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Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2000-2001

CIJ - Corte Internacional de Justicia

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Título
Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2000-2001
Autor
CIJ - Corte Internacional de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Internacional Público
Año
2001

A/56/4 Naciones Unidas Informe de la Corte Internacional de Justicia 1° de agosto de 2000 a 31 de julio de 2001 Asamblea General Documentos Oficiales Quincuagésimo sexto período de sesiones Suplemento No. 4 (A/56/4) Asamblea General Documentos Oficiales Quincuagésimo sexto período de sesiones Suplemento No. 4 (A/56/4) Informe de la Corte Internacional de Justicia 1° de agosto de 2000 a 31 de julio de 2001 • Naciones Unidas Nueva York, 2001 A/56/4 Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras mayúsculas y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.

ISSN 0251-8511

[21 de agosto de 2001] Índice Capítulo Párrafos Página

I. Resumen. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1-26 1

II. Organización de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27–46 4

A. Composición . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27–41 4

B. Privilegios e inmunidades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42–46 5

III. Competencia de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47–51 5

A. Competencia de la Corte en materia contenciosa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47–49 5

B. Competencia de la Corte en materia consultiva . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 50–51 6

IV. Funcionamiento de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52–81 6

A. Comités de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52–53 6

B. La Secretaría de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 54–76 7

C. Sede . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 77–79 10

D. Museo de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 80–81 12

V. Actividad judicial de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82–370 12

A. Casos que la Corte tiene ante sí. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92-363 13

1. Delimitación marítima y cuestiones territoriales entre Qatar y Bahrein

(Qatar contra Bahrein). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92–118 13 2, 3. Cuestiones relacionadas con la interpretación y la aplicación del Convenio de Montreal de 1971, planteadas de resultas del incidente aéreo de Lockerbie (la Jamahiriya Árabe Libia contra el Reino Unido) y (la Jamahiriya Árabe Libia contra los Estados Unidos de América) . . . . 119–144 17

4. Plataformas petrolíferas (la República Islámica del Irán contra los Estados Unidos de América) ...................................... 145–161 19

5. Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Bosnia y Herzegovina contra Yugoslavia) . . . . . . . . . . . . . . . 162–195 21

6. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia) . . . . . . . . . . . . . . . . 196–214 28

7. Fronteras terrestres y marítimas entre el Camerún y Nigeria (el Camerún contra Nigeria: intervención de Guinea Ecuatorial)................... 215–246 31

8. Soberanía sobre Pulau Ligitan y Pulau Sipadan (Indonesia/Malasia . . . . . 247–259 35

9. Ahmadou Sadio Diallo (República de Guinea contra la República Democrática del Congo) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 260–264 36

10. LaGrand (Alemania contra los Estados Unidos de América) . . . . . . . . . . . . 265–281 37 iii 11 a 18. Legitimidad del uso de la fuerza (Yugoslavia contra Alemania),

(Yugoslavia contra Bélgica), (Yugoslavia contra el Canadá), (Yugoslavia contra Francia), (Yugoslavia contra Italia), (Yugoslavia contra los Países Bajos), (Yugoslavia contra Portugal) y (Yugoslavia contra el Reino Unido)......................................... 282–299 41 19 a 21. Actividades armadas en el territorio del Congo (la República Democrática del Congo contra Burundi), (la República Democrática del Congo contra Uganda) y (la República Democrática del Congo contra Rwanda) .............................................. 300–319 43

22. Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del

Delito de Genocidio (Croacia contra Yugoslavia)................... 320–327 47

23. Delimitación marítima entre Nicaragua y Honduras en el Mar del Caribe (Nicaragua contra Honduras). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 328–333 47

24. Mandamiento de detención de 11 de abril de 2000 (la República Democrática del Congo contra Bélgica) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 334–348 48

25. Solicitud de revisión del fallo de 11 de julio de 1996 en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Bosnia y Herzegovina contra Yugoslavia), excepciones preliminares (Yugoslavia contra Bosnia y Herzegovina) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 349–555 50

26. Determinados bienes (Liechtenstein contra Alemania). . . . . . . . . . . . . . . 356–363 51

B. Enmienda del Reglamento de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 364–370 52

VI. Visitas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 371–380 54

A. Visitas oficiales de Jefes de Estado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 371–378 54

B. Otras visitas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 379–380 55

VII. Conferencias y publicaciones sobre la labor de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 381–385 55

VIII. Publicaciones y documentos de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 386–393 56

IX. Financiación de la Corte. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 394–402 57

A. Método para sufragar los gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 394–397 57

B. Preparación del presupuesto . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 398–399 57

C. Financiación de consignaciones y cuentas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 400–401 58

D. Presupuesto de la Corte para el bienio 2000-2001. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 402 58

X. Examen por la Asamblea General del anterior informe de la Corte . . . . . . . . . . . 403–407 59 iv

A/56/4 Capítulo I gano de las Naciones Unidas o de los organismos espeResumen cializados que haya sido autorizado en tal sentido por la Asamblea General.

