CORREA - La responsabilidad fiscal en Colombia
Eugenia Correa
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Detalles
- Título
- CORREA - La responsabilidad fiscal en Colombia
- Autor
- Eugenia Correa
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- —
Prolegómenos. Derechos y Valores
ISSN: 0121-182X
derechos.valores@umng.edu.co Universidad Militar Nueva Granada Colombia Correa Gómez, Eugenia; Pinzón Maldonado, Héctor RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA Prolegómenos. Derechos y Valores, vol. XV, núm. 29, enero-junio, 2012, pp. 173-188 Universidad Militar Nueva Granada Bogotá, Colombia Disponible en: http://www.redalyc.org/articulo.oa?id=87625419011 Cómo citar el artículo Número completo Sistema de Información Científica Más información del artículo Red de Revistas Científicas de América Latina, el Caribe, España y Portugal Página de la revista en redalyc.org Proyecto académico sin fines de lucro, desarrollado bajo la iniciativa de acceso abierto Revista Prolegómenos - Derechos y Valores - pp. 173 - 188, 2012 - I
RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA
Eugenia Correa Gómez Héctor Pinzón Maldonado Fecha de recepción: 15 de septiembre de 2011
Fecha de aceptación: 15 de marzo de 2012
Artículo Resultado de Proyecto de Investigación. Resumen El presente artículo es una breve reseña de los sistemas de gestión y de control fiscal aplicables en Colombia, de los procedimientos para resarcir los daños causados al erario público y de la situación actual en el manejo de recursos públicos. De igual manera, tiene como objeto evidenciar algunas conductas de común ocurrencia no contenidas en las normas vigentes en materia de control fiscal y a manera de conclusión realizar unas
propuestas en torno a la posible modificación del régimen fiscal actual. Palabras clave Estado Social de Derecho, Administración Pública, Servidores Públicos, Contraloría, Gestión Fiscal, Control Fiscal. FISCAL RESPONSABILITY IN COLOMBIA Abstract This article attempts to briefly review the managements systems and applicable fiscal control in Colombia, the procedures devised by the legislature to compensate the damages caused to the public purse, and of the current situation in the management of public resources. Similarly, this paper serves as a vehicle to demonstrate certain behaviors not contained in current regulations in fiscal control, and to make certain proposals about possible changes of the current fiscal regime. Key words Social State of Law, Public Administration, Public Servers, Comptroller, Fiscal Management, Fiscal Control. Este artículo obedece al proyecto de investigación desarrollado por los autores respecto de la Responsabilidad Fiscal en Colombia, partiendo de los regímenes de control fiscal que han regido en el sistema colombiano, pasando por una descripción del proceso de responsabilidad fiscal, y finalmente, presentado puntos de vista respecto de la normatividad vigente y una propuesta concreta de modificación al régimen de responsabilidad fiscal actual. Abogada de la Universidad Gran Colombia, Especialista en Derecho Administrativo de la misma Alma Mater. eucorrea03@hotmail.com Abogado de la Universidad Gran Colombia, Especialista en Derecho Administrativo de la misma Alma Mater hectorpinzonm@yahoo.com Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X 173 RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA Prolegómenos - Derechos y Valores RESPONSABILIDADE FISCAL IN COLÔMBIA Resumo Este artigo é uma visão geral dos sistemas de controlo fiscal na Colômbia, procedimentos
para compensar os danos causados ao erário público e a situação atual na gestão dos recursos públicos e de gestão aplicável. Da mesma forma, pretende-se destacar alguns comportamentos de ocorrência comum não contidas das na regulamentação em vigor no domínio do controlo fiscal e em jeito de conclusão que apresentasse propostas sobre eventuais alterações do actual regime fiscal. Palabra-chave Estado Social de Direito, Administração Pública, Servidores Públicos, Controladoria, Gestão Fiscal, Controle Fiscal. INTRODUCCIÓN actual carta política es evidente, sin perjuicio de mostrar un escenario en el que se violan con Colombia es un país que ha cambiado a través frecuencia los derechos humanos. de la historia, tanto en su estructura como en sus ideales y