CORTE IDH - Cuadernillo_18
Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- CORTE IDH - Cuadernillo_18
- Autor
- Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- —
N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorAl frente de izquierda a derecha: Juez, Humberto Antonio Sierra Porto; Juez, Eduardo Vio Grossi, Vicepresidente; Juez, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Presidente; Jueza, Elizabeth Odio Benito. Detrás de izquierda a derecha: Juez, Eugenio Raúl Zaffaroni y Juez, Patricio Pazmiño Freire. Fotografía tomada por estudio RembrantCUADERNILLO DE JURISPRUDENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA
DE DERECHOS HUMANOS NO.18
CASOS CONTENCIOSOS SOBRE EL SALVADORN° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 6 341.481.026 C827c Corte Interamericana de Derechos Humanos. Cuadernillo de Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos No. 18 : Casos Contenciosos sobre El Salvador / Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- San José, C.R. : Corte IDH, 2018 96 p. : 28 x 22 cm.
ISBN 978-9977-36-238-0
1. Casos Contenciosos. 2. Jurisprudencia. 3. Integridad Personal. 4. Libertad
Personal. 5. Garantías Judiciales. 6. Desaparición Forzada. 7. Desplazamiento Forzado. 8. Derecho Internacional. 9. El Salvador. Modificación de la portada, diagramación y artes finales: Patricia Calderón Jiménez
Impresión litográfica: Editorial Impresos Aguilar Edición: Noviembre de 2018N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos
7 PRESENTACIÓN El presente cuadernillo de jurisprudencia forma parte de una serie de publicaciones que la Corte Interamericana de Derechos Humanos realiza con el objeto de dar a conocer sus principales líneas jurisprudenciales en diversos temas de relevancia e interés regional. Este número está dedicado a abordar la jurisprudencia contenciosa del Tribunal respecto de El Salvador. Para su realización, se han extractado los párrafos más relevantes de los casos contenciosos salvadoreños y se abordan temas diversos en materia de excepciones preliminares, de fondo y de reparaciones. Entre otros temas, se incluyen extractos de las Sentencias del Tribunal sobre reconocimiento de responsabilidad internacional del Estado, los derechos a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial, el derecho de los niños, niñas y adolescentes, la desaparición forzada de personas y el derecho a la verdad. Asimismo, como es habitual en los cuadernillos, se concluye con las diversas e importantes medidas de reparación dictadas por la Corte Interamericana en sus sentencias. Este cuadernillo destinado a difundir la jurisprudencia contenciosa de El Salvador, es el primero que realiza la Corte Interamericana respecto de un país específico. Su elaboración se enmarca en la conmemoración del 40 Aniversario de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la creación de la Corte Interamericana así como en el 59 Periodo Extraordinario de Sesiones llevado a cabo en la República de El Salvador del 27 al 31 de agosto de 2018.
Humanos y de la creación de la Corte Interamericana así como en el 59 Periodo Extraordinario de Sesiones llevado a cabo en la República de El Salvador del 27 al 31 de agosto de 2018. Como es habitual en esta serie se han seleccionado los principales párrafos que ilustran las decisiones del Tribunal sobre los temas de la jurisprudencia en los que se ha dividido este cuadernillo. Los títulos buscan facilitar la lectura y no necesariamente corresponden a los usados en las sentencias.