1. La Corte Internacional de Justicia, órgano judicial 7. Durante el pasado año siguió siendo alto el númeprincipal de las Naciones Unidas, se compone de 15 ro de asuntos presentados a la Corte. Mientras que en magistrados elegidos por el Consejo de Seguridad y la el decenio de 1970 la Corte tenía sólo una o dos causas Asamblea General de las Naciones Unidas por un peen su lista en un momento dado, entre 1990 y 1997 diríodo de nueve años. Cada tres años se renueva una tercho número osciló entre 9 y 13. El 31 de julio de 2001 cera parte de la Corte. La última renovación tuvo lugar tenía 22 causas en su lista. el 3 de noviembre de 1999. La próxima se producirá en

8. Son partes en esos litigios países de todo el munotoño de 2002 y tendrá efecto a partir del 6 de febrero do: tres de ellos son entre Estados de África, uno entre de 2003.

Estados de Asia, 12 entre Estados de Europa y uno en2. El año pasado, los Magistrados Gilbert Guillaume tre Estados de América Latina, mientras que otros ciny Shi Jiuyong fueron designados, respectivamente, Preco son de carácter intercontinental. sidente y Vicepresidente de la Corte por un período de

9. La materia de esos litigios varía considerabletres años. Además, el 10 de febrero de 2000 la Corte mente. Así pues, en la lista de la Corte figuran tradieligió al Sr. Philippe Couvreur Secretario por un períocionalmente asuntos relativos a controversias territodo de siete años. Posteriormente, el 19 de febrero de riales entre Estados vecinos que pretenden conseguir 2001 la Corte reeligió al Sr. Jean-Jacques Arnaldez pauna delimitación de sus fronteras terrestres y marítimas ra el cargo de Secretario Adjunto, también por un peo una decisión sobre cuál de ellos tiene soberanía sobre ríodo de siete años. zonas determinadas. Esa es la posición respecto de tres

3. Por último, cabe señalar que, al aumentar el nú- causas en las que son partes, respectivamente, Camerún mero de causas, también ha aumentado el número de y Nigeria, Indonesia y Malasia y Nicaragua y Honduras. magistrados ad hoc elegidos por los Estados Partes, de Otro tipo clásico de controversia es aquella en la que un los cuales hay actualmente 19. Estado denuncia el trato sufrido por uno o más de sus nacionales en otro Estado (este es el fundamento de una

4. Como bien sabe la Asamblea, la Corte Internacontroversia entre Guinea y la República Democrática cional de Justicia es la única corte internacional de cadel Congo y entre Liechtenstein y Alemania). rácter universal con competencia general. Esa competencia es doble. 10. Otros asuntos guardan relación con hechos que han atraído también la atención de la Asamblea Gene5. En primer lugar, la Corte tiene que decidir acerca

ral o del Consejo de Seguridad. Así, se han presentado de las controversias que le sometan libremente los Esa la Corte las controversias entre Libia y, respectivatados en ejercicio de su soberanía. A ese respecto cabe mente, los Estados Unidos de América y el Reino Uniseñalar que, al 31 de julio de 2001, 189 Estados eran do relacionadas con la explosión de un avión civil espartes en el Estatuto de la Corte y que 63 de ellos hatadounidense en Lockerbie, en Escocia, y la demanda bían depositado en poder del Secretario General una entablada por el Irán en relación con la destrucción de declaración de aceptación de su jurisdicción obligatoplataformas petrolíferas por los Estados Unidos en ria, de conformidad con el párrafo 2 del Artículo 36 del 1987 y 1988. Bosnia y Herzegovina y Croacia han peEstatuto. Además, en unos 260 tratados bilaterales o dido, en dos causas distintas, que se condene a Yugosmultilaterales se prevé que la Corte tenga competencia lavia por violar la Convención de las Naciones Unidas para resolver controversias derivadas de su aplicación para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocio interpretación. Por último, los Estados pueden somedio, de 1948. La propia Yugoslavia ha entablado una ter una controversia específica a la Corte mediante demanda contra ocho Estados miembros de la Organiun acuerdo especial, como algunos de ellos han hecho zación del Tratado del Atlántico del Norte (OTAN) en

recientemente. la que impugna la legalidad de sus actividades en Ko6. También pueden consultar a la Corte sobre cualsovo. Por último, la República Democrática del Congo quier cuestión jurídica la Asamblea General o el Conalega haber sido víctima de un ataque armado por parte sejo Económico y Social, así como cualquier otro órde Uganda. und_gen_n0151662_docu_n.doc 1 A/56/4

