inclusivas en toda Libia lo antes posible, Toma nota de la Ley 28/2023 sobre las Elecciones Presidenciales y la Ley 27/2023 sobre las Elecciones Parlamentarias, aprobadas por la Cámara de Representantes de Libia el 5 de octubre de 2023, y observa además que la aplicación de estas leyes requiere el compromiso de todas las partes y un acuerdo político sobre las cuestiones políticamente controvertidas relacionadas con las elecciones que siguen pendientes, Recordando que todas las partes interesadas libias dieron previamente garantías
firmes de que apoyarían y respetarían la independencia y la integridad del proceso electoral, así como los resultados de las elecciones, exhortando a todas las partes interesadas a que respeten esas garantías y exhortando además a todas las partes interesadas a que redoblen sus esfuerzos para resolver las cuestiones políticamente controvertidas relacionadas con las elecciones que siguen pendientes, mediante un diálogo facilitado por las Naciones Unidas y con espíritu de compromiso, a fin de crear las condiciones y circunstancias propicias para las elecciones, incluido un entorno seguro, celebrar elecciones sobre la base de leyes electorales viables y concluir el período de transición, Expresando preocupación por la situación de la seguridad en Libia, en particular por los violentos enfrentamientos entre grupos armados ocurridos en la región de Trípoli el 14 de agosto de 2023 y en Bengasi a principios de octubre, que causaron bajas civiles y la destrucción de infraestructura civil, recalcando la importancia de los esfuerzos tempranos de prevención de conflictos, exhortando a todas las partes a que avancen en las vías de la política y la seguridad y cumplan las obligaciones que 23-20998 (S) 2320998 S/RES/2702 (2023) les incumben en virtud del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, a fin de instaurar la paz y la estabilidad en toda Libia, instando a todas las partes a que se abstengan de utilizar declaraciones incendiarias, discursos de odio, informaciones engañosas y desinformación que puedan fomentar aún más las divisiones entre los libios y socavar el proceso político,
Expresando su enérgica condena del uso indiscriminado de armas en zonas pobladas y sus consecuencias para la población civil, y exhortando a todas las partes a que se abstengan de tales prácticas conforme a sus obligaciones en virtud del derecho internacional, en particular las relativas a la protección de los civiles en los conflictos armados, Reconociendo el importante papel que desempeñan los países vecinos y las organizaciones regionales en apoyo de las Naciones Unidas, recordando la resolución 2616 (2021), expresando preocupación por las repercusiones del conflicto en los países vecinos, así como por las de los conflictos de los países vecinos en Libia, incluso en lo referente a las amenazas derivadas del terrorismo, especialmente en el Sahel, la transferencia ilícita, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas y el flujo de grupos armados y mercenarios, y alentando a que se aumenten el apoyo internacional y la cooperación regional entre Libia, los países vecinos y los órganos pertinentes de las Naciones Unidas, incluida la Comisión de Consolidación de la Paz, para respaldar la consolidación y el sostenimiento de la paz en el país y la región, Expresando preocupación por la amenaza que suponen el desvío y la proliferación de armas y municiones en Libia y otros países de la región, que socava la estabilidad, y exhortando a las principales instituciones libias a que, con el apoyo de las Naciones Unidas, tomen medidas para asegurar y gestionar efectivamente las existencias de armas, retirar las municiones explosivas y los restos explosivos de guerra de las zonas peligrosas y proteger a los civiles de los riesgos que suponen las
explosiones imprevistas en los emplazamientos de municiones, Subrayando la necesidad de planificar el desarme, la desmovilización y la reintegración de los grupos armados y todos los agentes armados no estatales pertinentes, como parte de un enfoque integrado, exhaustivo y coherente de la consolidación de la paz, incluido el retorno de sus miembros a los países de origen, subrayando además que ello requiere coordinación regional y tener en cuenta las necesidades y prioridades en materia de consolidación de la paz, Reconociendo la necesidad de planificar la reforma del sector de la seguridad y el establecimiento en toda Libia de una estructura unificada de seguridad que sea inclusiva y esté sujeta a rendición de cuentas y dirigida por civiles, y exhortando a las autoridades libias a que colaboren y logren progresos en esta cuestión, Acogiendo con beneplácito los compromisos de la Comisión Militar Conjunta 5+5 y de los dos Jefes de Estado Mayor para la reunificación de las instituciones militares y de seguridad libias y la creación de unidades militares conjuntas a fin de asegurar las fronteras de Libia y mantener el acuerdo de alto el fuego del 23 de octubre de 2020, y alentando a que se realicen nuevos esfuerzos en este sentido, Instando a las instituciones y autoridades libias a que garanticen la participación plena, igualitaria, efectiva, significativa y sin riesgo de las mujeres a todos los niveles, incluso en puestos de liderazgo, y en todas las etapas de las actividades y decisiones relacionadas con los procesos políticos inclusivos, la transición democrática, las iniciativas de reconciliación, la resolución de conflictos y la consolidación de la paz,
