Corte IDH - Informe anual 2022
Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- Corte IDH - Informe anual 2022
- Autor
- Corte IDH - Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2022
Corte IDH Protegiendo Derechos
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
Informe Anual 2022 www.corteidh.or.cr
Informe Anual 2022 Contenido
I. Prólogo ______________________________________________________________________________ 8
II. La Corte: Estructura y atribuciones _____________________________________________________ 12
A. Creación ____________________________________________________________________________ 12
B. Organización y composición ___________________________________________________________ 13
C. Estados Parte _______________________________________________________________________ 14
D. Funciones ___________________________________________________________________________ 16
III. Sesiones celebradas en 2022 ___________________________________________________________ 25
A. Introducción _________________________________________________________________________ 25
B. Resumen de las Sesiones______________________________________________________________ 25
C. Los Períodos de Sesiones de la Corte IDH fuera de su sede _______________________________ 35
IV. Competencia Contenciosa ______________________________________________________________ 38
A. Casos sometidos a la Corte ___________________________________________________________ 38
B. Audiencias __________________________________________________________________________ 46
C. Sentencias __________________________________________________________________________ 47
V. Supervisión de Cumplimiento de Sentencias _________________________________________________ 70
A. Síntesis del trabajo de Supervisión de Cumplimiento _____________________________________ 70
B. Visitas y audiencias de casos en etapa de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia celebradas en el año 2022 ______________________________________________________________ 75
C. Resoluciones de casos en etapa de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia emitidas en el 2022 _____________________________________________________________________________ 88
D. Solicitudes de Medidas Provisionales presentadas en casos en etapa de Supervisión de Cumplimiento de Sentencia _____________________________________________________________ 91
E. Archivo de casos por Cumplimiento de las Sentencias ____________________________________ 93
F. Cumplimientos de garantías de no repetición ____________________________________________ 93
G. Solicitudes de informes a otras fuentes que no sean las partes (artículo 69.2 del Reglamento) 96
H. Reuniones informales sostenidas con agentes estatales con la Secretaría del Tribunal ________ 98
I. Involucramiento de órganos, instituciones y/o tribunales nacionales en exigir a nivel interno la ejecución de las reparaciones __________________________________________________________ 99
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J. Participación y apoyo de la academia y sociedad civil ____________________________________ 99
K. Reunión de Trabajo sobre Supervisión de Cumplimiento de las Decisiones de las Cortes Internacionales de Derechos Humanos y Órganos de Protección de Derechos Humanos ______ 101
VI. Medidas Provisionales _________________________________________________________________ 120
A. Adopción ___________________________________________________________________________ 120
B. Solicitudes de Medidas Provisionales canalizadas a través de Supervisión de Cumplimiento __ 124
C. Solicitudes de Medidas Provisionales desestimadas ______________________________________ 126
D. Levantamiento _______________________________________________________________________ 127
E. Desacato y presentación de la situación ante el Consejo Permanente de la OEA y de la Asamblea General (aplicación de artículo 65) ______________________________________________ 128
VII. Función Consultiva ____________________________________________________________________ 135
A. Opinión Consultiva emitida en 2022 ____________________________________________________ 135
B. Opiniones Consultivas en trámite ______________________________________________________ 136
VIII. Desarrollo Jurisprudencial ______________________________________________________________ 138
IX. Gestión Financiera _____________________________________________________________________ 176
A. Ingresos ____________________________________________________________________________ 176
B. Cooperación técnica _________________________________________________________________ 183
C. Presupuesto del Fondo Regular aprobado para el año 2023 ______________________________ 184
D. Auditoría de los estados financieros ____________________________________________________184
X. Mecanismos impulsores del acceso a la justicia interamericana ____________________________ 186
A. Fondo de Asistencia Legal de Víctimas (FALV) ___________________________________________ 186
B. Defensor Público Interamericano ______________________________________________________ 204
XI. Otras actividades de la Corte __________________________________________________________ 207
A. Inauguración del Año Judicial Interamericano 2022 ______________________________________ 207
B. Diálogo entre Cortes Regionales de Derechos Humanos _________________________________ 208
C. Diálogo con la Organización de los Estados Americanos – OEA ___________________________ 209
D. Diálogo con las Naciones Unidas ______________________________________________________ 211