La Corte Interamericana agradece, especialmente, a la Fundación Heinrich Böll por su generoso y desinteresado apoyo para realizar el 59 Período Extraordinario de Sesiones en la República de El Salvador así como la presente publicación. Esperamos que este Cuadernillo de Jurisprudencia sirva para acercar y difundir las sentencias de la Corte Interamericana en nuestra hermana República de El Salvador, entre sus autoridades, sus jueces y juezas, integrantes de fiscalías y defensorías públicas, la academia y las organizaciones de la sociedad civil así como de todas las personas interesadas en las decisiones del Tribunal de San José en el país y en toda la región. Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Presidente de la Corte IDHN° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 9 Discurso del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot Apertura del 59 Período Extraordinario de Sesiones El Salvador, 27 de agosto de 2018 Muy buenos días a todas y todos. Señor Presidente de la República, en nombre de mis colegas de la Corte Interamericana de
Apertura del 59 Período Extraordinario de Sesiones El Salvador, 27 de agosto de 2018 Muy buenos días a todas y todos. Señor Presidente de la República, en nombre de mis colegas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en el mío propio, le agradecemos su muy cordial invitación para que nuestro Tribunal sesione en este querido país hermano. Reconocemos y expresamos nuestra gratitud por el generoso apoyo brindado por todas las autoridades de los distintos poderes del Estado para sesionar en este gran país, así como el apoyo de nuestra comunidad donante, especialmente al Gobierno de Noruega y a la Fundación Heinrich Böll, que hicieron posible esta visita. Agradecemos también al pueblo salvadoreño por recibirnos en su país una vez más. Es muy grato y muy alentador para la Corte Interamericana regresar a El Salvador después de 12 años, luego del Vigésimo Noveno Período Extraordinario de Sesiones celebrado en junio de 2006. Es un gran honor inaugurar el quincuagésimo noveno Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la ciudad de San Salvador con la presencia de todos ustedes. Con esta visita que iniciamos hoy, se reafirma el compromiso del Estado de El Salvador con la Corte Interamericana de Derechos Humanos y con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. 1. 59 Período Extraordinario de Sesiones Los Periodos Extraordinarios de Sesiones celebrados fuera de la sede del Tribunal ubicada en San José, Costa Rica, son actividades de gran relevancia para la Corte Interamericana. Desde el año 2005, nuestro Tribunal ha celebrado 28 Períodos de Sesiones en 16 Estados Parte de la Convención Americana. Las sesiones fuera de la sede cumplen objetivos muy importantes para la
San José, Costa Rica, son actividades de gran relevancia para la Corte Interamericana. Desde el año 2005, nuestro Tribunal ha celebrado 28 Períodos de Sesiones en 16 Estados Parte de la Convención Americana. Las sesiones fuera de la sede cumplen objetivos muy importantes para la Corte Interamericana: facilitan la difusión de su trabajo y de su rica y variada jurisprudencia; acercan la Corte a todas las personas y a los potenciales usuarios del sistema interamericano de derechos humanos; propician un diálogo muy beneficioso con las altas autoridades nacionales y personas de la sociedad civil. Las sesiones itinerantes nos brindan una gran proximidad con las diferentes realidades de nuestra América. En los próximos días, la Corte Interamericana, entre otras actividades, llevará a cabo dos audiencias públicas, un Seminario Internacional y una visita de supervisión de cumplimiento. Las audiencias públicas comenzarán hoy mismo por la tarde y todo el día de mañana y tratarán sobre una presunta desaparición forzada en Guatemala y sobre las garantías de debido proceso respecto de la destitución de un juez en Argentina. Quedan todos cordialmente invitados a asistir y a acompañar a la Corte Interamericana en estas actividades.N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 10 El miércoles 29 de agosto, celebraremos un Seminario Internacional con el fin de reflexionar sobre la evolución y el impacto de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en sus 40 años de existencia, especialmente sobre los derechos de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad. El Seminario contará con la participación de altas autoridades y personas expertas del Estado, de la academia y de la sociedad civil, jueces de la Corte Interamericana, funcionarios de
en sus 40 años de existencia, especialmente sobre los derechos de las personas y grupos en situación de vulnerabilidad. El Seminario contará con la participación de altas autoridades y personas expertas del Estado, de la academia y de la sociedad civil, jueces de la Corte Interamericana, funcionarios de su Secretaría y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El miércoles 29 y el jueves 30 de agosto, una delegación de la Corte Interamericana realizará una visita al Departamento de Morazán, con el objeto de llevar adelante diversas diligencias relacionadas con la supervisión de cumplimiento de las medidas de reparación dispuestas por la Corte Interamericana en el Caso Masacres de El Mozote y lugares aledaños . Este tipo de diligencias en el terreno posibilitan la constatación directa de la ejecución de las medidas de reparación y facilitan una mayor participación de las víctimas del caso, de sus representantes y de las autoridades estatales involucradas en su implementación. Durante este Período Extraordinario de Sesiones firmaremos convenios muy importantes, entre otras instituciones, con la Corte Suprema de Justicia, con el Consejo Nacional de la Judicatura y con la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos con el fin de fortalecer los lazos y el trabajo en común en la protección de los derechos humanos. También firmaremos convenios con diversas universidades de El Salvador. Creemos que hay un futuro mejor y que se puede lograr mediante la educación en derechos humanos. No tenemos dudas que nos esperan jornadas sumamente intensas aunque de muy fructífera labor.
2. Momento Histórico Este Período Extraordinario de Sesiones se celebra en un momento histórico para el derecho internacional y para la historia de los derechos humanos. Hace 70 años se adoptaron la Declaración
labor.
