🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2704 de 2023

Consejo de Seguridad

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2704 de 2023
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2023

S Naciones Unidas /RES/2704 (2023) Consejo de Seguridad Distr. general 30 de octubre de 2023 Resolución 2704 (2023) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9461a sesión, celebrada el 30 de octubre de 2023 El Consejo de Seguridad, Reafirmando su pleno compromiso con el proceso de paz de la República de Colombia, Recordando todas sus resoluciones, declaraciones de la Presidencia y comunicados de prensa relativos al proceso de paz de Colombia, Acogiendo con beneplácito los avances logrados en el camino hacia la paz en toda Colombia desde que se aprobó el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (el Acuerdo Final), instando a las partes a que, con el apoyo de las instituciones estatales y fuerzas de seguridad competentes, así como de la sociedad civil, incluida la juventud, colaboren para seguir consolidando estos avances y hacer frente a los desafíos que siguen existiendo, en particular la violencia que persiste en las zonas afectadas por el conflicto, mediante la implementación integral del Acuerdo Final, lo que abarca la reforma rural, la participación política inclusiva, sus disposiciones relativas a las cuestiones étnicas y de género, y la lucha contra las drogas ilícitas, incluso a través de programas de sustitución de cultivos, y recordando el impacto desproporcionado del conflicto en las mujeres y sus efectos en las personas pertenecientes a comunidades indígenas y afrocolombianas, Tomando nota de la colaboración de la Comisión de Consolidación de la Paz con el Gobierno de Colombia y aguardando con interés una mayor cooperación,

incluso con los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, a fin de asegurar un enfoque integrado y coherente para la implementación integral del Acuerdo Final, Recordando en particular su resolución 2366 (2017), por la que se estableció la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia (la Misión de Verificación), encargada de verificar la implementación por el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP) de los puntos 3.2 y 3.4 del Acuerdo Final, de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.3.3 del Acuerdo Final, y recordando el positivo papel desempeñado por la Misión de Verificación en ese sentido, poniendo de relieve los esfuerzos de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia por seguir integrando una perspectiva de género como cuestión transversal en su planificación, verificación y presentación de informes, y reconociendo la importancia de otras perspectivas, incluido el desarrollo, y de asegurar que se cuente con la experiencia adecuada en materia de género, según proceda, 23-21043 (S) 2321043 S/RES/2704 (2023) Recordando también su resolución 2574 (2021), por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para incluir la tarea adicional de verificar el cumplimiento y la implementación de las sanciones que imponga la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), y acogiendo con beneplácito los preparativos que está realizando a ese respecto la Misión de Verificación, en colaboración con la JEP, Observando que, con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo Final, las sanciones

de la JEP tendrán como finalidad esencial satisfacer los derechos de las víctimas y consolidar la paz y deberán tener la mayor función restaurativa y reparadora del daño causado, Reconociendo que la Misión de Verificación podría contribuir a fomentar la confianza en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que fue establecido en el Acuerdo Final y es fundamental para que el proceso de paz tenga éxito y para que se satisfagan los derechos de las víctimas del conflicto, Recordando su resolución 2673 (2023), por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para incluir la tarea adicional de monitorear la implementación del punto 1 del Acuerdo Final, relativo a la reforma rural integral, y del punto 6.2, relativo al Capítulo Étnico, Recordando también su resolución 2694 (2023), por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para que monitoree y verifique la implementación del cese al fuego establecido en el Segundo Acuerdo de Cuba entre el Gobierno de Colombia y el Ejército de Liberación Nacional (ELN); y expresando su disposición a considerar la posibilidad de encomendar a la Misión de Verificación la tarea de monitorear y verificar la implementación de un acuerdo de cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y el grupo armado que se autodenomina Estado Mayor Central (EMC) cuando el Secretario General confirme que se ha alcanzado un cese al fuego que incluya protocolos de verificación adecuados, y teniendo en cuenta la información actualizada que proporcione el Secretario General sobre los progresos en la aplicación de la resolución 2694 (2023),

1. Decide prorrogar el mandato de la Misión de Verificación hasta el 31 de octubre de 2024;

2. Expresa su disposición a trabajar con el Gobierno de Colombia sobre la nueva prórroga del mandato de la Misión de Verificación tomando como base el acuerdo entre las partes.

2/2 23-21043

Consultar sobre este documento ...