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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2732 de 2024

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2732 de 2024
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2024

Naciones Unidas S/RES/2732 (2024)

Consejo de Seguridad

Distr. general 31 de mayo de 2024

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Resolución 2732 (2024)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9642 a sesión, celebrada el 31 de mayo de 2024

El Consejo de Seguridad , Recordando todas sus anteriores resoluciones pertinentes sobre el Iraq, en particular las resoluciones 1500 (2003) , 1546 (2004) , 1557 (2004) , 1619 (2005) , 1700 (2006) , 1770 (2007) , 1830 (2008) , 1883 (2009) , 1936 (2010) , 2001 (2011) , 2061 (2012) , 2110 (2013) , 2169 (2014) , 2233 (2015) , 2299 (2016) , 2379 (2017) , 2421 (2018) , 2470 (2019) , 2522 (2020) , 2576 (2021) , 2631 (2022) y 2682 (2023) , y reiterando lo dispuesto en las resoluciones 2107 (2013) y 2621 (2022) relativas a la situación entre el Iraq y Kuwait, y los valores enunciados en la resolución 2367 (2017) , Reafirmando la independencia, l a soberanía, la unidad y la integridad territorial del Iraq, y poniendo de relieve la importancia que su estabilidad, prosperidad y seguridad tienen para el pueblo iraquí, la región y la comunidad internacional, particularmente a la luz de la victoria terr itorial del Iraq sobre el EIIL (Dáesh), y

del Iraq, y poniendo de relieve la importancia que su estabilidad, prosperidad y seguridad tienen para el pueblo iraquí, la región y la comunidad internacional, particularmente a la luz de la victoria terr itorial del Iraq sobre el EIIL (Dáesh), y alentando al Iraq y los países vecinos a que, manteniendo estrechas consultas, realicen actividades de divulgación y buenos oficios para apoyar el diálogo y la cooperación regionales, cuando proceda, Apoyando al Iraq mientras prosigue su labor de estabilización, incluida la lucha constante contra el terrorismo, en particular contra el EIIL (Dáesh) y Al -Qaida y sus afiliados, con arreglo a sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluidos el derecho in ternacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, y mientras continúa las tareas de recuperación, reconstrucción y estabilización, con el requisito de satisfacer las necesidades de todos los iraquíes, incluidas las mujeres, la juv entud y la infancia, las personas desplazadas y las que pertenecen a minorías étnicas y religiosas, Apoyando al Gobierno del Iraq mientras continúa efectuando reformas encaminadas a satisfacer las legítimas aspiraciones del pueblo iraquí para hacer frente a la corrupción, respetar y proteger los derechos humanos de todas las personas en el Iraq, promover la rendición de cuentas por las violaciones y los abusos de los derechos humanos, prestar servicios esenciales, diversificar la economía, crear empleo, me jorar la gobernanza, hacer frente al cambio climático y los problemas ambientales y relacionados con el agua y reforzar la viabilidad y la capacidad de respuesta de las instituciones del Estado, incluido el sector de la seguridad,S/RES/2732 (2024)

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ambientales y relacionados con el agua y reforzar la viabilidad y la capacidad de respuesta de las instituciones del Estado, incluido el sector de la seguridad,S/RES/2732 (2024)

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Reconociendo los esfuer zos del Gobierno del Iraq en tal sentido, incluida la labor encaminada a aplicar plenamente la Ley de las Supervivientes Yazidíes y desembolsar los pagos y otras prestaciones exigidas por la ley a las supervivientes y las víctimas, y observando las medidas adoptadas por las instituciones del Estado con el fin de redoblar sus esfuerzos para lograr que rindan cuentas los responsables de violaciones y abusos de los derechos humanos, como muertes, lesiones graves, secuestros o desapariciones de manifestantes y periodistas, incluidas mujeres, y para salvaguardar y respetar el estado de derecho y el derecho a la libertad de expresión, observando además los esfuerzos realizados por el Gobierno del Iraq para implementar su Plan de Acción Nacional sobre las Mujeres, la Paz y la Seguridad y el Comunicado Conjunto de las Naciones Unidas y el Iraq sobre la Prevención y Respuesta frente a la Violencia Sexual Relacionada con los Conflictos, de 2016, y para exigir cuentas a quienes perpetren actos de violencia sexual relaci onada con el conflicto y proporcionar apoyo psicosocial y de salud mental a todas las víctimas, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Gobierno del Iraq por ayudar a los desplazados internos y los iraquíes desplazados en Siria a regresar a sus zonas de origen y reintegrarse en ellas o reasentarse en otros lugares del Iraq, pidiendo de nuevo que se brinde apoyo internacional a esos esfuerzos, y destacando la importancia