E. Diálogo con Estados _________________________________________________________________ 212
F. Diálogo con Poderes Judiciales de la región _____________________________________________ 217
G. Conferencias y seminarios ____________________________________________________________ 225
6 INFORME ANUAL
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H. Otras actividades ____________________________________________________________________ 229
XII. Programas de capacitación y formación en Derechos Humanos ___________________________ 240
A. Formación presencial e híbrida ________________________________________________________ 242
B. Formación virtual sincrónica y asincrónica _______________________________________________ 248
C. Formación virtual asincrónica __________________________________________________________ 251
D. Centro de Formación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos __________________ 252
E. Programa de pasantías y Vistas Profesionales ___________________________________________ 253
XIII. Publicaciones __________________________________________________________________________ 256
A. Publicaciones institucionales __________________________________________________________ 256
B. Infografías ___________________________________________________________________________ 267
XIV Comunicación _________________________________________________________________________269
A. Sitio Web de la Corte Interamericana en español, inglés y portugués ______________________ 270
B. Actos de notificación de Sentencia_ ____________________________________________________ 272
C. Comunicación multilingüe en español, inglés y portugués ________________________________ 272
D. Comunicación Educativa y Campañas de Difusión de Jurisprudencia ______________________ 273
E. Serie de Reportajes Reparando Derechos _______________________________________________ 274
F. Interacción a través de las redes sociales de la Corte Interamericana _______________________ 275
G. Red DIALOGA y Diploma de Periodistas _______________________________________________ 278
H. Canales de atención a la ciudadanía ___________________________________________________ 279
XV. Convenios y relaciones con otros organismos ____________________________________________ 281
A. Convenios con órganos naciónales e internacionales _____________________________________ 281
B. Convenios con universidades __________________________________________________________ 281
- Biblioteca _____________________________________________________________________________283
A. Biblioteca Digital _____________________________________________________________________ 283
B. Archivo _____________________________________________________________________________ 285
C. Digesto THEMIS _____________________________________________________________________ 286
- Fortalecimiento de la política institucional contra el acoso laboral y sexual ________________ 288
- Funcionarios/as de la Corte Interamericana de Derechos humanos ________________________ 291
Prólogo I
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I. Prólogo En nombre de las Juezas y Jueces que conformamos la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como de su Secretaría, tengo el honor de presentar el Informe Anual correspondiente al año 2022 en el cual figuran las tareas más significativas cumplidas por la Corte durante el año y los desarrollos Jurisprudenciales más relevantes en materia de derechos humanos.
El año 2022 asumí la Presidencia de la Corte Interamericana, agradeciendo con humildad y con el compromiso de dar lo mejor de mí para guiar a esta institución, responsable de
la protección de los derechos humanos en un continente de más de 600 millones de personas. Valoro la confianza depositada en mí por parte de mis colegas Jueces al haberme elegido para dirigir este Tribunal durante el período 2022-2023. Agradezco también al Juez Humberto Antonio Sierra Porto por su servicio brindado en la Vicepresidencia durante el año 2022, y extiendo mi agradecimiento al Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot quien Juez Ricardo C. Pérez Manrique asumirá la Vicepresidencia el 1 de enero de Presidente de la Corte IDH 2023. Aprovecho estas líneas para mostrar mi confianza en el trabajo de mis colegas que iniciaron su mandato este 2022, la Jueza Nancy Hernández López; la Jueza Verónica Gómez; la Jueza Patricia Pérez Goldberg; y el Juez Rodrigo Mudrovitsch, cuyas opiniones jurídicas serán claves para el trabajo del Tribunal durante el futuro próximo. Destaco que esta composición nos acerca a la paridad necesaria en todos los órganos de toma de decisiones, permitiéndose así una mayor representatividad democrática. A pesar de los retos que ha traído la post pandemia, la Corte Interamericana ha sabido combinar sus actividades presenciales con Períodos de Sesiones virtuales, hacia la consolidación de un Tribunal que realiza sus labores de forma híbrida. En el marco de la estrategia de un Tribunal de Puertas Abiertas, la Corte pudo retomar las visitas a los Estados, aspecto clave para el relacionamiento de los órganos de justicia, con el objeto de mantener un diálogo activo con los distintos actores institucionales y
sociales. Los órganos de justicia deben ser cuerpos abiertos que no tengan temor al relacionamiento y diálogo con los países, de manera que los jueces y juezas tengan una visión de primera mano respecto a los desafíos del continente. Así, el Tribunal celebró en agosto un Período Ordinario de Sesiones en Brasilia, gracias a la invitación de Brasil, y otro en Uruguay durante el mes de agosto.
