CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2754 de 2024
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2754 de 2024
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2024
Naciones Unidas S/RES/2754 (2024)
Consejo de Seguridad
Distr. general 30 de octubre de 2024
24-20005 (S) 2420005
Resolución 2754 (2024)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9766 a sesión, celebrada el 30 de octubre de 2024
El Consejo de Seguridad , Reafirmando su pleno compromiso con el proceso de paz de la República de Colombia, Recordando todas sus resoluciones, declaraciones de la Presidencia y comunicados de prensa relativos al proceso de paz de Colombia, Acogiendo con beneplácito los avances logrados en el camino hacia la paz en toda Colombia desde que se aprobó el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera de 2016 (el Acuerdo Final), instando a las partes a que, con el apoyo de las instituciones estatales y fuerzas de seguridad competentes, así como de la sociedad civil, incluidas las mujeres y la juventud, colaboren para seguir consolidando estos avances y hacer frente a los desafíos que sigu en existie ndo, en particular la violencia que persiste en las zonas afectadas por el conflicto, mediante la implementación integral del Acuerdo Final, lo que abarca la reforma rural, la participación política inclusiva, sus disposiciones relativas a las cuestiones é tnicas y de género, y la lucha contra las drogas ilícitas, incluso a través de programas de sustitución de cultivos, y recordando el impacto desproporcionado del conflicto en las mujeres y sus efectos en las personas
relativas a las cuestiones é tnicas y de género, y la lucha contra las drogas ilícitas, incluso a través de programas de sustitución de cultivos, y recordando el impacto desproporcionado del conflicto en las mujeres y sus efectos en las personas pertenecientes a comunidades indígenas y afrocolombianas y en los niños, Tomando nota de la colaboración de la Comisión de Consolidación de la Paz con el Gobierno de Colombia y el Consejo de Seguridad, en particular sobre la reforma rural, el Capítulo Étnico y la justicia transicional, y aguardando con interés una mayor cooperación, inclus o con los organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, a fin de asegurar un enfoque integrado y coherente para la implementación integral del Acuerdo Final, Recordando en particular su resolución 2366 (2017) , por la que se estableció la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia (la Misión de Verificación), encargada de verificar la implementación por el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -Ejército del Pueblo (FARC-EP) de los puntos 3.2 y 3.4 del Acuerdo Final, de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.3.3 del Acuerdo Final, y recordando el positivo papel desempeñado por la Misión de Verificación en ese sentido, al verificar la implementación de los esfuerzos de reincorporación y las garantías de seguridad integral para excombatientes y comunidades, y poniendo de relieve los esfuerzos de la Misión de Verificación de lasS/RES/2754 (2024)
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Naciones Unidas en Colombia por seguir integrando una perspectiva de género como
comunidades, y poniendo de relieve los esfuerzos de la Misión de Verificación de lasS/RES/2754 (2024)
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Naciones Unidas en Colombia por seguir integrando una perspectiva de género como cuestión transversal en su planificación, verificación y presentación de informes, y reconociendo la importancia de otras perspectivas, incluido el desarrollo, y de asegurar que cuente con la experiencia adecuada en materia de género, según proceda, y que siga prestando apoyo, en el marco de su actual mandato, a las personas víctimas y supervivientes del conflicto, incluso de la violencia sexual y de género, en particular remit iéndolas a una asistencia segura y accesible proporcionada por las autoridades colombianas competentes, Recordando también su resolución 2574 (2021) , por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para incluir la tarea adicional de verificar el cumplimiento y la implementación de las sanciones que imponga la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), y acogiendo con beneplácito los prepara tivos que está realizando a ese respecto la Misión de Verificación, en colaboración con la JEP, Observando que, con arreglo a lo dispuesto en el Acuerdo Final, las sanciones de la JEP tendrán como finalidad esencial satisfacer los derechos de las víctimas y consolidar la paz y deberán tener la mayor función restaurativa y reparadora del daño causado, Reconociendo que la Misión de Verificación podría contribuir a fomentar la confianza en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que fue establecido en el Acuerdo Final y es fundamental para que el proceso de paz tenga
causado, Reconociendo que la Misión de Verificación podría contribuir a fomentar la confianza en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, que fue establecido en el Acuerdo Final y es fundamental para que el proceso de paz tenga éxito y para que se s atisfagan los derechos de las víctimas del conflicto, Recordando su resolución 2673 (2023) , por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación para incluir la tarea adicional de monitorear la implementación del punto 1 del Acuerdo Final, relativo a la reforma rural integral, y del punto 6.2, relativo al Capítulo Étnico, y poniendo de relieve que, para afrontar los factores estructurales subyacentes al conflicto, es crucial implementar una reforma rural integral, incluidas cuestiones relativas al acceso a la tierra y el desarrollo rural, y subrayando la importancia de implementar el Capítulo Étnico, que es un aspecto fundamental del Acuerdo Final, Recordando también su resolución 2694 (2023) , por la que se amplió el mandato de la Misión de Verificación, y reafirmando la autorización de desplegar personal adicional concedida en esa resolución a fin de facilitar la implementación efectiva de su mandato, Expresando su esperanza de que el Gobierno de Colombia y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) puedan restablecer su cese al fuego bilateral, y recordando la propuesta del Secretario General de mantener al Consejo al corriente de los acontecimientos, incluida la dinámica del conflicto a nivel local entre los grupos armados, Reiterando su disposición a considerar la posibilidad de encomendar a la Misión de Verificación la tarea de monitorear y verificar la implementación de un acuerdo de
de los acontecimientos, incluida la dinámica del conflicto a nivel local entre los grupos armados, Reiterando su disposición a considerar la posibilidad de encomendar a la Misión de Verificación la tarea de monitorear y verificar la implementación de un acuerdo de cese al fuego entre el Gobierno de Colombia y las estructuras y los frentes del grupo armado que se autodenomina Estado Mayor Central Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia -Ejército del Pueblo (EMC FARC -EP) que siguen participando en las negociaciones de paz, cuando el Secretario General confirme que se cumplen las condiciones para ello, incluido un cese al fuego y protocolos de verificación adecuados, y teniendo en cuenta la información actualizada que proporcione el Secretario General sobre los progresos en la aplicación de la resolución 2694 (2023) , Recordando la importancia de continuar implementando el Acuerdo Final de 2016, como se prevé en la resolución 2307 (2016) , y acogiendo con beneplácito losS/RES/2754 (2024)
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esfuerzos del Gobierno de Colombia por lograr una paz más amplia a través del diálogo, destacando la importancia de fortalecer la presencia del Estado en las regiones afectadas por el conflicto para transformar los territorios y reconociendo que los acuerdos de cese al fuego son un paso hacia el establecimiento de acuerdos de paz más amplios, Subrayando a este respecto la importancia primordial de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas para apoyar la plena implementación del Acuerdo Final de 2016 y reconociendo el papel desempeñado por el Representante Especial del Secretario General en el apoyo a los diálogos políticos de paz hasta la
Verificación de las Naciones Unidas para apoyar la plena implementación del Acuerdo Final de 2016 y reconociendo el papel desempeñado por el Representante Especial del Secretario General en el apoyo a los diálogos políticos de paz hasta la fecha, y destacando la necesidad de mantener al Consejo al corriente de estas actividades,