reconociendo la necesidad de proteger a las mujeres, las organizaciones que defienden sus derechos y las mujeres que trabajan en la consolidación de la paz frente a la 2/6 23-20998 S/RES/2702 (2023) intimidación, las amenazas, las represalias y los ataques, alentando encarecidamente a todas las partes a que creen un entorno seguro y propicio para que los miembros de la sociedad civil, incluidos quienes promueven y protegen los derechos humanos, lleven a cabo su labor de manera independiente y sin injerencias indebidas, incluso en situaciones de conflicto armado, y para hacer frente a las amenazas, el acoso y la violencia, contrarrestar el discurso de odio en su contra y proteger y promover los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida la libertad de expresión, reunión pacífica y asociación, conforme a las obligaciones en virtud del derecho internacional, para ayudar a que puedan celebrarse elecciones libres, limpias, transparentes e inclusivas y contribuir a la reconciliación nacional, apoyando las iniciativas de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL) para facilitar una mayor implicación y participación de las mujeres de todos los sectores de la sociedad libia en el proceso político y las instituciones públicas, incluida una representación significativa de las mujeres en los órganos legislativos de Libia, y reconociendo que el proceso político debe incluir a todos los libios, entre ellos la juventud y la sociedad civil, Recordando que los recursos petrolíferos de Libia deben beneficiar a todos los libios y permanecer bajo el control exclusivo de la Empresa Nacional del Petróleo,
exhortando a todas las partes a que permitan a la Empresa Nacional del Petróleo realizar su labor sin interrupciones, injerencias ni politización y garantizar que los ingresos procedentes del petróleo y el gas se gestionen de forma transparente, equitativa y con rendición de cuentas bajo la supervisión efectiva de los libios, Recordando la importancia de que los libios supervisen las instituciones económicas y financieras de Libia, lo que incluye la responsabilidad de garantizar la gestión transparente, equitativa y con rendición de cuentas de los ingresos en todo el país, reafirmando la importancia de que se establezca un mecanismo dirigido por los propios libios en el que participen las partes interesadas de todo el país para fijar el gasto, reconociendo, a este respecto, los esfuerzos del Comité Superior de Finanzas en cuanto a la gestión de los ingresos, tomando nota del anuncio de que se llevará adelante la unificación del Banco Central de Libia, y reiterando el papel de la UNSMIL para ayudar a consolidar los arreglos económicos de las instituciones libias, Reafirmando su intención de asegurar que los activos congelados en virtud del párrafo 17 de la resolución 1970 (2011) se pongan más adelante a disposición del pueblo libio para su beneficio, y exhortando a todos los Estados Miembros pertinentes a que protejan los activos congelados para el futuro beneficio del pueblo libio, incluso impidiendo el uso y la apropiación indebidos de activos congelados, Expresando preocupación por el deficiente nivel de vida y la insuficiente prestación de servicios básicos y por la situación de los desplazados internos en Libia,
incluida la imposibilidad que tienen de regresar a sus hogares sin correr riesgo debido a la presencia de peligros de explosión y a las amenazas de represalias, expresando además grave preocupación por el tráfico de migrantes y refugiados y la trata de personas a través de Libia, así como por la situación de los migrantes y los refugiados, que incluye detenciones arbitrarias, malos tratos y exposición a la violencia sexual y de género, subrayando la importancia de abordar las causas profundas del tráfico de migrantes y la trata de personas, acogiendo con beneplácito la labor que realiza la UNSMIL para coordinar y apoyar la prestación de asistencia humanitaria a los refugiados y los migrantes, exhortando a las autoridades libias a que adopten medidas para cerrar los centros de detención de migrantes y alivien urgentemente los sufrimientos de todas las personas en Libia agilizando la prestación de servicios públicos a todas las zonas del país, e instando a todas las partes a que permitan y faciliten el acceso humanitario pleno, seguro y sin trabas, 23-20998 3/6 S/RES/2702 (2023) Recordando la resolución 2510 (2020), en la que se exige que todas las partes en el conflicto cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, y poniendo de relieve que los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y abusos de los derechos humanos deben rendir cuentas de sus actos, Instando a todas las partes a que apliquen las resoluciones pertinentes relativas a la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y a que prevengan la violencia
