CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2814 de 2026
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 2814 de 2026
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2026
Naciones Unidas S/RES/2814 (2026)
Consejo de Seguridad
Distr. general 29 de enero de 2026
26-01178 (S) 2601178
Resolución 2814 (2026)
Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 10099ª sesión, celebrada el 29 de enero de 2026
El Consejo de Seguridad , Reafirmando su decidido compromiso con la soberanía, la independencia y la integridad y unidad territoriales de Haití, Reafirmando su apoyo a una solución integral y duradera, con liderazgo haitiano, que aborde las principales causas de la inestabilidad actual y las crisis multidimensionales imperantes en Haití, e instando a todas las partes interesadas haitianas a que lleguen a un acuerdo sobre la futura estructura de gobierno, Expresando profunda preocupación porque las partes interesadas haitianas no han avanzado en la transición política, y reiterando la importancia de la función de buenos oficios que desempeña la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Haití (BINUH) en favor de un proceso político transparente, con liderazgo haitiano y con la participación de todos los haitianos, Expresando preocupación por la crítica situación de la seguridad en Haití y condenando en los términos más enérgicos el aumento de la violencia, las actividades delictivas y los abusos y violaciones de los derechos humanos, incluidos los actos de violencia sexual contra las mujeres, los hombres y la infancia, la trata de personas, el tráfico de migrantes, los homicidios, los asesinatos extrajudiciales y el reclutamiento
violencia sexual contra las mujeres, los hombres y la infancia, la trata de personas, el tráfico de migrantes, los homicidios, los asesinatos extrajudiciales y el reclutamiento y secuestro de niños cometidos por las bandas armadas, Expresando grave preocupación por el continuo flujo de armas y municiones ilícitas hacia Haití, y reiterando la urgente necesidad de prohibir la transferencia de armas y material conexo de todo tipo a agentes no estatales que participen en actos de violencia de bandas, actividades delictivas o abusos de los derechos humanos en Haití o los apoyen, así como de pre venir su tráfico y desvío ilícitos, Expresando preocupación por la situación de las condiciones de detención en Haití, incluido el elevado número de personas que se encuentran en prisión preventiva, y recalcando la importancia de los esfuerzos por garantizar que las condiciones de detención sean compa tibles con las normas internacionales de derechos humanos, y observando la necesidad de prestar asistencia técnica y apoyo para crear capacidad al poder judicial, las fuerzas de seguridad y la administración penitenciaria de Haití,S/RES/2814 (2026)
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Tomando nota del decreto aprobado en abril de 2025 para establecer en Haití centros judiciales especializados en delitos financieros complejos, incluida la corrupción, y delitos masivos, violencia de las bandas y violencia sexual contra las mujeres, los hombres y la i nfancia, y aguardando con interés su plena puesta en funcionamiento con el apoyo continuo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y otras entidades competentes de las Naciones Unidas,
funcionamiento con el apoyo continuo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) y otras entidades competentes de las Naciones Unidas, y reafirmando su apoyo a l as autoridades haitianas para que lleven a cabo una reforma del sector de la justicia y el sector penitenciario y fortalezcan el estado de derecho, Alentando a las autoridades haitianas a que creen un Consejo de Desarme, Desmantelamiento y Reintegración, y alentando a las autoridades haitianas a que inicien urgentemente un proceso de reforma del sector de la seguridad que sea exhaustivo, integrado y coherente,
1. Decide prorrogar hasta el 31 de enero de 2027 el mandato, revisado a continuación, de la Oficina Integrada de las Naciones Unidas en Haití (BINUH), encabezada por un Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas, que desempeñará funciones d e buenos oficios y coordinación, incluso para promover la rendición de cuentas y el respeto de los derechos humanos, el proceso político y el estado de derecho;
2. Revisa el mandato de la BINUH para que lleve a cabo las siguientes tareas principales, de manera integrada con todas las entidades de las Naciones Unidas presentes en Haití: i) Utilizar los buenos oficios para facilitar el diálogo nacional interhaitiano en apoyo del proceso constitucional y político en Haití, con la participación de todos los haitianos; ii) Apoyar a las autoridades haitianas en sus esfuerzos por organizar y celebrar mediante un proceso creíble las elecciones municipales, parlamentarias y presidenciales previstas actualmente para 2026, y lograr un traspaso pacífico
