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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2741 de 2024

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2741 de 2024
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2024

Naciones Unidas S/RES/2741 (2024)

Consejo de Seguridad

Distr. general 28 de junio de 2024

24-11824 (S) 2411824

Resolución 2741 (2024)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9677ª sesión, celebrada el 28 de junio de 2024

El Consejo de Seguridad , Recordando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Somalia, Reafirmando su pleno respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia, Recalcando la importancia de consolidar los avances en materia de paz y seguridad logrados en Somalia, y reiterando la necesidad de aplicar un enfoque holístico que refuerce los cimientos de la paz y la estabilidad, conforme a las prioridades definidas por el Gobier no de Somalia, Tomando nota del informe del Gobierno Federal de Somalia de fecha 11 de abril de 2024, presentado de conformidad con el párrafo 10 de la resolución 2710 (2023) , y de su solicitud de apoyo continuado para el desarrollo de su sector de la seguridad, Tomando nota del comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 20 de junio de 2024, Tomando nota de la decisión del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de respaldar la solicitud de Somalia de que se aplique un enfoque gradual a la fase 3 de la reducción de la Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS), con la salida de 2 .000 efectivos para el 30 de junio de 2024 y de otros 2.000

la fase 3 de la reducción de la Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS), con la salida de 2 .000 efectivos para el 30 de junio de 2024 y de otros 2.000 efectivos para el 30 de septiembre de 2024, Previendo que, para el 31 de julio de 2024, la Comisión de la Unión Africana finalizará el concepto de operaciones para una operación de apoyo a la paz en Somalia dirigida por la Unión Africana que sustituya a la ATMIS, y observando que dicho concepto de operacione s debe completarse en consulta con la ATMIS, el Gobierno Federal de Somalia y todas las partes interesadas pertinentes, Expresando grave preocupación porque Al -Shabaab sigue representando una seria amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia y la región, Condenando en los términos más enérgicos los atentados terroristas perpetrados en Somalia y los Estados vecinos,S/RES/2741 (2024)

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Exhortando a todas las partes a que actúen cumpliendo plenamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS)

1. Recuerda el párrafo 22 de la resolución 2628 (2022) , cuya ampliación más reciente figura en la resolución 2710 (2023) , y prorroga además sus autorizaciones hasta el 12 de agosto de 2024;

2. Autoriza a los Estados miembros de la Unión Africana a que sigan

reciente figura en la resolución 2710 (2023) , y prorroga además sus autorizaciones hasta el 12 de agosto de 2024;

2. Autoriza a los Estados miembros de la Unión Africana a que sigan desplegando a un máximo de 14.626 efectivos uniformados, incluidos 1.040 efectivos policiales, en la ATMIS hasta el 30 de junio de 2024, y a que para esa fecha completen la reducción de 2.000 efectiv os de la ATMIS acordada por la Unión Africana y el

Gobierno Federal de Somalia;

3. Autoriza a los Estados miembros de la Unión Africana a que desplieguen a un máximo de 12.626 efectivos uniformados, incluidos 1.040 efectivos policiales, en la ATMIS desde el 1 de julio de 2024 hasta el 12 de agosto de 2024;

4. Alienta a los donantes tradicionales de la ATMIS a que sigan prestándole apoyo hasta que efectúe su salida prevista a más tardar el 31 de diciembre de 2024, pide que se amplíe y diversifique la base de donantes para proporcionar la financiación necesaria a la ATM IS y al fondo fiduciario en apoyo de las fuerzas de seguridad somalíes administrado por la UNSOS, y pone de relieve que, con un apoyo adicional para la ATMIS y las fuerzas de seguridad somalíes, Somalia podrá impulsar su lucha contra Al -Shabaab y mejorar la paz y la seguridad en el país y en la región;

Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS)

5. Solicita al Secretario General que siga proporcionando un paquete de apoyo logístico y que, en consulta con la Unión Africana y el Gobierno Federal de

Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS)

5. Solicita al Secretario General que siga proporcionando un paquete de apoyo logístico y que, en consulta con la Unión Africana y el Gobierno Federal de Somalia, actualice el plan de apoyo logístico según proceda, cumpliendo plenamente la Política de Diligencia Debi da en materia de Derechos Humanos (PDDDH) y por conducto de la UNSOS, para: a) La Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM), en régimen de recuperación de costos; b) El personal uniformado de la ATMIS, con arreglo a los párrafos 2 y 3 de la presente resolución y sobre la base establecida en el párrafo 2 de la resolución 2245 (2015) ; y c) Un máximo de 85 efectivos civiles de la ATMIS, a fin de apoyar las tareas militares y policiales de la ATMIS y mejorar la coordinación entre las Naciones

Unidas, la Unión Africana y Somalia;

6. Recuerda el párrafo 2 de la resolución 2245 (2015) y decide mantener vigente la disposición enunciada en los apartados f) y g) para aplicarla a 18.900 efectivos, que aumentarán a 20.900 efectivos a partir del 1 de julio de 2024, del Ejército Nacional Somalí o de la Fuerza de Policía Nacional de Somalia en operaciones conjuntas o coordinadas con la ATMIS que respeten plenamente la PDDDH, hasta el 12 de agosto de 2024;S/RES/2741 (2024)

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Mantener el ímpetu de la transición en materia de seguridad

PDDDH, hasta el 12 de agosto de 2024;S/RES/2741 (2024)

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Mantener el ímpetu de la transición en materia de seguridad

7. Recuerda el informe de Somalia de fecha 11 de abril de 2024 sobre sus necesidades futuras en materia de seguridad, alienta a Somalia a que siga mejorando y aplicando su plan de desarrollo del sector de la seguridad para que pueda asumir finalmente la plena respons abilidad y titularidad de su seguridad, y, a solicitud del Gobierno Federal de Somalia, exhorta a los asociados de Somalia en materia de seguridad a que sigan apoyando la aplicación de ese plan y participen activamente en los esfuerzos de coordinación;

8. Reconoce la labor realizada hasta la fecha por la Unión Africana y Somalia con el fin de establecer un concepto de operaciones acordado para una operación de apoyo a la paz dirigida por la Unión Africana que suceda a la ATMIS, y toma nota de la solicitud del Conse jo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de que la Comisión de la Unión Africana, en consulta con la ATMIS, el Gobierno Federal de Somalia y todas las partes interesadas pertinentes, finalice el concepto de operaciones de la nueva misión a má s tardar el 31 de julio de 2024;

9. Alienta a la Comisión de la Unión Africana a que incluya en el concepto de operaciones: a) Parámetros de referencia, con indicadores e hitos claros para medir los progresos; b) Una estrategia integral de salida;

10. Señala que, una vez que el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana le remita el referido concepto de operaciones, tiene la intención de:

progresos; b) Una estrategia integral de salida;

10. Señala que, una vez que el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana le remita el referido concepto de operaciones, tiene la intención de: a) Programar una sesión del Consejo de Seguridad a más tardar el 2 de agosto de 2024 para examinar el concepto de operaciones y los siguientes pasos; b) Solicitar al Secretario General que colabore urgentemente con el Presidente de la Comisión de la Unión Africana, en consulta con Somalia, los países que aportan contingentes, la Unión Europea y otros donantes, para: i) Finalizar el diseño general de la misión de relevo de la ATMIS, incluidas las consecuencias para las Naciones Unidas; ii) Proporcionar una estimación de los recursos necesarios y sus costos; iii) Articular una serie de opciones para financiar la misión, entre lo que se incluye el marco establecido por la resolución 2719 (2023) , teniendo en cuenta los recursos que se necesiten, en su caso, para aplicar esas opciones ;

11. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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