CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2736 de 2024
Consejo de Seguridad
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2736 de 2024
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2024
Naciones Unidas S/RES/2736 (2024)
Consejo de Seguridad
Distr. general 13 de junio de 2024
24-10680 (S) 2410680
Resolución 2736 (2024)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9655 a sesión, celebrada el 13 de junio de 2024
El Consejo de Seguridad , Reafirmando todas sus anteriores resoluciones, declaraciones de la Presidencia y comunicados de prensa sobre la situación en el Sudán, y reiterando su de cidido compromiso con la soberanía, la unidad, la independencia y la integridad territorial del Sudán, Expresando profunda preocupación por el estallido de los combates en El Fasher y por la posibilidad de una nueva escalada y el riesgo de que sufra daños la población civil, que en su mayoría necesita urgentemente ayuda humanitaria y protección, Expresando grave preocupación por la propagación de la violencia, incluidas las informaciones fidedignas sobre actos de violencia por motivos étnicos, como, entre otros, los perpetrados por las Fuerzas de Apoyo Rápido en El Fasher y sus alrededores y en El Geneina (Darfur Occidental) entre el 24 de abril y el 19 de junio de 2023, condenando todo uso de la fuerza en zonas pobladas contra los civiles y la infraestruc tura crítica civil, incluidos los ataques contra instalaciones médicas y humanitarias, reafirmando las obligaciones de todas las partes en el conflicto en virtud del derecho internacional humanitario, que incluyen respetar y proteger a los
infraestruc tura crítica civil, incluidos los ataques contra instalaciones médicas y humanitarias, reafirmando las obligaciones de todas las partes en el conflicto en virtud del derecho internacional humanitario, que incluyen respetar y proteger a los civiles y procur ar constantemente no causar daño a bienes de carácter civil, incluidos los que son imprescindibles para prestar servicios esenciales a la población civil, y abstenerse de atacar, destruir, retirar o inutilizar bienes que sean indispensables para la supervi vencia de la población civil, así como respetar y proteger al personal humanitario y los envíos utilizados para las operaciones de socorro humanitario, e instando a todas las partes en el conflicto a que protejan la infraestructura civil, que es fundamenta l para la entrega de ayuda humanitaria, incluida la prestación de servicios esenciales con arreglo a la resolución 2573 (2021) , Expresando alarma por las constantes d enuncias de violaciones del derecho internacional humanitario y violaciones y abusos de los derechos humanos, incluidos los casos de violencia sexual y de género, y pidiendo que se rindan cuentas de esas violaciones, Expresando preocupación por la catastrófica situación humanitaria y su deterioro, incluida la inseguridad alimentaria aguda en grado de crisis o peor, y el riesgo inminente de que se declare una hambruna, particularmente en Darfur,S/RES/2736 (2024)
2/3 24-10680
Observando la necesidad de que, a través de fr onteras y líneas, se envíe una asistencia humanitaria plena, rápida, segura, sin trabas y sostenida a Darfur y otras
2/3 24-10680
Observando la necesidad de que, a través de fr onteras y líneas, se envíe una asistencia humanitaria plena, rápida, segura, sin trabas y sostenida a Darfur y otras zonas afectadas por el conflicto, instando a las autoridades sudanesas a que permitan y faciliten el acceso humanitario de los organismos d e las Naciones Unidas y otros agentes humanitarios, instando a las partes en el conflicto a que garanticen que la asistencia humanitaria llegue de forma segura a quienes la necesitan, y acogiendo con beneplácito a este respecto que las autoridades sudanesa s se hayan comprometido recientemente a facilitar el acceso, incluida la autorización de visados y viajes, Condenando el saqueo de las existencias humanitarias, expresando preocupación por la creciente movilización de grupos armados o milicias y pidiendo a todas las partes que ejerzan un mando y un control estrictos sobre sus fuerzas, Reconociendo la importancia de las medidas de distensión y el papel de las gestiones locales encaminadas a resolver las controversias y lograr un alto el fuego en Darfur, en consonancia con las iniciativas de consolidación y establecimiento de la paz con liderazgo y ti tularidad sudaneses, y alentando a las partes en el conflicto a que empoderen a los ancianos y los líderes comunitarios sudaneses para garantizar a nivel local la mitigación de los conflictos y acuerdos de alto el fuego que incluyan mecanismos de vigilanci a, coordinación y enlace,
1. Exige que las Fuerzas de Apoyo Rápido pongan fin al asedio de El Fasher y pide que se ponga fin a los combates de inmediato y se reduzcan las tensiones en El
mecanismos de vigilanci a, coordinación y enlace,