- Apoyar a las autoridades haitianas en sus esfuerzos por organizar y celebrar mediante un proceso creíble las elecciones municipales, parlamentarias y presidenciales previstas actualmente para 2026, y lograr un traspaso pacífico del poder a los funcionario s haitianos elegidos; iii) Coordinar la prestación de asistencia electoral internacional a Haití en cooperación con otras partes interesadas regionales e internacionales, como la Comunidad del Caribe (CARICOM) y la Organización de los Estados Americanos (OEA); iv) Apoyar a las autoridades haitianas en sus esfuerzos por reducir la violencia comunitaria, en la medida en que las condiciones de seguridad lo permitan, y ayudar a diseñar un programa de desarme, desmantelamiento y reintegración con liderazgo haitiano acor de con la estrategia nacional de Haití que incluya, según proceda, propiciar vías sin riesgo para la salida, la desvinculación voluntaria, la rehabilitación y la reintegración de las personas, en particular los niños, anteriormente vinculadas a las ban das, y cumplir el protocolo de entrega para que haya vías claras de remisión a fin de entregar a los niños a los servicios de protección de la infancia sin que corran riesgo; v) En estrecha coordinación con la Fuerza de Represión de las Bandas (FRB) y las organizaciones internacionales competentes, ayudar a las autoridades haitianas a abordar la cuestión de la prisión preventiva prolongada dando apoyo a las instituciones haitianas competentes, y apoyar al poder judicial haitiano en la supervisión periódica del funcionamiento de los tribunales y proporcionar asesoramiento para el tratamiento de las personas de alto riesgo, según proceda;
a las instituciones haitianas competentes, y apoyar al poder judicial haitiano en la supervisión periódica del funcionamiento de los tribunales y proporcionar asesoramiento para el tratamiento de las personas de alto riesgo, según proceda; vi) Vigilar y notificar los casos de violencia de las bandas, las actividades delictivas y los abusos y violaciones de los derechos humanos, incluida la violencia sexual contra todas las mujeres, niñas, hombres y niños, inclusoS/RES/2814 (2026)
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manteniendo recursos específicos para asesores de protección, y velar por que la Dependencia de Derechos Humanos de la BINUH cuente con capacidad específica para tratar los casos de violencia sexual y ayudar a las autoridades nacionales a fortalecer el res peto de los derechos humanos;
3. Pone de relieve la necesidad de que la BINUH y los organismos competentes de las Naciones Unidas en Haití, como la Oficina de Apoyo de las Naciones Unidas en Haití (UNSOH) y la Fuerza de Represión de las Bandas, las autoridades haitianas y otros asociados internacionales y regionales, mantengan la coordinación necesaria en aras de la complementariedad, incluso para atender las necesidades humanitarias y evitar la duplicación de esfuerzos, entre otras cosas a fin de garantizar un enfoque coherente de la labor en los ámbitos de la seguridad, la política y la estabilización, y recalca la necesidad de que las actividades de la BINUH y del equipo de las Naciones Unidas en Haití estén plenamente integradas;
4. Solicita a la BINUH que coopere con el Comité de Sanciones establecido en virtud de la resolución 2653 (2022) y su Grupo de Expertos a fin de facilitar la
4. Solicita a la BINUH que coopere con el Comité de Sanciones establecido en virtud de la resolución 2653 (2022) y su Grupo de Expertos a fin de facilitar la labor del Grupo y que colabore para ayudar a las autoridades haitianas, incluida la Unidad de Lucha contra la Corrupción, a dar a conocer el mecanismo de notificación de las posibles violaciones de las sancione s, e insta a que se aplique el embargo de armas territorial establecido en la resolución 2794 (2025) ;
5. Solicita al Secretario General que lo informe sobre la aplicación de la presente resolución cada 90 días;
6. Solicita además a la UNODC que lo informe cada seis meses, por conducto del Secretario General, aportando información actualizada sobre la delincuencia organizada transnacional, incluidos el tráfico ilícito de armas y los delitos financieros, y sobre los esfuerzos realiza dos junto con el Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz, el Desarme y el Desarrollo en América Latina y el Caribe (UNLIREC) en el contexto de la Hoja de Ruta del Caribe sobre Armas de Fuego y el Plan de Acción Nacional de Ha ití enmarcado en la Hoja de Ruta y las actividades pertinentes de las
Naciones Unidas;
7. Solicita al Secretario General que, en consulta con las autoridades haitianas, le presente, en un plazo de 90 días, un informe escrito en el que se describan todas las opciones, con sus costos, para el apoyo de las Naciones Unidas y la comunidad internacional a la ejecución de un programa de desarme, desmantelamiento y reintegración con liderazgo haitiano, así como el apoyo para llevar a cabo la reforma de la justicia, fortalecer la supervisión interna y fomentar la
comunidad internacional a la ejecución de un programa de desarme, desmantelamiento y reintegración con liderazgo haitiano, así como el apoyo para llevar a cabo la reforma de la justicia, fortalecer la supervisión interna y fomentar la rendición de cuentas optimizando los esfuerzos y los gastos actuales para evitar el solapamiento y la duplicación;