pilares fundamentales. Sin duda, Como puede advertirse, el Estado adquirió a el cambio más significativo y sustancial fue partir de la Constitución del 91, obligaciones aquel que permitió al Estado Colombiano su específicas que con posterioridad serían regla- éxodo de un Estado de derecho dedicado casi mentadas a través de leyes y decretos dirigidos de forma exclusiva a conservar la primacía al bienestar de la población, a garantizar el de la ley, a un Estado social de derecho respeto a los derechos de los administrados y a caracterizado por ser precursor del bienestar de proveerles una vida digna a éstos últimos. los administrados y proveedor de los mínimos estándares de vida digna de la población. En desarrollo del Estado Social de Derecho, además de los derechos expresamente consaEste gran paso se le atribuye a la Asamblea grados en la Constitución del 91, surgieron
Nacional Constituyente1 en el seno de la cual derechos de creación jurisprudencial como nació la Constitución Política de Colombia de lo es el derecho al mínimo vital, derecho éste 1991, instaurando el Estado Social de Derecho, que “(…) se ve afectado cuando la persona y materializado en una república descentralizada, su familia no tienen los medios necesarios a su con autonomía de sus entidades territoriales, alcance para asegurar su digna subsistencia, democrática, participativa y pluralista, fundada no solamente en lo relativo a alimentación en el respeto de la dignidad humana, en el y vestuario sino en lo referente a salud, trabajo y la solidaridad de las personas que educación, vivienda, seguridad social y medio la integran y en la prevalencia del interés ambiente, en cuanto factores insustituibles para general2. El profundo componente social de la autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la 1 Y por supuesto al éxito de la séptima papeleta. dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las 2 Constitución Política de Colombia de 1991, Artículo 1°: personas que la integran y en la prevalencia del interés “Colombia es un Estado social de derecho, organizado general”. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/ en forma de República unitaria, descentralizada, con basedoc/cp/constitucion_politica_1991.html 174 Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X EUGENIA CORREA GÓMEZ, HÉCTOR PINZÓN MALDONADO Prolegómenos - Derechos y Valores
la preservación de una calidad de vida que, de diferente naturaleza jurídica pertenecientes no obstante su modestia, corresponda a las al sector nacional, descentralizadas, entidades exigencias más elementales del ser humano”3. territoriales, provistas de regímenes especiales, Este es otro de los grandes logros referidos entre otros, cobra gran importancia el a las decisiones de la Honorable Corte ejercicio de la gestión fiscal5 llevada a cabo Constitucional. En consecuencia, el mínimo por funcionarios públicos y por particulares vital es el derecho en virtud del cual la persona en ejercicio de funciones administrativas. y su familia pueden exigir al Estado los medios Ejecución del gasto realizada conforme a los necesarios para asegurar una digna subsistencia lineamientos contenidos en el plan nacional relacionada con alimentación, vestuario, salud, de desarrollo, dando cumplimiento de los educación, vivienda, seguridad social y medio fines sociales perseguidos por el constituyente ambiente; que se traduzca en un estilo de vida del 91 y de conformidad con las necesidades modesto, supliendo las necesidades básicas y insatisfechas existentes en la población. esenciales del ser humano. Teniendo en cuenta los cambios sustanciales en la estructura del Estado colombiano y en la DESARROLLO cual la gestión fiscal cobró gran importancia, específicamente en lo que tiene que ver con el El Estado colombiano encaminado a la satisgasto social, se cuestiona el hecho del control facción de las necesidades básicas de la población fiscal posterior y selectivo, mientras en el pasado en desarrollo del Estado social de derecho, y tal vez de forma ideal, la Contraloría era el reorienta la necesidad de reevaluar el porcentaje ente encargado de realizar dicho control, pero
