🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 5540 de 1949

Consejo de Seguridad

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 5540 de 1949
Autor
Consejo de Seguridad
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
1949

RESOLUCIONES APROBADAS Y DECISIONES TOMADAS POR

EL CONSEJO DE SEGURIDAD EN 1949

Parte l. Cuestiones examinadas por el Consejo Tomando nota, con aprobación, de los informes de Seguridad en cumplimiento de su res presentados al Consejo de Seguridad por su Comi sión de Buenos Oficios para Indonesia, ponsabilidad de mantener la paz y la segu Considerando que sus resoluciones 63 (1948) y 64 (1948), ridad internacionales de 24 y 28 de diciembre de 1948, no han sido plenamente aplicadas, Considerando que la continuación de la ocupación LA CUESTION DE INDONESIA 1, 2 del territorio de la República de Indonesia por las fuerzas armadas de los Países Bajos es incompatible Decisiones con el restablecimiento de buenas relaciones entre las partes y con el logro final de una solución justa y En su 397a. sesión, celebrada el 7 de enero de 1949, duradera de la controversia de Indonesia, el Consejo decidió invitar al representante de Bélgica Considerando que el establecimiento y mantenimiento a participar, sin derecho de voto, en el examen de la de la legalidad y el orden en toda Indonesia constituyen cuestión. una condición necesaria para la realización de los obje En su 398a. sesión, celebrada el 11 de enero de 1949, tivos y deseos expresados por ambas partes, el Consejo decidió invitar al representante de Birmania Notando con satisfacción que las partes permanecen a participar, sin derecho de voto, en el examen de la cuestión. fieles a los principios del Acuerdo del Renville 4 y con

vienen en que deben celebrarse en toda Indonesia elec En su 401 a. sesión, celebrada el 17 de enero de 1949, ciones libres y democráticas a fin de establecer cuanto el Consejo decidió, de conformidad con un pedido antes una asamblea constituyente; que convienen ade de la delegación de Indonesia 3, proporcionar ser más en que el Consejo de Seguridad debe adoptar medi vicios para el intercambio de mensajes oficiales entre das para que un organismo competente de las Naciones la delegación de Indonesia en Lake Success y el Gobierno Unidas vigile el desarrollo de tales elecciones; y que el de la República en Muntok (Bangka) y Prapat (Suma representante de los Países Bajos ha expresado el deseo tra), por intermedio de la Comisión de Buenos Oficios de su Gobierno de que se celebren tales elecciones a en Batavia, y pedir a la Comisión que hiciera arreglos más tardar el l.0 de octubre de 1949, con las autoridades locales de los Países Bajos en Indo nesia para proporcionar a los funcionarios designados Notando también con satisfacción que el Gobierno de los Países Bajos se propone efectuar el traspaso de por el Gobierno de la República servicios de trans soberanía a los Estados Unidos de Indonesia si es posible porte y salvoconductos para que viajaran a Lake Success. para el 1.0 de enero de 1950, y, en todo caso, durante el año 1950, 67 (1949). Resolución de 28 de enero de 1949 Consciente de que le incumbe la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad inter [E/1234] nacionales, y a fin de evitar que los derechos, las recla maciones y la posición de las partes interesadas resulten

El Consejo de Seguridad, perjudicados por el recurso a la fuerza, Recordando sus resoluciones 27 (1947), de 1.0 de agosto; 30 (1947) y 31 (1947), de 25 de agosto, y 36 (1947), l. Invita al Gobierno de los Países Bajos a asegurar la cesación inmediata de todas las operaciones mili de 1.0 de noviembre de 1947, referentes a la cuestión tares; invita al Gobierno de la República a dar al mismo de Indonesia, tiempo a sus partidarios armados la orden de cesar las 1 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre operaciones de guerrillas; e invita a ambas partes a esta cuestión en 1947 y 1948. cooperar en el restablecimiento de la paz y en el man 2 Véase también, en la Parte II, las resoluciones 75 (1949) y tenimiento de la legalidad y del orden en toda la región 76 (1949), que se refieren, respectivamente, a los « Gastos de viaje de que se trata; y dietas de los representantes suplentes en determinadas comi siones del Consejo de Seguridad » y a los « Gastos futuros que 2. Invita al Gobierno de los Países Bajos a poner entrañará el personal de observadores militares de las Naciones inmediata e incondicionalmente en libertad a todos Unidas en Indonesia». 3 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año, 4 ]bid., Tercer Año, Suplemento Especial N.0 J, anexos X[, XHI N.0 5, 401a. sesión, págs. 13 y 14 (documento S/1214). y vm.