sexual relacionada con los conflictos y le hagan frente, y exhortando a las autoridades libias a que pongan fin a la impunidad de los delitos de violencia sexual y de género con arreglo a sus resoluciones pertinentes, incluida la resolución 1325 (2000), Recordando la importancia de la protección infantil, conforme a sus resoluciones pertinentes, y de adoptar medidas apropiadas al respecto, expresando preocupación por las denuncias de violaciones y abusos contra los niños en Libia, pese al acuerdo de alto el fuego del 23 de octubre de 2020, en particular cuando entrañan su muerte y mutilación, su secuestro, actos de violencia sexual cometidos contra ellos y su reclutamiento o utilización, e instando a todas las partes a que hagan cesar y prevengan de inmediato esas prácticas, Reconociendo que el conflicto prolongado y la división política en Libia han hecho que el país sea más susceptible a las repercusiones humanitarias de los desastres naturales, como inundaciones, y otros fenómenos meteorológicos relacionados con los efectos adversos del cambio climático, entre otros factores, Subrayando la importancia del Marco de Cooperación de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible 2023-2025, que demuestra el compromiso de las partes interesadas libias y las Naciones Unidas de colaborar a través de un enfoque basado en el nexo entre la acción humanitaria, el desarrollo y la consolidación de la paz para abordar las causas estructurales de la fragilidad y las necesidades humanitarias pendientes e impulsar así un cambio transformativo y la transición hacia la paz y el desarrollo sostenibles en todo el país, en apoyo de la Agenda 2030 y los Objetivos de
Desarrollo Sostenible, Recordando que en su resolución 2213 (2015) determinó que la situación imperante en Libia seguía constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
1. Decide prorrogar hasta el 31 de octubre de 2024 el mandato de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL), como misión política especial integrada, para que cumpla el mandato enunciado en la resolución 2542 (2020) y en el párrafo 16 de la resolución 2570 (2021);
2. Reitera su apoyo al Representante Especial del Secretario General para Libia y Jefe de la UNSMIL, Abdoulaye Bathily, en particular a su función de mediación y buenos oficios para impulsar un proceso político inclusivo, en consonancia con sus resoluciones pertinentes, sobre la base del Acuerdo Político Libio y la hoja de ruta del Foro de Diálogo Político Libio (FDPL) y de las leyes electorales actualizadas y acordadas por el Comité 6+6, y exhorta a la comunidad internacional a que apoye plenamente al Representante Especial Bathily y a la UNSMIL en la ejecución de sus mandatos;
3. Reitera su solicitud de que la UNSMIL aplique las recomendaciones del examen estratégico independiente (S/2021/716), incluso intensificando el uso de las comunicaciones estratégicas para apoyar las actividades de la Misión, reitera además su solicitud de que, al aplicar las recomendaciones del examen estratégico, la UNSMIL estudie todas las opciones para aumentar la eficiencia y redistribuir los recursos existentes, incluso priorizando y reconfigurando tareas y recursos, según sea
4/6 23-20998 S/RES/2702 (2023) necesario y cuando proceda, en particular para facilitar un proceso político eficaz y sostenible y centrándose en ampliar la huella y las operaciones de la Misión en el este de Libia, y solicita al Secretario General que lo mantenga al corriente de la aplicación de las recomendaciones del examen estratégico mediante los informes solicitados en el párrafo 11 de la presente resolución;
4. Recuerda la hoja de ruta del FDPL, lamenta que todavía no se hayan logrado varios de sus entregables ni se hayan cumplido sus plazos, subraya que los objetivos y los principios rectores plasmados en la hoja de ruta del FDPL, en particular sus artículos 1, 2 y 6, siguen siendo pertinentes para el proceso político, incluidos los principios de responsabilidad financiera, lucha contra la corrupción y transparencia, rechaza toda acción que pueda generar violencia o aumentar las divisiones en Libia, y reconoce el deseo del pueblo libio de poder elegir a sus gobernantes mediante elecciones;
5. Insta a las instituciones políticas libias y a las principales partes interesadas a que resuelvan lo antes posible las cuestiones políticamente controvertidas relacionadas con las elecciones que siguen pendientes y, a este respecto, exhorta a las instituciones políticas libias y a las principales partes interesadas a que participen de forma plena y transparente y de buena fe con el Representante Especial Bathily en una negociación dirigida y controlada por los propios libios y facilitada por la UNSMIL con el fin de celebrar elecciones presidenciales y parlamentarias nacionales libres, limpias, transparentes e inclusivas
