CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2705 de 2023
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2705 de 2023
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2023
S Naciones Unidas /RES/2705 (2023) Consejo de Seguridad Distr. general 31 de octubre de 2023 Resolución 2705 (2023) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9463a sesión, celebrada el 31 de octubre de 2023 El Consejo de Seguridad, Recordando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Somalia, Reafirmando su respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia, Subrayando la importancia de consolidar los avances en materia de paz y seguridad logrados en Somalia, Encomiando el apoyo prestado por la Unión Africana, la Unión Europea y los donantes por conducto de la Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS), las Naciones Unidas por conducto de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM), la Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS) y sus organismos, fondos y programas, por el Grupo de Expertos sobre Somalia, tanto a Somalia como al Comité 751, y por los asociados bilaterales de Somalia, Poniendo de relieve que su objetivo fundamental es mantener la paz y la estabilidad en Somalia proporcionando apoyo para la construcción del Estado y la consolidación de la paz y promoviendo las prioridades nacionales de Somalia, Poniendo de relieve la importancia de que el sistema de las Naciones Unidas y la comunidad internacional presten un apoyo eficaz e integrado para la paz a largo plazo, incluso reforzando la creación de capacidad del Gobierno Federal de Somalia (GFS), con miras a lograr la paz, la estabilidad y la prosperidad y respaldar el logro
de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Agenda 2063 de la Unión Africana, Reiterando la importancia del diálogo y los procesos de reconciliación local inclusivos para la estabilidad de Somalia, y recalcando que la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres contribuirá a impulsar las prioridades nacionales y respaldar la reconciliación, la seguridad y la transición hacia el fin del apoyo internacional en materia de seguridad, con arreglo al Plan de Transición de Somalia (PTS) y la estructura de seguridad nacional, Alentando a que se reanude el diálogo entre el GFS y “Somalilandia” para fomentar la confianza, reforzar la coordinación política e impulsar la agenda de construcción del Estado, 23-21113 (S) 2321113 S/RES/2705 (2023) Expresando su preocupación por la situación imperante en Laascaanood, localidad ubicada en la región de Sool, en el norte de Somalia, y las zonas aledañas, exhortando a todas las partes a que sigan actuando con moderación y alentando a que las controversias se resuelvan por medios pacíficos, y recordando su comunicado de prensa de 7 de junio de 2023, en el que se acogían con beneplácito los esfuerzos y las iniciativas del GFS, Etiopía y los ancianos de los clanes, Alentando al GFS a que siga colaborando con la Comisión de Consolidación de la Paz de las Naciones Unidas para reforzar el apoyo internacional a los objetivos de consolidación de la paz de Somalia, observando el potencial que tienen la cooperación
y el apoyo internacionales para la consolidación de la paz y la reconstrucción y el desarrollo posconflicto en Somalia, si se brindan con arreglo a las prioridades definidas por el GFS, y observando además, a este respecto, la Política de la Unión Africana para la Reconstrucción y el Desarrollo Posconflicto y el establecimiento de su centro especializado en El Cairo, Expresando grave preocupación porque Al-Shabaab sigue representando una seria amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia y de la región, condenando en los términos más enérgicos los atentados terroristas perpetrados en Somalia y los Estados vecinos, expresando profunda preocupación por las muertes de civiles a causa de esos ataques, reiterando su determinación de apoyar iniciativas integrales para reducir la amenaza que plantea Al-Shabaab, y expresando preocupación además porque siguen estando presentes en Somalia afiliados vinculados al EIIL (Dáesh), Recalcando la importancia de adoptar un enfoque holístico, pangubernamental y pansocial, que incluya la plena participación de las mujeres, para contrarrestar el terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo, implementándolo de conformidad con el derecho internacional aplicable, así como medidas para abordar las dimensiones humanitaria, socioeconómica y de gobernanza, seguridad, derechos humanos y desarrollo de ese problema, incluidos el empleo juvenil y la erradicación de la pobreza, y poniendo de relieve la importancia de la cooperación regional e internacional para contrarrestar el terrorismo, obstaculizar su financiación y los flujos financieros ilícitos y detener el tráfico de armas,
