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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2808 de 2025

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2808 de 2025
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2025

Naciones Unidas S/RES/2808 (2025)

Consejo de Seguridad

Distr. general 19 de diciembre de 2025

25-20903 (S) 2520903 Resolución 2808 (2025)

Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 1007 5ª sesión, celebrada el 19 de diciembre de 2025

El Consejo de Seguridad , Recordando sus anteriores resoluciones y las declaraciones de su Presidencia relativas a la República Democrática del Congo (RDC), especialmente sus anteriores resoluciones sobre el mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Democr ática del Congo (MONUSCO) y el régimen de sanciones establecido por las resoluciones 1493 (2003) , 1533 (2004) y 1807 (2008) , así como la resolución 2773 (2025) , Reafirmando los principios básicos del mantenimiento de la paz, a saber, el consentimiento de las partes, la imparcialidad y el no uso de la fuerza, salvo en legítima defensa y en defensa del mandato, Reafirmando su decidido compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la RDC y los demás Estados de la región, y poniendo de relieve la urgente necesidad de respetar plenamente los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperación regional, Subrayando que la continuación de la retirada de la Misión debe ir acompañada de un mayor refuerzo simultáneo de las capacidades y la autoridad del Estado, en particular de la presencia de las fuerzas de defensa y seguridad del Estado para evitar

Subrayando que la continuación de la retirada de la Misión debe ir acompañada de un mayor refuerzo simultáneo de las capacidades y la autoridad del Estado, en particular de la presencia de las fuerzas de defensa y seguridad del Estado para evitar cualquier laguna en la seguridad y garantizar una protección eficaz de los civiles, Recordando que el Gobierno de la RDC es el principal responsable de proteger a los civiles que se encuentran dentro de su territorio y están sujetos a su jurisdicción, incluso contra los crímenes internacionales, Reiterando su profunda preocupación por el rápido empeoramiento de la crisis humanitaria y de seguridad en el este de la RDC debido a la ofensiva que está realizando en Kivu del Norte y Kivu del Sur el Movimiento 23 de Marzo (M 23) con el apoyo y la participación directos de las Fuerzas de Defensa de Rwanda (FDR), y por los persistentes actos de violencia perpetrados en el este de la RDC por grupos armados extranjeros y nacionales, como el M 23, la Cooperativa para el Desarrollo del Congo (CODECO), las Fuerz as Democráticas Aliadas (FDA), las Fuerzas Democráticas de Liberación de Rwanda (FDLR), Zaire/FPAC, Resistencia en pro del Estado de Derecho (RED Tabara), los grupos Mai -Mai, Twirwaneho, algunos elementos que se denominan de autodefensa y otros grupos arma dos nacionales y extranjeros, y por sus violaciones del derecho internacional humanitario y otrasS/RES/2808 (2025)

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disposiciones aplicables del derecho internacional y abusos de los derechos humanos, que exacerban una crisis profundamente preocupante en materia de seguridad y derechos humanos y humanitaria, así como por la violencia intercomunitaria y de las

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disposiciones aplicables del derecho internacional y abusos de los derechos humanos, que exacerban una crisis profundamente preocupante en materia de seguridad y derechos humanos y humanitaria, así como por la violencia intercomunitaria y de las milicias r egistrada en algunas zonas de la RDC, Expresando preocupación por los supuestos vínculos entre las FDA y las redes terroristas en el este de la RDC, incluida la amenaza creciente que plantean las FDA para la población civil de Ituri y Kivu del Norte, y recalcando la importancia de adoptar un enfoque holístico para contrarrestar el terrorismo de conformidad con el derecho internacional aplicable y para garantizar que se rindan cuentas por los crímenes internacionales, incluidos los actos de violencia sexual, Expresando preocupación por el deterioro de la situación humanitaria y de los derechos humanos de los desplazados internos, los refugiados y los retornados, así como por los graves actos de violencia sexual relacionada con el conflicto que perpetran en particular los grupos arma dos, exhortando a todas las partes a que respeten el carácter civil y humanitario de los campamentos y asentamientos de desplazados internos y refugiados, y destacando el papel de la Policía Nacional Congolesa (PNC) en el mantenimiento de la seguridad de dichos campamentos, Expresando gran preocupación por el deterioro de la situación humanitaria y el creciente número de desplazados internos y refugiados en la RDC y los países vecinos, y por las drásticas reducciones de la financiación del sistema humanitario, acogiendo con beneplácito las promesas hechas en la Conferencia de París en Apoyo

