CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2760 de 2024
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2760 de 2024
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2024
Naciones Unidas S/RES/2760 (2024)
Consejo de Seguridad
Distr. general 14 de noviembre de 2024
24-21294 (S) 2421294 Resolución 2760 (2024)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9785 ª sesión, celebrada el 14 de noviembre de 2024
El Consejo de Seguridad , Recordando todas sus anteriores resoluciones y declaraciones de la Presidencia relativas a la situación en Abyei y a lo largo de la frontera entre el Sudán y Sudán del Sur y subrayando la importancia de que se cumplan y apliquen en su totalidad, Reafirmando su inquebrantable compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial del Sudán y de Sudán del Sur y con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, y recordando la importancia de los principios de buen a vecindad, no injerencia y cooperación regional, Reiterando que las fronteras territoriales de los Estados no deben ser alteradas por la fuerza y que todas las controversias territoriales han de resolverse exclusivamente por medios pacíficos, afirmando la prioridad que asigna al cumplimiento pleno y urgente de tod os los aspectos pendientes del Acuerdo General de Paz, recalcando que el estatuto futuro de Abyei deberá determinarse mediante negociaciones entre las partes de manera conforme con dicho Acuerdo y no mediante acciones unilaterales de ninguna de las dos partes, expresando preocupación porque las Fuerzas de Defensa del Pueblo de Sudán del Sur (FDPSS) siguen operando en Abyei en contra del Acuerdo sobre las Disposiciones Transitorias para la
acciones unilaterales de ninguna de las dos partes, expresando preocupación porque las Fuerzas de Defensa del Pueblo de Sudán del Sur (FDPSS) siguen operando en Abyei en contra del Acuerdo sobre las Disposiciones Transitorias para la Administración y la Seguridad de la Zona de Abyei, de junio de 2011 (Acuerdo de 2011), y las resoluciones pertinentes que establecen que Abyei debe seguir siendo una zona desmilitarizada y libre de armas, y recordando los acuerdos previos para la administración y la seguridad de la zona de Abyei, Alentando a la Unión Africana, al Grupo de Alto Nivel de la Unión Africana encargado de la Aplicación (GANUA) y al Enviado Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para el Cuerno de África a que intensifiquen su labor de mediación con el Sudán y Sudán del Sur para alentarlos a establecer disposiciones transitorias sobre la administración y la seguridad de Abyei y lograr una solución política en relación con el estatuto de Abyei, Reconociendo que, en los 13 años transcurridos desde que se creó la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei (UNISFA), la misión ha contribuido a la estabilización y desmilitarización de la zona de Abyei y, junto con el Mecanismo Conjunto de V erificación y Vigilancia de Fronteras (MCVVF), ha desempeñado una función estabilizadora a lo largo de la frontera entre Sudán del Sur y el Sudán,S/RES/2760 (2024)
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Condenando la violencia imperante en el Sudán, incluidas las denuncias de violaciones del derecho internacional, en particular del derecho internacional
y el Sudán,S/RES/2760 (2024)
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Condenando la violencia imperante en el Sudán, incluidas las denuncias de violaciones del derecho internacional, en particular del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, que cometen las partes beligerantes, y las violac iones y los abusos contra la infancia, expresando grave preocupación además porque la persistencia del conflicto en el Sudán, combinada con los efectos adversos de la estación de lluvias, está exacerbando el deterioro de la situación humanitaria en la zona de Abyei y sigue retrasando la colaboración entre el Sudán y de Sudán del Sur para determinar el estatuto político de la zona y la implementación del MCVVF, así como por su incapacidad para llevar a cabo operaciones de vigilancia aérea tras el cierre del espacio aéreo sudanés desde que estallaron los combates, Subrayando que los estallidos de violencia y la proliferación de armas de elementos armados en la zona de Abyei siguen constituyendo una amenaza para las