11. Hay que reconocer que en ese aumento del núme15. Posteriormente, en un fallo pronunciado el 27 de ro y la diversidad de asuntos sometidos a la Corte hajunio de 2001, la Corte también adoptó una decisión bría que tener en cuenta un elemento de vinculación. sobre el fondo de una controversia entre la República Por ejemplo, dos de las causas guardan relación con el Federal de Alemania y los Estados Unidos de América, incidente de Lockerbie, mientras que ocho de ellas tiesurgida a raíz de la ejecución en los Estados Unidos de nen como fundamento las medidas aplicadas por los los hermanos LaGrand, dos ciudadanos alemanes. Esta Estados Miembros de la OTAN en Kosovo. Ahora bien, controversia atañía a la aplicación de la Convención de a cada una de esas causas corresponden sus propios Viena sobre Relaciones Consulares de 1963 por los alegatos que han de ser traducidos y tramitados. AdeEstados Unidos. más, los problemas jurídicos que plantean no son en

16. La Corte consideró que en este asunto, al no haber absoluto siempre los mismos. informado de sus derechos a los hermanos LaGrand sin

12. Asimismo, muchas causas se han vuelto más demora después de su detención, en virtud de lo establecomplejas al haber formulado la parte demandada en la cido en el apartado b) del párrafo 1 del artículo 36 de la fase previa objeciones a la competencia o a la admisiConvención, los Estados Unidos habían privado a Alebilidad, y contrademandas y solicitudes de autorización mania de la posibilidad de prestar oportunamente asispara intervenir, por no mencionar las solicitudes de los tencia a las personas interesadas, conforme a lo previsto demandantes, e incluso a veces de los demandados, de en la Convención. De esa manera, los Estados Unidos no que se dicten medidas provisionales, que deben examihabían tenido en cuenta las obligaciones que les incumnarse con carácter urgente. bían para con Alemania y los hermanos LaGrand de conformidad con el párrafo 1 del artículo 36.

13. De no ser por la actividad constante desplegada por la Corte durante el pasado año, la situación sería 17. La Corte falló asimismo que, por el hecho de no incluso indudablemente peor. permitir, a la luz de los derechos reconocidos en la Convención, que se revisaran y volvieran a examinar

14. En primer lugar, en un fallo de fecha 16 de marzo las condenas y las sentencias contra los hermano Lade 2001, la Corte adoptó una decisión sobre el fondo de Grand después de haber determinado la existencia de un litigio territorial y marítimo entre Qatar y Bahrein. esas violaciones, los Estados Unidos habían incumpliLa Corte determinó que el Estado de Bahrein tenía sodo, también a ese respecto, sus obligaciones en virtud

beranía sobre las islas Hawar, y el Estado de Qatar sode la Convención. bre Zubarah. Además, reconoció la soberanía de Bahrein sobre la isla de Qit’at Jaradh y la soberanía de 18. La Corte tomó nota del compromiso contraído por Qatar sobre la isla de Janan (incluida Hadd Janan). Con los Estados Unidos de velar por la aplicación de las merespecto a la superficie emergida de Fasht ad Dibal dudidas concretas adoptadas para evitar toda nueva conrante la marea baja, la Corte resolvió que quedaba bajo culcación del apartado b) del párrafo 1 del artículo 36, y la soberanía de Qatar. A la luz de esas decisiones, la determinó que debía considerarse que ese compromiso Corte delimitó la única frontera marítima que separa satisfacía la exigencia de Alemania de una garantía gelas distintas zonas marítimas de Bahrein y Qatar, al neral de que no volvería a repetirse. Sin embargo, la mismo tiempo que recordaba que los buques del Estado Corte añadió que, si los ciudadanos alemanes fueran de Qatar gozaban del derecho de paso inocente, recosentenciados a penas severas sin haberse respetado sus nocido por el derecho consuetudinario internacional, en derechos, los Estados Unidos debían, por los medios las aguas territoriales de Bahrein que separan las islas que ellos mismos decidieran, permitir la revisión y el Hawar de las otras pequeñas islas de Bahrein. Este fareexamen de la condena y la sentencia, tomando en llo, que fue bien recibido en la región, puso fin a un consideración que se habían violado los derechos recoantiguo litigio territorial que había comprometido dunocidos en la Convención. rante muchos años las relaciones entre ambos Estados.

