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CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 41 de 1948

Consejo de Seguridad

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Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 41 de 1948
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1948

de las Naciones Unidas para la India y el Paquistán a lograr una solución pacífica, y 2) señalar a la aten tomar asiento a la mesa del Consejo. ción de los Gobiernos de la India y del Paquistán la En la misma sesión, el Consejo decidió: l) comu necesidad de abstenerse de tomar cualquier medida nicar a la Comisión de las Naciones Unidas para la capaz de agravar la situación militar y política y, India y el Paquistán que podía contar con todo el por ende, de comprometer el buen éxito de las nego apoyo del Consejo de Seguridad y que el Consejo ciaciones emprendidas con el fin de llegar a un arreglo deseaba que continuase sus trabajos encaminados a pacífico y definitivo de la cuestión.

EL TERRITORIO LIBRE DE TRIESTE8

A. NOMBRAMIENTO DE UN GOBERNADOR DEL TERRITORIO LIBRE DE TRIESTE Decisiones En su 233a. ses10n (sesión privada), celebrada el 23 de enero de 1948, el Consejo reanudó su examen de la cuestión del nombramiento de un Goberna dor para el Territorio Libre de Trieste y decidió invitar a los miembros permanentes a que celebrasen nuevas consultas al respecto.

En su 265a. (sesión privada), celebrada el 9 de marzo de 1948, el Con sejo acordó aplazar su examen de la cuestión del nombramiento de un Goberna dor del Territorio Libre de Trieste y de ocuparse de nuevo de la cuestión cuando lo pidiese cualquier miembro del Consejo.

B. NOTA FECHADA EL 28 DE JULIO DE 1948, DIRIGIDA AL PRESIDENTE DEL

CONSEJO DE SEGURIDAD POR EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA POPULAR

FEDERAL DE YlJGOSLAVIA9

Decisión En su 344a. ses1on, celebrada el 4 de agosto de 1948, el Consejo decidió invitar al representante de Yugoslavia a participar, sin derecho de voto, en el examen de la cuestión. 8 El Consejo también adoptó resoluciones o decisiones sobre esta cuestión en 1947. 9 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Tercer A,1o, Suplemento de agosto de 1948, documento S/927. LA CUESTION DE INDONESIA1º Decisión desarrollan en Java occidental y Madura e informe al Consejo sobre los mismos a intervalos frecuentes. En su 247a. sesión, celebrada el 17 de febrero de Aprobada en la 259a. sesión 1948, el Consejo decidió invitar al representante de por 8 votos contra ninguno Australia a participar, sin derecho de voto, en el y 3 abstenciones ( Argentina, examen de la cuestión. República Socialista Sovié tica de Ucrania y Unión de Repúblicas Socialistas So1·iéticas). 40 (1948). Resolución de 28 de febrero ele 1948 41 (1948). Resolución de 28 ele febrero de 1948 [S/689] [S/678] El Consejo de Seguridad El Consejo de Seguridad, Pide a la Comisión de Buenos Oficios preste aten Habiendo examinado el informe de la Comisión de ción especial a los acontecimientos políticos que se Buenos Oficios11 en que se informa al Consejo de , 10 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre 11 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Tercer

esta cuestión en 1947 . Aiio, Suplemento Especial No. l. 5 las medidas adoptadas por el Gobierno de los Países en Bandung el 27 de mayo de 1948m, el tercer informe Bajos y el Gobierno de la República de Indonesia a provisional14, el informe sobre la suspensión de las fin de dar cumplimiento a la resolución 27 (1947) negociaciones políticasrn y el informe sobre las restric del Consejo de 1 ° de agosto de 1947 , ciones impuestas al comercio en Indoncsia1u,