origen y reintegrarse en ellas o reasentarse en otros lugares del Iraq, pidiendo de nuevo que se brinde apoyo internacional a esos esfuerzos, y destacando la importancia de lograr soluciones dignas, seguras y duraderas por las que se opte de manera voluntaria e informada, Acogiendo con beneplácito los esfuerzos del Gobierno del Iraq por hacer frente a los efectos adversos del cambio climático y los desastres naturales, Exhortando a la comunidad internacional a que apoye soluciones duraderas e iniciativas de desarrollo mientras el Gobierno del Iraq asume la responsabilidad de prestar servicios humanitarios, Observando las recomendaciones que se hacen en el examen estratégico independiente de fecha 28 de marzo de 2024 a fin de simplificar las actividades de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas para el Iraq (UNAMI),

1. Toma nota de la carta del Gobierno del Iraq de fecha 8 de mayo de 2024 y decide prorrogar el mandato de la UNAMI por un último período de 19 meses, hasta el 31 de diciembre de 2025, tras el cual la UNAMI suspenderá toda su labor y sus operaciones, salvo los aspectos pendientes de la liquidación de la Misión conforme al párrafo 2;

2. Solicita que el Secreta rio General prepare, en consulta con el Gobierno del Iraq, un plan de transición y liquidación, que deberá completarse antes del 31 de diciembre de 2024, para que la UNAMI inicie el traspaso de sus tareas, así como la reducción y la retirada ordenadas y en condiciones de seguridad de su personal y sus activos, y que el plan incluya la fecha en que finalizarán las actividades de liquidación en el Iraq;

3. Decide autorizar, por un período que se determinará en función de los

reducción y la retirada ordenadas y en condiciones de seguridad de su personal y sus activos, y que el plan incluya la fecha en que finalizarán las actividades de liquidación en el Iraq;

3. Decide autorizar, por un período que se determinará en función de los procedimientos administrativos s ujetos al Reglamento Financiero y la Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas, la retención de unidades de guardia de la presencia actual de la UNAMI para proteger al personal, las instalaciones y los activos de la Misión, incluso durante el período de liquidación;

4. Exhorta al Gobierno del Iraq a que coopere plenamente con las Naciones Unidas durante la transición, la reducción y la liquidación de la UNAMI;

5. Encomia los esfuerzos del Gobierno del Iraq por resolver las cuestiones internas en el país y avanzar hacia la consecución de los hitos establecidos en el programa y las prioridades del Gobierno del Iraq, que incluyen celebrar a su debido tiempo elecciones parlamentarias al Consejo de Representantes del Iraq y la RegiónS/RES/2732 (2024)

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del Kurdis tán Iraquí, preservar y fortalecer las instituciones operativas para sostener un diálogo estructurado y periódico, y reforzar unos órganos nacionales de derechos humanos que sean eficaces e independientes;

6. Observa la solicitud del Gobierno del Iraq de que se reduzcan las actividades de la UNAMI, formulada en su carta de fecha 8 de mayo de 2024, y solicita al Secretario General que simplifique las tareas de la UNAMI, a saber: a) Prestar asesoramiento, apoyo y asistencia técnica al Gobierno del Iraq, la Comisión Suprema Independiente para las Elecciones y otras instituciones iraquíes

solicita al Secretario General que simplifique las tareas de la UNAMI, a saber: a) Prestar asesoramiento, apoyo y asistencia técnica al Gobierno del Iraq, la Comisión Suprema Independiente para las Elecciones y otras instituciones iraquíes en sus esfuerzos por mejorar los preparativos y los procesos electorales para velar por que se celebren elecciones libres y limpias, con la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las mujeres, incluidas las elecciones parlamentarias federales del Iraq y las elecciones parlamentarias de la Región del Kurdistán Iraquí, mediante procesos transparentes e inclusivos y con exámenes técnicos periódicos e informes detallados sobre los preparativos y los procesos electorales enmarcados en el ciclo ordinario de presentación de informes del Secretario General; b) Facilitar, dentro del período de transición, los avances hacia la resolución definitiva de las cuest iones pendientes entre el Iraq y Kuwait, incluida la devolución de los bienes kuwaitíes y los Archivos Nacionales, y la repatriación o el regreso de todos los nacionales kuwaitíes y de terceros países o de sus restos mortales, de conformidad con la resoluc ión 2107 (2013) , y solicita al Secretario General que formule recomendaciones a más tardar el 31 de mayo de 2025 y se las presente para establecer un mecanismo de segui miento adecuado que permita seguir avanzando en caso de que esas cuestiones no se hayan resuelto cuando termine el mandato de la UNAMI; c) Promover, apoyar y facilitar las siguientes tareas humanitarias y de desarrollo, en coordinación con el Gobierno de l Iraq y de conformidad con el plan de transición del Secretario General para la UNAMI, que deberá completarse a más