de la inversión pública destinada a gasto social. avalando cualquier gasto público previa ejecución En esa medida, con las excepciones referidas con del mismo. No obstante, en uno u otro modelo de la seguridad nacional, el gasto público social tiene control fiscal, la triste realidad es que la corrupción prioridad sobre cualquier otra asignación4; ahora, continúa. En el antiguo régimen de control fiscal, entrar a analizar qué se entiende por “casos con el sello de aval de la contraloría cualquier de seguridad nacional” sería debatir un tema gasto podía ejecutarse, lo que trajo consigo la filosófico jurídico complejo, sujeto a especiales extralimitación de las funciones de los servidores interpretaciones, por lo cual se deja de lado. encargados del control fiscal, quienes básicamente entraban a negociar con sus vigilados el muy bien Siguiendo el hilo de la argumentación, con la denominado “como vamos ahí”. existencia de asignaciones del erario a la administración pública, constituida ésta por entidades Por su parte, la existencia de una gestión fiscal ha implicado de suyo, el desarrollo de mecanismos 3 CORTE CONSTITUCIONAL, Sentencia T-535 de 29 de junio de 2010. M.P. Luis Ernesto Vargas Silva. 5 Artículo 3° Ley 610 de 2000: Conjunto de 4 Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 350: actividades económicas, jurídicas y tecnológicas, “La ley de apropiaciones deberá tener un componente que realizan los servidores públicos y las personas denominado gasto público social que agrupará las partidas de derecho privado que manejen o administren de tal naturaleza, según definición hecha por la ley orgánica recursos o fondos públicos, tendientes a la adecuada
respectiva. Excepto en los casos de guerra exterior o por y correcta adquisición, planeación, conservación, razones de seguridad nacional, el gasto público social administración, custodia, explotación, enajenación, tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación. En la consumo, adjudicación, gasto, inversión y disposición distribución territorial del gasto público social se tendrá de los bienes públicos, así como a la recaudación, en cuenta el número de personas con necesidades manejo e inversión de sus rentas en orden a cumplir básicas insatisfechas, la población, y la eficiencia fiscal y los fines esenciales del Estado, con sujeción a los administrativa, según reglamentación que hará la ley”. principios de legalidad, eficiencia, economía, eficacia, http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ equidad, imparcialidad, moralidad, transparencia, cp/constitucion_politica_1991_pr011.html#350. publicidad y valoración de los costos ambientales. Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X 175 RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA Prolegómenos - Derechos y Valores tendientes a salvaguardar el patrimonio del En este punto resulta relevante traer a colación Estado de posibles detrimentos causados una expresión, que aunque fuerte, ilustra de la por sus ejecutores y ordenadores del gasto; mejor forma lo paradójico de nuestro sistema sujetos que más adelante se extendieron a: de gestión fiscal: “Colombia es el único país que cualquier funcionario o particular en ejercicio le pide a la zorra que averigüe quién le roba
de funciones administrativas, que directa o las gallinas7”, pues como se ha manifestado, el indirectamente causare detrimento o daño al Contralor no ha dejado de ser una figura de erario público. Inevitablemente y a modo de origen político. paréntesis, se abre todo un debate en torno a la naturaleza del hombre y a la posibilidad No obstante lo anterior, el legislador ha de atentar contra la sociedad y el Estado en realizado esfuerzos para consolidar un sistema su detrimento, de forma dolosa o culposa. A de responsabilidad fiscal8 independiente9 de estos interrogantes Jean Jacques Rousseau otros tipos de responsabilidad, como lo son respondería que “el hombre es bueno y la la responsabilidad civil, disciplinaria, política sociedad lo corrompe”, y Hobbes que “el y administrativa. Entonces, existen diferentes hombre es malo por naturaleza”, tema que no tipos de controles, autónomos el uno del otro, y se discutirá en el presente artículo, pero que que pueden concurrir ante una misma situación resulta de gran interés a efectos de estudiar de hecho; verbigracia, el gobernante que incurre el origen sociológico y antropológico de en detrimento patrimonial del erario público, no figuras como la responsabilidad fiscal y demás sólo será sujeto de responsabilidad fiscal10, pues controles ejercidos sobre las actividades las circunstancias pueden ameritar también la administrativas y fiscales que desarrollan las iniciación de otros procesos para declarar la distintas ramas del poder público, con base, principalmente, en la teoría de frenos y contrapesos (checks and balances). será elegido por el Congreso en pleno en el primer mes de sus sesiones para un período igual al del En síntesis, la existencia de una gestión Presidente de la República, de terna integrada por