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En 2022, se incrementaron los Períodos de Sesiones por parte de nuestra Corte. Se celebraron nueve Períodos Ordinarios de Sesiones, y tres Períodos Extraordinarios de Sesiones, que alcanzaron un total de 25 semanas de reuniones colegiadas al año. En el marco de estos, se realizaron 32 audiencias públicas sobre Casos Contenciosos, 12 sobre Supervisión de Cumplimiento, 3 sobre Medidas Provisionales, 1 audiencia sobre Medidas Provisionales y Supervisión de Cumplimiento y 3 Diligencias. Se emitieron 25 Sentencias sobre Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, así como 9 Sentencias sobre Interpretación. También se emitieron 45 Resoluciones de Supervisión de Cumplimiento de
Sentencia.
En relación con la Jurisprudencia del presente año cabe señalar que la Corte ha continuado pronunciándose sobre materias innovadoras, así como consolidando los importantes estándares internacionales en materia de derechos humanos, la independencia judicial, la libertad de expresión y las responsabilidades ulteriores por su ejercicio, restringiendo la posibilidad de la utilización del derecho penal en caso de protección a la honra de funcionarios
públicos. La Corte determinó los enfoques diferenciados que los Estados deben aplicar en la atención de las necesidades especiales de los distintos grupos poblacionales privados de libertad, para asegurar una ejecución de la pena respetuosa de su dignidad humana. Igualmente, desarrolló los derechos políticos y la libertad expresión de partidos políticos de oposición y la responsabilidad del Estado por la represión y exterminio de personas motivadas por la ideología política. Tuvo la oportunidad de profundizar en los derechos de las mujeres a una vida libre de violencia, la violencia obstétrica, así como los impactos diferenciados en razón de género por las mujeres familiares de víctimas de desaparición forzada. También desarrolló los derechos de los trabajadores y las obligaciones específicas para la protección laboral de personas con discapacidad, así como personas adultas mayores. Reiteró importantes estándares sobre los límites a la pena de muerte, así como requisitos y límites para que una prisión preventiva sea legítima, entre otros importantes temas. Quiero destacar tres iniciativas en el año 2022. El primer aspecto, la Corte implementó un nuevo proceso de notificación de Sentencias, a través de un acto en que participan las partes, abierto a la prensa y la ciudadanía. En cuanto al segundo aspecto, se establecieron Jueces y Juezas relatores por países con el objetivo de dar seguimiento mucho más cercano la Supervisión de Cumplimiento, y se ha comenzado con la sistematización de la Jurisprudencia de Supervisión de Cumplimiento; y en cuanto al último aspecto, la Corte emitió el 10 de octubre de 2022 un Código de Ética para Jueces y Juezas del Tribunal.
Este Tribunal a partir de 2022 implementó la política de una corte verde. Esta visión de la justicia sostenible significa la reducción del uso del papel, la disminución de la huella de carbono y el uso de tecnologías que busquen hacer su trabajo jurisdiccional sostenible e inclusivo. El cambio de una energía sostenible incluye la implementación de paneles solares en nuestra sede y el uso exclusivo de vehículos eléctricos. El Tribunal agradece a la cooperación alemana por sus contribuciones para hacer realidad la Corte verde. 10 INFORME ANUAL 2022 | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS También quiero destacar que la Corte fortaleció los procesos formativos. En 2022 la Corte organizó 21 procesos de formación en derechos humanos sobre distintos temas de su Jurisprudencia utilizando diferentes recursos y metodologías, de modo que se capacitó a más de 1800 personas. Además, la Corte Interamericana retomó las actividades presenciales de capacitación que, debido a la pandemia, habían sido transformadas en virtuales, por lo que, de mayo a diciembre de 2022, la Corte IDH llevó a cabo 13 procesos formativos presenciales en cuatro Estados Parte. Un público muy relevante en una estrategia de Tribunal de Puertas Abiertas, son los y las periodistas y los medios de comunicación. Además de mejorar los canales de divulgación ya existentes, la Corte ha fortalecido la comunicación cotidiana con los y las periodistas de la región a través de la creación de una Red (Red Dialoga), que ha integrado a más de 6.500 periodistas y comunicadores en la región quienes reciben y comparten información de manera