lo antes posible en todo el país, sobre la base de leyes electorales viables, con miras a lograr, entre otras cosas, la formación de un gobierno libio unificado que pueda gobernar en todo el país y represente a la totalidad del pueblo de Libia;
6. Acoge con beneplácito el apoyo prestado por las Naciones Unidas a la Comisión Nacional Suprema para las Elecciones (CNSE) de Libia, y alienta a que se mantenga ese apoyo para que la CNSE pueda celebrar elecciones presidenciales y parlamentarias nacionales libres, limpias, transparentes e inclusivas en toda Libia, así como elecciones locales en todo el país;
7. Subraya la importancia de que exista un proceso de diálogo y reconciliación nacionales inclusivo, exhaustivo y centrado en las víctimas que se base en los principios de la justicia de transición, acoge con beneplácito los esfuerzos del Consejo Presidencial por poner en marcha el proceso de reconciliación nacional y el apoyo prestado por la Unión Africana a ese respecto, incluso para facilitar la celebración en los próximos meses de una reunión sobre la reconciliación nacional en Libia, acoge con beneplácito, en este sentido, la reunión celebrada el 20 de julio en Brazzaville por el comité preparatorio para la reconciliación nacional, reconoce el importante papel que desempeñan otras organizaciones regionales, como la Liga de los Estados Árabes y la Unión Europea, y exhorta a las instituciones y autoridades libias pertinentes a que apliquen medidas de fomento de la confianza para crear un entorno propicio que permita celebrar elecciones presidenciales y parlamentarias nacionales, incluso garantizando la participación plena, igualitaria, efectiva,
significativa y sin riesgo de las mujeres y la inclusión de representantes de la juventud y la sociedad civil en todas las actividades y decisiones relacionadas con la transición democrática y las iniciativas de reconciliación;
8. Expresa preocupación por la situación humanitaria imperante en Libia, en particular tras las catastróficas inundaciones registradas en el este del país, expresa sus sinceras condolencias a las familias de quienes perdieron la vida y a los afectados, encomia la solidaridad demostrada por el pueblo libio en respuesta a las inundaciones, exhorta a los asociados internacionales a que proporcionen asistencia humanitaria, en coordinación con las autoridades libias y las Naciones Unidas, exhorta a las autoridades libias y a las partes interesadas pertinentes a que permitan y faciliten el
23-20998 5/6 S/RES/2702 (2023) acceso humanitario pleno, seguro y sin trabas a las personas necesitadas, y recalca la necesidad de contar con una plataforma nacional coordinada, apoyada por la UNSMIL, para liberar fondos destinados a las actividades de reconstrucción a largo plazo, y de que la reconstrucción se gestione y distribuya de forma transparente y esté sujeta efectivamente a supervisión y rendición de cuentas ante el pueblo libio;
9. Pone de relieve que no puede haber una solución militar en Libia, exhorta a todas las partes a que se abstengan de recurrir a la violencia o a cualquier otra acción que pueda intensificar las tensiones, exacerbar los conflictos, poner en peligro a la población civil y socavar en Libia el proceso político o el alto el fuego del 23 de
octubre de 2020, que debe aplicarse plenamente, recuerda los recientes enfrentamientos violentos ocurridos en Trípoli en agosto de 2023 y en Bengasi a principios de octubre, y solicita a la UNSMIL que, con arreglo a su mandato y sus recursos actuales, facilite las medidas de fomento de la confianza, el diálogo y la reconciliación entre los agentes armados para prevenir la violencia y la intensificación del conflicto a través de la mediación y los buenos oficios de la UNSMIL;
10. Recuerda que las medidas establecidas en la resolución 1970 (2011) y modificadas en resoluciones posteriores se aplicarán a las personas y entidades respecto de las cuales el Comité de Sanciones de las Naciones Unidas determine que realizan o apoyan actos que amenazan la paz, la estabilidad o la seguridad de Libia o que obstruyen o menoscaban la feliz conclusión de su transición política, incluso obstruyendo o menoscabando las elecciones, y exige que todos los Estados Miembros cumplan plenamente el embargo de armas impuesto en su resolución 1970 (2011) y modificado en resoluciones posteriores;
11. Insta a todos los Estados Miembros a que respeten plenamente la soberanía, la independencia, la integridad territorial y la unidad nacional de Libia;
12. Exhorta a todas las partes a que apliquen plenamente el acuerdo de alto el fuego del 23 de octubre de 2020, incluido el Plan de Acción acordado por la Comisión Militar Conjunta 5+5 en Ginebra el 8 de octubre de 2021, que se debe aplicar de forma sincronizada, escalonada, gradual y equilibrada, e insta a los Estados Miembros a que
respeten y apoyen su plena aplicación, incluso retirando a la totalidad de las fuerzas, los combatientes y los mercenarios extranjeros de Libia sin más demora;
13. Solicita al Secretario General que lo informe sobre la aplicación de la presente resolución cada 60 días;
14. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
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