fiscal ejercida por la administración pública, candidatos presentados a razón de uno por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el necesariamente implica la implementación de Consejo de Estado, y no podrá ser reelegido para el un freno o control de dicha gestión, el cual debe período inmediato ni continuar en ejercicio de sus desplegarse a partir de mecanismos idóneos y funciones al vencimiento del mismo. Quien haya resarcitorios del detrimento patrimonial que ejercido en propiedad este cargo no podrá desempeñar empleo público alguno del orden nacional, salvo la potencialmente pudiese causarse por parte docencia, ni aspirar a cargos de elección popular sino de los administradores al erario público. Por un año después de haber cesado en sus funciones (...)”. desgracia, en la actualidad resulta algo irónico http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ asociar el control fiscal a un freno habida cp/constitucion_politica_1991_pr011.html#350. cuenta que, como es de público conocimiento, 7 Frase expuesta por el Doctor Sergio González Sandoval el Contralor ha sido, es y por lo que parece en su cátedra de Derecho Administrativo Laboral, que forma parte del programa de Especialización en Derecho seguirá siendo, una figura ciento por ciento Administrativo de la Universidad Gran Colombia. (100%) de origen político; lo anterior en la medida en que el Contralor no sólo es un cargo 8 Iniciando con la redacción del Código Fiscal (Ley 119 de 1912) y pasando por la ley 42 de 1923, ley 58 de de gran importancia después del Presidente de 1946, y ley 20 de 1975. La ley vigente en la actualidad
la República, sino que es elegido en pleno por es la Ley 610 de 2000. el Congreso durante el primer mes de sesiones, 9 Ver: CONSEJO DE ESTADO, Sección Primera fallo del posterior a su instalación6. 7 de marzo de 1991, M.P. Miguel González Rodríguez. 10 Determinada por la Contraloría General de la República y las Contralorías Territoriales consistente en la vigilancia 6 Según lo preceptuado por la Constitución Política –a través de control posterior y selectivo -de la gestión de Colombia en su artículo 267: “(...)El Contralor fiscal y los resultados de la administración. 176 Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X EUGENIA CORREA GÓMEZ, HÉCTOR PINZÓN MALDONADO Prolegómenos - Derechos y Valores posible responsabilidad disciplinaria11, penal, e cias específicas, indica los términos para cada incluso política12 del sujeto. etapa del procedimiento, señala las causales de responsabilidad fiscal, la caducidad de la acción Entendida la gestión fiscal como el conjunto y la prescripción del derecho. Y en todo aquello de operaciones y procesos que desarrolla que no regula, hace remisión expresa al código la administración en todos los niveles o los contencioso administrativo. particulares que administran bienes públicos en ejercicio de funciones administrativas, Para ahondar un poco más en la forma en que tendientes al cumplimiento de los fines se materializa la responsabilidad fiscal para la generales del Estado, el control fiscal13, es defensa del erario público y de la planeación,