19. Por último, este asunto indujo a la Corte a proTambién acabó con una controversia que se había canunciarse, por primera vez, sobre los efectos jurídicos racterizado por el elevado número de alegatos, tanto de sus autos relativos a la indicación de las medidas escritos (más de 6.000 páginas de documentos) como provisionales previstas en el Artículo 41 del Estatuto. orales (cinco semanas de audiencias), y por deliberaLa Corte decidió que esos autos eran de obligado cumciones proporcionales a los problemas examinados. plimiento, como lo fue el dictado el 3 de marzo 2 und_gen_n0151662_docu_n.doc A/56/4 de 1999, por el que se indicaba a los Estados Unidos la labor de la Secretaría, hacer mayor uso de la tecnoloque debían “tomar todas las medidas posibles” para gía de la información, mejorar sus propios métodos de suspender la ejecución de Walter LaGrand, en espera trabajo y lograr una mayor colaboración de las partes en de la decisión definitiva de la Corte. Ésta concluyó que relación con sus actuaciones. Se ofrecía una relación de los Estados Unidos no habían tomado todas las mediesas medidas en el informe presentado a la Asamblea das del caso, por lo que habían incumplido la obligaGeneral en respuesta a la resolución 52/161 de la Asamción que recaía sobre ellos en virtud del auto. blea, de 15 de diciembre de 1997 (véase el anexo I del informe de la Corte correspondiente al período com20. Durante este último año, la Corte también había prendido entre el 1° de agosto de 1997 y el 31 de julio tenido que adoptar una decisión con respecto a una sode 1998). El hecho de que siguieran aplicándose dichas licitud presentada por la República Democrática del medidas, en particular en relación con la tecnología de Congo contra Bélgica de que se indicaran medidas prola información, permitió a la Corte realizar las tareas visionales en el asunto relativo al Mandamiento de necesarias durante el pasado año. La Corte también ha Detención de fecha 11 de abril de 2000. La República adoptado medidas para acortar y simplificar el procediDemocrática del Congo ha puesto en tela de juicio la miento, especialmente en lo que se refiere a las objeciolegalidad, en virtud del derecho internacional, de una nes preliminares y las contrademandas (véanse las orden de detención dictada por un juez de instrucción págs. 52-54). Prosigue la revisión de su Reglamento y belga contra el Sr. Yerodia (quien, en el momento de la adoptará nuevas medidas a ese respecto antes del fin de presentación de la petición, era Ministro de Relaciones año. La Corte acoge complacida la cooperación que ha Exteriores del Congo). Como medida cautelar, el Conrecibido de las partes en relación tanto con el número y go pidió “la inmediata anulación del mandamiento el volumen de los alegatos escritos que en algunos casos controvertido”. La Corte se consideró competente prilas partes presentan en los dos idiomas de trabajo de la

ma facie para atender la solicitud. También consideró Corte, como con la duración de las vistas. que la solicitud del Congo no había quedado anulada por el hecho de que el Sr. Yerodia hubiera dejado de ser 24. Sin embargo, la Corte había subrayado en su inMinistro de Relaciones Exteriores y desempeñara acforme anterior que, a pesar de todos los esfuerzos destualmente el cargo de Ministro de Educación. Sin emplegados, no podría hacer frente en el futuro al aumento bargo, dadas las circunstancias, no se había establecido de trabajo si no se incrementaba su presupuesto de maque pudieran lesionarse de manera irreparable en nera considerable. Teniendo en cuenta que el aumento un futuro inmediato los derechos del Congo. Por condel volumen de trabajo de la Corte tendría consecuencias siguiente, rechazó tanto la solicitud de Bélgica de que más inmediatas en el Departamento de Cuestiones Linse retirara este asunto del Registro, como la solicitud güísticas, la Corte ya había presentado en mayo del 2000 del Congo de que se indicaran medidas provisionales. una propuesta de presupuesto suplementario para el bieAl mismo tiempo, sin embargo, falló que debía adopnio 2000-2001, que se refería fundamentalmente a ese tarse con toda prontitud una decisión sobre la soliciDepartamento. En diciembre de 2000, la Asamblea Getud del Congo. La vista está programada para octubre neral aprobó un presupuesto suplementario para el año de 2001. 2001 para sufragar 12 puestos de traductores temporarios (3 de la categoría P-4 y 9 de la categoría P-3) y dos

21. Durante ese mismo período, la Corte, el Presipuestos temporarios del cuadro de servicios generales de dente o el Vicepresidente dictaron 32 providencias rela categoría G-4, mediante la consignación de un crédito lacionadas con la organización del procedimiento en adicional de 117.400 dólares para personal supernumeracausas que se estaban celebrando. rio, especialmente de secretaría.

