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Corte IJ - Informe anual 2023-2024

Comité Jurídico Interamericano

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Detalles

Título
Corte IJ - Informe anual 2023-2024
Autor
Comité Jurídico Interamericano
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Internacional Público
Año
2024

A/79/4 Naciones Unidas Informe de la Corte Internacional de Justicia 1 de agosto de 2023 a 31 de julio de 2024 Asamblea General Documentos Oficiales Septuagésimo noveno período de sesiones Suplemento núm. 4 A /7 9 /4 Asamblea General A/79/4 Documentos Oficiales Septuagésimo noveno período de sesiones Suplemento núm. 4 Informe de la Corte Internacional de Justicia 1 de agosto de 2023 a 31 de julio de 2024 Naciones Unidas • Nueva York, 2024 Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.

ISSN 0251-8511

[1 de agosto de 2024] Índice Capítulo Página

I. Resumen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

II. Función y competencia de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

III. Organización de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

A. Composición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

B. Secretaría y Secretaría Adjunta . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

C. Privilegios e inmunidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21

D. Sede . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22

IV. Secretaría . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

V. Actividad judicial de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

A. Asuntos contenciosos pendientes en el período que se examina . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

1. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

2. Ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26

3. Aplicación del Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo y de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Ucrania c. Federación de Rusia) . . . . . . 27

4. Laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela) . . . . . . . . . . . . . 30

5. Presuntas violaciones del Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares de 1955 (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 32

6. Traslado de la Embajada de los Estados Unidos a Jerusalén (Palestina c.

Estados Unidos de América) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33

7. Reclamación territorial, insular y marítima de Guatemala (Guatemala/Belice) 34

8. Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Gambia c. Myanmar: intervención de siete Estados) . . . . . . . . . . . . 35

9. Delimitación terrestre y marítima y soberanía sobre unas islas (Gabón/ Guinea Ecuatorial) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36

10. Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Armenia c. Azerbaiyán) . . . . . . . . . . . . . . . . 37

24-14467 3/72

11. Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Azerbaiyán c. Armenia) . . . . . . . . . . . . . . . . 39

12. Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Ucrania c. Federación de Rusia) . . . . . . . . . . 41

13. Cuestiones relacionadas con las inmunidades jurisdiccionales del Estado y las medidas coercitivas contra bienes de propiedad estatal (Alemania c. Italia) . . . 44

14. Solicitud de restitución de bienes confiscados en el marco de procedimientos penales (Guinea Ecuatorial c. Francia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45

15. Soberanía sobre los cayos Zapotillos/Sapodilla Cayes (Belice c. Honduras) . . . 46

16. Aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Canadá y Países Bajos c. República Árabe Siria) . 47

17. Presuntas violaciones de las inmunidades del Estado (República Islámica del Irán c. Canadá) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48

18. Incidente aéreo de 8 de enero de 2020 (Canadá, Suecia, Ucrania y Reino Unido

c. República Islámica del Irán) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49

19. Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 49

20. Presuntas infracciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua c. Alemania) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55

21. Embajada de México en Quito (México c. Ecuador) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56

22. Glas Espinel (Ecuador c. México). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 56

B. Procedimientos consultivos pendientes en el período que se examina . . . . . . . . . . . . . 57

1. Consecuencias jurídicas que se derivan de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental . . . . . . . . . . . . 57

2. Obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático . . . . . . . . . . . . . . 60

3. Derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT . . . . . . . . . . . . . . . 61

VI. Información sobre las actividades de divulgación y visitas a la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . 63

VII. Publicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66

VIII. Finanzas de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 68

IX. Plan de pensiones y seguro médico de los Magistrados . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70

Anexo Corte Internacional de Justicia: organigrama y distribución de los puestos de la Secretaría al 31 de julio de 2024 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72

4/72 24-14467 A/79/4 Capítulo I Resumen

1. Panorama de la labor judicial de la Corte

1. Durante el período que abarca el informe, la Corte Internacional de Justicia dictó dos fallos y emitió una opinión consultiva: – Aplicación del Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo y de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Ucrania c. Federación de Rusia), fallo sobre el fondo dictado el 31 de enero de 2024 (véanse los párrs. 82 a 90); – Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Ucrania c. Federación de Rusia: intervención de 32 Estados), fallo sobre las excepciones preliminares planteadas por la Federación de Rusia dictado el 2 de febrero de 2024 (véanse los párrs. 165 a 181); – Consecuencias jurídicas que se derivan de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, opinión consultiva emitida el 19 de julio de 2024 (véanse los párrs. 253 a 259).