considerada una actividad de estricto carácter la cual refleja las necesidades en satisfacción administrativo que persigue el aseguramiento de las cuales debe ejecutarse el gasto, se hará de los intereses generales de la comunidad una breve reseña sobre la naturaleza, causas, a través de un buen manejo de los recursos competencias y trámite que debe surtirse ante públicos y del cumplimiento de los fines del las contralorías y demás entidades autorizadas Estado. Un mal manejo de los recursos públicos, por la constitución y la ley, en desarrollo de un puede ser consecuencia de un acción o de proceso de responsabilidad fiscal. una omisión y no sólo por la extralimitación en el gasto de las partidas asignadas nace la En primer lugar y como puede deducirse del responsabilidad fiscal, sino también a partir texto de la Ley 610 de 2000, el proceso de del uso inadecuado de los recursos, cuando se responsabilidad fiscal se despliega a través de efectúan gastos innecesarios o no planeados. actividades eminentemente administrativas. Por su parte, en lo que tiene que ver con el origen de El control que se ejerce sobre la gestión fiscal desuna eventual responsabilidad, se tiene a partir de plegada por la administración y los particulares la evidencia o indicio existente sobre la posible en ejercicio de funciones admin istrativas, cuenta causación de un detrimento al patrimonio del con un mecanismo como lo es el proceso de estado por parte de un funcionario público o responsabilidad fiscal, regido en la actualidad por un particular en ejercicio de funciones admila Ley 610 de 200014 “por la cual se establece nistrativas, qué se adelantan las actuaciones el trámite de los procesos de responsabilidad propias del proceso de responsabilidad fiscal;
fiscal de competencia de las contralorías”. Dicha en consecuencia la actuación administrativa, ley reglamenta todo lo relacionado con esta cuando hay una posible causa de detrimento, actuación administrativa, establece competenpuede ser adelantada de forma oficiosa por parte de la contraloría, por solicitud de parte de las entidades vigiladas o a partir de las denunc ias presentadas por cualquier persona u organización 11 El control disciplinario es ejercido por la Procuraduría General de la Nación de forma preferente, aunque ciudadana, particularmente por las veedurías. también se ejerce en el ámbito territorial, y a nivel de las Como se anotó, el daño puede ser ocasionado oficinas internas de control disciplinario. tanto por una extralimitación de funciones, 12 Ejercido por el Congreso de la República, las Asamefectuándose gastos suntuosos y no necesarios, bleas Departamentales y los Concejos Distritales o como por la ejecución de gastos no planeados y Municipales sobre la gestión administrativa o fiscal de en general, por cualquier acción u omisión que los gobernantes o administradores. Se traduce también de la opinión pública principalmente canalizada a través concluya en un daño al erario público. de los partidos políticos y los medios de comunicación. 13 Según el artículo 267 de la Constitución Política de Para que sea imputada la responsabilidad Colombia de 1991, el control fiscal constituye la función fiscal en estricto sentido, es menester que pública de vigilar la gestión fiscal de la administración. concurran tres condiciones: i) la existencia de 14 Diario Oficial No. 44.133 de 18 de agosto de 2000. una conducta dolosa o culposa atribuible a
Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X 177 RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA Prolegómenos - Derechos y Valores quien realiza la gestión; ii) un daño patrimonial lo hacen las contralorías territoriales y el al Estado, y iii) un nexo causal entre los dos Auditor General de la República, para efectos nexos anteriores. de controlar la gestión fiscal realizada por la contraloría, de lo contrario ésta última no sería Reunidos estos requisitos, lo que busca el controlada por nadie. proceso de responsabilidad fiscal es Conocida la naturaleza del proceso de res- “(…) el resarcimiento de los daños ocasio ponsabilidad fiscal17, los presupuestos para la nados al patrimonio público, como conse existencia de este tipo de responsabilidad, lo cuencia de la conducta dolosa o culposa que se entiende por detrimento al patrimonio de quienes realizan gestión fiscal mediante del estado, los sujetos de responsabilidad fiscal y el pago de una indemnización pecuniaria los órganos competentes para ejercer el control que compense el perjuicio sufrido por la fiscal, vale la pena hacer énfasis en el principio respectiva entidad estatal (…)”15. más relevante con base en el cual se despliegan las actuaciones administrativas tendientes a Por su parte y para mayor entend imiento del imputar responsabilidad fiscal a una persona objetivo del proceso en comento, el daño natural o jurídica: el principio del “debido patrimonial según lo preceptúa el artículo sexto proceso”, contenido en la Constitución Política de la Ley 610 de 2000, es aquella lesión causada de Colombia, en el artículo 29, según el cual:
