CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2772 de 2025
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2772 de 2025
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2025
Naciones Unidas S/RES/2772 (2025)
Consejo de Seguridad
Distr. general 17 de febrero de 2025
25-02641 (S) 2502641 Resolución 2772 (2025)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 9860ª sesión, celebrada el 17 de febrero de 2025
El Consejo de Seguridad , Recordando sus anteriores resoluciones relativas al Sudán, en particular las resoluciones 1591 (2005) , 1651 (2005) , 1665 (2006) , 1672 (2006) , 1713 (2006) , 1779 (2007) , 1841 (2008) , 1891 (2009) , 1945 (2010) , 1982 (2011) , 2035 (2012) , 2091 (2013) , 2138 (2014) , 2200 (2015) , 2265 (2016) , 2340 (2017) , 2400 (2018) , 2455 (2019) , 2508 (2020) , 2562 (2021) , 2620 (2022) , la resolución 2664 (2022) , que las complementa, las resoluciones 2676 (2023) , 2725 (2024) y 2750 (2024) y la declaración de su Presidencia de 11 de diciembre de 2018 ( S/PRST/2018/19 ), así como sus comunicados de prensa, Habiendo determinado que la situación imperante en el Sudán sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
como sus comunicados de prensa, Habiendo determinado que la situación imperante en el Sudán sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,
1. Decide prorrogar hasta el 12 de marzo de 2026 el mandato del Grupo de Expertos, establecido originalmente en virtud de la resolución 1591 (2005) y prorrogado previamente en las resoluciones 1779 (2007) , 1841 (2008) , 1945 (2010) , 2035 (2012) , 2138 (2014) , 2200 (2015) , 2265 (2016) , 2340 (2017) , 2400 (2018) , 2455 (2019) , 2508 (2020) , 2562 (2021) , 2620 (2022) , 2676 (2023) y 2725 (2024) , reafirma el mandato del Grupo de Expertos enunciado en esas resoluciones, y solicita al Grupo de Expertos que presente al Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1591 (2005) relativa al Sudán (“el Comité”) un informe provisional sobre sus actividades a más tardar el 12 de agosto de 2025, y que, tras deliberar con el Comité, le presente un informe final con sus conclusiones y recomendaciones a más tardar el 13 de enero de 2026 , solicita además al Grupo de Expertos que proporcione trimestralmente al Comité información actualizada sobre sus actividades, incluidos los viajes, y sobre la aplicación y la eficacia de lo dispuesto en el párrafo 10 de la resolución 1945 (2010) , y expresa su intención de examinar el mandato y
proporcione trimestralmente al Comité información actualizada sobre sus actividades, incluidos los viajes, y sobre la aplicación y la eficacia de lo dispuesto en el párrafo 10 de la resolución 1945 (2010) , y expresa su intención de examinar el mandato y adoptar las medidas apropiadas sobre otra posible prórroga a más tardar el 12 de febrero de 2026, y alienta a todas las partes y a todos los Estados Miembros, así como a las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, a que garanticen una cooperación constante con el Grupo de Expertos y la seguridad de sus miembros;