condiciones de seguridad, en particular para los civiles, instando a que cese de inmediato la violencia y se res pete el derecho internacional humanitario, incluida cualquier obligación de permitir el acceso humanitario pleno, seguro y sin trabas, destacando , a este respecto, la importancia de las iniciativas de la UNISFA para apoyar el diálogo comunitario y los esfuerzos de los miseriya y los dinka ngok, así como de los dinka ngok y los dinka twic y todas las demás comunidades, como los comités de paz locales y la Conferencia de Paz Conjunta de Líderes Tradicionales, para fortalecer las relaciones intercom unitarias y facilitar la estabilidad y la
como de los dinka ngok y los dinka twic y todas las demás comunidades, como los comités de paz locales y la Conferencia de Paz Conjunta de Líderes Tradicionales, para fortalecer las relaciones intercom unitarias y facilitar la estabilidad y la reconciliación en la zona de Abyei, así como los esfuerzos de la UNISFA para promover la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las mujeres en esos procesos con arreglo a la resolución 1325 (2000) y las resoluciones conexas, Alentando a la UNISFA a que se coordine con la administración nombrada por Yuba en Abyei, la administración miseriya de Muglad y la administración nombrada por Jartum, utilizando a los expertos civiles pertinentes, para mantener la estabilidad, fomentar la reconcil iación intercomunitaria y facilitar el regreso de las personas desplazadas a sus aldeas y la prestación de servicios, y acogiendo con beneplácito la Iniciativa del Programa Conjunto de las Naciones Unidas en Abyei, apoyada por los equipos de las Naciones U nidas en el Sudán y Sudán del Sur, velando por que todas las acciones se lleven a cabo de manera sensible al conflicto y por que se evalúe la sensibilidad al conflicto de las nuevas actividades, Condenando la escalada de la violencia entre las comunidades que viven en la zona administrativa de Abyei y sus alrededores, incluido el asesinato del Administrador Jefe Adjunto de Abyei junto con cinco civiles el 31 de diciembre de 2023, condenando además todos los ataques contra civiles, incluidos los efectivos de mantenimiento de la paz, el personal de las Naciones Unidas y los agentes humanitarios en Abyei, los enfrentamientos entre comunidades ocurridos el 28 de
de 2023, condenando además todos los ataques contra civiles, incluidos los efectivos de mantenimiento de la paz, el personal de las Naciones Unidas y los agentes humanitarios en Abyei, los enfrentamientos entre comunidades ocurridos el 28 de enero de 2024 y los ataques armados per petrados los días 3 y 4 de febrero de 2024 en el sur de Abyei, en los que resultaron muertos dos miembros del personal de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas, murieron o fueron heridos y secuestrados varios civiles y se incendiaron varias aldeas , expresando grave preocupación por las amenazas contra la seguridad del personal de mantenimiento de la paz, y acogiendo con beneplácito la disposición de las comunidades locales a buscar la paz mediante el diálogo, incluido el papel de la UNISFA en el ap oyo a esas iniciativas, Destacando que las autoridades sudanesas y sursudanesas tienen la responsabilidad primordial de garantizar la seguridad y la libertad de circulación del personal y los activos de las Naciones Unidas conforme a sus obligaciones en virtud de los acuerdos sobre el esta tuto de las fuerzas, e instando a Sudán del Sur a queS/RES/2760 (2024)
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intensifique sus esfuerzos por facilitar el redespliegue del personal de la UNISFA a sus anteriores ubicaciones en Gok Machar, Subrayando que, en 13 años, el Sudán y Sudán del Sur no han logrado avances para establecer instituciones conjuntas en Abyei, como el Cuerpo de Policía de Abyei, y poniendo de relieve que el Sudán y Sudán del Sur deben entablar, en coordinación