periódica sobre el trabajo del Tribunal. Con el objeto de incrementar la difusión de información y conocimiento de la Jurisprudencia por parte del periodismo se desarrollaron reuniones presenciales y virtuales en 17 Estados Parte entre Jueces y Juezas y periodistas. Cumpliendo con su labor de difusión, la Corte ha puesto a disposición del público 33 publicaciones, entre Cuadernillos de Jurisprudencia, infografías y memorias de conferencias. Con nuestra política de acercamiento a la región Caribe, visitamos la Corte de Justicia del Caribe y participamos del Primer Foro Hemisférico de Cortes Regionales en Trinidad y Tobago. Producto del Encuentro se emitió la Declaración de Puerto España, que integra acciones de trabajo conjunto y diálogo entre las Cortes internacionales de nuestra región. Cerramos este año 2022, agradeciendo a todos los actores que hacen posible el trabajo de la Corte Interamericana y reafirmamos nuestro compromiso de seguir cumpliendo con el mandato dado por la Convención Americana sobre Derechos Humanos: la defensa y protección de los derechos humanos de todas las personas sin distinción en nuestro continente. Ricardo C. Pérez Manrique Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos San José, diciembre 2022
Estructura La Corte: y atribuciones
II
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II. La Corte: Estructura y atribuciones
A. Creación La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Corte” o “el Tribunal”) empezó sus funciones el 3 de septiembre de 1979, como consecuencia de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante, “la Convención” o “la Convención Americana”) el 18 de julio de 1978. El Estatuto de la Corte (en adelante, “el Estatuto”) dispone que esta es una “institución judicial autónoma” cuyo objetivo es aplicar e interpretar la Convención Americana.
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B. Organización y composición De conformidad con lo estipulado en los artículos 3 y 4 del referido Estatuto, la Corte tiene su sede en San José, Costa Rica y está integrada por siete Jueces y Juezas nacionales de los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (en adelante “OEA”)1.
Los Jueces y Juezas son elegidos por los Estados Parte de la Convención Americana, en votación secreta y por mayoría absoluta de votos, durante el Período de Sesiones de la Asamblea General de la OEA inmediatamente anterior a la expiración del mandato de los Jueces y Juezas salientes. Los Jueces y Juezas son elegidos a título personal entre juristas de la más alta autoridad moral y de reconocida competencia en materia de derechos humanos y deben reunir las condiciones requeridas para el ejercicio de las más elevadas funciones judiciales conforme a la ley del país del cual sean nacionales o del Estado que los proponga como candidatos2. El mandato de los Jueces y Juezas es de seis años y solo pueden ser reelectos una vez. Los Jueces y las Juezas que terminan su mandato seguirán conociendo de “los casos a los que ya se hubieren abocado y que se encuentren
en estado de Sentencia, a cuyos efectos no serán sustituidos por los nuevos Jueces y Juezas elegidos”3 por la Asamblea General de la OEA. Por su parte, el Presidente o la Presidenta y la Vicepresidenta o Vicepresidente son elegidos por los propios Jueces y Juezas por un período de dos años y pueden ser reelectos4. Los Jueces Eduardo Vio Grossi, Elizabeth Odio Benito, Eugenio Raúl Zaffaroni y Patricio Pazmiño Freire terminaron su mandato el 31 de diciembre de 2021. Por tanto, el 1 de enero de 2022 inició su mandato una nueva composición de la Corte, puesto que se incorporaron las Juezas Nancy Hernández López, Verónica Gómez, Patricia Pérez Goldberg y el Juez Rodrigo Mudrovitsch, quienes habían sido elegidos durante el 51 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos. El año 2022 asumió como Presidente el Juez Ricardo C. Pérez Manrique de nacionalidad uruguaya. Se eligió como nuevo Vicepresidente al Juez Humberto Antonio Sierra Porto. El Vicepresidente culminó su mandato el 31 de diciembre de 2022. Asumió la Vicepresidencia el Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot. El Presidente, Juez Ricardo C. Pérez Manrique y el Vicepresidente, Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisto culiminarán sus mandatos el 31 de diciembre de 2023. De esta manera, para el año 2022 la composición de la Corte fue la siguiente (en orden de precedencia)5:
- Juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay), Presidente;
- Juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), Vicepresidente;
- Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México);
- Jueza Nancy Hernández López (Costa Rica); • Jueza Verónica Gómez (Argentina); • Jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile), y
- Juez Rodrigo Mudrovitsch (Brasil).
