Corte IDH - Informe anual 1992
Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- Corte IDH - Informe anual 1992
- Autor
- Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 1992
ORGANJZACJON DE L{)S ESTADOS AA1[EHJCAN'CJlS
COlRTE INTERAiMER1[CAN.A D1E DERJECI-J[OS HUMANIOS OEA/Ser.L/V/III.27 doc. ID 2:)dieenero de 11993
Original: Español le
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coars IN·TERA1M[]ERI[C.ANfA. IDE IDEREC:HIIOS JI-j[lIJIVI:.ANrlDS SB:::RETARIA Gl[:NERAll, ORGANIIZACIONDE tOS lESTj/\.DOSA1M[IERICANIDS ·\NASlfUNGTON, [tC.. 20006 1993
INDICE
P¡íg;'in.al
1[. OIUGI:N,I:STII.UCnm.Ay COMI"lEl¡"ENCIA DELAcoms
A. Creación die la Corte . .. !El. Organízacíon de la Corte . C' e Composición de la Corte . ti
D. Competencia de la Corte . ti
1. La competencia contenciosa de la Corte .
2. La competencia consultiva de la Corte .
3. Reconocimiento die tal competencia de la Corte .. 1::. Presupuesto ..
F. Relaciones con otrosorganismos regionalesdielamisma índole "..,,',..
n. ACTIVI.DADJESDElLAconrs
A. XXV período ordinario de sesiones de la Corte . 9
IEL Sometirniento a la [urisdicción de' la Corte d.,:11 caso Cayara . 9 c. Presentación del informedelabores de tal Cortea la Comisión de Asuntos jurfdtcosy Políticosdela DEA en W\¡shington, D.C. .. 10
D. Presentación a 'laCorte diela solicitud de Opínión Consultiva OC·l3........ 10
E. )üCIIperíodo ordinario de sesionesde la Asamblea General de la OEA . 11
F. Reunión con la Comisión Interamericana de Derechos HlJln1iUIOS .. 111 c.
XXVI período ordinario de sesiones de la Corte . 112 1-1.. XII período extraordinario de sesiones de la Corte . 13 L Adhesión de Brasil a la Convención Americana'sobre Derechos Humanos .
J. Ccnsideracionessobrela posiblereforma dela Convención Americana sobre Derechos Humanos " ,,, ", ,., ,.., ,.." "., 14
K. Solicttudes de medidas provtsionales hecha pOlr la Comisión lnteramerícana de Derechos Humanos 14
L. Sornetirrnentoa la jurisdicción de 1", Cortedel caso Caballero Delgado y Santana .. 114
M. Sesiones de la Comisión Permanente . 115
ANEXOS
1. Sometimiento a la [urísdíccíón de la Corte del caso Cayera " " , 17
n. Solicitud de Opinión Consultiva 0<::-,13..."....""'",.....".....,......,.....'......,......".... .c"'''''' lIl. Resolucióndela COl'II'E~de29de juniode1992en elCél!;() Neira ss Alcgrfa y otros....,...,...."....,..."..."...."...."...."...,'"""'"
IV. IRI~soluci6111dela Cortede30diejuniode1992en elcaso Neira Alegría y otros".....,....,...."...."...,.....,..."....".....,....,....,....,...."....,....,...."...
- Resolucióndela COlr1i2,de3de julio de 11992en el Cm,E)Neira Alegría y otros.." " " , " ..
VI. Resoluciónde la Corte de 7de julio de1992enelcaso CangaramPanday.." 93 o••"•••"•••'•••',"" ...•••"••••',_o.'•••"o,,",,."•••"•••••••"" ,••".o.'•••, ,•••"o."'••••,
VII. Resolución die7de Julio de 11992 en el caso Alocboctoe y otros , ', VIII" Consideracionessobrela posible' reformade laConvención Americana sobre 'Derechos Humanos ,,, ,', ,',, ,,,, ,,, ,, ",, ,,,, ,,,, ," 9-,"7
IX. Resolución del Presidentedela Corte de14dediciembrede 1992
(caso Chipoco)......,...,...,....,....,...,..."...,..."...,....,....,...'..., 101 x. Resolucióndel Presidentede la Cortede14dediciembrede 1992 (caso Penales Peruanos) , ," " " ,,, ,, " " " " " .. 105
XI. Sometimiento a la jurisdicción de la Corte del caso Caballero Delgado In )7 Santana " ".""..'" """." " " ' """ " " " ".."'" .." " ' .