1. Toma nota con satisfacción de la firma del Pide a los Gobiernos de los Países Bajos y de la Acuerdo de Tregua por ambas partes12 y de la acepta República de Indonesia que, con la asistencia de la ción por ambas partes de ciertos principios como base Comisión de Buenos Oficios del Consejo, mantengan convenida para la conclusión de un arreglo político en la observancia estricta de los artículos militares y eco Indonesia; nómicos del Acuerdo de tregua del Renvi\lc17 y cum plan pronto y completamente los doce principios polí

2. Felicita a los miembros de la Comisión de Bue ticos del Renvillc 18 y los seis principios adicionales 1 \1 • nos Oficios por la ayuda que han prestado a ambas partes en sus esfuerzos por arreglar la controversia por A probada en la 342a. sesi<Ín medios pacíficos; por 9 1·otos contra ninguno y .? ahstencioncs ( Rcpríblica

3. Mantiene su ofrecimiento de buenos oficios con Socialista Soviética de Ucra tenido en su resolución 31 ( 1947) de 25 de agosto de nia y U nián de l?.cplÍblirns

1947; y, a este fin, Socialistas Sm·iéticas).

4. Pide a ambas partes y a la Comisión de Buenos Oficios que informen directamente al Consejo acerca de los progresos relacionados con el arreglo p·olítico en

Indonesia. A probada en la 259a. sesión 63 ( 1948). Resolución ele 24, ele didemhre dt• por 7 votos contra ninguno 1948 y 4 abstenciones (Colombia. [S/1150] Siria, República Socialista Soviética de Ucrania v Unión de Repúblicas Socfr;_ El Consejo de Seguridad, listas Soviéticas). Notando con inquietud la reanudación de las hosti lidades en Indonesia, y Habiendo tomado nota de los informes de la Comisión de Buenos Oficios, Decisión 1 . l nsta a las partes a que: a) suspendan inmediatamente las hostilidades; En su 329a. sesión, celebrada el 6 de julio de 1948, el Consejo aprobó una propuesta en el sentido de que b) pongan en libertad inmediatamente al Presidente el Presidente del Consejo de Seguridad cablegrafiara de la República de Indonesia y a los demás prisioneros a la Comisión de Buenos Oficios para pedirle que políticos arrestados desde el 18 de diciembre de 1948; enviase lo antes posible un informe sobre las restric

2. Encarga a la Comisión de Buenos Oficios que ciones existentes al comercio nacional e internacional informe detallada y urgentemente, por telégrafo, al de Indonesia y sobre las razones de la demora en la Consejo de Seguridad respecto de los acontecimientos aplicación del Artículo 6 del Acuerdo de Tregua12.

ocurridos en Indonesia a partir del 12 de diciembre de Aprobada por 9 votos con 1948, y observe la aplicación de los anteriores inci tra nin{?uno y 2 abstenciones sos a) y b), e informe al Consejo de Seguridad. ( República Socialista Sovié tica de Ucrania y Unión de Aprobada en la 392a. sesi<ín Repúblicas Socialistas Sm·i,; por 7 1·otos contra 11i11g11110 ticas). y 4 abstenciones (Bélgica, Francia, ReplÍblica Socia lista Soviética de Ucrania~º y Unión de Rep1íhlica.1· Socialistas Soviéticas). 1~ /bid., Tercer Aiío, Suplemento de junio d,· 1948, documento S/842. 55 (1948). Resoluciones de 29 de julio de 1948 14 fbid .. documento S/848/ Add.l. [S/933] l:i !bid., S11plc111cnto de julio de /948, documento S/918. 1U !bid., documento S/919. El Consejo de Seguridad, 17 !bid., Tercer A 110, Suplemento F:spffial No. l. apéndice XI. Habiendo examinado el informe de la Comisión de 18 !bid., apéndice Xlll. Buenos Oficios sobre la Conferencia Federal abierta 19 !bid., apéndice VIII. 20 E_I representante de la República Socialista Soviética de Ucrama estuvo ausente y el Presidente decidió que su voto 12 [bid .. apéndice XI. debía considerarse como abstención. 6

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