Los Jueces y Juezas son asistidos en el ejercicio de sus funciones por la Secretaría del Tribunal. El Secretario de la Corte es Pablo Saavedra Alessandri (Chile) y la Secretaria Adjunta es Romina I. Sijniensky (Argentina). 1 Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 52. Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, artículo 4. 2 Ídem. 3 Ídem. 4 Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, artículo 12. 5 Según el artículo 13, apartados 1 y 2, del Estatuto de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, “[l]os Jueces y Juezas titulares tendrán precedencia después del Presidente y del Vicepresidente, de acuerdo con su antigüedad en el cargo” y “[c]uando hubiere dos o más Jueces o Juezas de igual antigüedad, la precedencia será determinada por la mayor edad”.
14 INFORME ANUAL
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COMPOSICIÓN ELECTA PARA EL AÑO 2022
Juez Juez Eduardo Ferrer Humberto Mac-Gregor Antonio Poisot Sierra Porto, Vicepresidente Jueza Jueza Nancy Hernández Patricia Pérez López Goldberg Juez Ricardo C. Pérez Manrique, Presidente Jueza Juez
Verónica Rodrigo Gómez Mudrovitsch Secretaria Adjunta Secretario Romina I. Pablo Saavedra Sijniensky Alessandri
C. Estados Parte
6 De los 35 Estados que conforman la OEA, 20 reconocen la competencia contenciosa de la Corte. Estos Estados son: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam y Uruguay. 6 Trinidad y Tobago presentó el 26 de mayo de 1998 un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA). Conforme el artículo 78.1 de la Convención Americana la denuncia surtió efectos un año después, es decir el 26 de mayo de 1999. Igualmente, Venezuela presentó el 10 de septiembre de 2012 un instrumento de denuncia de la Convención Americana al Secretario General de la OEA. La denuncia surtió efecto a partir del 10 de septiembre de 2013.
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CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 2022
COMPETENCIA CONTENCIOSA DE LA CORTE
Haití República Dominicana México Barbados Guatemala Surinam Honduras El Salvador Nicaragua Colombia Costa Rica Panamá Ecuador Perú Brasil Bolivia Paraguay Chile Uruguay Argentina
16 INFORME ANUAL
2022 | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
D. Funciones De acuerdo con la Convención Americana, la Corte ejerce principalmente tres funciones: (I) Contenciosa, (II) de
dictar Medidas Provisionales, y (III) Consultiva.
1. Función Contenciosa: A través de esta función, la Corte determina, en los casos sometidos a su jurisdicción, si un Estado ha incurrido en responsabilidad internacional por la violación de algún derecho reconocido en la Convención Americana o en algún otro tratado de derechos humanos del Sistema Interamericano. De ser el caso, dispone las medidas de reparación integral que sean necesarias para remediar las consecuencias derivadas de la vulneración de derechos.
El procedimiento que sigue el Tribunal para resolver los Casos Contenciosos que se someten a su jurisdicción tiene dos fases: a) la fase Contenciosa y b) la fase de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias.
A. Fase Contenciosa Esta etapa, a su vez, comprende seis etapas: a) Escritos iniciales; b) Oral o de audiencia pública y de recepción de declaraciones; c) Escrita de alegatos y observaciones finales de las partes y de la Comisión; d) Diligencias probatorias; e) Estudio y emisión de Sentencias, y f) Solicitudes de interpretación.
a. Etapa escrita inicial A1) Sometimiento del caso por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos7 El procedimiento se inicia con el sometimiento del caso por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (‘‘Comisión Interamericana’’ o ‘‘Comisión’’). Para la adecuada tramitación del proceso, el Reglamento de la Corte exige que el escrito de presentación del caso incluya, entre otros aspectos8: 7 Conforme el artículo 61 de la Convención Americana los Estados también tienen derecho a someter un caso a la decisión de la Corte, en cuyo caso se observará lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Corte.
8 Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, artículo 35.