vecinos, y por las drásticas reducciones de la financiación del sistema humanitario, acogiendo con beneplácito las promesas hechas en la Conferencia de París en Apoyo de la Paz y la Prosperidad en la Región de los Grandes Lagos el 30 de octubre para hacer frente a este problema y su decisión de trabajar para que se reabra el aeropuerto de Goma con fines humanitarios, alentando a los Estados Miembros a que acojan y apoyen a los refugiados de la RDC conforme al Marco de Respuesta Integral para los Refugiados, exhortando además a la RDC y a todos los Estados de la región a que procuren establecer un entorno pacífico que permita materializar soluciones duraderas para los refugiados y los desplazados internos que incluyan su regreso y su reintegración en la RDC de manera voluntari a y en condiciones de seguridad y dignidad, con el apoyo del equipo de las Nacion es Unidas en el país (ENUP) y los agentes humanitarios, y destacando que toda solución a ese respecto debe ser compatible con las obligaciones pertinentes en virtud del derecho internacional de los refugiados, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, Recordando los principios rectores de la asistencia humanitaria de emergencia de las Naciones Unidas y los principios humanitarios de humanidad, neutralidad, imparcialidad e independencia, Exigiendo que todas las partes respeten y protejan a todo el personal humanitario, incluido el personal nacional y el contratado localmente, y al personal médico, sus medios de transporte y su equipo, así como los hospitales y otras instalaciones sanitarias, de con formidad con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, Recalcando la importancia de atender las necesidades básicas de supervivencia

médico, sus medios de transporte y su equipo, así como los hospitales y otras instalaciones sanitarias, de con formidad con sus obligaciones en virtud del derecho internacional, Recalcando la importancia de atender las necesidades básicas de supervivencia de la población civil y expresando profunda preocupación por la inseguridad alimentaria relacionada con el conflicto, dado que ya son tres los territorios que tienen niveles de emergencia de inseguridad alimentaria aguda en Kivu del Norte e Ituri, Recordando todas sus resoluciones pertinentes relativas a las mujeres, la paz y la seguridad, a la juventud, la paz y la seguridad, a los niños y los conflictos armados, y a la protección de los civiles en los conflictos armados, acogiendo con beneplácito los esfuerzos realizados por el Gobierno de la RDC a este respecto y para aplicar la resolución 1325 (2000) , destacando la importancia de adoptar enfoques localizadosS/RES/2808 (2025)

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para atender las necesidades de las mujeres en los conflictos, y de su participación significativa y sin riesgo en la toma de decisiones, así como la necesidad de reforzar las capacidades a fin de cumplir los compromisos relacionados con las mujeres, la paz y la seguridad, recordando también las conclusiones sobre los niños y el conflicto armado en la RDC aprobadas el 5 de diciembre de 2025 por su Grupo de Trabajo sobre los Niños y los Conflictos Armados en relación con las partes en los conflictos armados de la RDC, expresando grave preocupación por el gran número de violaciones y abusos perpetrados contra la infancia, en particular el drástico aumento de los casos de muerte y mutilación de niños, y de actos de violencia sexual y de