XII. Estado de Ratífícacíoncs JI Adhesiones: Convención Americana sobre Derechos Humanos ,", , , ,............... ]47
1. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos
Derechos Humanos enMateria de DerechosEconómicos, Sociales
y Culturales.. , ' , , " , ,' ,"""."""" .." " , , ' , .. 148
2. Protocolo a la Convención Americana sobre DerechosHumanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte .. 1,~19
l. ORIGEN" ES'lrIRllJCT1~JlRA'I!COMI'ETlEiNCIADlEiLACOIITE La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte") fue establecida como consecuencia dehaber entrado en vigor; el 18dejulio de 1978" laConvención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San José die Costa Rica" (en adelante "la Convención" o "la Convención Americana"), al ser depositado el undécimo instrumento de ratificación por un Estado Miembro di" la Organización de los Estados Americanos (en adelante "la OEA" o "la Organízacíón''). La Convención fue adoptada en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, celebrada del '7 al 22noviembrede1969en San José, Costa Rica. Los dosórganos de protección delos derechos humanos previstos por elartículo 33delPactodeSanJosé de Cosita HiGlI son la Comisión Interarnericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comisión") y la Corte, Tienencomo función elasegurarel cumplimientodelasobligacionesimpuestaspell'la Convención. El Estatuto de la Corte (en adelante "el Estatuto") disponeque ésta es una institución judicial autónoma quetienesu sedeIE~nSanJosé" Costa Rica,C1JI)'O propósito esel de aplicareinterpretarla Convención.
LaCorteesta integrada porsiete juecesqueson nacionalesdelos Estadios Miembrosdela OEA. Actúan,al título personal JI son elegidos "entre iuristss de I',~! más alta llIdoridad moral',. de Ireconocida comp'd,enc:ia e¡~l lnaJeria de derechos humranos, ¡1ue reúl1an las condicl~ones reI1ue:r¡fdas para ef ejercicio de ¡ras más el',e1,'ad,~ls [uncíonee [udiciales conforme a la ley del' pais del' cual sean naCi011lll'es o de! Estado que los proponga como candidatos" (artículo 52 de laConvención). Conforme al artículo 8 del Estatuto el Secretario CeneraII de la DEA solicita a los Estados Parles en la Convención quepresenten una lista con los nombresdesuscandidatospara jueces de laCorte. Deacuerdo con el artículo 53.2 dela Convención. cada Estado Parte puede proponerhasta tres candidatos. Los,juecessonelegidosporlos EstadiosParlesen 'laConvención para cumplirIUI mandatodeseis años, La elección se lleva 031 cabo en la Asamblea General de la ()EA,¡, se realliza en secreto y S12' requiere una mayoria absoluta de votos para ser elegido. Los jueces, siguen conociendo de los casos a que yal se hubierenabocadoyque seencuentren en estadodesentencia (artículo.:>L3dela Convención), Laelección se hará, en lo posible, durante el período de sesiones de la Asamblea Ceneral die la OEA inmediatamente anterior .21 la expiración del mandato de los jueces salientes. Las vacantes en la Corte
causadaspor muerte.. incapacidad permanente.. renuncia o remoción serán llenadas, en llo posible, en el próximo período de sesiones de la Asamblea Ceneral de la OEA (artículo 6.11 y 6.2del Estatuto). Si fuere necesario palra preservar el quórum de tal Corte los Estadios Partes en la Convención podrán nombrarunoo m.•ásjuecesinterinos(artículo6.3del Estatuto), Siuno dielos juecesllamadosa conocerun caso fuen,'de Ila nacionalidad de unode los Estadosque sean partes en ese caso. otro Estadio Parte podrá designar a una persona para que integre la Corteen calidad dejuez ~ld 110c. Sininguno dielos ]IUeCeSfuera de la nacionalidad dielos Estados Partes en el mismo,cada unod.eéstosIX,driíd"sigirlarunjuezad hoc(artículo lI) del Estatuto). -·6-· LosEstadossonrepresentadosen losp'ml:esosantelaCortepor11051agentesq¡lU! designende acuerdocon el artículo 21 del Reglamento de la Corte ((en adelante "el Reiª;lamenllo"),aprobado en el mes de enero <k: 1991.. el que entró en vigor elI de agoste de ese año y que se aplica sólo a los casos que se sometan a 1", Corte con posterioridad élesa fecha), Los juecesestánala disposiciónde laCorteyconformeasu Reglamentocelebran dosperíodosordinarios de sesionesal año.. aunq¡ue también es posible celebrar sesionesextraordinarias, siempre JI cuando éstas sean convocadas porel Presidente de la COrbE!o asolicitud de la mayoría de losjueces. Aunque no hay
requisito de residenda para los juecesen la sede de la Corte, el Presidenbepresta permanentemente sus servicios (artículo 16del Estatuto y artículos 111 JI 12del Reglamento). El Presidente y 'elVíceprcsídente son elegidos Ix]r los juecespara un mandatodedos años y pueden ser reelegidos (artículo 12 del Estatuto). Existe una Comisión Permanente de la Corte (en adelante "la Comisión Permanente") constituida IXII'el Presidente. el Vicepresidentey un tercerjueznombrado porel Presidente. Este podrá designarpar,aC,'1:50S específicos (]I en forma permanente uncuarto juez. LaCortepuedenombrar, además, otras comisionespara tratar temas específicos (artículo 6 del Reglamento), La Secretada de LaL Corte funciona bajo la dirección del Secretano,quien es elegido por la Corte.