al patrimonio público, representada en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, “(…) Nadie podrá ser juzgado sino con pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o forme a leyes preexistentes al acto que se recursos públicos o a los intereses patrimoniales le imputa, ante juez o tribunal competente del Estado, producida por una gestión fiscal y con observancia de la plenitud de antieconómica, ineficaz, ineficiente, inequitativa las formas propias de cada juicio (…)” e inoportuna, que en términos generales, no se aplique al cumplimiento de los cometidos y de Por tratarse el proceso de responsabilidad fiscal los fines esenciales del Estado. de un conjunto de actividades ejecutadas por la administración, junto al principio del debido Ahora, respecto a la autoridad administrativa proceso, están los principios del derecho prodesignada para la realización de operaciones o cesal in genere y los principios orientadores procedimientos encaminados al resarcimiento de la actuación de la administración pública. del daño patrimonial ocasionado al erario Encontrando los siguientes: el principio de ecopúblico, la Constitución Política de Colombia16 nomía, el principio de celeridad, el principio de señala que será la Contraloría General de eficacia, el principio de eficiencia, entre otros, los la República la encargada de establecer la cuales son comunes tanto al ejercicio de la gestión responsabilidad que se derive de la gestión fiscal, como a la aplicación del control fiscal. fiscal. Sin embargo, no sólo la Contraloría General ejerce este control fiscal, también Cuando existe un indicio o hallazgo, encontrado a partir de una auditoría por ejemplo, que señale
la existencia de un posible daño patrimonial al 15 Ley 610 de 2000, Artículo 4°: “La responsabilidad erario público, lo que procede no es la inmediata fiscal tiene por objeto el resarcimiento de los daños apertura del proceso de responsabilidad fiscal, ocasionados al patrimonio público como consecuencia de la conducta dolosa o culposa de quienes realizan gestión fiscal (...)”. http://www.secretariasenado.gov.co/ senado/basedoc/ley/2000/ley_0610_2000.html. 16 Constitución Política de Colombia. Artículo 267. http:// 17 De carácter eminentemente administrativo, tanto así que www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/cp/ ante los vacíos normativos, la Ley 610 de 2000 hace constitucion_politica_1991_pr009.html#267 expresa remisión al código contencioso administrativo. 178 Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X EUGENIA CORREA GÓMEZ, HÉCTOR PINZÓN MALDONADO Prolegómenos - Derechos y Valores pues podrá realizarse la indagación preliminar18 Así las cosas y según lo preceptuado por la en virtud de la cual se determina si existe constitución y la ley, para efectos de cumplir o no mérito para abrir formalmente etapa el principio del debido proceso y el derecho de de investigación, siendo éste el primer paso defensa, es menester que el proceso se lleve del proceso en estricto sentido. Ahora, las a cabo con la presencia directa del presunto diligencias preliminares se adelantan cuando no responsable, según lo establece la Ley 610 existe certeza sobre la existencia del hecho que de 2000. No obstante lo anterior, el presunto
causó el daño patrimonial y pueden obviarse, responsable también podrá designar libremente cuando del indicio o hallazgo encontrado es su abogado y en caso de no ser notificado de meridianamente clara la existencia de un daño y forma personal del auto de apertura del proceso de una eventual responsabilidad fiscal. fiscal, la Contraloría de oficio nombrará un abogado apoderado, quien podrá ser incluso Culminadas las diligencias preliminares cuando miembro de un consultorio jurídico de las a ellas haya lugar y de existir certeza sobre el facultades de derecho legalmente reconocidas. daño ocasionado al patrimonio del Estado y los posibles autores, se procede a dar apertura al Esta etapa de investigación dura por regla proceso de responsabilidad fiscal como tal, el general tres (3) meses prorrogables por dos cual inicia con la emisión del auto de apertura (2) meses más mediante auto debidamente que deberá ser notificado a los presuntos motivado, al