los prisioneros políticos detenidos en la República al Consejo de Seguridad junto con sus recomendaciones de Indonesia por dicho Gobierno desde el 17 de diciembre para la solución de las dificultades; de 1948; y a facilitar el inmediato regreso a Jogjakarta 4. Resuelve que: de los funcionarios del Gobierno de la República de Indonesia, a fin de que puedan desempeñar las tareas a) La Comisión de Buenos Oficios se denominará en adelante Comisión de las Naciones Unidas para que les incumben en virtud del precedente párrafo 1, y a ejercer con toda libertad sus funciones respectivas, Indonesia. Esta Comisión actuará como representante del Consejo de Seguridad en Indonesia, y ejercerá incluso la administración de la región de Jogjakarta, que comprenderá la ciudad de Jogjakarta y sus inme todas las funciones que el Consejo de Seguridad ha diaciones. Las autoridades de los Países Bajos propor asignado a la Comisión de Buenos Oficios desde el cionarán al Gobierno de la República de Indonesia 18 de diciembre de 1948, así como las funciones que le todas las facilidades que pueda necesitar razonable confieren los términos de la presente resolución. La mente ese Gobierno para el desempeño efectivo de sus Comisión adoptará sus decisiones por mayoría de funciones en la región de Jogjakarta y para comuni votos, pero en caso de que hubieren existido diver carse o entablar consultas con cualquier persona en gencias de opinión entre sus miembros, expondrá en Indonesia; sus informes y recomendaciones al Consejo de Segu ridad tanto la opinión de la mayoría como la de la

3. Recomienda que a fin de realizar los objetivos minoría; enunciados y los deseos expresados por ambas partes

b) Se pide a la Comisión Consular se sirva facilitar de constituir cuanto antes los Estados Unidos fede el trabajo de la Comisión de las Naciones Unidas para rales, independientes y soberanos de Indonesia, los Indonesia poniendo a su disposición observadores representantes del Gobierno de los Países Bajos y militares, así como el personal y las facilidades que los de la República de Indonesia, con la cooperación necesite la Comisión a fin de desempeñar las tareas de la Comisión mencionada en el siguiente párrafo 4, que le incumben en virtud de las resoluciones 63 (1948) inicien negociaciones, lo antes posible, inspirándose en y 65 ( 1948), de 24 y 28 de diciembre de 1948, del Consejo, los principios enunciados en los Acuerdos del Ling y conforme a la presente resolución. La Comisión gadjati 5 y del Renville, y aprovechando el acuerdo Consular suspenderá temporalmente cualquier otra parcial realizado entre las partes respecto de las pro actividad; puestas que les fueron presentadas el 10 de septiembre de 1948 por el representante de los Estados Unidos de e) La Comisión prestará su concurso a las partes América en la Comisión de Buenos Oficios 6, y, en par en la aplicación de la presente resolución, así como ticular, teniendo en cuenta que: también en las negociaciones que se iniciarán en virtud de lo dispuesto en el precedente párrafo 3, y queda a) El resultado de las negociaciones mencionadas facultada para presentar a las partes y al Consejo de anteriormente habrá de ser el establecimiento de un Seguridad recomendaciones referentes a cuestiones