C. Composlcíénde lit COJr!I!
La composición de la Corte 0311 31 de diciembre die :1992 ". fecha hasta la cual cubre este informe, fue la siguienteen ordende precedencia: Héctor Fix-Zamudío (México)!" Presidente Sonia Picado Sotela (Costa Rica)" Vicepresidente Rafael Nieto Navía (Colombia) Alejandro Montiel Argüello (Nicaragua) Máximo Pacheco Córnez (Chile) Hernán Salgado Pesantes (Ecuador) Asdrúbal Aguiar-Arangurel1l (Venezuela) " Eldoctor Asdrúbal Aguiar-Arangurcn fue elegido juezpOI"los EstadosPartesen laConvencióndurante
'E']I KXII Período Ordinario ele Sesiones de la Asamblea Ceneral de la OEA. en reemplazo del Juez OrlandoTovarTamayo (Venezuela), quien falleció el:2:1 de noviembre de :1991 siendo Vicepresidente.. ElSecretario de la Corte es Manuel E,Ventura Robles y la Secretaria adjunta Ana María Reina. Deacuerdo conla Convención, la Corteejerce funciones jurisdiccional y consultiva. La primera se refiere a laresolucíón de casosIE:nquese haalegadoqueunodelos EstadosPartesha violadola Convención. La segunda a la facultad qUE: tienen los EstadosMiembrosde! la Organización deconsultar a la Corte acerca de la interpretación diela Convención o "¡Je orros tratados concernientes a fa pmteccián de ¡'os derechos hll¡11~lnlOs '¡'¡~I los Esl:,~ldos Americanos", Tarnbiónpodrán consultarla,en loquelescompete.Josórganosde la DEA señalados en la Carta de ésta, Elartículo 62de laConvención, que establece la competenciacontenciosa de la Corte, dicelo siguiente:
1. Todo Estado Parte puede, en el momento del depósito de SUI instrumento de ratificación o adhesión de esta Convención, o en cualquier momento posterior, declarar que reconoce COl1rtO obligatoria diE! pleno dI2J"IE!cho y sin convención especial, la competencia de la Cortesobre iodos 1(15,casos relativos a la interpretación o aplicación deesta Convención, 2~ La declaración puede ser hecha incondicionalmente, () bajo condición de reciprocidad, por' un plazo determinado CI par,~l casos específicos. Deberá ser presentada al
SecretarioGeneral de la Organízactón, quien trasmitirá copiasde la misma a los otros Estados Miernbrus de la Organización y al Secretario de la Corte.
3. La Corte tiene competencia pélral conocer de cualquier caso relativo él la interpretación y aplicación de las disposiciones de esta Convención que le S12:a sometido, siempre que los Estadios Partes 12:111 él caso hayan reconocido (Ji reconozcan dicha competencia, ora por declaración especial. COl1rtO se indica en los incisos anteriores, ora po]:' convención especial.