armados de la RDC, expresando grave preocupación por el gran número de violaciones y abusos perpetrados contra la infancia, en particular el drástico aumento de los casos de muerte y mutilación de niños, y de actos de violencia sexual y de género cometidos por los grupos armados y las fuerzas de segurid ad, e instando a todas las partes en el conflicto a que dejen inmediatamente de reclutar y utilizar a niños y contribuyan a la rehabilitación y la reintegración de los niños anteriormente vinculados con fuerzas y gru pos armados, Reafirmando el importante papel que desempeñan las mujeres y la juventud en la prevención, la gestión y la solución de los conflictos, así como en la consolidación de la paz y en los procesos electorales, y destacando la importancia de su participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo en todos los esfuerzos por mantener y promover la paz y la seguridad en la RDC, incluso en los procesos de paz, Reconociendo las iniciativas de mediación anteriores y actuales de la Unión Africana y el Togo, junto con los mecanismos subregionales pertinentes, entre ellos el proceso fusionado de Luanda y Nairobi, así como el legado de las iniciativas dirigidas por Angola, que se ntaron una base sólida para las gestiones de mediación posteriores, encaminadas a promover una solución sostenible y pacífica del conflicto, Tomando nota del informe final del Grupo de Expertos sobre la RDC, de 2025 (S/2025/446 ), Expresando gran preocupación por el despliegue de armamento sofisticado, como misiles tierra -aire, y el aumento del uso de drones suicidas por parte de las FDR, que contraviene el embargo de armas, según ha informado el Grupo de

Expresando gran preocupación por el despliegue de armamento sofisticado, como misiles tierra -aire, y el aumento del uso de drones suicidas por parte de las FDR, que contraviene el embargo de armas, según ha informado el Grupo de Expertos, así como por las actividades de interferencia y suplantación del GPS en las zonas de Kivu del Norte controladas por el M23, que menoscaban la capacidad de la MONUSCO para cumplir su mandato de protección de los civiles, amenazan la seguridad del personal de mantenimiento de la paz y de la aviación civil y repercuten negativamente en la capacidad de los agentes humanitarios para prestar asistencia a las poblaciones necesitadas, Reconociendo los efectos adversos de factores como el cambio climático, los cambios ecológicos, los desastres naturales y la falta de acceso a la energía para la estabilidad de la RDC, observando la importancia de considerar la repercusión de esos efectos en los programas pertinentes ejecutados en el país, acogiendo con beneplácito el liderazgo de la RDC en la formulación de estrategias nacionales para abordar estas cuestiones y en la preservación forestal de la cuenca del Congo, expresando preocupación po r las actividades de los grupos armados en áreas protegidas que provocan daños ambientales y reconociendo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Acuerdo de París, Reiterando la necesidad de que la MONUSCO ejecute plenamente el mandato encomendado en sus resoluciones pertinentes, utilizando todos los medios de que disponga para hacer frente con eficacia a la amenaza que representan los grupos armados y otras amenazas a la segu ridad, en el contexto del creciente conflicto

encomendado en sus resoluciones pertinentes, utilizando todos los medios de que disponga para hacer frente con eficacia a la amenaza que representan los grupos armados y otras amenazas a la segu ridad, en el contexto del creciente conflicto armado en la RDC, y reiterando su exhortación a todas las partes para que cooperen plenamente con la MONUSCO y sigan comprometidas con la ejecución plena y objetiva del mandato de la Misión,S/RES/2808 (2025)

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Reiterando la importancia de dotar adecuadamente de recursos a las operaciones de paz de las Naciones Unidas, incluso durante las transiciones de las misiones, y recordando a este respecto la resolución 2594 (2021) , Habiendo determinado que la situación imperante en la RDC sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la región, Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas,

1. Condena enérgicamente la ofensiva que está realizando en Kivu del Sur el M23, con el apoyo de las FDR, incluida la toma de Uvira, que podría desestabilizar toda la región, pone en grave peligro a la población civil y compromete las iniciativas de paz en curso, insta al M23 a que cese y retroceda inmediatamente en sus operaciones ofensivas y a Rwanda a que retire sus Fuerzas de Defensa del este de la RDC, insta encarecidamente al M23 a que ponga fin a todas las formas de expansión en Kivu del Norte y Kiv u del Sur y hacia cualquier otra provincia para que el conflicto no siga extendiéndose, y exige además que todas las partes materialicen sin demora

en Kivu del Norte y Kiv u del Sur y hacia cualquier otra provincia para que el conflicto no siga extendiéndose, y exige además que todas las partes materialicen sin demora sus compromisos anteriores de declarar un alto el fuego permanente, efectivo y verificable;