2. Momento Histórico Este Período Extraordinario de Sesiones se celebra en un momento histórico para el derecho internacional y para la historia de los derechos humanos. Hace 70 años se adoptaron la Declaración Americana sobre los Derechos y Deberes del Hombre y la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Además, el 18 de julio pasado se cumplieron 40 años de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El 17 de noviembre de 2018 conmemoramos el 30 Aniversario de la adopción del Protocolo de San Salvador, nuestro tratado regional sobre derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. El martes 14 de agosto de 2018 estuvimos en San Salvador, precisamente en un evento de conmemoración del 30 Aniversario de este importante tratado que tuvo como protagonista a esta querida ciudad. Con ocasión del 40 Aniversario de la Convención Americana y de la Corte Interamericana, del 16 al 19 de julio pasado, llevamos a cabo en Costa Rica diferentes iniciativas de trabajo y de reflexión junto con el Secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, el Presidente de la República de Costa Rica, la Corte Africana y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, juezas y jueces de altas Cortes nacionales de nuestra región, altas autoridades y personas expertas de la academia, de los Estados y de la sociedad civil. La Corte Interamericana recibió un importante respaldo para seguir adelante con su tarea de protección de derechos humanos.N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 11 Ese respaldo se plasmó también con la firma de la Declaración de San José por parte de los
adelante con su tarea de protección de derechos humanos.N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 11 Ese respaldo se plasmó también con la firma de la Declaración de San José por parte de los Presidentes de las tres Cortes Regionales de Derechos Humanos acompañados por el Presidente de la República de Costa Rica como testigo de honor. La Declaración de San José establece un Foro Permanente de Diálogo Institucional entre la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos y tiene por objetivo trabajar conjuntamente para fortalecer la protección de los derechos humanos y el acceso a la justicia internacional, contribuir con los esfuerzos estatales de fortalecer sus instituciones democráticas y sus mecanismos de protección de derechos humanos y superar los retos y desafíos comunes para la efectiva vigencia de los derechos humanos.
3. Desafíos comunes y esfuerzos compartidos
Señor Presidente,
El Período Extraordinario de Sesiones que celebramos aquí en San Salvador, debe ser considerado como parte de la conmemoración del 40 Aniversario de la entrada en vigor de la Convención Americana y de la creación de la Corte Interamericana y, fundamentalmente, como parte de los esfuerzos compartidos entre las instancias nacionales e internacionales para la protección, de manera integrada, de los derechos humanos de todas las personas. Este 40 Aniversario nos encuentra en una época de crisis global profunda; realidad a la que, desafortunadamente, no es ajena nuestra región. América Latina muestra una profunda inequidad social y se perpetúa como la región más desigual del mundo. La Comisión Económica para América
Este 40 Aniversario nos encuentra en una época de crisis global profunda; realidad a la que, desafortunadamente, no es ajena nuestra región. América Latina muestra una profunda inequidad social y se perpetúa como la región más desigual del mundo. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe informa que en este año 187 millones de personas viven en condiciones de pobreza y 62 millones en condiciones de pobreza extrema. Observamos con preocupación el crecimiento de diversas formas de discriminación y violencia frente a las diversidades humanas. La violencia estructural contra la mujer se evidencia día a día: una de cada tres mujeres ha sufrido violencia física y/o sexual en nuestra región. La corrupción y el crimen organizado que muestra su violencia en las calles, desafían como nunca antes a nuestras instituciones y democracias. Estamos siendo testigos, además, de las severas afectaciones al medio ambiente que provoca nuestro modo de vida y nuestro modelo de producción y consumo. Frente a esta profunda crisis política, institucional, económica y social, es necesario fortalecer el diálogo entre los Estados y la Corte Interamericana para trabajar juntos. Este es un esfuerzo común que debe de ser llevado adelante con dedicación y compromiso para garantizar los derechos humanos de todas las personas y, muy especialmente, los de aquellas que están en situación de vulnerabilidad y que han tenido que enfrentar a lo largo de su historia, exclusión y discriminación. Solo con objetivos comunes y esfuerzos compartidos podremos derribar los muros de la pobreza, la desigualdad, la inequidad y la exclusión social. Señoras y señores, Quiero finalizar destacando la trascendencia de la celebración de este Período Extraordinario de Sesiones. Nos sentimos muy orgullosos de estar en El Salvador hoy, reafirmando el compromiso del
Señoras y señores, Quiero finalizar destacando la trascendencia de la celebración de este Período Extraordinario de Sesiones. Nos sentimos muy orgullosos de estar en El Salvador hoy, reafirmando el compromiso del Estado y de la Corte Interamericana en la vigencia de los derechos humanos de todas las personas de nuestro continente.N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 12 La Corte Interamericana de Derechos Humanos agradece nuevamente la hospitalidad del pueblo y del Gobierno de El Salvador. Declaro formalmente inaugurado el quincuagésimo noveno Período Extraordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. San Salvador, El Salvador, 27 de agosto de 2018 El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor, Presidente de la Corte IDH, hizo entrega del mazo representativo del Tribunal al Excelentísimo Señor Salvador Sánchez Cerén, Presidente de la República de El Salvador en el Ministerio de Relaciones ExterioresN° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 13 Tabla de Contenido