Como los Estados Partes pueden aceptarla competencia de ][.21 Corte en cualquier momento, es posible invitar un Estadoa hacerlopam un caso concreto" 031 De acuerdo con 12,]1 articulo 61.1de laConvención"ls:1ó/o los Estados Partes: y ¡ti Comisión l'ienerr derecho a S,(lnrett~" un casolA! j'a deCif:s:¡[ón de la Corre" . Elartículo 6,U diela Convención incluye lasiguientedisposición concernientea los fallos de laCorte: Cuando decida que hubo viclación de un derecho libertad protegidos en esta Convención, la (Ji Corte dispondrá que se g.arantice al lesionado en el g;O('l2~ de su derecho libertad (Ji conculcados. Dispondrá asirnisrno, si e11l0 fuera precedente, que se r'E~p~lren las consecuencias de la medida o situación que ha configurado la vulneración d12~esos derechos yel pago di;' una justa indemnización al la parte lesionada, El inciso 2 del artículo 68 dispone que la parte "del Jr,~!U(J qlu' disponga ,ÍndemrrizllCióJ1' Clnrr¡lensatiJ'n'1l se
l~'ol~!"á ejecutar en el n~specf;ivo pa{s po¡r el p¡r()cedinúento l~nterno v¡igerU"e pata fa eiecuc1:ón de sentencias con;t"I~! el Estadá'l . Elartículo 63.2señala que: En casos de extrema gravedadl y urgencia, y cuando 5;12~ haga necesario evitar daños irreparables a las person,3is, la Corte, en los asuntos. qwe esté conociendo, podrá tornar l~IS medidas provisionales q1JliE~ considere pcrtinerues. Si se tratare de asuntos que aún no estén sometidos a SlU conocimiento, podrá actuar a solicitud dela Comisión. ··8·· El fallo emitido por la Corte es "jj',~)\i,¡¡'¡ri1J'oe inapel,~lbJe'''. Sin embargo, ",~n caso de d,:.s:ac¡u'l'do sol".,~' el sentl'do o alcanCf~ del' .Ii¡UO, l,~1 Corte ro¡¡'11:'~1'llrelta"á a :soJi;ic;itud de cual'/lúe¡r¡z de I'as Jl~I,.,tf~5,. siempn: l/Me dicha soUcit'ud se p,.esf~rl':'~ df~nl'J'(l deIos nOlllml'a d¡r,¡:s ,ll pm"¡itdeI'a [ech» d,~' I~I notl/ic'llclón d,d.Ií¡¡'Jo" (artículo 6;1), Los Estados Partes "se compnJJnel'en u cuml~IUr .le, dec;[s:ló,¡ de la Corte en todo caso en que Sflan partes"
(artículo 68). El íncurnplímíento de los fallos de La, Corte debe ser considerado por la Asamblea General de la Organízación. La Corte somete un infcrme sobre su labor en cada período ordinario diesesiones de la Asamblea, en ~~ll cual "[d]« 11~II~ttll~ra eS1,ec:ial Y con las l'eC0111!e¡r.td'lciones pe:n~inj~nte.s:.. seJiah!:rá los casos en que un Estado no haya dado cumpUmielll'O a sus f~lllos'" (artículo 6~¡). El artículo 64de la Convención dispone lo relativo a la función consultiva de la Corte. Este artículo dice textualmente: l. Los,Estados Miembros d12~ la Organizacíén podrán consultar a la Corre acerca de la interpretación de esta Convención o de otros tratadios. concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos. Asimismo, podrán consultarla, IEm lo que les compete, los órganos enumerados 12~Jnl el Capítulo X de la Carita de 11a Organización de Jos Estadios Americanos reformada por el Protocolo de Buenos Aires.
2. La Corte, a solicitud de un Estado Miembro de la Organización, podrá darle opiniones acerca de la compatibilidad erure cualquiera de SlLlS leyes internas y los mencionados instrumentos internacionales.