2. Además, la Corte o su Presidenta o Presidente dictaron 27 providencias

(indicadas en orden cronológico): a) Mediante providencia de fecha 4 de agosto de 2023, la Presidenta de la Corte prorrogó los plazos para que los Estados y las organizaciones

autorizados a participar en el procedimiento consultivo sobre las Obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático formularan por escrito sus exposiciones y sus observaciones sobre dichas exposiciones (véanse los párrs. 260 a 265); b) Mediante providencia de fecha 18 de septiembre de 2023, la Corte prorrogó el plazo para que los Estados Unidos de América presentaran una dúplica en la causa relativa a las Presuntas violaciones del Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares de 1955 (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) (véanse los párrs. 107 a 116); c) Mediante providencia de fecha 16 de octubre de 2023, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria de la República Islámica del Irán y la contramemoria del Canadá en la causa relativa a las Presuntas violaciones de las inmunidades del Estado (República Islámica del Irán c. Canadá) (véanse los párrs. 207 a 210); d) Mediante otra providencia de la misma fecha, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria del Canadá, Suecia, Ucrania y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y de la contramemoria de la República Islámica del Irán en la causa relativa al Incidente aéreo de 8 de enero de 2020 (Canadá, Suecia, Ucrania y Reino Unido c. República Islámica del Irán) (véanse los párrs. 211 a 215); e) Mediante una tercera providencia de esa misma fecha, la Corte fijó los

plazos para que Gambia presentara una réplica y Myanmar una dúplica en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Gambia c. Myanmar) (véanse los párrs. 124 a 134); 24-14467 5/72 A/79/4 f) Mediante providencia de fecha 16 de noviembre de 2023, la Corte decidió, de conformidad con el Artículo 66, párrafo 1, de su Estatuto, que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y los Estados partes en el Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación, 1948 (núm. 87), podían suministrar información sobre la pregunta que se le había planteado en el procedimiento consultivo sobre el Derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT, y los autorizó a presentar por escrito exposiciones y observaciones dentro de los plazos fijados en dicha providencia (véanse los párrs. 266 a 272); g) Mediante providencia de esa misma fecha, la Corte indicó medidas provisionales en la causa relativa a la Aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Canadá y Países Bajos c. República Árabe Siria) (véanse los párrs. 201 a 206); h) Mediante providencia de fecha 17 de noviembre de 2023, la Corte indicó medidas provisionales adicionales en la causa relativa a la Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de

Discriminación Racial (Armenia c. Azerbaiyán) (véanse los párrs. 141 a 153); i) Mediante providencia de fecha 1 de diciembre de 2023, la Corte indicó medidas provisionales en la causa relativa al Laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela) (véanse los párrs. 91 a 106); j) Mediante providencia de fecha 5 de diciembre de 2023, la Presidenta de la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria de Alemania y la contramemoria de Italia en la causa relativa a Cuestiones relacionadas con las inmunidades jurisdiccionales del Estado y las medidas coercitivas contra bienes de propiedad estatal (Alemania c. Italia) (véanse los párrs. 182 a 188); k) Mediante providencia de fecha 15 de diciembre de 2023, la Presidenta de la Corte prorrogó de nuevo los plazos para que los Estados y las organizaciones autorizadas a participar en el procedimiento consultivo sobre las Obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático presentaran por escrito sus exposiciones y sus observaciones sobre dichas exposiciones (véanse los párrs. 260 a 265); l) Mediante providencia de fecha 26 de enero de 2024, la Corte indicó medidas provisionales en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (véanse los párrs. 216 a 233); m) Mediante providencia de fecha 1 de febrero de 2024, la Corte fijó los

plazos para la presentación de la memoria del Canadá y el Reino de los Países Bajos y la contramemoria de la República Árabe Siria en la causa relativa a la Aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Canadá y Países Bajos c. República Árabe Siria) (véanse los párrs. 201 a 206); n) Mediante providencia de fecha 2 de febrero de 2024, la Corte fijó el nuevo plazo para la presentación de la contramemoria de la Federación de Rusia en la causa relativa a las Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Ucrania c. Federación de Rusia) (véanse los párrs. 165 a 181); 6/72 24-14467 A/79/4 o) Mediante providencia de fecha 28 de marzo de 2024, la Corte indicó medidas provisionales adicionales en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (véanse los párrs. 216 a 233); p) Mediante providencia de fecha 5 de abril de 2024, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria de Sudáfrica y la contramemoria de Israel en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la

Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (véanse los párrs. 216 a 233); q) Mediante providencia de fecha 30 de abril de 2024, la Corte consideró que las circunstancias no requerían el ejercicio de su facultad de indicar medidas provisionales en la causa relativa a las Presuntas infracciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua c. Alemania) (véanse los párrs. 234 a 241); r) Mediante providencia de fecha 23 de mayo de 2024, la Corte consideró que las circunstancias no requerían el ejercicio de su facultad de indicar medidas provisionales en la causa relativa a la Embajada de México en Quito (México c. Ecuador) (véanse los párrs. 242 a 248); s) Mediante providencia de fecha 24 de mayo de 2024, la Corte reafirmó sus anteriores medidas provisionales e indicó otras nuevas en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (véanse los párrs. 216 a 233); t) Mediante providencia de fecha 28 de mayo de 2024, el Presidente de la Corte fijó los plazos para que Guinea Ecuatorial presentara una réplica y Francia una dúplica en la causa relativa a la Solicitud de restitución de bienes confiscados en el marco de procedimientos penales (Guinea Ecuatorial c. Francia) (véanse los párrs. 189 a 195);

u) Mediante providencia de fecha 30 de mayo de 2024, el Presidente de la Corte prorrogó de nuevo los plazos para que los Estados y las organizaciones autorizadas a participar en el procedimiento consultivo sobre las Obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático presentaran por escrito sus exposiciones y sus observaciones (véanse los párrs. 260 a 265); v) Mediante providencia de fecha 14 de junio de 2024, la Corte fijó los plazos para que Guyana presentara una réplica y la República Bolivariana de Venezuela una dúplica en la causa relativa al Laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela) (véanse los párrs. 91 a 106); w) Mediante providencia de fecha 3 de julio de 2024 en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Gambia c. Myanmar), la Corte decidió que tanto la declaración de intervención presentada por Maldivas como la declaración de intervención presentada conjuntamente por Alemania, el Canadá, Dinamarca, Francia, el Reino de los Países Bajos y el Reino Unido eran admisibles en la medida en que se referían a la interpretación de disposiciones de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (véanse los párrs. 124 a 134); x) Mediante providencia de fecha 19 de julio de 2024, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria de Nicaragua y la contramemoria de

Alemania en la causa relativa a las Presuntas infracciones de ciertas 24-14467 7/72 A/79/4 obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua c. Alemania) (véanse los párrs. 234 a 241); y) Mediante otra providencia de esa misma fecha, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria de México y la contramemoria del Ecuador en la causa relativa a la Embajada de México en Quito (México c. Ecuador) (véanse los párrs. 242 a 248); z) Mediante una tercera providencia de esa misma fecha, la Corte fijó los plazos para la presentación de la memoria del Ecuador y la contramemoria de México en la causa Glas Espinel (Ecuador c. México) (véanse los párrs. 249 a 252); aa) Mediante providencia de fecha 30 de julio de 2024, la Corte prorrogó el plazo para la presentación de la contramemoria de la Federación de Rusia en la causa relativa a las Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Ucrania c. Federación de Rusia) (véanse los párrs. 165 a 181).

3. Durante el período que abarca el informe, la Corte celebró audiencias públicas en las 11 causas siguientes (en orden cronológico): a) En la causa relativa a las Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio

(Ucrania c. Federación de Rusia: intervención de 32 Estados), celebró audiencias sobre las excepciones preliminares, planteadas por la Federación de Rusia, del 18 al 27 de septiembre de 2023 (véanse los párrs. 165 a 181); b) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Canadá y Países Bajos c. República Árabe Siria), celebró una audiencia sobre la solicitud de medidas provisionales, presentada por el Canadá y el Reino de los Países Bajos, el 10 de octubre de 2023 (véanse los párrs. 201 a 206); c) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Armenia c. Azerbaiyán), celebró audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales, presentada por Armenia, el 12 de octubre de 2023 (véanse los párrs. 141 a 153); d) En la causa relativa al Laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela), celebró audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales, presentada por Guyana, los días 14 y 15 de noviembre de 2023 (véanse los párrs. 91 a 106); e) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel), celebró audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales,

