CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 866 de 1948
Consejo de Seguridad
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Detalles
- Título
- CONSEJO DE SEGURIDAD - Resolución 866 de 1948
- Autor
- Consejo de Seguridad
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1948
53 ( 1943). Resolución ele 7 de julio de 1948 las Naciones Unidas, que desistan de realizar más acti vidades bélicas y que, con este fin, den órdenes de cesar [S/875] el fuego a sus fuerzas militares y paramilitares, órdenes El Consejo de Seguridad, que serán efectivas en el momento que determine el Mediador, pero en ningún caso más de tres días des Tomando en consideración el telegrama del 5 de pués de la fecha de aprobación de esta resolución; julio de 1948, enviado por el Mediador de las Naciones Unidas29, 3. Declara que el no cumplimiento del párrafo precedente de esta resolución por cualquiera de los Dirige un llamamiento urgente a las partes intere Gobiernos o autoridades interesados demostraría la sadas para que acepten en principio la prolongación de existencia de un quebrantamiento de la paz en el sen la tregua durante el período que se decida en consultas tido del Artículo 39 de la Carta, que requeriría inme con el Mediador. A probada ,,n la 331 a. sesión diata consideración por el Consejo de Seguridad para por 8 votos contra ninguno establecer qué medidas ulteriores previstas en el y 3 abstenciones ( República Capítulo VII de la Carta serían decididas por el Con Sociali.\/" StJl'ihica de Ucra sejo; nia, Siria y Unión de Rcpú
4. Exhorta a todos los Gobiernos y autoridades /Jlirns Socialistas Soviéticas). interesados, a que continúen cooperando con el Media dor con el fin de mantener la paz en Palestina de con formidad con la resolución 50 ( 1948) aprobada por
el Consejo de Seguridad el 29 de mayo de 1948; Decisiones
5. Ordena, como necesidad urgente y especial, el En su 33 la. sesión, celebrada el 7 de julio de 1948, cese inmediato e incondicional del fuego en la ciudad el Consejo decidió pedir al Mediador de las Naciones de Jerusalén, efectivo 24 horas después de la aproba Unidas que tomara medidas para aplicar el principio ción de esta resolución; y encarga a la Comisión de que figuraba en el último párrafo de su telegrama de Tregua que tome todas las medidas necesarias para fecha 7 de julio de 194830• que el cese del fuego sea efectivo; En su 332a. sesión, celebrada el 8 de julio de 1948, 6. Encarga al Mediador que continúe sus esfuerzos el Consejo decidió que el Presidente enviara telegramas para lograr la desmilitarización de la ciudad de Jeru a las partes interesadas y al Mediador de las Naciones salén sin que esto comprometa la futura situación Unidas para pedir información inmediata sobre la situa política de Jerusalén, y que asegure la protección de los ción en Palestina y especialmente para conocer la acti Lugares Sagrados. edificios y sitios religiosos de tud de las partes con respecto al cumplimiento y pro Palestina y del acceso a los mismos; longación de la tregua.
7. Encarga al Mediador que vigile el cumplimiento de la tregua y que establezca los procedimientos para el examen de los alegados quebrantamientos de la tregua ocurridos desde el 11 de junio de 1948; le autoriza a tomar, en caso de quebrantamiento, las 51 (1948). Rcsolm·ión ,le 15 ele julio de 1911-8 medidas locales apropiadas que estén dentro de sus
atribuciones; y le pide que se sirva mantener al Consejo [S/902] de Seguridad al corriente de la marcha de la tregua y El Consejo de Seguridad, que tome las medidas necesarias apropiadas en caso necesario; Considerando que el Gobierno Provisional de Israel ha indicado que acepta en principio una prolongación 8. Decide que, con sujec10n a decisiones ulteriores de la tregua en Palestina; que los Estados miembros del Consejo de Seguridad o de la Asamblea General, la de la Liga Arabe han rechazado llamamientos suce tregua ha de permanecer en vigor de acuerdo con la sivos del Mediador de las Naciones Unidas y el diri presente resolución y con la resolución 50 ( 1948) del gido por el Consejo de Seguridad por su resolución 53 29 de mayo de 1948, hasta que se logre un ajuste ( 1948) del 7 de julio de 1948 en pro de la prolon pacífico de la futura situación de Palestina; gación de la tregua en Palestina; y que posteriormente 9. Reitera el llamamiento a las partes, contenido se han reanudado las hostilidades en Palestina; en el último párrafo de su resolución 49 ( 1948) del
1. Decide que la situación existente en Palestina 22 de mayo de 1948 y encarece a las partes que con constituye una amenaza a la paz en el sentido del tinúen las conversaciones con el Mediador en un espí Artículo 39 de la Carta; ritu de conciliación y concesiones mutuas para que todos los aspectos de la controversia puedan ser ajus
2. Ordena a los Gobiernos y autoridades intere
