CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 5546 de 1949
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 5546 de 1949
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1949
LA CUESTION DE PALESTINA 12 1. Expresa la esperanza de que, habiéndose com prometido los Gobiernos y las autoridades interesadas, mediante las negociaciones entabladas actualmente por Decisiones la Comisión de Conciliación de Palestina, a dar cum plimiento a la petición formulada por la Asamblea En su 433a. sesión, celebrada el 4 de agosto de 1949, General en su resolución 194 (III), de 11 de diciembre el Consejo decidió invitar al representante de Israel a de 1948, de ampliar el campo de negociaciones de armis participar, sin derecho de voto, en el examen de la ticio y buscar un acuerdo por vía de negociaciones cuestión. entabladas ya sea con la Comisión de Conciliación o En su 434a. sesión, celebrada el 4 de agosto de 1949, directamente, llegarán pronto a un acuerdo sobre el el Consejo decidió invitar al representante de Siria a arreglo definitivo de todas las cuestiones pendientes participar, sin derecho de voto, en el examen de la cues entre ellos; tión.
2. Declara que los acuerdos de armisticio constituyen un importante paso hacia el establecimiento de una 72 (1949). Reso]ución de 11 de agosto de 1949 paz permanente en Palestina y considera que esos acuer dos substituyen a la tregua ordenada en las reso
[S/1376, I] luciones 50 (1948) y 54 (1948) del Consejo de Seguridad, aprobadas respectivamente el 29 de mayo y el 15 de El Consejo de Seguridad, julio de 1948; Habiendo tomado nota del informe del Mediador Interino de las Naciones Unidas para Palestina, pre 3. Ratifica, hasta que se llegue a un arreglo pací
sentado al término de sus funciones ia, fico definitivo, la orden contenida en su resolución 54 (I 948) y dirigida a los Gobiernos y autoridades intere
1. Desea rendir homenaje especial a las dotes de sados, en aplicación del Artículo 40 de la Carta de las paciencia, perseverancia y devoción al ideal de la paz Naciones Unidas, de observar una cesación incondi internacional del difunto Conde Folke Bernadotte cional de hostilidades, y teniendo presente que los que estabilizó la situación en Palestina y que, junt¿ diversos acuerdos de armisticio contienen firmes pro con diez miembros de su personal, dio la vida al ser mesas de no cometer nuevos actos de hostilidades entre vicio de las Naciones Unidas; las partes y que prevén también la vigilancia de su cum
2. Desea expresar su profundo aprecio por las dotes plimiento por las propias partes, confía en que ésas de tacto, comprensión, perseverancia y celo en el cum asegurarán la continua aplicación y observancia de plimiento del deber del Dr. Ralph J. Bunche, Mediador tales acuerdos; Interino de las Naciones Unidas en Palestina, que ha
4. Resuelve que, habiendo realizado todas las fun llevado a feliz término la conclusión de las negociaciones ciones asignadas al Mediador de las Naciones Unidas de los acuerdos de armisticio entre Egipto, Jordania, en Palestina, el Mediador Interino quede relevado de Líbano y Siria, por una parte, e Israel por la otra; cualquier otra obligación impuesta en virtud de las
3. Desea también incluir en esta expresión de aprecio resoluciones del Consejo de Seguridad;
al personal de la Misión de las Naciones Unidas en Palestina, tanto a los miembros de la Secretaría de las 5. Observa que los acuerdos de armisticio establecen Naciones Unidas como a los oficiales belgas, franceses, que la ejecución de esos acuerdos será vigilada por suecos y norteamericanos que formaron parte del comisiones mixtas de armisticio, cuyo presidente en personal y actuaron como observadores militares en cada caso será el Jefe de Estado Mayor de la Organiza Palestina. ción de las Naciones Unidas de Vigilancia de la Tregua, o un oficial superior del personal de observadores de Aprobada en la 437a. sesión 14. esa organización designado por él, previa consulta con las partes en los acuerdos; 73 (1949). Resolución de 11 de agosto de 1949
6. Pide al Secretario General que tome las dispo
[S/1376, II] siciones necesarias a fin de que continúe en el servicio aquel personal de la actual Organización de Vigilancia El Consejo de Seguridad, de la Tregua que pueda ser necesario para observar y mantener la cesación de hostilidades, y aquel que pueda Habiendo tomado nota con satisfacción de los vanos requerirse para ayudar a las partes en los acuerdos de acuerdos de armisticio 15 concluidos mediante nego armisticio a vigilar la aplicación y observancia de los ciaciones entabladas entre las partes que han inter términos de esos acuerdos, prestando particular aten venido en el conflicto en Palestina, y en cumplimiento ción a los deseos de las partes expresados en los artí de su resolución 62 (1948), de 16 de noviembre de 1948, culos pertinentes de los acuerdos;