Expresando seria preocupación por la situación humanitaria de Somalia, alentando a los Estados a que intensifiquen su apoyo humanitario a Somalia y pidiendo que todas las partes en el conflicto permitan y faciliten, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario aplicable, y de manera compatible con los principios rectores de la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas (resolución 46/182 de la Asamblea General de las Naciones Unidas), a saber, humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, la prestación rápida y sin trabas de asistencia humanitaria para ayudar a las personas necesitadas en toda Somalia, Condenando enérgicamente los ataques contra civiles, incluido el personal humanitario, y cualquier ataque ilegal contra bienes de carácter civil en situaciones de conflicto, así como el uso indiscriminado de armas, en particular en zonas densamente pobladas, y sus consecuencias para la población civil, exhortando a todas las partes en el conflicto a que se abstengan de recurrir a esas prácticas conforme a sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, Expresando profunda preocupación por la grave amenaza que plantean los artefactos explosivos improvisados (AEI), los restos explosivos de guerra y la proliferación de armas y municiones para la población civil de Somalia, el personal 2/8 23-21113 S/RES/2705 (2023) de las Naciones Unidas, los efectivos de la Unión Africana y las fuerzas nacionales de seguridad, que tienen consecuencias sociales y económicas graves y duraderas, impiden el desarrollo sostenible e inhiben las iniciativas de construcción del Estado
y estabilización, Alentando a la coordinación entre el GFS, los estados miembros federados (EMF) de Somalia, los donantes y la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA), según proceda, para garantizar que al distribuir la ayuda humanitaria, incluida la ayuda en especie, se tenga en cuenta el género y la edad y se responda a las distintas necesidades de la población y se llegue adecuadamente a quienes se encuentran en situaciones de vulnerabilidad, que pueden enfrentarse a obstáculos específicos para acceder a la asistencia y la protección, Encomiando al GFS por elaborar su Marco del Plan Nacional de Adaptación, reconociendo los efectos adversos que tienen en la situación humanitaria y la estabilidad de Somalia factores como el cambio climático, la degradación ambiental, otros cambios ecológicos y los desastres naturales, incluidas las inundaciones, la sequía, la desertificación, la inseguridad alimentaria y la degradación de las tierras, y recordando la declaración de su Presidencia S/PRST/2011/15, Recordando la resolución 2417 (2018) y la declaración de su Presidencia S/PRST/2023/4, así como el vínculo entre los conflictos armados y la inseguridad alimentaria originada por los conflictos y la amenaza de hambruna, Observando la importancia de las comunicaciones eficaces y estratégicas para la ejecución del mandato de la UNSOM, y poniendo de relieve la necesidad de seguir mejorando la capacidad de la UNSOM a este respecto, particularmente en lo que se refiere a la consolidación de la paz, la construcción del Estado, la reconciliación, la prevención de conflictos, la lucha contra el extremismo violento que conduce al
terrorismo, la educación cívica, la inclusión de las mujeres en los procesos políticos, la protección de los derechos humanos y la agenda sobre la juventud, la paz y la seguridad, Acogiendo con beneplácito la cooperación entre la UNSOM, la UNSOS, el equipo de las Naciones Unidas en el país y la ATMIS, subrayando la importancia de la colaboración entre las Naciones Unidas, la Unión Africana, la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo, otros asociados multilaterales y bilaterales y Somalia, y alentando a todas las entidades a que continúen estrechando aún más su relación a todos los niveles, incluso por conducto del Foro de Coordinación del Personal Directivo Superior,
1. Decide prorrogar hasta el 31 de octubre de 2024 el mandato y las tareas de la UNSOM en Somalia establecidos en las resoluciones 2158 (2014) y 2592 (2021);
2. Solicita a la UNSOM que siga manteniendo y reforzando su presencia en toda Somalia, en consulta con el Gobierno Federal de Somalia (GFS) y los estados miembros federados (EMF), y que siga estrechando su cooperación con Somalia y la Unión Africana, con sujeción a las medidas de seguridad de las Naciones Unidas y siempre que la situación de la seguridad lo permita, y reconoce que el contexto político y de la seguridad de Somalia afectará a la capacidad de la UNSOM para cumplir su mandato;
3. Alienta a la UNSOM a que siga coordinando las iniciativas de las Naciones Unidas y aprovechando al máximo los enfoques conjuntos y la programación conjunta en los ámbitos pertinentes, en plena cooperación con el GFS y los EMF, para apoyar