Cabe destacar que el derecho de solicitar una opinión consultiva no se Ilimitaa los Estados Partes en la Convención; todo Estado Miembro de la OEA tiene capacidad de solicitarla. La competencia consultiva de la COJrt<,: fortalece la capacidad de la Organización paJra resolver los
asuntosquesurjan porla aplicación delaConvención" ya que permite alos órganosde laOEA consultara laCortecuando se presenten dudas relacionadascon su interpretación. Catorce Estados Partes han reconocido la competencia contenciosa de la Corte. Ellos son: Costa Rica, Perú Venezuela, Honduras, Ecuador, Argentina" Uruguay, Colombia Guatemala, Suriname, Panamá, Chile, Nicaragua y Trinidad y Tobago. Ell estado de ratificaciones y adhesiones de laConvención se encuentra al final de este informe ÜU'IIE~X() XII). E.. Presupuesto La presentación del presupuesto di" la Corte está regulada por el artículo 72 die la Convención Clue dispone que ",la Corre elaborará Sil pn~~lio¡noyec:fo df: pn~:5I<!plle,s:;to y lo :5omel~el'á a I'a al~ll'olmc:i(Ín de la -·9As:,¡:mbl',!"l 'G!~,ru~ral, I~'or conducto de la Sec¡rel',~lrúl Gl~neml', E:5lta úU:illlil' no podrá :inJrotiuc:irle me"ll\ficaci'ones'''. ID~,~ acuerdocon elartículo26de su Estatuto, la Corteadministra su propiopresupuesto, La Corte está ligada 1"01' estrechos lazos institucionales con el otro órgano contemplado por la Convención, la Comisión. Estoslazos !¡,~han fortalecido poruna serie diereunionesdesus miembros. La Corte mantiene también estrechas relaciones con el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, creado mediante convenio suscrito po:rel Gobíerno de Costa Rica y la Corte, que entró en vigor .::11 117de
noviembre de 1980" El Instituto es una entidad intemacional autónoma, die naturaleza académica, dedicada a la, educación, investigación y promoción die los derechos humanos con un enfoque interdisciplinario y global, Además, la Corte celebra reuniones de trabajo con la Corte Europea de DerechosHumanos,quefue establecida porelConsejode Europa yque ejercefuncionesdentrodel marco de 12~S~3, organización comparables al las de laCorte. n, ,1¡CTIVIDADIES DElLACOJR1[lE LaCortecelebróen su sede en San José" Costa Rica, .,,11)(XVPeríodoOrdinariodi,'Sesiones del 13al 115de enero de 1992. Estuvieron presentes los jueces: Héctor Flx-Zamudio Presidente (México): Sonia Picado Sotela, Vicepresidente (Cosita Rica); Rafael Nieto Navia (Colombia); Alejandro Montiel Argüello (Nicaragua} JI Hernán Salgado Pesantes (Ecuador), Estuvieron, además, presentes Manuel E. Ventura Robles, Secretario y Ana María Reina" Secretaria adjunta" En esta sesión:S~~'juramentaron ytornaron posesión de sus cargosdos de los tres nuevosjuecesdelaCorte: Alejandro Montiel Argüello l' Hernán Salgado Pesantes. Durante la sesión el Tribunal consideró y aprobó su Informe Anual a la Asamblea General de la OEA correspondienteal año 1.991,.la que se llevó a cabo en Nassau.. Bahamas,a partirdel lunes 18de mayo de 1992;escuchó el infonne de labores de la Directora Ejecutiva del Instituto lnteramericano de Derechos
Humanos y analizó asuntos administrativos JI presupuestarios. El14de febrero de 1992laComisión Intorarnencana sometió a consideración dela Corte, de acuerdocon loque establece él artículo 61 de la Convención Americana, los C.'ISOSacumulados 110.264" 10.206Y110.2?6, los que se originaron en los hechos que ocurrieron a partir del 1.4 de mayo de 1988 "In el Distrito de Cayara, Provincia dieVíctor Fajardo" Departamento de Ayacucho, República d'E~I Perú, De acuerdo con la demanda introducida por la Comisión, el Gobierno del Perú sería responsable por presuntas violacionesa varios artículosdela Convención Americana (anexo l). ··1.0·· L,¡Comisióndesignó CUJI10susdelegadosen este C,H¡Oa su Presidente,doctorMarcoTulio Bruni Celli y a SIJISecretaria ejecutiva, doctora Edíth Marquez Rodríguez, Posteriormente el doctor Bruni Celli fue sustituido por el profesor W'. Michael Reisman. ElCobierno del Perú designócomo su agentealabogado AlonsoEsquivelCornejoyO)JI10Juezatl hocal doctorManuel Aguirre Roca. C, Presentación del Informe de,Laboresde, laCorte ,1 la,Comísíéndi, Asuntos [urídtcosy Políticos de laOlEtA1~IJI'lII'i3Is,hiJrlg,ltOl1l..DiC, Del 10al 12de marzo de 1992 el Presidente, la Vicepresidente l' ell Secretario de la Corte presentaron a la Comísión de Asuntos [urfdícos y Políticos de la Organización el Informe Armad de Labores