presentada por Sudáfrica, los días 11 y 12 de enero de 2024 (véanse los párrs. 216 a 233); f) En el procedimiento consultivo sobre las Consecuencias jurídicas que se derivan de las políticas y prácticas de Israel en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, celebró audiencias sobre la solicitud de una opinión consultiva del 19 al 26 de febrero de 2024 (véanse los párrs. 253 a 259); g) En la causa relativa a las Presuntas infracciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua 8/72 24-14467 A/79/4 c. Alemania), celebró audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales, presentada por Nicaragua, los días 8 y 9 de abril de 2024 (véanse los párrs. 234 a 241); h) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Armenia c. Azerbaiyán), celebró audiencias sobre las excepciones preliminares, planteadas por Azerbaiyán, del 15 al 19 de abril de 2024 (véanse los párrs. 141 a 153); i) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Azerbaiyán c. Armenia), celebró audiencias sobre las excepciones preliminares, planteadas por Armenia, del 22 al 26 de abril de 2024 (véanse los párrs. 154 a 164);

j) En la causa relativa a la Embajada de México en Quito (México c. Ecuador), celebró audiencias sobre la solicitud de medidas provisionales, presentada por México, los días 30 de abril y 1 de mayo de 2024 (véanse los párrs. 242 a 248); k) En la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel), celebró audiencias sobre la solicitud de modificación de la providencia de 28 de marzo de 2024, en la que se indicaban medidas provisionales, los días 16 y 17 de mayo de 2024 (véanse los párrs. 216 a 233).

4. Durante el período sobre el que se informa se plantearon a la Corte cuatro nuevos asuntos contenciosos y una solicitud de opinión consultiva (indicados en orden cronológico): a) Derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT (solicitud de opinión consultiva) (véanse los párrs. 266 a 272); b) Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (véanse los párrs. 216 a 233); c) Presuntas infracciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua c. Alemania) (véanse los párrs. 234 a 241); d) Embajada de México en Quito (México c. Ecuador) (véanse los párrs. 242

a 248); e) Glas Espinel (Ecuador c. México) (véanse los párrs. 249 a 252).

5. Al 31 de julio de 2024 había 23 causas pendientes (21 asuntos contenciosos y 2 procedimientos consultivos) ante la Corte inscritas en el Registro General, a saber: a) Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia) (párrs. 70 a 74); b) Ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) (párrs. 75 a 81); c) Laudo arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela) (párrs. 91 a 106); d) Presuntas violaciones del Tratado de Amistad, Relaciones Económicas y Derechos Consulares de 1955 (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) (párrs. 107 a 116);

24-14467 9/72 A/79/4 e) Traslado de la Embajada de los Estados Unidos a Jerusalén (Palestina c. Estados Unidos de América) (párrs. 117 a 120); f) Reclamación territorial, insular y marítima de Guatemala (Guatemala/Belice) (párrs. 121 a 123); g) Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Gambia c. Myanmar: intervención de siete Estados) (párrs. 124 a 134);

h) Delimitación terrestre y marítima y soberanía sobre unas islas (Gabón/Guinea Ecuatorial) (párrs. 135 a 140); i) Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Armenia c. Azerbaiyán) (párrs. 141 a 153); j) Aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Azerbaiyán c. Armenia) (párrs. 154 a 164); k) Alegaciones de genocidio en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Ucrania c. Federación de Rusia) (párrs. 165 a 181); l) Cuestiones relacionadas con las inmunidades jurisdiccionales del Estado y las medidas coercitivas contra bienes de propiedad estatal (Alemania c. Italia) (párrs. 182 a 188); m) Solicitud de restitución de bienes confiscados en el marco de procedimientos penales (Guinea Ecuatorial c. Francia) (párrs. 189 a 195); n) Soberanía sobre los cayos Zapotillos/Sapodilla Cayes (Belice c. Honduras) (párrs. 196 a 200); o) Obligaciones de los Estados con respecto al cambio climático (solicitud de opinión consultiva) (párrs. 260 a 265); p) Aplicación de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas

Crueles, Inhumanos o Degradantes (Canadá y Países Bajos c. República Árabe Siria) (párrs. 201 a 206); q) Presuntas violaciones de las inmunidades del Estado (República Islámica del Irán c. Canadá) (párrs. 207 a 210); r) Incidente aéreo de 8 de enero de 2020 (Canadá, Suecia, Ucrania y Reino Unido c. República Islámica del Irán) (párrs. 211 a 215); s) Derecho de huelga en virtud del Convenio núm. 87 de la OIT (solicitud de opinión consultiva) (párrs. 266 a 272); t) Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza (Sudáfrica c. Israel) (párrs. 216 a 233); u) Presuntas infracciones de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Nicaragua c. Alemania) (párrs. 234 a 241); v) Embajada de México en Quito (México c. Ecuador) (párrs. 242 a 248); w) Glas Espinel (Ecuador c. México) (párrs. 249 a 252).