Situación política

2. Apoya los esfuerzos que sigue realizando el Gobierno de la RDC para lograr la reconciliación y la paz y la estabilidad en la RDC y en la región, reitera la importancia de que se cumplan los compromisos de tratar de lograr la unidad nacional, fortalecer el estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, incluido el respeto de la libertad de opinión y de expresión, la libertad de prensa y el derecho de reunión pacífica, luchar contra la corrupción, promover y defender un espacio cívico abierto, in clusivo y seguro, la participación de la juventud y la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las mujeres, luchar contra el discurso de odio y las campañas de información falsa y falsificada, poner en marcha programas nacionales de desarrollo para reducir considerablemente la pobreza, y fomentar la inclusividad política y la consolidación de la paz, y alienta a la MONUSCO a que siga apoyando, mediante sus buenos oficios, procesos políticos que sean pacíficos, transparentes e inclusi vos y tengan credibilidad;

3. Destaca que es fundamental que haya una mayor presencia del Estado en las zonas de conflicto, sobre todo en el este de la RDC, para lograr la paz sostenible en el país, exhorta a las autoridades de la RDC a que procuren estabilizar y fortalecer

las zonas de conflicto, sobre todo en el este de la RDC, para lograr la paz sostenible en el país, exhorta a las autoridades de la RDC a que procuren estabilizar y fortalecer la capacidad de las instituciones del Estado, particularmente en las zonas de conflicto, con el apoyo de la MONUSCO y el ENUP, a fin de hacer efectivos los derechos de toda la población c ongolesa y atender sus necesidades, y exhorta además a todas las instancias políticas a que propicien un amplio consenso nacional sobre las principales reformas de la gobernanza y la seguridad;

Derechos humanos

4. Exhorta al Gobierno de la RDC a que aproveche los compromisos anteriores de proteger y respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como de combatir la impunidad en todos los ámbitos, para asegurarse de que los esfuerzos por eliminar la amena za de los grupos armados y restablecer la autoridad del Estado se evalúen periódicamente y se implementen respetando plenamente el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario;

5. Insta al Gobierno de la RDC a que haga rendir cuentas a los responsables de violaciones del derecho internacional humanitario o violaciones y abusos de los derechos humanos, en particular los que puedan constituir genocidio, crímenes de guerra y crímenes de les a humanidad;S/RES/2808 (2025)

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6. Destaca la importancia de la cooperación que sigue brindándose a la Corte Penal Internacional a raíz de que la RDC le remitiera en 2004 y 2023 la situación en el país, así como la cooperación con la Corte Africana de Derechos Humanos y de los

Penal Internacional a raíz de que la RDC le remitiera en 2004 y 2023 la situación en el país, así como la cooperación con la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos;

7. Alienta al Gobierno de la RDC a que siga adoptando medidas para que las fuerzas de seguridad rindan cuentas por las violaciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos y continúe luchando contra la impunidad en sus filas, y exhorta a las autoridades congolesas a que se aseguren de que los responsables de esos actos comparezcan ante la justicia, exhorta además al Gobierno de la RDC a que facilite, en consonancia con acuerdos anteriores, el acceso pleno y s in trabas de la Oficina Conjunta de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en la RDC a todos los centros de detención e instalaciones penitenciarias, hospitales y depósitos de cadáveres y demás locales que necesite para documentar las violaciones de los d erechos humanos, según proceda;