1. Exige que las Fuerzas de Apoyo Rápido pongan fin al asedio de El Fasher y pide que se ponga fin a los combates de inmediato y se reduzcan las tensiones en El Fasher y sus alrededores, y pide además la retirada de todos los com batientes que amenazan la seguridad de los civiles, con el apoyo de los mecanismos locales de mediación, cuando proceda;
2. Exige que todas las partes en el conflicto garanticen la protección de los civiles, incluso permitiendo que los que deseen desplaza rse dentro y fuera de El Fasher a zonas más seguras puedan hacerlo, y recordando que todos los civiles deben ser protegidos conforme al derecho internacional, y solicita al Secretario General que, en consulta con las autoridades sudanesas y las partes inte resadas regionales, formule recomendaciones adicionales para la protección de los civiles en el Sudán, aprovechando los mecanismos de mediación y buenos oficios que ya existen;
3. Pide que se aplique plenamente la Declaración de Compromiso de Yeda para la Protección de la Población Civil del Sudán, y solicita que las partes en el conflicto permitan y faciliten el paso rápido, seguro, sin trabas y sostenido del socorro humanitario para los civiles necesitados, incluso eliminando los impedimentos burocrático s y de otro tipo, y la rápida concesión de los visados y las autorizaciones de viaje pertinentes para el personal humanitario y los suministros esenciales, observa las medidas adoptadas por las autoridades sudanesas a este respecto y las insta a que sigan cooperando, reitera sus llamamientos a todas las partes para que colaboren
de viaje pertinentes para el personal humanitario y los suministros esenciales, observa las medidas adoptadas por las autoridades sudanesas a este respecto y las insta a que sigan cooperando, reitera sus llamamientos a todas las partes para que colaboren estrechamente con los organismos de las Naciones Unidas y otros agentes humanitarios a fin de garantizar que la asistencia humanitaria llegue a quienes la necesitan y, con el acuerd o previo y la coordinación de las autoridades sudanesas, les pide que reabran el paso fronterizo de Adré para la entrega de asistencia humanitaria, y pide además a las partes que retiren a los combatientes en la medida necesaria para que puedan realizarse actividades agrícolas durante toda la temporada de siembra y evitar así que se agrave el riesgo de hambruna;
4. Recalca la urgencia de hacer frente al déficit de financiación del Plan de Respuesta Humanitaria y el Plan Regional de Respuesta para los Refug iados y alienta a los Estados Miembros, los donantes internacionales y los asociados a que se aseguren de que todas las promesas de contribuciones se cumplan íntegra y puntualmente, y a que incrementen las contribuciones para que pueda ampliarse laS/RES/2736 (2024)
24-10680 3/3
asisten cia humanitaria que se necesita para evitar que continúe deteriorándose la situación humanitaria,
5. Exige que todas las partes en el conflicto cumplan sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluidos el derecho internacional de los derecho s humanos aplicable y el derecho internacional humanitario, incluso en lo que respecta a la conducción de las hostilidades y la protección de la población civil y los bienes
virtud del derecho internacional, incluidos el derecho internacional de los derecho s humanos aplicable y el derecho internacional humanitario, incluso en lo que respecta a la conducción de las hostilidades y la protección de la población civil y los bienes de carácter civil, recordando que las instalaciones civiles, que incluyen los hosp itales, las instalaciones médicas, las escuelas, los lugares de culto y las instalaciones de las Naciones Unidas, así como el personal humanitario y el personal de las Naciones Unidas y el personal asociado, tanto el nacional como el de contratación local, y el personal médico, y sus medios de transporte, deben ser respetados y protegidos, de conformidad con el derecho internacional humanitario;
6. Exhorta a todos los Estados Miembros a que se abstengan de cualquier injerencia externa que tenga por objeto fomentar el conflicto y la inestabilidad, y a que en cambio apoyen las iniciativas para lograr una paz duradera, y recuerda a todas las partes en el conflicto y a los Estados Miembros que faciliten la transferencia de armas y material militar a Darfur su o bligación de cumplir las medidas relacionadas con el embargo de armas establecidas en los párrafos 7 y 8 de la resolución 1556 (2004) , y reitera que quienes violen el e mbargo de armas podrán ser designados para que se les impongan sanciones selectivas de conformidad con el párrafo 3 c) de la resolución 1591 (2005) ,
7. Exhorta a las p artes en el conflicto a que procuren un cese inmediato de las hostilidades que conduzca a una solución sostenible del conflicto, mediante el diálogo, con el apoyo continuo del Enviado Personal del Secretario General para el
7. Exhorta a las p artes en el conflicto a que procuren un cese inmediato de las hostilidades que conduzca a una solución sostenible del conflicto, mediante el diálogo, con el apoyo continuo del Enviado Personal del Secretario General para el Sudán, Ramtane Lamamra, y el Gru po de Alto Nivel de la Unión Africana sobre el
Sudán;