UNAMI; c) Promover, apoyar y facilitar las siguientes tareas humanitarias y de desarrollo, en coordinación con el Gobierno de l Iraq y de conformidad con el plan de transición del Secretario General para la UNAMI, que deberá completarse a más tardar el 31 de diciembre de 2024: i) El regreso o la integración local, según proceda, de manera informada, voluntaria y digna y en condi ciones de seguridad, de los desplazados internos y los iraquíes desplazados en Siria, incluso mediante las gestiones del equipo de las Naciones Unidas en el país, si bien acoge con beneplácito las medidas nacionales adoptadas a este respecto, y el acceso o portuno a la asistencia jurídica y la documentación civil de los desplazados internos y los iraquíes desplazados en Siria, incluidas las personas con riesgo de apatridia, particularmente los niños sin registro de nacimiento u otra documentación de identida d jurídica, programas dedicados a la reintegración de los desplazados y los supervivientes de atentados y atrocidades terroristas, y apoyo a la reconstrucción de las zonas liberadas del EIIL/Dáesh; ii) La coordinación y ejecución de programas para mejorar la capacidad del Iraq de prestar efectivamente a su población servicios públicos y sociales esenciales, como la atención sanitaria, incluidos los servicios de apoyo psicosocial, y la educación, y para seguir apoyando la coordinación regional e internacion al de los donantes del Iraq con el fin de reforzar la titularidad nacional con arreglo a las necesidades del país; iii) Las iniciativas del Iraq, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y otras instancias sobre la reforma económica, la creación de capacidad y el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo

nacional con arreglo a las necesidades del país; iii) Las iniciativas del Iraq, el Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y otras instancias sobre la reforma económica, la creación de capacidad y el establecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo sostenible, el aumento de la resiliencia, y la recuperación y la reconstrucción, incluso en las zonas afectadas por el terrorismo, entre otras cosas mediante laS/RES/2732 (2024)

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coordinació n con instituciones nacionales y organizaciones regionales y, según proceda, con la sociedad civil, los donantes y otros organismos internacionales; iv) Las contribuciones de los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas al logro de los objeti vos enunciados en la presente resolución bajo el liderazgo unificado del Secretario General, por conducto de su Representante Especial para el Iraq y con la asistencia del Representante Especial Adjunto que han designado; d) Promover la rendición de cuent as y la protección de los derechos humanos, así como la reforma judicial y jurídica, pero respetando plenamente la soberanía del Iraq y la titularidad nacional, con el fin de reforzar el estado de derecho, mejorar la gobernanza en el Iraq y apoyar los obje tivos y proyectos de desarrollo económico del Gobierno del Iraq; e) Señalar, encomiando al mismo tiempo al Gobierno del Iraq por firmar e implementar el Plan de Acción Nacional y esforzarse por cumplir sus compromisos en coordinación con los organismos p ertinentes de las Naciones Unidas, la importancia de que se trate a los niños afectados por conflictos armados ante todo como víctimas, y alentar al Gobierno del Iraq y al equipo de las Naciones Unidas en

en coordinación con los organismos p ertinentes de las Naciones Unidas, la importancia de que se trate a los niños afectados por conflictos armados ante todo como víctimas, y alentar al Gobierno del Iraq y al equipo de las Naciones Unidas en el país, incluido el UNICEF, a que fortalezcan la p rotección infantil, incluida la reintegración de los niños en consonancia con la legislación nacional del Iraq y sus obligaciones en virtud del derecho internacional, y a que sigan institucionalizando las medidas adoptadas al implementar el Plan de Acción;

7. Reconoce que la seguridad del personal de las Naciones Unidas es esencial para que la Organización pueda realizar su labor en beneficio del pueblo iraquí, y exhorta al Gobierno del Iraq a que continúe prestando apoyo logístico y de seguridad a la pre sencia de las Naciones Unidas en el país;

8. Solicita al Secretario General que lo informe cada seis meses, tres veces en total y presentándole el primer informe a más tardar el 30 de noviembre de 2024, sobre los progresos realizados respecto del párrafo 6 hacia el traspaso de todas las responsabilidades de la UNAMI y sus tareas residuales;

9. Decide seguir ocupándose de la cuestión.

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