cabo de los cuales, la autoridad responsables para asegurar su derecho de se habrá formado un juicio sobre la existencia defensa. El auto de apertura del proceso de resde indicios graves y suficientes para dictar auto ponsabilidad fiscal no admite recurso alguno19. de imputación de responsabilidad fiscal y luego de haber vinculado a los actores necesarios; es En el entretanto, ante la indagación prelim inar o el caso de las aseguradoras cuando la causa o ante la apertura de un proceso de responsabilicontrato objeto del proceso de responsabilidad dad en etapa de investigación, antes de emitido fiscal, se encuentran cobijados por una póliza el auto de imputación de responsabilidad, el debidamente constituida21. supuesto autor del daño patrimonial al Estado,
podrá acercarse ante la autoridad respectiva y Existiendo indicios graves y suficientes, sin rendir su versión de los hechos de forma libre perjuicio de cualquier otro tipo de medio y espontánea, todo esto, en cumplimiento del probatorio, testimonios, peritajes, u otros debido proceso y del derecho de defensa20. de igual naturaleza procesal, con los que se demuestre objetivamente la existencia del Resulta importante tener en cuenta, que en el hecho dañoso o que causare detrimento al curso de un proceso de responsabilidad fiscal patrimonio del Estado y sus posibles autores, se o de las diligencias preliminares, no es requisito procederá a emitir auto de imputación de cargos actuar mediante abogado, pues como se ha (también denominado auto de imputación manifestado, al tratarse de actuaciones netamente de responsabilidad fiscal por la Ley 610 de administrativas, el supuesto respons able podrá 2000) o si fuere el caso decretar el archivo actuar por sí solo y ejercer su propia defensa. del proceso por no existir mérito alguno para el despliegue de la actuación administrativa. El auto de imputación debe ser notificado en debida forma al presunto responsable o a su apoderado y/o a la compañía de seguros 18 Artículo 39 de la Ley 610 de 2000. para efectos de garantizar el debido proceso 19 Ley 610 de 2000. Artículo 40. http://www.alcaldiabogota. gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5725 20 Ley 610 de 2000. Artículo 2°. http://www.alcaldiabogota. 21 Ley 610 de 2000, artículo 45. http://www.alcaldiabogota.
gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5725 gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5725 Bogotá, D.C. Colombia - Volumen XV - No. 29 - Enero - Junio 2012 - ISSN 0121-182X 179 RESPONSABILIDAD FISCAL EN COLOMBIA Prolegómenos - Derechos y Valores y el derecho a la defensa de los intervinientes ser cobrado mediante jurisdicción coactiva dentro del proceso; dicha notificación se realiza para efectos de resarcir los daños ocasionados en los términos preceptuados por el código al erario público. De estar demostrada la rescontencioso administrativo22. ponsabilidad del individuo, éste último entrará a ser parte de las personas declaradas en el Notificado el auto de imputación de responBoletín de Responsables Fiscales de la Consabilidad fiscal, se abre el término de diez (10) traloría General de la República, cuya publidías contados a partir de su notificación o de cación se actualiza trimestralmente. desfijado el edicto dentro del cual las partes notificadas podrán presentar sus argumentos En segundo lugar al no existir mérito, es decir, si para desvirtuar la imputación y las pruebas que no obra prueba en el expediente que conduzca a considere pertinentes, idóneas y conducentes la certeza de la existencia del daño al patrimonio a la verdad de los hechos (a este documento público y de su cuantificación o se encuentren se le denomina descargos). Para efectuar las desvirtuados los cargos en el término de traspruebas solicitadas o las que la autoridad de lado, a través del documento de descargos, lo oficio decrete, se cuenta con un término de procedente será que la contraloría o autoridad treinta (30) días. Es lógico que la Contraloría competente, emita un fallo sin responsabilidad o autoridad que conozca del proceso tenga la fiscal, exonerando al imputado. potestad de aceptar y/o rechazar las pruebas solicitadas; cuando se trate de rechazo de Por último, debe indicarse que el proceso de pruebas, el auto debe estar debida
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