Gobierno federal provisional con poderes para admi que sean de su competencia. Una vez logrado un acuerdo nistrar los asuntos internos de Indonesia durante el como resultado de tales negociaciones, la Comisión periodo interino anterior al traspaso de la soberanía presentará al Consejo de Seguridad recomendaciones y que tal establecimiento deberá efectuarse a más respecto a la naturaleza, los poderes y funciones del tardar el 15 de marzo de 1949; organismo de las Naciones Unidas que deberá per manecer en Indonesia para coadyuvar en la ejecución b) Las elecciones que habrán de celebrarse con objeto de las disposiciones de tal acuerdo hasta que el Gobierno de elegir representantes a una asamblea constituyente de los Países Bajos haya efectuado el traspaso de su de Indonesia deberán estar terminadas para el I.0 de soberanía a los Estados Unidos de Indonesia; octubre de 1949; d) La Comisión estará facultada para consultar con e) El traspaso de la soberanía sobre Indonesia por representantes de las regiones de Indonesia que no el Gobierno de los Países Bajos a los Estados Unidos forman parte de la República, y para invitar a los repre de Indonesia deberá efectuarse lo antes posible y en sentantes de tales regiones a participar en las nego todo caso el 1.0 de julio de 1950 a más tardar; ciaciones mencionadas en el precedente párrafo 3; entendiéndose que si no se ha llegado a un acuerdo e) La Comisión, o cualquier otro organismo de las un mes antes de las fechas respectivamente mencio Naciones Unidas que pueda establecerse por recomenda nadas en los precedentes incisos a), b) y e), la Comisión ción de la misma conforme a lo dispuesto en el pre

a que se refiere el inciso a) del siguiente párrafo 4, o cedente inciso e) del párrafo 4, está facultada para cualquier otro organismo de las Naciones Unidas que observar, en nombre de las Naciones Unidas, las elec pueda establecerse con arreglo al inciso e) del men ciones que se celebrarán en todo el territorio de Indo cionado párrafo 4, enviará inmediatamente un informe nesia; además, con respecto a los territorios de Java, Madura y Sumatra, está facultada a formular recomen 5 Acuerdo de Linggadjati entre el Gobierno de los Países Bajos daciones relativas a las condiciones necesarias: a) para y el Gobierno de la República de Indonesia, firmado el 25 de asegurar la libertad y el carácter democrático de las marzo de 1947. elecciones, y b) para garantizar en todo momento la 6 Las propuestas fueron presentadas a la Comisión de Buenos libertad de asociación, de palabra y de publicación, Oficios el 10 de noviembre de 1948 (véase Actas Oficiales del Consejo entendiéndose que esta garantía no abarca ninguna de Seguridad, Tercer Alfo, Suplemento de diciembre de 1948 documento S/1117 / Add.1, apéndice IV). ' provocación a actos de violencia o represalias; 2 f) La Comisión ayudará a restablecer cuanto antes enviana a la Comisión de las Naciones Unidas para la administración civil de la República. A este efecto Indonesia. El mensaje decía lo siguiente: recomendará, previa consulta con las partes interesadas, en qué medida, compatible con las exigencias normales « El Consejo de Seguridad entiende que la Comi

de la seguridad pública y de la protección de vidas sión de las Naciones Unidas para Indonesia, con y bienes, las regiones (fuera de la región de Jogjakarta) forme a la resolución 67 (1949) del Consejo, de 28 de controladas por la República en virtud del Acuerdo enero de 1949, y sin perjuicio de los derechos, recla del Renville deberán reintegrarse progresivamente a maciones y condiciones de las partes, debería ayudar la administración del Gobierno de la República de a ésta a llegar a un acuerdo sobre: a) la aplicación Indonesia y vigilará la ejecución de dicho traspaso de la resolución del Consejo de 28 de enero y en de poderes. En sus recomendaciones, la Comisión particular los párrafos I y 2 de la parte dispositiva podrá incluir las disposiciones de carácter económico de las mismas; y b) la fecha y las condiciones para que sean necesarias para el debido funcionamiento de celebrar la propuesta conferencia de La Haya, con la administración y para el bienestar económico de la el propósito de que las negociaciones previstas por población de las regiones interesadas en tales traspasos. la resolución de 28 de enero puedan celebrarse lo Previa consulta con las partes interesadas, la Comisión más pronto posible. El Consejo entiende además indicará, en caso necesario, qué fuerzas de los Países que, de llegarse a tal acuerdo, la celebración de dicha Bajos deberán ser temporalmente mantenidas en una conferencia y la participación de la Comisión de las región determinada (fuera de la región de Jogjakarta) Naciones Unidas para Indonesia, conforme a sus a fin de coadyuvar al mantenimiento de la legalidad atribuciones, se ajustarían a los propósitos y obje