para establecer instituciones conjuntas en Abyei, como el Cuerpo de Policía de Abyei, y poniendo de relieve que el Sudán y Sudán del Sur deben entablar, en coordinación con la UNISFA, un diálogo sustantivo que haga avanzar el proceso político para resolver la controversia de Abyei, reconociendo que la falta de instituciones, servicios, estado de derecho y oport unidades económicas es uno de los motivos por los que persisten los conf lictos y surgen otros nuevos en la zona, Expresando preocupación por la delincuencia en la zona de Abyei y destacando la necesidad urgente e imperiosa de desplegar a la policía de las Naciones Unidas, incluidas las tres unidades de policía constituidas, con la dotación que autorizó, observando con particular preocupación los retrasos en la expedición de visados del Sudán a los agentes de policía y los oficiales penitenciarios de las Naciones Unidas, situación que impide a la UNISFA cumplir su mandato en materia de seguridad y puede crear un vacío de seguridad en Abyei, y expresando preocupación además por los intentos del Sudán y de Sudán del Sur de impedir que la UNISFA ejecute plenamente su mandato, Encomiando los esfuerzos realizados por la UNISFA para tratar de cumplir eficazmente su mandato, con actividades como la facilitación constante de la migración pacífica en toda la zona de Abyei, la prevención de los conflictos, la mediación y la disuasión, y expresando grave preocupación por las amenazas a la seguridad y los ataques deliberados contra el personal de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en la UNISFA, recalcando enérgicamente que todo ataque contra
mediación y la disuasión, y expresando grave preocupación por las amenazas a la seguridad y los ataques deliberados contra el personal de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en la UNISFA, recalcando enérgicamente que todo ataque contra el personal de las Naciones Unida s es inaceptable y reiterando que esos ataques, que pueden constituir crímenes de guerra, deben investigarse de manera rápida y exhaustiva y que debe obligarse a los responsables a rendir cuentas, Expresando gran preocupación por el deterioro de la situación humanitaria, en particular los desplazamientos de civiles que huyen del conflicto del Sudán y el insuficiente acceso a los alimentos, la atención médica y otros servicios esenciales en la zona de Abyei, y reconociendo que los efectos adversos del cambio climático, como el aumento de las inundaciones, están agravando esos problemas, exacerbando la escasez de recursos, afectando a los medios de subsistencia y repercutiendo en la estabilidad de Aby ei, encomiando las actividades que realiza el personal de mantenimiento de la paz para ayudar a las comunidades afectadas por las inundaciones y facilitar el acceso de las organizaciones humanitarias a fin de que lleguen sin riesgo a las personas necesitadas, lo que sig ue siendo de crucial importancia, y la asistencia que los agentes humanitarios siguen prestando a 280.000 personas necesitadas en la zona de Abyei, y teniendo presente además que el apoyo a los medios de subsistencia y la resiliencia a nivel comunitario son fundamentales para mitigar algunas consecuencias del conflicto y reducir la inseguridad alimentaria, y recalcando la importancia de crear un entorno que facilite el acceso humanitario a los civiles en Abyei,
fundamentales para mitigar algunas consecuencias del conflicto y reducir la inseguridad alimentaria, y recalcando la importancia de crear un entorno que facilite el acceso humanitario a los civiles en Abyei, Recordando la resolución 1325 (2000) y las resoluciones posteriores relativas a las mujeres, la paz y la seguridad, y poniendo de relieve que las barreras que siguen obstaculizando la plena aplicación de esas resoluciones solo podrán eliminarse mediante un compromiso decidido con el empoderamiento de las mujeres y las organizaciones lideradas por mujeres, la participación y los derechos hum anos, y mediante un liderazgo concertado, información y acciones coherentes y apoyo, y pidiendo además que se intensifiquen los esfuerzos en favor del acceso de las mujeres a la justicia, la educación, los servicios sanitarios y las opor tunidades económicas en Abyei,S/RES/2760 (2024)
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Expresando aprecio por las acciones realizadas por el personal de mantenimiento de la paz de la UNISFA y los países que aportan contingentes y fuerzas de policía en ejecución del mandato de la UNISFA, Reconociendo que la situación imperante en Abyei y a lo largo de la frontera entre el Sudán y Sudán del Sur sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales,