8. Condena enérgicamente todas las formas de violencia sexual y de género en situaciones de conflicto y posconflicto en la RDC, especialmente los actos cometidos por los grupos armados, acoge con beneplácito los esfuerzos del Gobierno de la RDC por combatir y prevenir esa violencia y luchar contra la impunidad gracias a la detención, el enjuiciamiento y la condena de los autores de esos delitos, insta al Gobierno de la RDC a que siga intensificando los esfuerzos por combatir la impunidad, incluso de los actos de violencia sexual c ometidos por algunos integrantes de las FARDC y la PNC, y a que proporcione todos los servicios y la protección

Gobierno de la RDC a que siga intensificando los esfuerzos por combatir la impunidad, incluso de los actos de violencia sexual c ometidos por algunos integrantes de las FARDC y la PNC, y a que proporcione todos los servicios y la protección necesarios a supervivientes, víctimas y testigos, exhorta al Gobierno a que siga esforzándose por implementar sus planes de acción relativos a la violencia sexual y las reparaciones, y a que vele por que se asigne financiación suficiente para cumplir estos compromisos, y recuerda la importancia de la cooperación con la Oficina de la Representante Especial del Secretario General sobre la Violencia Sexual en los Conflictos;

9. Pide que el Gobierno de la RDC siga avanzando y esforzándose a fin de consolidar los logros del Plan de Acción para Eliminar y Prevenir el Reclutamiento y la Utilización de Niños y agilizar su aplicación para hacer cesar y prevenir todas las violaciones y los abusos contra la infancia, hacer que los autores de esas violaciones y abusos rindan cuentas de sus actos, y velar por que los niños no sean detenidos por su presunta vinculación con grupos armados y sean entregados a las instancias de protección i nfantil, y recuerda la importancia de cooperar con la Oficina de la Representante Especial del Secretario General para la Cuestión de los Niños y los

Conflictos Armados;

Grupos armados

10. Condena enérgicamente a todos los grupos armados que operan en la RDC y sus violaciones del derecho internacional humanitario y de otras disposiciones aplicables del derecho internacional, así como sus abusos de los derechos humanos, reitera su condena de todos los tipos de ataque contra la población y las

y sus violaciones del derecho internacional humanitario y de otras disposiciones aplicables del derecho internacional, así como sus abusos de los derechos humanos, reitera su condena de todos los tipos de ataque contra la población y las infraestructuras civiles, que contravienen el derecho internacional, contra el personal de las Naciones Unidas, el personal asociado y los agentes humanitarios, así como contra las instalac iones y el personal médicos, las escuelas y los hospitales, y reitera además que los responsables deben rendir cuentas de sus actos;

11. Exige que todos los grupos armados y sus redes de apoyo pongan fin de inmediato a cualquier forma de violencia y otras actividades desestabilizadoras, exige también que todos los miembros de grupos armados se disuelvan de forma inmediata y permanente, depongan las armas, repudien la violencia, hagan cesar y prevengan las violaciones y los abusos contra la infancia y liberen a los niños que sirvan en susS/RES/2808 (2025)

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filas, e insta a todos los grupos armados congoleses a que participen en el programa de desarme, desmovilización, recuperación comunitaria y estabilización (PDDRCE), y a los grupos armados extranjeros a que regresen a sus países de origen;

12. Insta al Gobierno de la RDC a que adopte nuevas medidas para hacer frente a la amenaza que plantean los grupos armados, combinando enfoques militares y no militares compatibles con el derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el de recho internacional de los derechos humanos, alienta al Gobierno de la RDC a que, manteniendo estrechos contactos con la sociedad civil

y no militares compatibles con el derecho internacional, incluidos el derecho internacional humanitario y el de recho internacional de los derechos humanos, alienta al Gobierno de la RDC a que, manteniendo estrechos contactos con la sociedad civil y las comunidades, reactive sus esfuerzos por crear plataformas nacionales y locales de diálogo con los grupos armados que estén dispuestos a deponer las armas, a fin de establecer condiciones políticas propicias para preparar su desarme y desmovilización poniendo en práctica iniciativas comunitarias de desarme, desmovilización y reintegración (DDR) adaptadas a ca da contexto específico que ofrezcan alternativas y oportunidades económicas sostenibles y asegurando la rendición de cuentas por los abusos de los derechos humanos y los crímenes internacionales, las iniciativas de justicia de transición y la protección de los derechos de la infancia, exhorta además al Gobierno de la RDC a que vele por que sus actividades de reclutamiento y movilización contribuyan a la ejecución del PDDRCE y las iniciativas en curso sobre justicia de transición y reforma del sector de la seguridad (RSS);