6. Entre los Estados partes en los asuntos contenciosos pendientes ante la Corte al 31 de julio de 2024 figuran 4 Estados del Grupo de los Estados de Asia y el Pacífico,

10/72 24-14467 A/79/4 8 del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe, 4 del Grupo de los Estados

de África, 6 del Grupo de los Estados de Europa Oriental y 9 del Grupo de los Estados de Europa Occidental y Otros Estados.

7. Además, 40 Estados habían presentado peticiones de permiso para intervenir o declaraciones de intervención en asuntos contenciosos pendientes ante la Corte al 31 de julio de 2024, entre ellos 22 del Grupo de Estados de Europa Occidental y Otros Estados, 10 del Grupo de Estados de Europa Oriental, 4 del Grupo de Estados de América Latina y el Caribe, 3 del Grupo de Estados de Asia y el Pacífico y 1 del

Grupo de Estados de África.

8. Por otro lado, 116 Estados y varias organizaciones internacionales presentaron exposiciones escritas u orales como parte de las tres series de procedimientos consultivos ante la Corte durante el período examinado. Entre esos Estados figuraban 22 del Grupo de Estados de Europa Occidental y Otros Estados, 8 del Grupo de Estados de Europa Oriental, 22 del Grupo de Estados de América Latina y el Caribe, 40 del Grupo de Estados de Asia y el Pacífico y 23 del Grupo de Estados de África.

9. En total, 134 Estados participaron en procedimientos contenciosos o consultivos ante la Corte en alguna de las capacidades mencionadas durante el período sobre el que se informa.

10. Los asuntos sometidos a la Corte se refieren a temas muy variados, como la delimitación territorial y marítima, los derechos humanos, la reparación de hechos internacionalmente ilícitos, la protección del medio ambiente, la inmunidad de jurisdicción de los Estados y la interpretación y aplicación de tratados internacionales relativos, entre otras cosas, a las relaciones diplomáticas, la eliminación de la discriminación racial, la prevención del genocidio, la represión de la financiación del

terrorismo, la prohibición de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y la seguridad de la aviación civil. La dispersión geográfica de las causas que se le plantean y la diversidad del objeto de estas ponen de manifiesto la naturaleza universal y general de la competencia de la Corte.

11. Los asuntos que los Estados someten a la Corte para su resolución a menudo conllevan varias fases, debido a la tramitación de procedimientos incidentales como la oposición de excepciones preliminares a la competencia de la Corte o la admisibilidad de la demanda, la presentación de solicitudes de medidas provisionales o la presentación de peticiones de permiso para intervenir y de declaraciones de intervención. Durante el período que se examina, la Corte dictó un fallo sobre excepciones preliminares, ocho providencias sobre solicitudes de medidas provisionales o modificación de medidas provisionales y una providencia sobre la admisibilidad de declaraciones de intervención.

2. Mantenimiento de un nivel de actividad sostenido de la Corte

12. El flujo persistente de asuntos nuevos que se someten a la Corte y el importante número de fallos y providencias que dictó durante el período objeto de examen ponen de manifiesto el dinamismo de la institución. Además de trabajar en las causas pendientes, la Corte revisa activamente sus procedimientos y métodos de trabajo de forma continua.

13. En aras de una buena administración de justicia, la Corte fija un calendario exigente de audiencias y deliberaciones que le permite examinar varios asuntos simultáneamente y tramitar con la mayor brevedad posible los procedimientos incidentales conexos. Al mismo tiempo, los recursos asignados a la Corte no se

corresponden con el significativo aumento del número y la complejidad de las causas inscritas en el Registro General de la Corte y de la carga de trabajo conexa de la Secretaría, lo que significa que es necesario realizar los ajustes oportunos. 24-14467 11/72 A/79/4

14. Hay que recordar que la posibilidad de recurrir al órgano judicial principal de las Naciones Unidas ofrece una solución eficaz en función de los costos. Si bien el plazo de algunos procedimientos escritos puede ser relativamente largo, debido al tiempo que requieren los Estados participantes para preparar sus alegaciones, cabe señalar que, a pesar de la complejidad de las causas, el tiempo transcurrido entre que se concluye la fase oral y se dicta el fallo o la opinión consultiva de la Corte no supera en promedio los seis meses.

3. Promoción del estado de derecho

15. La Corte aprovecha la oportunidad que le brinda la presentación de su informe anual para formular observaciones sobre su papel en la promoción del estado de derecho, en respuesta a la invitación que la Asamblea General le cursó en su resolución 78/112, de 7 de diciembre de 2023. La Corte observa con aprecio que, en esa resolución, la Asamblea exhorta una vez más “a los Estados que aún no lo hayan hecho a que conside

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