1. Decide prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2025 el mandato de la UNISFA enunciado en el párrafo 2 de la resolución 1990 (2011) y, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, decide además prorrogar hasta
UNISFA enunciado en el párrafo 2 de la resolución 1990 (2011) y, actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, decide además prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2025 las tareas de la UNISFA indicadas en el párrafo 3 de la resolución 1990 (2011) ;
2. Decide prorrogar hasta el 15 de noviembre de 2025 la modificación del mandato de la UNISFA expuesta en la resolución 2024 (2011) y en el párrafo 1 de la resolución 2075 (2012) , que prevé el apoyo de la UNISFA al MCVVF, y decide además que la UNISFA deberá seguir cumpliendo ese mandato y esas tareas de conformidad con la resolución 2550 (2020) y la presente resolución;
3. Determina que ambas partes deberían seguir demostrando avances cuantificables en la demarcación de la frontera, específicamente adoptando las siguientes medidas: 1) Patrullas de la UNISFA y el MCVVF: lograr una autorización permanente y la plena libertad de circulación de todas las patrullas aéreas y terrestres; 2) Bases de operaciones del MCVVF: prestar apoyo a la puesta en funcionamiento de la base de operaciones de Abu Qussa/Wunkur, y exhorta a Sudán del Sur a que resuelva los problemas que plantea el regreso del MCVVF a Gok Machar (Sudán del Sur) y a las base s de operaciones de Safaha/Kiir Adem y As Sumayah/War Abar; 3) Mecanismo Político y de Seguridad Conjunto (MPSC): proporcionar
Machar (Sudán del Sur) y a las base s de operaciones de Safaha/Kiir Adem y As Sumayah/War Abar; 3) Mecanismo Político y de Seguridad Conjunto (MPSC): proporcionar orientaciones claras al MCVVF organizando dos reuniones del MPSC y velando por que se difundan ampliamente las conclusiones de esas reuniones; 4) Zona fronteriza desmilitarizada segura (ZFDS): proceder a la retirada inmediata de la ZFDS a la que se comprometieron ambas partes en la reunión del MPSC celebrada los días 28 y 29 de octubre de 2020, y notificar la retirada a la UNISFA para que la ver ifique; 5) Corredores para el cruce de la frontera: poner en marcha la reapertura de los corredores para el cruce de la frontera con arreglo a las decisiones adoptadas en las reuniones del MPSC celebradas los días 28 y 29 de octubre de 2020 y 8 y 9 de septiembre de 2021 y, junto con la UNISFA, verificar su funcionamiento y la libre circulación a través de la frontera; 6) Demarcación de la frontera: elaborar un plan de trabajo y un presupuesto detallados para las conversaciones sobre la demarcación, incluidas las negociaciones sobre las zonas objeto de controversia en el marco de los acuerdos firmados, y celebrar dos re uniones del Comité Conjunto de Demarcación; 7) Observadores nacionales: mantener el despliegue de observadores nacionales para participar en las actividades operacionales del MCVVF;
4. Decide mantener la dotación máxima autorizada de 3.250 efectivos militares hasta el 15 de noviembre de 2025 y pide que se realice un examen estratégico
nacionales para participar en las actividades operacionales del MCVVF;
4. Decide mantener la dotación máxima autorizada de 3.250 efectivos militares hasta el 15 de noviembre de 2025 y pide que se realice un examen estratégico para reevaluar la eficacia y los objetivos estratégicos de la UNISFA y su adaptación a la evolución de las con diciones de seguridad en la región;S/RES/2760 (2024)
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5. Mantiene la dotación máxima autorizada de 640 efectivos policiales, incluidos 148 agentes de policía y oficiales penitenciarios y tres unidades de policía constituidas, alienta encarecidamente a las Naciones Unidas, la Oficina del Enviado Especial para el Cuerno de África y el Enviado Especial del Secretario General, así como a la Unión Africana, en particular al GANUA, a que intensifiquen sus esfuerzos por colaborar con el Sudán al más alto ni vel para que expida con prontitud visados al personal civil y los 640 efectivos policiales a fin de hacer frente adecuadamente a las crecientes amenazas para la seguridad relacionadas con la delincuencia en Abyei y velar por que la dotación de personal sea adecuada para las tareas políticas previstas en el mandato, y expresa su intención de reducir la dotación policial máxima autorizada a medida que el Cuerpo de Policía de Abyei vaya estableciéndose y asegurando efectivamente el cumplimiento de la ley en toda la zona de Abyei;