1. ALCANCES DE LA COMPETENCIA CONTECIOSA DE LA CORTE.......................................17 1.1. Ratione temporis......................................................................................................17 1.2. Ratione materiae......................................................................................................22 1.3. Ratione personae......................................................................................................23
2. RECONOCIMIENTO DE RESPONSABILIDAD..................................................................25 2.1. Principio de estoppel ................................................................................................25
3. OBLIGACIONES GENERALES (Art. 1.1 y 2)...................................................................27
4. INTEGRIDAD PERSONAL (Art. 5).................................................................................29 4.1. Tortura y penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes............................................29 4.2. Obligación de investigar en relación a la integridad personal...........................................30 4.3. Integridad personal de los familiares ...........................................................................31
5. LIBERTAD PERSONAL (Art. 7).....................................................................................33 5.1. Alcance del derecho a la libertad personal (Art. 7.1) .....................................................33 5.2. Hábeas Corpus (Art. 7.6)...........................................................................................33
6. GARANTÍAS JUDICIALES (Art. 8)................................................................................35 6.1. Aspectos generales del artículo 8.1 .............................................................................35 6.1.1. Concepto de impunidad ......................................................................................35 6.1.2. Concepto de “debido proceso legal” ......................................................................35 6.2. Garantías asociadas al artículo 8.1 .............................................................................36 6.2.1. Derecho de los familiares de las víctimas a ser oídos ...............................................36 6.2.2. Derecho a ser juzgado en un plazo razonable .........................................................36N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 14 6.3. Garantías relativas al proceso penal.............................................................................37 6.3.1. Presunción de inocencia .....................................................................................37 6.3.2. Derecho de defensa ...........................................................................................37
7. PROTECCIÓN JUDICIAL Y VIOLACIONES DE DERECHOS HUMANOS..............................41 7.1. Protección judicial y violaciones de derechos humanos...................................................41 7.1.1. Derecho a un recurso comprende una investigación diligente, sanción a los responsables y reparación a las víctimas ............................................................................................41
7.1. Protección judicial y violaciones de derechos humanos...................................................41 7.1.1. Derecho a un recurso comprende una investigación diligente, sanción a los responsables y reparación a las víctimas ............................................................................................41 7.1.2. Protección judicial y obstáculos en el derecho interno para investigar graves violaciones de derechos humanos ............................................................................. ........................45 7.2. Derecho a un recurso idóneo y efectivo.............................................................................47 7.3. Calificación de conductas como crímenes de lesa humanidad ..........................................48
8. DESAPARICIÓN FORZADA............................................................................................49 8.1. Naturaleza y características de la desaparición forzada .......................................... .......49 8.1.1. Elementos de la desaparición forzada ................................................................... 49 8.1.2. Violación múltiple y compleja ..............................................................................49 8.1.3. Carácter continuo y permanente de la violación .................................................... 50 8.1.4. Gravedad particular de la desaparición forzada ...................................................... 51 8.2. Derechos de los familiares de las víctimas de desaparición forzada..................................52 8.2.1. Derecho a la integridad personal...........................................................................52 8.2.2. Derecho a la verdad..............................................................................................53 8.3. Deberes del Estado....................................................................................................55 8.3.1. Deber de investigar..............................................................................................55 8.4. Desaparición forzada de Niños, Niñas y Adolescentes (NNyA)..........................................57N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos
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9. DESPLAZAMIENTO FORZADO.......................................................................................59 9.1. Derechos violados......................................................................................................59 9.1.1. Derecho a la propiedad privada (Art. 21)................................................................59 9.1.2. Protección de la honra y de la dignidad (Art. 11)......................................................59 9.1.3. Derecho de circulación y de residencia (Art. 22)......................................................60
10. APLICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO.....................................................................63
11. DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES........................................................65 11.1. Alcance del art. 19 CADH. Obligación de protección especial ........................................65 11.2. Consideraciones particulares según derechos específicos..............................................65 11.2.1. Derecho al nombre (art. 18 CADH)......................................................................65 11.2.2. Protección a la familia (art. 17 CADH)..................................................................66 11.2.3. Derecho a la identidad (art. 8 y 30 Convención derechos del niño)............................66 11.3. Situaciones particulares de afectación a los derechos de NNyA......................................68 11.3.1. NNyA en conflictos armados...............................................................................68
12. GÉNERO........................................................................................................................71 12.1. Violencia de género y violencia sexual..........................................................................71 12.1.1. Prueba de la violencia sexual...............................................................................71 12.1.2. Violencia sexual como una forma de tortura..............................................................72
13. REPARACIONES.........................................................................................................73 13.1. Registro de víctimas.................................................................................................73
13.2. Investigación...........................................................................................................74 13.2.1. Obligación de investigar y eventualmente sancionar a los responsables....................74N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos 16 13.2.2. Búsqueda, identificación y entrega de los restos mortales de las víctimas ................78 13.3. Medidas de restitución..............................................................................................81 13.3.1. Recuperación de la identidad................................................................................81 13.3.2. Retorno al país.................................................................................................81 13.3.3. Programas de desarrollo.....................................................................................82 13.4. Medidas de rehabilitación..........................................................................................82 13.5. Medidas de satisfacción.............................................................................................84 13.5.1. Creación de una página web de búsqueda............................................................84 13.5.2. Publicación y difusión de la Sentencia......................................................................84 13.5.3. Acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional..............................84 13.5.4. Designación de escuelas con los nombres de las víctimas............................................85 13.5.5. Documental audiovisual.....................................................................................85 13.5.6. Construcción de monumentos..............................................................................86 13.6. Garantías de no repetición.........................................................................................86 13.6.1. Tipificación del delito de desaparición forzada de personas y ratificación de tratado...86 13.6.2. Creación de un sistema de información genética........................................................87 13.6.3. Control de Convencionalidad como parte de los programas de capacitación interna de los Estados .....................................................................................................................87 13.6.4. Acceso público a los archivos estatales................................................................87 13.7. Indemnización compensatoria...................................................................................88
14. COSTAS Y GASTOS....................................................................................................89N° 18: Jurisprudencia Contenciosa sobre El SalvadorCorte Interamericana de Derechos Humanos
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1. ALCANCES DE LA COMPETENCIA CONTECIOSA DE LA CORTE Corte IDH. Caso de las Hermanas Serrano Cruz Vs. El Salvador1. Excepciones Preliminares.
Sentencia de 23 de noviembre de 2004. Serie C No. 118. 1.1. Ratione temporis
57. El Estado interpuso la segunda parte de la excepción preliminar de incompetencia ratione temporis de la Corte Interamericana para que, con base en los términos del reconocimiento de la competencia del Tribunal, en el presente caso la Corte no conozca los hechos anteriores a la fecha en que reconoció la jurisdicción obligatoria del Tribunal y aquellos cuyo principio de ejecución se hubiera dado también con anterioridad al depósito de la declaración de reconocimiento.
58. La excepción preliminar interpuesta por el Estado se fundamenta en el inciso II del texto de la declaración de reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte, presentada al Secretario General de la OEA el 6 de junio de 1995, que en lo que interesa a este caso textualmente dice lo
siguiente:
I. El Gobierno de El Salvador reconoce como obligatoria de pleno derecho y sin Convención especial, la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 62 de la Convención Americana de Derechos Humanos o “Pacto de San José”. II. El Gobierno de El Salvador, al reconocer tal competencia, deja constancia que su aceptación se hace por plazo indefinido, bajo condición de reciprocidad y con la reserva de que los casos en que se reconoce la competencia,
El Salvador, al reconocer tal competencia, deja constancia que su aceptación se hace por plazo indefinido, bajo condición de reciprocidad y con la reserva de que los casos en que se reconoce la competencia, comprende sola y exclusivamente hechos o actos jurídicos posteriores o hechos o actos jurídicos cuyo principio de ejecución sean posteriores a la fecha del depósito de esta Declaración de Aceptación, […]. […]