al GFS y los EMF en sus esfuerzos por: a) Adoptar un enfoque realista y gradual para impulsar la construcción del Estado, incluido el desarrollo de su sistema federal y el proceso de revisión 23-21113 3/8 S/RES/2705 (2023) constitucional, y garantizar la participación y la inclusión de todas las partes interesadas, incluidas las mujeres, la juventud y la sociedad civil; b) Celebrar elecciones libres y limpias, mediante procesos inclusivos y transparentes a nivel nacional y local con calendarios acordados; c) Impulsar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en estrecha colaboración con el equipo de las Naciones Unidas en el país, prestar asesoramiento estratégico para la creación de capacidad institucional conforme al Plan Nacional de Desarrollo de Somalia y el Marco de Cooperación de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible, colaborar con las instituciones financieras internacionales a fin de apoyar la movilización de asistencia económica y para el desarrollo, y asegurar la cooperación efectiva e integrada de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas y promover la cooperación con los asociados pertinentes, con miras a aprovechar al máximo la financiación para el desarrollo en Somalia, incluso en respuesta al cambio climático, las inundaciones, la sequía y las plagas de langosta; y, en el contexto de las operaciones militares en curso contra Al-Shabaab, a que apoye al GFS y los EMF: d) Respaldando la ampliación de la autoridad del Gobierno y expandiendo su función de coordinación en materia de estabilización, reuniendo apoyo de donantes para ayudar a las autoridades a proporcionar servicios básicos e impulsar la
reconciliación comunitaria, incluso en las zonas recientemente recuperadas de AlShabaab y las zonas frágiles, teniendo en cuenta las necesidades específicas de las personas vulnerables y las dinámicas sociales locales; e) Acelerando la aplicación de la estrategia nacional de estabilización y los planes de estabilización a nivel estatal; f) Apoyando la consolidación de la paz, incluso mediante lo siguiente: i) Establecimiento de la gobernanza local, la prestación de servicios y los procesos democráticos, incluida la formación de consejos de distrito; ii) Establecimiento de disposiciones en materia de seguridad acordes con la estructura de seguridad nacional y el estado de derecho; y iii) Prestación de apoyo a Somalia para velar por que existan y se ejecuten planes destinados a: 1) Proteger a la población civil y las comunidades de las zonas que son objeto de operaciones militares antes, en el transcurso y después de los enfrentamientos militares; 2) Garantizar un apoyo oportuno y equilibrado a todas las zonas, incluidas las recientemente recuperadas de Al-Shabaab y las zonas frágiles;
4. Recuerda su comunicado de prensa de 7 de junio de 2023 y el párrafo 6 b) de la resolución 2592 (2021) y solicita a la UNSOM que siga prestando apoyo a los esfuerzos emprendidos por el GFS para tratar de lograr la reconciliación entre los clanes y dentro de ellos a nivel local, regional y nacional con miras a resolver por medios pacíficos la controversia de Laascaanood y las zonas aledañas, incluso colaborando con todas las partes cuando sea necesario;
5. Observa la Estrategia Ambiental del Departamento de Apoyo Operacional de las Naciones Unidas (fase II), que hace hincapié en la buena gestión de los recursos y en que las misiones dejen un legado positivo, y señala el objetivo de ampliar el uso de energías renovables en las misiones para mejorar la seguridad, ahorrar gastos, ofrecer eficiencias y beneficiar a la propia misión;
4/8 23-21113
S/RES/2705 (2023)
6. Alienta al GFS y los EMF a que estrechen la cooperación y la colaboración a todos los niveles a fin de: a) Hacer progresos para concluir la redacción de la Constitución, lo que incluye finalizar la legislación necesaria, de manera compatible con las obligaciones de Somalia en virtud del derecho internacional; b) Preparar las elecciones nacionales y locales; c) Implementar la estructura de seguridad nacional y el modelo de justicia a nivel federal, estatal y local, y cumplir el Plan de Transición de Somalia; d) Promover la reconciliación política, nacional y local; e) Crear un entorno político y de seguridad propicio para que los procesos democráticos sean más inclusivos en toda Somalia, a fin de fomentar el pluralismo político e incluir a los partidos políticos legalmente constituidos, entre ellos los de la oposición; f) Recordando la resolución 1325 (2000) y todas las resoluciones posteriores sobre las mujeres, la paz y la seguridad: i) Fomentar el empoderamiento político, social y económico de las mujeres; ii) Asegurar la participación plena, igualitaria y significativa de las mujeres, así como su implicación y representación en todos los niveles, incluso en el