correspondiente al año 1991 en 'Washington, D.e. EII Presidente en su intervención ante esa Comisión informó sobre las labores realizadas por el Tribunal durante el período q\ll,' abarca ell informe, enfatizó la necesidad de dotarde recursos económicos suficientes a la Corte para que pueda cumplir a cabalidad consusfunciones. ElConsejo Permanente, basado enel Informe Anual de la Corte presentadoante laComisión de Asuntos [urídícos y Políticos, remitió a la Asamblea General el siguiente proyecto de resolución:
- Temar nota del informe anual de la Corte Intcrarncricana de Derechos
Humanos, -, ,- Acoger y transmitir a la Corte lntcramcricana de Derechos Humanos las observaciones V recomendaciones (F~IIE~ el Consejo Permanente de la Organización hizo al informe anual. ~ :1 Exhortar a los Estados miembros de la OEA, que aún 110 lo hayan hecho, ,1 que ratifiquen 10SIE~ adhieran a la Convención Americana sobre [)eJ'12~chOiSHumanos "Pacto de San[osé de Cosita RiC:¡~I", así CO)11,() él la aceptación de competencia de la Corte lnteramericana de Derechos Humanos, 4" Asignar a la Corte E~I apoyo financiero y funcional J11:!CC;~S,31:riO P,Uil q¡ILIE~ continúe cumpliendo con las altas funciones que le confiere la Convención Americana sobre Derechos Humanos. S, Expresar su recouocirníento ,al la Corte lnterarnertcana de Derechos
Humanos por la labor desarrollada en IE~]1 período que comprende e:51:l2~ inforrne,. e instarla a que continúe con su importante función. ElPresidente fue recibido porel SecretarioGeneral dela OEA con quien conversó sobrepuntosconcretos relativos al la Corte, Fue recibido también por Ia Comisión de Asuntos Administrativos y Presupuestarios de la ()I~A, él C1JI)'O Presidente se había solicitado un incremento presupuestario indispensable para continuar las laboresactualesde la Corte. Esta Comísión escuchó los puntosde vista del Presidente diela Corte y la petición fue atendida por la Asamblea Generad celebrada en Nassau, Bahamas.. en el mos de Inayo.
D. Presentación aIa Corte di, la Snlicitudde OpmíénConsultiva0(,,·113
El 7de mayo de 1992 los gobiernos de la República Argentina y de la República Oriental del Uruguay presentaron una solicitud deopinión COnS1JIIIÍi'va paraquelaCorteinterpretelos artículos411, 42" 44,416, -114:1',. SO l' 511 de la Convención, en relación con la situación y las circunstancias concretas que en ella se expresan" A esta opinión consultiva se,le dio e! tnirnite reglamentario y el Presidente fijó el 16 de noviembre de 11992 como fecha limite de tiempo pal'ia, presentarobservacionesy documentos relevantes sobre la misma, Asimismo, de acuerdo con el artículo ~¡4.4 del Reglamento, el Presidente señaló el 1. die febrero die11993O:Hl1l0 fecha p,ll'a celebrar una audiencia pública sobrela solicitud presentada (anexo IIJ.
La Corte estuvo representada en 'a'll XXII Período Ordinario de Sesiones de JI,¡¡ Asamblea General de la (JEA porla Comisión Permanentede la Cortecompuesta por SIJIPresidente, Juez Héctor Fáx-Zamudío, y por 1013¡iuec:es Sonia Picado Sotela (Vicepresidente) JI Rafael Nieto Navia, También estuvo presenteel Secretario, Manuel E. Ventura Robles. Dicha Asamblea General se llevó a cabo en Nassau, Bahamas, dll;:]11IBa]12:~ demayo de11992. La Asamblea General.. una vez conocido el Informe Anual dieLabores de la Corte aprobó La, siguiente resolución: l. Tornar nota del informe anual de la Corte lnteramericana de Derechos Humanos, .2. Acoger y transmitir a la Corte las observaciones y recomendaciones qw~~IEd Consejo Permanente de la Organización hizo al informe anual.
3. Exhortar el los Estados miembros dela ()lE~A queaún no 10hayan hecho a qu~~ ~rahi!~iq1Jll2!lr~. 1)0ad]h,i'~n~,!' (l~81 Convención Americana sobre Derechos Humanos "Pacto de San
[osé de Costa RICial as! tomo a que reconozcan la [urisdicción obligatoria de la Corte I Interamericana de Derechos Humanos.
