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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2748 de 2024

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2748 de 2024
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2024

Naciones Unidas S/RES/2748 (2024)

Consejo de Seguridad

Distr. general 15 de agosto de 2024

24-14801 (S) 2414801 Resolución 2748 (2024)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9708 a sesión, celebrada el 15 de agosto de 2024

El Consejo de Seguridad , Recordando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Somalia, Reafirmando su pleno respeto por la soberanía, la integridad territorial, la independencia política y la unidad de Somalia, Recalcando la importancia de consolidar los avances en materia de paz y seguridad logrados en Somalia, reconociendo que la acción militar por sí sola no será suficiente para resolver las amenazas a la paz y la seguridad en Somalia, poniendo de relieve que la protecc ión de los civiles es fundamental para construir una paz sostenible y reiterando la necesidad de aplicar un enfoque holístico que refuerce los cimientos de la paz y la estabilidad, conforme a las prioridades definidas por el Gobierno de Somalia, Tomando nota del informe del Gobierno Federal de Somalia (GFS) de fecha 11 de abril de 2024, presentado en virtud del párrafo 10 de la resolución 2710 (2023) , y de su solicitud de que se siga prestando apoyo para desarrollar su sector de la seguridad, Tomando nota del comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 20 de junio de 2024, que contenía un análisis del conflicto y una evaluación estratégica conjunta de la situación en Somalia, preparados por la

Tomando nota del comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 20 de junio de 2024, que contenía un análisis del conflicto y una evaluación estratégica conjunta de la situación en Somalia, preparados por la Comisión de la Unión Africana en consulta con Somalia, y en el que se consideraban una serie de opciones para la respuesta del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y se solicitaba la elaboración de un proyecto de concepto de las operaciones, Acogiendo con beneplácito el comunicado del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana de 1 de agosto de 2024, por el que se le transmitía, para que lo examinara, el concepto de las operaciones de una operación de apoyo a la paz dirigida por la Unión Africana, denominada Misi ón de Apoyo y Estabilización de la Unión Africana en Somalia (AUSSOM), que sustituiría a la Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS), Expresando grave preocupación porque Al -Shabaab sigue representando una seria amenaza para la paz, la seguridad y la estabilidad de Somalia y la región,S/RES/2748 (2024)

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Condenando en los términos más enérgicos los atentados terroristas perpetrados en Somalia y los Estados vecinos, Exhortando a todas las partes a que actúen cumpliendo plenamente sus obligaciones en virtud del derecho internacional, incluidos el derecho internacional de los derechos humanos, según proceda, y el derecho internacional humanitario, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS)

de los derechos humanos, según proceda, y el derecho internacional humanitario, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

Misión de Transición de la Unión Africana en Somalia (ATMIS)

1. Recuerda el párrafo 22 de la resolución 2628 (2022) , cuya ampliación más reciente figura en la resolución 2747 (2024) , y prorroga además sus autorizaciones hasta el 31 de diciembre de 2024;

2. Autoriza a los Estados miembros de la Unión Africana a que sigan desplegando en la ATMIS a un máximo de 12.626 efectivos uniformados, incluidos 1.040 efectivos policiales, hasta el 31 de diciembre de 2024;

3. Alienta a los donantes tradicionales y nuevos a que presten apoyo a la ATMIS y al fondo fiduciario en apoyo de las fuerzas de seguridad somalíes administrado por la Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS), así como a la misión sucesora propuest a, para proporcionar la financiación necesaria y pone de relieve que, con un apoyo adicional para la ATMIS y las fuerzas de seguridad somalíes, Somalia podrá impulsar su lucha contra Al -Shabaab y mejorar la paz y la seguridad en el país y en la región;

Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo en Somalia (UNSOS)

4. Solicita al Secretario General que siga proporcionando un módulo de apoyo logístico y que, en consulta con la Unión Africana y el GFS, actualice el plan de apoyo logístico según proceda, cumpliendo plenamente la Política de Diligencia Debida en

logístico y que, en consulta con la Unión Africana y el GFS, actualice el plan de apoyo logístico según proceda, cumpliendo plenamente la Política de Diligencia Debida en materia de Derechos Humanos (PDDDH) y por conducto de la UNSOS, para: a) La Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM), en régimen de recuperación de costos; b) El personal uniformado de la ATMIS, con arreglo a lo dispuesto en el párrafo 2 de la presente resolución y sobre la base establecida en el párrafo 2 de la resolución 2245 (2015) ; c) Un máximo de 85 efectivos civiles de la ATMIS, a fin de apoyar las tareas militares y policiales de la Misión y mejorar la coordinación entre las Naciones Unidas, la Unión Africana y Somalia;