contexto de la consolidación de la paz, la reconciliación y la reforma del sector de la seguridad; iii) En el contexto de las elecciones, y como se prevé en la Carta de las Mujeres Somalíes, cumplir sus compromisos de garantizar que las mujeres ocupen al menos el 30 % de los escaños en ambas cámaras del Parlamento; y iv) Apoyar los derechos de las mujeres, incluidos sus derechos sociales, culturales y económicos, eliminando la pobreza y proporcionando oportunidades en materia de educación, empleo y desarrollo; g) Promover la participación y la inclusión de las personas pertenecientes a clanes minoritarios, la juventud y las personas con discapacidad; h) Defender los derechos a la libertad de expresión, asociación, reunión pacífica y circulación, incluida la capacidad de los periodistas para trabajar libremente, y condenar el discurso de odio y la incitación a la violencia; y i) Aumentar la supervisión civil de su aparato de seguridad, a fin de: i) Seguir adoptando y aplicando procedimientos apropiados para verificar los antecedentes de todo el personal de defensa y seguridad, incluidos los antecedentes en materia de derechos humanos; e ii) Investigar y enjuiciar, según proceda, a los responsables de violaciones del derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el derecho de los derechos humanos, y de actos de violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto, y, en este contexto, recuerda la importancia de la política del Secretario General de diligencia debida en materia de derechos humanos y su aplicación en relación con el apoyo prestado por las Naciones Unidas a las instituciones y las fuerzas de seguridad
somalíes y la ATMIS;
7. Expresa su preocupación por todas las violaciones del derecho internacional humanitario y las violaciones y los abusos de los derechos humanos, incluidos los que entrañan violencia sexual y de género en los conflictos, y:
23-21113 5/8 S/RES/2705 (2023) a) Exhorta a todas las partes a que cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional aplicable, incluido el derecho internacional humanitario, en particular con respecto a la protección de la población civil y los bienes de carácter civil; b) Reitera la urgente e imperiosa necesidad de que se obligue a rendir cuentas a todos los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario y de violaciones y abusos de los derechos humanos; y c) Pone de relieve la importancia de proteger y promover el derecho a la libertad de expresión y de proteger a los periodistas y otros profesionales de los medios de comunicación y al personal asociado;
8. Encomia los recientes avances en la legislación nacional de Somalia con respecto a la justicia juvenil y los derechos de la infancia, expresa profunda preocupación por el elevado número de casos verificados de las “seis violaciones graves” contra la infancia que se documentan en el informe anual del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados (S/2023/363), incluido el elevado número de violaciones graves atribuidas a Al-Shabaab, y: a) Exige a todas las partes en el conflicto que adopten medidas adecuadas a los siguientes fines: i) Hacer cesar y prevenir las violaciones y los abusos contra la infancia, incluidas las “seis violaciones graves”, de conformidad con las obligaciones
aplicables en virtud del derecho internacional; ii) Identificar a los responsables de tales violaciones y abusos y obligar a los perpetradores a rendir cuentas; iii) Considerar principalmente como víctimas a los niños vinculados a fuerzas armadas y grupos armados o que hayan sido liberados o separados de cualquier modo de esas fuerzas y grupos, con arreglo a los Principios de París suscritos por el GFS, y velar por que sean entregados a instancias civiles de protección infantil; y iv) Poner fin a la detención de todos los niños acusados de delitos contra la seguridad nacional cuando ello contravenga el derecho internacional aplicable; b) Exhorta al GFS a que aplique plenamente lo siguiente: i) La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 1989; ii) Los dos planes de acción para hacer cesar y prevenir el reclutamiento y la utilización de niños y su matanza y mutilación, firmados por el GFS en 2012; iii) La hoja de ruta firmada en 2019 por el GFS para acelerar la aplicación de los planes de acción de 2012, incluso a nivel local; iv) Los procedimientos operativos estándar de 2014 sobre la entrega de niños presuntamente vinculados a grupos armados; y v) Las directrices para determinar la edad y la lista de comprobación estandarizada aprobadas por el GFS en julio de 2023;
9. Condena enérgicamente cualquier uso indebido u obstrucción de la asistencia humanitaria, incluidos los actos de violencia, los ataques y las amenazas contra el personal humanitario y médico y contra sus medios de transporte y su equipo, así como contra los hospitales y otras instalaciones médicas en contravención