6. Subraya la urgente necesidad de que las autoridades sudanesas y sursudanesas expidan visados para que la UNISFA pueda desplegar a 640 efectivos
asegurando efectivamente el cumplimiento de la ley en toda la zona de Abyei;
6. Subraya la urgente necesidad de que las autoridades sudanesas y sursudanesas expidan visados para que la UNISFA pueda desplegar a 640 efectivos policiales, incluidos 148 agentes de policía y oficiales penitenciarios y tres unidades de policía constituidas, y para apoyar sin demora al personal que es esencial para el mandato de la UNISFA, y las exhorta a que lo hagan;
7. Insta encarecidamente a las autoridades sudanesas y sursudanesas a que apoyen plenamente a la UNISFA en la ejecución de su mandato y el despliegue rápido y completo de su personal, incluidos los efectivos de policía, así como de su equipo, retirando inmediatamente de Abyei a l as FDPSS y a otros agentes armados sursudaneses y eliminando cualquier otro obstáculo que dificulte el cumplimiento del mandato de la UNISFA de proteger a los civiles en Abyei, garantizando la plena libertad de circulación de la mi sión y facilitando el suministro ininterrumpido de alimentos, medicinas y otros suministros de la UNISFA a su personal;
8. Insta al Sudán y a Sudán del Sur a que refuercen su cooperación en apoyo de la paz, la seguridad y la estabilidad, incluso con respecto al Acuerdo de Paz de Yuba y las conversaciones de alto nivel mantenidas por el Sudán y Sudán del Sur en agosto de 2021, pide que se reanuden las reuniones del MPSC y alienta a que se organicen de manera sistemática esas reuniones y las de otros mecanismos conjuntos;
9. Insta a las autoridades competentes del Sudán y de Sudán del Sur a que
organicen de manera sistemática esas reuniones y las de otros mecanismos conjuntos;
9. Insta a las autoridades competentes del Sudán y de Sudán del Sur a que autoricen el uso del aeropuerto de Athony, incluso concediendo las autorizaciones de vuelo necesarias, y faciliten los arreglos relativos a las bases de la UNISFA, hace notar que la utilizac ión del aeropuerto de Athony reducirá los gastos de transporte y los problemas logísticos de la UNISFA, facilitará las evacuaciones médicas, los viajes oficiales y el transporte aéreo de carga de la misión y mejorará la seguridad del personal de l a UNISFA, de conformidad con la resolución 2518 (2020) , y exhorta además a todas las partes a que cumplan plenamente las obligaciones que les impone su resolución 2518 (2020) y las dimanantes de los acuerdos sobre el estatuto de las fuerzas;
10. Solicita al Secretario General, a los Estados Miembros y a todas las partes que sigan adoptando todas las medidas apropiadas para garantizar la seguridad y la libertad de circulación del personal de la UNISFA con un acceso inmediato y sin trabas a todo Abyei, en c onsonancia con la resolución 2518 (2020) , observa con preocupación los graves riesgos que las violaciones de los acuerdos sobre el estatuto de las fuerzas pueden representar para la seguridad del personal de las Naciones Unidas que presta servicios en operaciones de mantenimiento de la paz, y so licita al Secretario General que aplique las disposiciones de la resolución 2589 (2021) para lograr la rendición de cuentas por los delitos cometidos contra el personal de mantenimiento de la paz;S/RES/2760 (2024)
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lograr la rendición de cuentas por los delitos cometidos contra el personal de mantenimiento de la paz;S/RES/2760 (2024)
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11. Destaca que ha solicitado al Secretario General que proceda con urgencia a nombrar a un civil como Jefe Adjunto de la Misión de la UNISFA y añada más personal civil, con los recursos disponibles, para seguir facilitando el enlace entre las partes y la interacción con ellas de manera compatible con el Acuerdo de 2011, incluido el acuerdo para establecer el Cuerpo de Policía de Abyei;
12. Insta a que se siga avanzando hacia el establecimiento de disposiciones transitorias en materia de administración y seguridad convenidas por las partes;