t:1dos pacíficamente; sados, en cumplimiento del Artículo 40 de la Carta de 1O . Pide al Secretario General se sirva suministrar 29 !bid., Tercer A izo, Suplemento de julio de /948, docu al Mediador el personal y las facilidades necesarios mento S/865. para ayudarle en el desempeño de las funciones que ao /bid., documento S/869. El último párrafo del telegrama le fueron asignadas por la resolución 186 (S-2) de la dice lo siguiente: "Toda decisión que pueda tomar Consejo de Seguridad Asamblea General del 14 de mayo de 1948 y en virtud respecto prolongación de tregua deberá estipular claramente de la presente resolución; que el abastecimiento alimentos, agua y otros elementos I J . . Pide que el_ Secretario General haga los arreglos esenciales de carácter no militar llegarán a Jerusalén bajo control y la regulación de Naciones Unidas." apropiados con obJeto de proveer los fondos necesarios 1 1 para sufragar las obligaciones originadas por la presente e) Cada parte tiene la obligación de juzgar rápida resolución. mente y, en caso de culpabilidad, de castigar a cual Aprobada en la 338a. sesión quier persona o personas que dentro de su jurisdicción por 7 votos contra l (Siria) hayan intervenido en una violación de la tregua; y 3 abstenciones (Ar1;enti11a, el) Ninguna de las partes está autorizada a violar la República Socialista Sm·i<' tregua con el pretexto de tomar represalias o medidas tica de Ucrania y Unián de de retorsión contra la otra parte; Uepúblicas Socialistas Sm·i,'
ticas). e) Ninguna de las partes tiene derecho a obtener ventajas militares ni políticas mediante violaciones de la tregua. Aprobada en la 354a. scsi,J,1:t:.!_ Decisiones En su 343a. sesión, celebrada el 2 de agosto de 1948, el Consejo decidió solicitar información al Mediador de las Naciones Unidas y a los Gobiernos interesados con respecto a: a) las personas judías desa lojadas en Europa; b) los refugiados árabes; e) la En su 354a. sesión, celebrada el 19 de agosto de posible asistencia a estos dos grupos; y d) los judíos 1948, el Consejo decidió enviar las actas de sus deli detenidos por las autoridades británicas en Chipre. beraciones sobre la cuestión de los refugiados árabes de Palestina y de las personas judías desplazadas al Con En su 349a. sesión, celebrada el 13 de agosto de sejo Económico y Social y a la Organización Interna 1948, el Consejo decidió pedir al Presidente que enviara cional de Refugiados. el siguiente telegrama al Mediador de las Naciones Unidas: "Tengo el honor de informarle que el Consejo de Seguridad, habiendo tomado nota, en la 349a. sesión celebrada el 13 de agosto, del telegrama en viado por el Mediador el 12 de agosto referente a 57 ( 1948). Rrnmlución ,Ir 18 ,le septicmhre rle la destrucción de la estación elevadora de agua de 1948 Latrún31, me pidió que solicitara del Mediador como medida previa que hiciera lo posible y tomara las El Consejo de Seiuridad,
medidas necesarias a fin de asegurar el abasteci Profundamente conmovido por la trágica muerte miento de agua para la ciudad de Jerusalén." del Mediador de las Naciones Unidas en Palestina, Aprobada por 8 voto.,· con Conde Folkc Bernadotte, como resultado del cobarde tra l (Siria) y 2 ahstcncio acto que parece haber cometido un grupo de criminales nes ( Argentina y China). terroristas en Jerusalén, mientras el representante de las Naciones Unidas se encontraba desempeñando su misión pacificadora en Tierra Santa,
Resuelve:
1. Pedir al Secretario General se sirva desplegar a 56 (1948). Resolución de 19 de agosto de 1948 media asta la bandera de las Naciones Unidas durante
[S/983] un período de tres días;
2. Autorizar al Secretario General a sufragar con El Consejo de Seguridad, cargo al Fondo de Operaciones todos los gastos aca Tomando en consideración las comunicaciones del rreados por la muerte y los funerales del Mediador de Mediador relativas a la situación en Jerusalén, las Naciones Unidas;
1. Señala a la atención de los Gobiernos y autori 3. Hacerse representar en las ceremonias fúnebres dades interesados su resolución 54 (1948) del 15 de por el Presidente o por la persona que designe a ese julio de 1948; efecto.
2. Decide, conforme a su resolución 54 ( 1948), y A probada por unanimidad participa a los Gobiernos y autoridades interesados, en la 358a. sesián.
que:
a) Cada parte es responsable de las acciones tanto de las fuerzas regulares como de las fuerzas irregulares que operan bajo su autoridad o en territorios contro Decisiones lados por ella; b) Cada parte tiene la obligación de utilizar todos En su 358a. sesión, celebrada el 18 de septiembre de los medios a su disposición para impedir que la tregua 1948, el Consejo aprobó un telegrama enviado el 17 de sea violada por obra de individuos o grupos que estén septiembre de 1948 por el Secretario General con la sometidos a su autoridad o se encuentren en territorios aprobación del Presidente del Consejo, al Sr. Ralph J. controlados por ella; ª2 Se votó separadamente sobre las diversas partes del pro 31 Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad. Tercer yecto de resolución. No hubo votación sobre el texto en su Año, Suplemento de agosto de 1948, documento S/963 totalidad. 12