5. Recuerda el párrafo 2 de la resolución 2245 (2015) y decide mantener la disposición enunciada en los subpárrafos f) y g) para aplicarla a un máximo de 20.900 efectivos del Ejército Nacional Somalí o de la Fuerza de Policía Nacional Somalí, en operaciones conjuntas o coordinadas con la ATMIS que respeten plenamente la PDDDH, hasta el 31 de diciembre de 2024;

Mantener el ímpetu de la transición en materia de seguridad

6. Alienta a Somalia a que siga mejorando y aplicando su plan de desarrollo del sector de la seguridad para poder asumir finalmente la plena responsabilidad y titularidad de su seguridad, y exhorta a los asociados de Somalia en materia de seguridad a que sigan apoya ndo la aplicación de ese plan, y recalca la importancia de

del sector de la seguridad para poder asumir finalmente la plena responsabilidad y titularidad de su seguridad, y exhorta a los asociados de Somalia en materia de seguridad a que sigan apoya ndo la aplicación de ese plan, y recalca la importancia de la coordinación y la coherencia de la asistencia internacional al sector de la seguridad de Somalia;S/RES/2748 (2024)

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7. Reconoce la labor realizada por la Comisión de la Unión Africana, en consulta con Somalia y las partes interesadas internacionales, a fin de elaborar el concepto de las operaciones para una operación de apoyo a la paz dirigida por la Unión Africana que sustituya a la ATMIS, y toma nota de la preocupación del Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana por los problemas financieros experimentados por misiones anteriores y de su propuesta relativa al modelo de financiación de la misión sucesora propuesta;

8. Solicita al Secretario General que, junto con la Presidencia de la Comisión de la Unión Africana y en consulta con Somalia y las partes interesadas internacionales, presente un informe sobre el diseño general de la misión sucesora propuesta, que deberá guiarse por una estrategia política nacional clara para apoyar al GFS durante la transición de Somalia del conflicto a la paz, respetando plenamente la PDDDH y el Marco de Cumplimiento y Rendición de Cuentas de la Unión Africana, con miras a que la misión sucesora propuesta cuente con una mayor autonomía y titularidad de la Unión Africana, y deberá basarse en el concepto de las operaciones transmitido por el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana, incluyendo en

él lo siguiente:

titularidad de la Unión Africana, y deberá basarse en el concepto de las operaciones transmitido por el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana, incluyendo en él lo siguiente: a) La estructura propuesta para la misión, con opciones para el apoyo de las Naciones Unidas; b) Un plan de transición de la UNSOS y la ATMIS a la misión sucesora; c) Las responsabilidades y los compromisos que Somalia ha asumido para llevar a cabo la actual transición de las funciones de seguridad, definid os mediante consultas con Somalia y teniendo en cuenta los contactos con los asociados de Somalia en materia de seguridad; d) Un mecanismo claro de coordinación entre la misión sucesora y sus donantes; e) Parámetros de referencia con indicadores e hitos claros para medir los progresos realizados sobre el terreno, y las respectivas funciones de las partes interesadas internacionales, como la Unión Africana y las Naciones Unidas, en el apoyo a Somalia; f) Una estrategia de salida completa para la misión sucesora; y solicita al Secretario General que le presente todo ello para examinarlo a más tardar el 15 de noviembre de 2024;

9. Solicita que en el informe mencionado en el párrafo 8 de la presente resolución se estimen los recursos necesarios y su costo y, tras consultar con los posibles donantes, se expongan claramente una serie de opciones para su financiación, por ejemplo el apoyo de lo s asociados internacionales, el marco establecido por la resolución 2719 (2023) , otras alternativas adecuadas o una combinación de estas opciones, junto con los recursos o mecanismos que podrían ser necesarios para aplicar esas opciones;

Actualizaciones

resolución 2719 (2023) , otras alternativas adecuadas o una combinación de estas opciones, junto con los recursos o mecanismos que podrían ser necesarios para aplicar esas opciones;

Actualizaciones

10. Solicita que el Secretario General presente una actualización exhaustiva sobre estas solicitudes a más tardar el 11 de octubre de 2024 y expresa su intención de convocar una reunión privada en octubre para examinar esa actualización junto con la Unión Africana y S omalia, con la participación de la Secretaría;

11. Solicita al Secretario General que lo mantenga al corriente de la aplicación de la presente resolución en los informes periódicos mencionados en el párrafo 14 de la resolución 2705 (2023) y el párrafo 14 de la resolución 2710 (2023) ;

12. Decide seguir ocupándose activamente de la cuestión.

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