13. Alienta a la Unión Africana, al GANUA y al Enviado Especial del Secretario General a que intensifiquen los esfuerzos de coordinación encaminados a establecer disposiciones transitorias para la administración y la seguridad en Abyei y a que faciliten la plena apli cación del Acuerdo de 2011, y los Acuerdos de Cooperación entre el Sudán y Sudán del Sur de 2012, con miras a lograr una solución política del estatuto de Abyei, alienta ademá s a la UNISFA a que aumente la coordinación con la Unión Africana, el GANUA y el Enviado Especial del Secretario General sobre los procesos de reconciliación y sensibilización comunitaria y el proceso político de paz, y reitera su solicitud de que el Secretario General celebre consultas con las partes pertinentes sobre el fortalecimiento del papel que desempeña el Enviado Especial para el Cuerno de África en apoyo de los esfuerzos mencionados;
proceso político de paz, y reitera su solicitud de que el Secretario General celebre consultas con las partes pertinentes sobre el fortalecimiento del papel que desempeña el Enviado Especial para el Cuerno de África en apoyo de los esfuerzos mencionados;
14. Insta a que se redoblen los esfuerzos para determinar de manera concluyente la línea central de la ZFDS sobre el terreno y reitera que la línea central de la ZFDS no afecta en modo alguno al estatuto jurídico actual o futuro de la frontera, a las negociaciones en curso sobre las zonas objeto de controversia y reclamaciones, ni a la demarcación de las fronteras;
15. Recalca que el mandato de protección de los civiles encomendado a la UNISFA en el párrafo 3 de la resolución 1990 (2011) incluye adoptar las medidas necesarias, sin perjuicio de las responsabilidades de las autoridades competentes, para proteger a la población civil que se encuentre bajo amenaza inminente de violencia física, sea cual sea el origen de esa violencia, y a est e respecto subraya que el personal de mantenimiento de la paz está autorizado a emplear todos los medios necesarios para seguir asegurando la protección eficaz, oportuna y dinámica de los civiles que se encuentren bajo amenaza de violencia física con los r ecursos disponibles, lo que incluye el uso de la fuerza cuando sea preciso, de conformidad con los mandatos de las misiones, la Carta de las Naciones Unidas y otras normas aplicables del derecho internacional, y destaca la importancia de que el personal di rectivo superior de las misiones mantenga e intensifique su participación, con miras a asegurar que todos los componentes de las misiones y todos los niveles de la cadena de mando estén
internacional, y destaca la importancia de que el personal di rectivo superior de las misiones mantenga e intensifique su participación, con miras a asegurar que todos los componentes de las misiones y todos los niveles de la cadena de mando estén debidamente informados del mandato de protección de los civiles de la misión y de sus responsabilidades pertinentes, desempeñen las funciones que les corresponden y reciban la capacitación necesaria, y encomia la labor de la UNISFA a ese respecto;
16. Condena en los términos más enérgicos la presencia de las FDPSS y otro personal de los cuerpos de seguridad de Sudán del Sur que están ampliando sus despliegues en la zona de Abyei, lo que constituye una violación del Acuerdo de 2011 y las resoluciones pertinente s, así como cualquier entrada en el territorio de milicias armadas, incluidos los presuntos integrantes de las RSF, y exige que se redespliegue inmediatamente y sin condiciones de la zona de Abyei al personal de los cuerpos de seguridad de Sudá n del Sur, y reitera además, de conformidad con el Acuerdo de 2011 y las resoluciones pertinentes, en particular la resolución 1990 (2011) y la resolución 2046 (2012) , que la zona de Abyei estará desmilitarizada y no habrá en ella otros elementos armados que no pertenezcan a la UNISFA o al Cuerpo de Policía de Abyei;S/RES/2760 (2024)
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17. Insta a las autoridades competentes del Sudán y de Sudán del Sur a que adopten todas las medidas necesarias para asegurarse de que Abyei esté efectivamente desmilitarizada, incluso mediante programas de desarme si es necesario;
17. Insta a las autoridades competentes del Sudán y de Sudán del Sur a que adopten todas las medidas necesarias para asegurarse de que Abyei esté efectivamente desmilitarizada, incluso mediante programas de desarme si es necesario;