y el orden. Si alguna de las partes se negara a aceptar tivos de la resolución del Consejo de 28 de enero las recomendaciones hechas por la Comisión conforme de 1949. )> al presente párrafo, la Comisión enviará inmediata Aprobada por 8 votos contra mente al Consejo de Seguridad un informe acompañado ninguno y 3 abstenciones ( Francia, República Socialista de nuevas recomendaciones para resolver las dificul Soviética de Ucrania, Unión tades; de Repúblicas Socialistas g) La Comisión presentará informes periódicos al Soviéticas). Consejo, así como informes especiales cuando lo estime necesario; LA CUESTION INDIA-PAKIST AN 9, 10 h) La Comisión utilizará, según lo estime necesario, los servicios de observadores, funcionarios y otras personas; Decisiones

5. Pide al Secretario General se sirva poner a dis De su 399a. sesión, celebrada el 13 de enero de 1949, posición de la Comisión el personal, los fondos y demás el Consejo tomó nota del segundo informe provisional facilidades que pueda necesitar para el cumplimiento de la Comisión de las Naciones Unidas para la India de sus funciones; y el Pakistán 11 y el Presidente expresó la opinión del

6. Invita al Gobierno de los Países Bajos y a la Repú Consejo de que la Comisión debía « volver al subcon blica de Indonesia a cooperar plenamente en la ejecu tinente de la India, lo más pronto posible, con objeto ción de las disposiciones de la presente resolución. de continuar la labor en que ya tanto ha progresado».

Aprobada en la 406a. sesión 7• En su 457a. sesión, celebrada el 17 de diciembre de

1949, el Consejo decidió solicitar al Presidente - Gene ral A. G. L. McNaughton, representante de Canadá - Decisiones que se reuniera oficiosamente con los representantes de la India y del Pakistán y examinara con ellos la posi En su 410a. sesión, celebrada el 16 de febrero de 1949, bilidad de encontrar una base mutuamente satisfactoria el Consejo aceptó la recomendación de la Comisión para tratar el problema de Cachemira, y que sometiera de las Naciones Unidas para Indonesia (S/1258) 8 de al Consejo cualquier propuesta que podría resultar de postergar hasta el l. 0 de marzo de 1949 la presentación sus conversaciones con las partes. del informe inicial que debía presentar en virtud de la resolución 67 (1949) del Consejo. Aprobada por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones En su 417a. sesión, celebrada el 11 de marzo de ( República Socialista Sovié 1949, el Consejo decidió invitar al representante de tica de Ucrania, Unión de Pakistán a participar, sin derecho de voto, en el examen Repúblicas Socialistas Sovié de la cuestión. ticas). En su 421a. sesión, celebrada el 23 de marzo de 1949, 11 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre el Consejo aprobó el texto de un telegrama que se esta cuestión en 1948. 10 Véase también, en la Parte II, la resolución 75 (1949), relativa 7 El proyecto de resolución se votó por partes. No se realizó a los « Gastos de viaje y dietas de los representantes suplentes

una votación sobre el proyecto en su totalidad. en determinadas comisiones del Consejo de Seguridad». 8 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Alio, ll Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año, Suple N.0 13, 410 a. sesión, págs. 1 y 2. mentos de enero-diciembre de 1949, documento S/1196. 3

Consultar sobre este documento ...