12 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre 7. Pide a dicho Jefe de Estado Mayor que informe esta cuestión en 1947 y 1948. al Consejo de Seguridad sobre la observancia de la 13 Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto A,io, Suple cesación de hostilidades en Palestina con arreglo a mentos de enero-diciembre de 1949, documento S/1357. los términos de esta resolución; y que mantenga infor 14 El proyecto de resolución no se puso a votación. 15 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año. mada a la Comisión de Conciliación en Palestina de Suplementos Especiales N.08 !, 2, 3 y 4. las cuestiones relacionadas con el trabajo de la Comí- 4 sión en virtud de la resolución 194 (III) de la Asamblea Encarga al Secretario General que transmita a la General, de 11 de diciembre de 1948. Asamblea General, para su información, este informe, sus anexos y las resoluciones que lo acompañan, jun Aprohada en la 437a. sesión tamente con el acta del debate mantenido en el Consejo por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones ( República de Seguridad sobre este asunto. Socialista Soviética de Ucra Aprobada en la 450a. sesión nia, Unión de Repúblicas por 9 l'Otos contra ninguno Socialistas Soviéticas). y 2 abstenciones ( República Socialista Soviética de Ucra nia, Unión de Repúblicas Decisión Socialistas Soviéticas) ii,_ En su 453a. ses10n, celebrada el 25 de octubre de
1949, el Consejo decidió postergar hasta nueva orden 78 (1949). Resolución de 18 de octubre de 1949 el examen del tema titulado « Desmilitarización de la [S/1410] región de Jerusalém, con especial referencia a la reso lución 194 (III) de la Asamblea General, de 11 de El Consejo de Seguridad, diciembre de 1948 )). Habiendo recibido y examinado las propuestas con tenidas en el documento de trabajo sobre la aplicación de la resolución 192 (III) de la Asamblea General, Parte II. Otras cuestiones examinadas por el de 19 de noviembre de 1948, aprobado por la Comi sión de Armamentos de Tipo Corriente durante su Consejo de Seguridad 19a. sesión, celebrada el 1.0 de agosto de 1949 20, Pide al Secretario General que transmita a la Asam ARMAMENTOS: REGLAMENTACION Y blea General estas propuestas y las actas de los debates mantenidos sobre esta cuestión en el Consejo de Segu REDUCCION rn ridad y la Comisión de Armamentos de Tipo Corriente. 68 (1949). Resolución de 10 de febrero de 1949 Aprobada en la 452a. sesión por 9 votos contra ninguno [S/1252] y 2 abstenciones ( República Socialista Soviética de Ucra nia, Unión de Repúblicas El Consejo de Seguridad, Socialistas Soviéticas). Resuelve transmitir a la Comisión de Armamentos de Tipo Corriente la resolución 192 (III) aprobada por la Asamblea General el 19 de noviembre de 1948, cuyo ADMISION DE NUEVOS MIEMBROS
texto está contenido en el documento S/1216 17, para EN LAS NACIONES UNIDAS 21 que adopte las medidas oportunas con arreglo a las disposiciones de dicha resolución. Decisión Aprobada en la 408a. sesión En su 409a. sesión, celebrada el 15 de febrero de 1949, por 9 votos contra ninguno y 2 abstenciones ( República el Consejo decidió asignar al Comité de Admisión de Socialista Soviética de Ucra nuevos Miembros la solicitud de la República de Corea nia, Unión de Repúblicas de admisión como Miembro de las Naciones Unidas. Socialistas Soviéticas). Aprobada por 9 votos contra 2 22• 77 (1949). Resolución de 11 de octubre de 1949 [S/1403] 69 (1949). Resolución de 4 de marzo de 1949 [S/1277] El Consejo de Seguridad, Habiendo recibido y examinado el segundo informe El Consejo de Seguridad, de la Comisión de Armamentos de Tipo Corriente Habiendo recibido y examinado la solicitud de ingreso sobre la marcha de sus trabajos, juntamente con los de Israel en las Naciones Unidas 23, anexos y las resoluciones relativas a los puntos 1 y 2 del plan de trabajo de la Comisión, aprobado por ella 1" Tal como fue anunciado por el Presidente, no habiéndose durante su 13a. sesión, el 12 de agosto de 1948, unidos realizado una votación formal. al informe ,18, 2" Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año, Suplementos de enero-diciembre de 1949, documento S/1372, anexo l.
16 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre "1 El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre esta cuestión en 1946 y 1947. esta cuestión en 1946, 1947 y 1948. 17 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año, 20 En el acta de la sesión no se dan otros detalles de la votación. Suplementos de enero-diciembre de 1949. 2" Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Tercer A,1o, 18 /bid., Suplementos de enero-diciembre de 1949, documento Suplemento de diciembre de 1948, documento S/1093; ibid., Cuarto S/1371. a110, S11pfrmcntos de cnero-dicien1brc de 194<J, documento S/1267. 5