18. Reafirma que la UNISFA puede requisar y destruir armas en la zona de Abyei conforme a lo autorizado en la resolución 1990 (2011) , con arreglo a su mandato y dentro de sus capacidades, en coordinación con los signatarios del Acuerdo de 2011, el Comité Conjunto de Supervisión de Abyei (CCSA) y las comunidades miseriya y dinka ngok y con arreglo a la decisión anterior del CCSA de que la zona de Abyei sea “zona libre de armas”, y exhorta a las autoridades sudanesas y sursudanesas, al CCSA, a las comunidades miseriya y dinka ngok y a todos los demás grupos a que cooperen plenamente con la UNISFA a este respecto;
19. Alienta a la UNISFA a que, con los recursos disponibles, impulse iniciativas para apoyar el diálogo comunitario y los esfuerzos de los miseriya, los dinka ngok, los dinka twic y todas las demás comunidades, como los comités de paz locales, incluidas las organizac iones de mujeres y jóvenes, a fin de fortalecer las relaciones intercomunitarias y facilitar la estabilidad y la reconciliación en la zona de Abyei, e invita a la UNISFA a que se coordine con la administración nombrada por Yuba en Abyei, la adm inistración miseriya de Muglad y la administración nombrada por Jartum, utilizando a los expertos civiles pertinentes, para mantener la estabilidad, fomentar la reconciliación entre comunidades y facilitar el regreso de las personas
Yuba en Abyei, la adm inistración miseriya de Muglad y la administración nombrada por Jartum, utilizando a los expertos civiles pertinentes, para mantener la estabilidad, fomentar la reconciliación entre comunidades y facilitar el regreso de las personas desplazadas a sus aldea s y la prestación de servicios;
20. Solicita a la UNISFA que colabore con los equipos de las Naciones Unidas en el Sudán y Sudán del Sur, en consulta con los Gobiernos anfitriones y las comunidades locales, para interactuar con las comunidades locales en iniciativas de consolidación de la paz que in cluyan la prevención y mitigación de conflictos y el estado de derecho, acoge con beneplácito que las Naciones Unidas hayan formulado una estrategia integrada de apoyo al estado de derecho, en estrecha coordinación con los Gobiernos anfitrione s y las comunidades, y alienta encarecidamente a todas las partes a que cooperen con la UNISFA para establecer los cuerpos de policía de Abyei;
21. Insta a las autoridades sudanesas y sursudanesas a que actúen para aplicar y facilitar medidas de fomento de la confianza entre las comunidades respectivas de la zona de Abyei, permitiendo la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las m ujeres y la inclusión de la juventud, sea cual sea su zona de origen, en todas las etapas, incluso mediante procesos de reconciliación a nivel de base, así como mediante la labor que realizan las organizaciones no gubernamentales y apoyando plena mente los esfuerzos de la UNISFA por promover el diálogo comunitario, insta además al Sudán y a Sudán del Sur a que consideren el apoyo de las Naciones Unidas
mediante la labor que realizan las organizaciones no gubernamentales y apoyando plena mente los esfuerzos de la UNISFA por promover el diálogo comunitario, insta además al Sudán y a Sudán del Sur a que consideren el apoyo de las Naciones Unidas y la Unión Africana para ayudar a facilitar el diálogo entre todas las partes en Abyei, e insta a las autoridades sudanesas y sursudanesas a que lleven adelante la investigación c onjunta anunciada en 2020 para hacer rendir cuentas a quienes cometieron actos de violencia en la zona de Kolem (Abyei) en enero de 2020 y a los responsables de la violencia registrada en Mabok en abril de 2020 y en Dunguop en mayo de 2021;
22. Expresa gran preocupación porque la representación de las mujeres entre los dirigentes de los comités de paz locales sigue siendo mínima, reconoce que el Administrador Principal designado por Yuba y el Administrador Principal designado por Jartum han apoyado públicamente el empoderamiento de las mujeres, exhorta a todas las partes a que promuevan la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las mujeres, incluso a todos los niveles del diálogo entre comunidades y en los esfuerzos d e consolidación de la paz, para asegurar la credibilidad y legitimidad del proceso, y solicita a la UNISFA que integre a las mujeres en las conversaciones de
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