del derecho internacional, y: 6/8 23-21113 S/RES/2705 (2023) a) Exige que todas las partes permitan y faciliten, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional, el acceso pleno, seguro, rápido y sin trabas para entregar oportunamente ayuda a las personas necesitadas en toda Somalia con arreglo a los principios humanitarios mediante: i) El desmantelamiento de los puestos de control ilegales; ii) La eliminación de las restricciones administrativas y burocráticas; y iii) La protección de los agentes humanitarios y las comunidades contra cualquier tipo de represalias o medidas punitivas por tratar de negociar el acceso con las partes en el conflicto o por prestar asistencia humanitaria o médica conforme al derecho internacional humanitario; b) Subraya la importancia de la transparencia y la rendición de cuentas en la prestación de apoyo humanitario; y c) Reconoce el papel que pueden desempeñar los líderes locales y de los clanes y los líderes religiosos en la facilitación y la negociación del acceso humanitario en toda Somalia, y alienta a que se siga apoyando al personal humanitario internacional y nacional y a los líderes locales y proporcionándoles protección contra cualquier tipo de represalias por tratar de facilitar el acceso en las zonas fuera del control del Gobierno con fines humanitarios;
10. Exhorta al GFS y los EMF y a todas las instancias pertinentes a que faciliten, apoyen y, cuando proceda, apliquen soluciones duraderas para los desplazamientos internos, como la integración o el reasentamiento locales, y a que creen condiciones propicias para el regreso voluntario, seguro, digno y sostenible de
los refugiados y los desplazados internos, en consulta con ellos y en consonancia con los marcos nacionales y las obligaciones internacionales aplicables, con el apoyo de la comunidad internacional;
11. Recuerda la necesidad de que el GFS prosiga su labor de establecer y poner en marcha la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional y el Consejo Superior de la Magistratura con arreglo a la Constitución provisional, las obligaciones de Somalia en virtud del derecho internacional y la legislación pertinente, y exhorta al GFS a que: a) Promueva y proteja los derechos de las personas con discapacidad y las personas pertenecientes a grupos minoritarios; b) Aplique legislación encaminada a proteger los derechos humanos e investigar y enjuiciar a los autores de delitos que entrañen violaciones o abusos de los derechos humanos, violaciones del derecho internacional humanitario y violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto; c) Vele por que la legislación sea compatible con sus obligaciones en virtud del derecho internacional y los compromisos relativos a la protección de la infancia y las mujeres; d) Con el apoyo de las Naciones Unidas, acelere la aplicación del Comunicado Conjunto y la aprobación y aplicación del Plan de Acción Nacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad; y e) Promueva y proteja, a través del Ministerio de Asuntos de la Mujer y Promoción de los Derechos Humanos, los derechos humanos en Somalia, lo que abarca la protección frente a actos de violencia sexual y de género;
12. Resalta la importancia de que las Naciones Unidas y el GFS y los EMF consideren las consecuencias adversas de factores como el cambio climático, la
degradación ambiental, otros cambios ecológicos y los desastres naturales en los 23-21113 7/8 S/RES/2705 (2023) programas que implementen en Somalia, incluso mediante evaluaciones y estrategias de gestión de los riesgos relacionados con esos factores que sean exhaustivas y tengan en cuenta el género, reconociendo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París;
13. Recuerda las recomendaciones del examen estratégico de la UNSOM
(S/2022/716), que posteriormente hizo suyas, y pide que se apliquen las recomendaciones de forma oportuna, que incluyen planificar la elaboración de una hoja de ruta para la futura transición de la UNSOM al equipo de las Naciones Unidas en el país, finalizar la revisión de la dotación de personal y la configuración de la UNSOM, y llegar a un entendimiento común del estado final;
14. Solicita al Secretario General que le presente los informes siguientes: a) Actualizaciones periódicas de la situación en Somalia y la ejecución del mandato de la UNSOM que abarquen el cumplimiento de los criterios de referencia fijados en el examen estratégico, incluso presentándole exposiciones informativas y al menos tres informes por escrito, el primero a más tardar el 1 de febrero de 2024 y los siguientes cada 120 días; y b) Una actualización sobre los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones que figuran en el examen estratégico (S/2022/716) a más tardar el 1 de septiembre de 2024;
15. Afirma que seguirá examinando la situación imperante en Somalia y estará dispuesto a revisar las disposiciones de la presente resolución en cualquier momento si es necesario, a la luz de la evolución de los acontecimientos políticos y la situación del país;
16. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.
8/8 23-21113