INFORME ANUAL 17
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS | 2022 • una copia del informe emitido por la Comisión al que se refiere el artículo 50 de la Convención Americana; • una copia de la totalidad del expediente ante la Comisión, incluyendo toda comunicación posterior al informe al que se refiere el artículo 50 de la Convención; • las pruebas con indicación de los hechos y argumentos sobre las cuales versan, y • los motivos que llevaron a la Comisión a presentar el caso. Una vez sometido el caso, la Presidencia de la Corte realiza un examen preliminar del mismo para comprobar que se hayan cumplido los requisitos esenciales de presentación ya mencionados. En caso de ser así, la Secretaría notifica el caso9 al Estado demandado y a la presunta víctima, así como a sus representantes, o al Defensor Interamericano, si fuere el caso. En esta misma etapa se asigna, en base a un orden cronológico, a un Juez o Jueza relator quien, con el apoyo de la Secretaría del Tribunal, conoce del caso en particular. A2) Designación del Defensor Público Interamericano: Cuando alguna presunta víctima no cuente con representación legal y/o carezca de recursos económicos y manifieste su voluntad de ser representada por un Defensor Interamericano, la Corte lo comunicará al Coordinador General de la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), para que dentro del plazo de 10 días designe al defensor o defensora que asumirá su representación y defensa legal. La Secretaría
General de la AIDEF seleccionará dos defensores titulares y uno suplente10 del cuerpo de Defensores Públicos Interamericanos para que ejerzan esta representación ante la Corte. Por su parte, la Corte les remite a estos la documentación referente a la presentación del caso ante el Tribunal, de modo que estos asuman desde ese momento la representación legal de la presunta víctima, durante todo el trámite del caso. A3) Presentación del escrito de solicitudes, argumentos y pruebas por parte de las presuntas víctimas: Una vez notificado el caso a las partes, las presuntas víctimas o sus representantes disponen de un plazo improrrogable de dos meses, contados a partir de la notificación de la presentación del caso y sus anexos, para presentar de forma autónoma su Escrito de Solicitudes, Argumentos y Pruebas (conocido como ‘‘ESAP’’). Dicho escrito deberá contener, entre otros elementos11: • la descripción de los hechos dentro del marco fáctico fijado por la Comisión; • las pruebas ofrecidas debidamente ordenadas, con indicación de los hechos y argumentos sobre los cuales versan, y • las pretensiones, incluidas las referidas a reparaciones y costas. 9 Ibíd., artículos 38 y 39. 10 Artículo 12 del “Reglamento Unificado para la actuación de la AIDEF ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, aprobado el 7 de junio de 2013 por el Consejo Directivo de la AIDEF, entró en vigor, de conformidad con el artículo 27 de dicho Reglamento, el 14 de junio de 2013. 11 Ibíd., artículo 40.
18 INFORME ANUAL 2022 | CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS A4) Presentación del Escrito de Contestación por parte del Estado demandado: Una vez notificado el ESAP, dentro de un plazo de dos meses contado a partir de la recepción de este último escrito y sus anexos, el Estado presenta el Escrito de Contestación a los escritos presentados por la Comisión y las presuntas víctimas o sus representantes, en el cual debe indicar, entre otros: • si interpone excepciones preliminares; • si acepta los hechos y las pretensiones o si los contradice; • las pruebas ofrecidas debidamente ordenadas, con indicación de los hechos y argumentos sobre los cuales versan; • los fundamentos de derecho, las observaciones a las reparaciones y costas solicitadas y las conclusiones pertinentes, y • la eventual proposición de peritos, indicando el objeto de sus declaraciones y acompañando su hoja de vida. Dicha contestación es comunicada a la Comisión y a las presuntas víctimas o sus representantes12. A5) Presentación del escrito de observaciones a las excepciones preliminares presentadas por el Estado: En el caso de que el Estado opusiera excepciones preliminares, la Comisión y las presuntas víctimas o sus representantes pueden presentar sus observaciones a estas en un plazo de treinta días contados a partir de la recepción de las mismas13. A6) Presentación del escrito de observaciones al reconocimiento de responsabilidad efectuado por el Estado: En el caso de que el Estado realizara un reconocimiento parcial o total de responsabilidad, se otorgará un plazo a la Comisión y a los representantes de las presuntas víctimas para que remitan las observaciones que estimen
pertinentes. A7) Posibilidad de realizar otros actos del procedimiento escrito: Con posterioridad a la recepción de los escritos principales, y antes de la apertura del procedimiento oral, la Comisión, las presuntas víctimas o sus representantes y el Estado demandado pueden solicitar a la Presidencia la celebración de otros actos del procedimiento escrito. Si la Presidencia lo estima pertinente, fijará los plazos para la presentación de los documentos respectivos14. 12 Ibíd., artículo 41. 13 Ibíd., artículo 42.4. 14 Ibíd., artículo 43.
INFORME ANUAL 19
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A8) Rec
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