4. Asignar a la Corteel apoyo financiero adicional Y funcional necesario, hasta por la cantidad d,e US$:10.000, F'llita qlll! continúecumpliendo con las altas funciones qlJlie: le confiere la Convención Amcrícana sobre Derechos Humanos..
5. Expresar su reconocimiento a la Corte por la 'libo!' desarrollada en el
período q'LlE~comprendeeste informe E~ instarla elquecontinúecon su importante función. EII Presidente de la Corte agradeció el aumento de presupuesto JIel apoyo general que se lebrindó a la Corte.. En el ;()(n Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea Cenéral de la ().E.A los Estados Partes en la j, Ccnvencíón Americana eligieron corno juez de la Corte al doctor Asdrúbal Ai~;llIiar-Aranguren (Venezuela). EII juez Aguíar-Aranguren completará el período del Juez Orlando 'Iovar Tamayo, quien falleció el 21de noviembre de 1991. Finalizará su mandatoel 31 dediciembre de 1994. Durante el )OO!Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OlEA, la delegación de la Corte ante dicha Asamblea dedicó e] día 22 de mayo pam reunirse con el Presidiente de la Comisión, doctorMarcoTulio Bruni Celli: 'elSegundo Vicepresidente, profesor W'. Michael Reísman: la Secretaria ejecutiva, doctora Edith Márquez y otros funcionarios de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión, z- -1 Enesta reunións,elomarondiversosacuerdosen beneficíodel sistema ínteramencanode protecciónde los derechoshumanos, losq¡ueestán siendoimplementados. LaCorte celebró su X)(VIPeríodoOrdinariodeSesionesdel 22de junio al9de [uliode 1992en su sede, Enesta sesiónsejuramentarony tornaronposesión de sus cargos losjueces Máximo Pacheco Cómez(Chile)
y Asdrúbal Aguíar-Arangurcn (Venezuela). Ellos, junto con Héctor Fix-Zamudio, Presidente (México); Sonia Picado SOtI2·11.¡¡, Vicepresidente (Costa Rica); Rafael Nieto Navia (Colombia): Alejandro Montiel Argüello (Nicaragua) y Hernán Salgado Pesantes (Ecuador) integraron el Tribunal durante este período de sesiones. Estuvieron también presientes Manuel E. Ventura Robles, Secretario y Ana Maria Reina, Secretaria adjunta, Duranteesta sesión elTribunal consideró los casos Neira Alegría yotros contra el Perú, Cayara contra el Perú y Gangaram Panday contraSurinarne. Paraestosefectosparticiparonen las sesionesde laCorte los juecesad hocdesignados por Perú y Suriname. Jorge E. Orihuela lbcríco (caso Neira Alegria y otros), Manuel Aguirre Roca (caso Cayara), quien se juramentó en esta sesión, y António A,Caneado Trindade (caso Cangararn Panday), También se inició la consideración de la Opinión Consultiva OC-13, El2·~~ de junio, la Corte celebró una audiencia pública sobrelas excepciones preliminaresinterpuestas por IE~1 Gobierno del Perú en el caso Cayara. El Tribunal, con posterioridad, teniendo en consideración las pruebas y los alegatos escritos y orales presentados por las partes dictará sentencia sobre excepciones prcltrninares.
En el caso Neíra Alegría y ol: I'OS" la Corte con la integración antes dicha y el Juez ad !loe"Iorge E.