13. Condena la incesante expansión territorial del M23, el establecimiento de administraciones paralelas en las zonas que controla en detrimento de la soberanía de la RDC, las actividades de interferencia y suplantación del GPS en Kivu del Norte, su adquisición de ar mamento sofisticado en contravención del embargo de armas y las trabas que impone al acceso humanitario en Kivu del Norte, y exige el cese inmediato de esas actividades en consonancia con su resolución 2773 (2025) ;

14. Exige el cese inmediato del apoyo prestado por las FDR al M23, y exige además su retirada del territorio de la RDC;

inmediato de esas actividades en consonancia con su resolución 2773 (2025) ;

14. Exige el cese inmediato del apoyo prestado por las FDR al M23, y exige además su retirada del territorio de la RDC;

15. Exige el cese inmediato del apoyo prestado por las fuerzas militares de la RDC a determinados grupos armados, como las FDLR, y exige además que se sigan cumpliendo los compromisos asumidos por las autoridades de la RDC para neutralizar al grupo;

16. Condena la explotación y el tráfico ilícitos de recursos naturales, en particular los denominados “minerales conflictivos”, que continúan realizando sistemáticamente los grupos armados y las redes delictivas que los apoyan, y el impacto negativo del conflicto arma do en las áreas naturales protegidas, que menoscaba los esfuerzos por garantizar la protección de los bosques, la biosfera y el medio ambiente en su conjunto, exhorta a los Estados miembros de la Conferencia Internacional sobre la Región de lo s Grandes Lagos (CIRGL) y las comunidades económicas regionales a que luchen juntos contra la explotación y el comercio ilícitos de recursos naturales, destaca la importancia de la labor de trazabilidad y de gestionar de forma equitativa y productiva la extracción, el valor añadido, el transporte y el comercio de los recursos naturales en el este de la RDC, con miras a prevenir la explotación ilegal de recursos naturales por p arte de los grupos armados y las redes delictivas que los apoyan, alienta a los Es tados Miembros a que promuevan la gestión transparente y legal de los recursos naturales, incluso exigiendo la diligencia debida

explotación ilegal de recursos naturales por p arte de los grupos armados y las redes delictivas que los apoyan, alienta a los Es tados Miembros a que promuevan la gestión transparente y legal de los recursos naturales, incluso exigiendo la diligencia debida en la cadena de suministro para la obtención responsable de minerales, y recuerda a este respecto sus resoluciones 1952 (2010) , 2457 (2019) , 2389 (2017) y 2773 (2025) , así como la declaración de su Presidencia S/PRST/2021/19 ;

17. Alienta a las autoridades congolesas a que renueven el compromiso de promover la RSS y la consolidación de la autoridad del Estado, la reconciliación, la tolerancia y la democracia, exhorta al Gobierno de la RDC a que mantenga suS/RES/2808 (2025)

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compromiso de proteger a la población civil mediante el pronto establecimiento de cuerpos de seguridad profesionales y sostenibles que rindan cuentas y respeten el derecho internacional humanitario y el derecho interno e internacional de los derechos human os y mediante el despliegue de una administración civil congolesa que rinda cuentas, incluso asignando los recursos financieros necesarios y teniendo en cuenta la participación plena, igualitaria, significativa y sin riesgo de las mujeres, y alienta a los asociados internacionales a que aumenten su apoyo a este respecto;

18. Pide que prosigan los esfuerzos nacionales por garantizar la seguridad y eficacia de la gestión, el almacenamiento, la vigilancia y la protección de sus existencias de armas y municiones, y por luchar contra el tráfico y la desviación de

18. Pide que prosigan los esfuerzos nacionales por garantizar la seguridad y eficacia de la gestión, el almacenamiento, la vigilancia y la protección de sus existencias de armas y municiones, y por luchar contra el tráfico y la desviación de armas, incluso creando capacidad al respecto y combatiendo la impunidad, con el apoyo continuo de la MONUSCO, según proceda y con los recursos disponibles;

Apoyo regional

19. Reafirma la importancia de adoptar un enfoque regional integrado bajo el liderazgo de la Unión Africana, destaca las contribuciones de la Comunidad de África Oriental (CAO), la CIRGL y la Comunidad de África Meridional para el Desarrollo

(SADC) y destaca los compromisos asumidos por los signatarios del Acuerdo Marco sobre la Paz, la Seguridad y la Cooperación para la República Democrática del Congo y la Región (Acuerdo Marco PSC) de no tolerar ni prestar asistencia o apoyo de ningún tipo a los grupos arma dos,

20. Exhorta a los Estados signatarios del Acuerdo Marco PSC a que ayuden a implementar efectivamente la Estrategia de las Naciones Unidas para la Consolidación de la Paz y la Prevención y la Solución de Conflictos en la Región de los Grandes Lagos, así como su Plan d e Acción, apoya plenamente al Enviado Especial del Secretario General para la Región de los Grandes Lagos en el cumplimiento de su mandato de contribuir a la revitalización del Acuerdo Marco PSC y promover la paz y la estabilidad en la región, exhorta al Enviado Especial a que intensifique sus gestiones regionales e internacionales para promover la solución política de la crisis en el este de la RDC, alienta a la Oficina del Enviado Especial

intensifique sus gestiones regionales e internacionales para promover la solución política de la crisis en el este de la RDC, alienta a la Oficina del Enviado Especial para la Región de los Grandes Lagos, la MONUSCO, la Oficina Regional de las Naciones Unidas para África Central (UNOCA) y otras entidades de las Naciones Unidas a que coordinen estrategias y compartan información a fin de respaldar las iniciativas de paz y buscar soluciones políticas para hacer cesar los fluj os transfronterizos ilícitos de combatientes armados, armas y recursos naturales, y facilitar los procedimientos de repatriación de grupos armados extranjeros;

21. Destaca la importancia de la coherencia, la coordinación, la complementariedad, la articulación eficiente y el intercambio de información entre la MONUSCO, las FARDC, las Fuerzas de Defensa Nacional de Burundi y las Fuerzas de Defensa del Pueblo de Uganda (FDPU), incluso para e vitar conflictos en las operaciones y asegurar la ejecución del mandato de la MONUSCO, y exhorta al Gobierno de la RDC y a las FDPU a que faciliten, en consonancia con acuerdos anteriores, el acceso pleno y sin trabas de la MONUS CO a las zonas donde se lleva a cabo la operación Shujaa, a la vez que encomia los progresos recientes a este respecto;

Procesos de paz

22. Reafirma su resolución 2773 (2025) y exige que todas las partes la apliquen plena y rápidamente, reafirma el papel central de la Unión Africana y sus iniciativas de mediación, facilitadas por el Togo y encaminadas a lograr la paz y la

apliquen plena y rápidamente, reafirma el papel central de la Unión Africana y sus iniciativas de mediación, facilitadas por el Togo y encaminadas a lograr la paz y la estabilidad en el este de la RDC, exhorta a los asociados internacionales a que presten todo su apoyo a las gestiones del mediador de la Unión Africana, acoge con beneplácito la firma del Acuerdo de Paz de Washington, el 27 de junio de 2025,S/RES/2808 (2025)

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facilitado por los Estados Unidos, y la firma del Marco de Doha para la Paz, el 15

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