OrihuelaIberico, dictóel29de juniode :1992unaresoluciónen la quese resolvió lo siguiente (anexo Ill):
Continuar la consideración del caso r...leira ,Al(~gr'Í,al y otros, salvo en lo relacionado con los t'l2:ClHSO.s. inl:e¡¡pUI12~St:OS por el agente del Gobierno contra l.al sentencia del 111 de diciembre de 1991" los cuales serán resueltos por la Corte con 'la mtcgración que tenía al dictarse dicha sentencia. Sibien dicha resolución fue aprobada por unanimidad emitieron opinión disidente el juez Nieto 1\1avra y opinionesindividuales los jueces Montiel Argüello y Oríhuela lbcrico. El: 3Dde junio,el Tribunal celebró otra audiencia sobre tacha de testigos en el C31S0 Neira Alegría yotros JI dictó una resolución y de conformidad con el artículo 37 de su Reglamento, resolvió rechazarlas y se reservó el derecho de valorar las declaraciones que esas personas oportunamente pudieran dar (anexo IV). El I de julio de 1992 la Corte dictó una resolución en relación con el momento y oportunidad de 'la presentación ele prueba pericial ofrecida por 11,31 Comisión paralel caso Neira Alcgrta y otros. Los dfas 8y 9de julio se celebró en la sede del Tribunal una audiencia pública sobre tacha dietestigos y expertos y recepción de testimonios sobre el fondo paral e] caso Cangararn Panda)'. 1011 agente del Gobierno de Surinarne retiró las tachas que había interpuesto y por esa razón se recibieron las declaracionesde los testigos ofrecidospor la. Comisión, .13-. La Corte decidió queel )<XVII Período Ordinario (J,¡¡~Sesionesse celebraría del ;~Sde enero al ~¡ de febrero
de 1993 en la sededela Corte. La CortecelebrósuXIII PeríodoExtraordinariode Sesionesdel 29dejunio al ;1dejuliode 1992 en su sede, La composición de la Corte p.atral la sesión extraordinaria fue la siguiente: Héctor Fix-Zarnudio, Presidente (México); Sonia Picado Sotela, Vicepresidente {Costa Rica): Thornas Buergeuthal {Estados Unidos de América): Rafael Nieto Navia (Colombia); Julio A. Barberis (Argentina) y Asdrúbal Aguiar-Aranguren (Venezuela). Estuvieron también presentes Manuel E. Ventura Robles, Secretario y Ana Marfa Reina, Secretaria adjunta. Durante este período diesesiones participaron también en las reuniones de la Corte los jueces ¡¡¡JI ¡lOe designados, por Perú y Suriname, [orgc E. Orihuela lberico (caso Ncira Alegría y otros) y António A. CaneadoTríndade (casosCangaram Panday )f Aloeboetoey otrosl, Durante este período extraordinario el Tribunal se dedicó a considerar el caso Ncira Alegría y otros contra el Perú, en cuanto a los recursos de revisión e interpretación de la sentencia de excepciones preliminares dictada por la Corte con esta, composición JI los casos Aloeboetoe y otros y Cangaram Panday contraSuriname.
Se celebró el : 1 de julio una audiencia pública sobre los recursos de !'IE'V1SIOn e ínterpretacíón de la sentencia de excepciones preliminares del caso Neira Alegría y otros. El agente del Gobierno del Perú presentó, momentos antes dile que se iniciara esta audiencia un escrito por medio del cual desistió del
recurso dierevisión planteado, EI13de juliolaCorte, porcinco votoscontrauno, dictóuna resoluciónenla cual resolvió lo síguíente (anexo V,,::
1. Torna nota del desisrirnicnto del Gobierno de su solicitud ele revisión de sentencia 1~ reserva para más adelante pronunciamiento sobre eventuales costas. .
S,1..;1 Votaen contra el JuezJorgeE.Orihuela lberico.
2. Desecha por improcedente la. solicitud de interpretación de su sentencia de 11 de diciembre de 1991 sobre excepciones preliminares.
Vota en contra elJuez jorge E.Orihuéla lberico. EII JuezThornas Buergenthal acompañó un" declaración. El? dejuliolaCorte en relación con el caso Cangararn Panday resolvió, porunanimidad y en aplicación del artículo S4.3 de la Convención, que "...el COí~wcú111:ento de esle caso lo conUnúe la Cod:e con Jla coml'm¡icián I'0ster.ior al JI deenero de 1992" (anexo VII). En esa misma fecha, la Corte celebró una audiencia pública sobre tacha de testigos, JI expertos y para escuchar los alegatos de las parles sobre reparaciones y costas piua el caso Aloeboetoe y otros contra Suriname Por resolución de la fecha rechazó las recusaciones o tachas formuladas contra los testigos reservándose el derecho de valorar posteriormente sus declaraciones y citarlos a declarar en los términosdel artículo3Sde su Reglamento (anexeVII). ··14·· El 2:;de setiembre de 1992 el Gobierno di" la República Federativa de Brasil presentó en la Secretaría
Ceneral de la OEA el instrumento de adhesión a la Convención Americana. Al adherirse a la Convención, 1~:11 Gobierno de Brasil hizo la siguiente declaración: "EJ Gobie¡mo de BrasU entiende que Jos AJ'ticul'os 43 Y' 411, J,efl·.~1 D
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