22. Hasta la fecha, la Corte ha podido examinar o

25. Para el bienio 2002-2003, la Corte ha debido reaempezar a examinar las causas ya instruidas. Sin lizar un examen más general de sus necesidades totales, embargo, la fase de presentación de escritos en algunas ya que el número de causas que figuran en su lista sicausas terminará en breve y entonces serán patentes los gue siendo elevado. La Corte se ha visto obligada a soproblemas a que se refería la Corte en su informe licitar la consignación de créditos considerables para anterior. el Departamento de Cuestiones Lingüísticas y los de23. Ya en 1997, la Corte, consciente de esos problemás departamentos de la Secretaría, y también para mas, había adoptado distintas medidas para racionalizar personal auxiliar de los propios magistrados. En el und_gen_n0151662_docu_n.doc 3

A/56/4 momento de redactar el presente informe, la Comisión Presidente: G. Guillaume Consultiva en Asuntos Administrativos y de PresuVicepresidente: Shi Jiuyong puesto (CCAAP) está examinando esas solicitudes, y la Magistrados: M. Bedjaoui, R. Ranjeva, G. Corte espera que puedan ser acogidas favorablemente. Herczegh, F. Rezek, A. S.

Al-Khasawneh

26. En resumen, durante el período 2000-2001 la Corte Internacional de Justicia ha desempeñado su ta31. En las causas relativas a las Cuestiones relacionarea judicial a conciencia y con gran empeño. La Corte das con la interpretación y la aplicación del Convenio acoge con beneplácito la confianza cada vez mayor que de Montreal de 1971, planteadas a resultas del incidente los Estados demuestran tener en su capacidad para reaéreo de Lockerbie (la Jamahiriya Árabe Libia contra el solver sus controversias. Sin embargo, no podrá coReino Unido y la Jamahiriya Árabe Libia contra los rresponder a esa confianza sin los recursos que confía Estados Unidos de América), la Jamahiriya Árabe Libia en que se le proporcionen. designó magistrado ad hoc al Sr. Ahmed Sadek El-Kosheri. En la primera de estas causas, en la cual el Magistrado Higgins se excusó, el Reino Unido designó Capítulo II magistrado ad hoc a Sir Robert Jennings, que ha ejerciOrganización de la Corte do como tal en la etapa de las actuaciones relativa a las cuestiones de competencia y admisibilidad.

A. Composición

32. En la causa relativa a las Plataformas petrolíferas

(la República Islámica del Irán contra los Estados

27. La composición actual de la Corte es la siguiente: Unidos de América) la República Islámica del Irán dePresidente: Gilbert Guillaume; Vicepresidente: Shi Jiusignó magistrado ad hoc al Sr. FranHois Rigaux.

yong; Magistrados: Shigeru Oda, Mohammed

Bedjaoui, Raymond Ranjeva, Géza Herczegh, Carl33. En la causa relativa a la Aplicación de la ConvenAugust Fleischhauer, Abdul G. Koroma, Vladlen S. Veción para la Prevención y la Sanción del Delito de Gereshchetin, Rosalyn Higgins, Gonzalo Parranocidio (Bosnia y Herzegovina contra Yugoslavia), Aranguren, Pieter H. Kooijmans, Francisco Rezek, Bosnia y Herzegovina y Yugoslavia designaron respecAwn Shawkat Al-Khasawneh y Tomas Buergenthal. tivamente magistrados ad hoc a los Sres. Elihu Lauterpacht y Milenko Kreća.

28. El Secretario de la Corte es el Sr. Philippe Couvreur. El Secretario Adjunto es el Sr. Jean-Jacques 34. En la causa relativa al Proyecto GabčíkovoArnaldez. El Sr. Arnaldez fue reelegido por la Corte el Nagymaros (Hungría/Eslovaquia), Eslovaquia designó 19 de febrero de 2001 por un período de siete años. magistrado ad hoc al Sr. Krzysztof J. Skubiszewski.

29. De conformidad con el Artículo 29 del Estatuto, la 35. En la causa relativa a las Fronteras terrestres y Corte constituye anualmente una Sala de Procedimiento marítimas entre el Camerún y Nigeria (el Camerún Sumario que está integrada por los miembros siguientes: contra Nigeria), el Camerún y Nigeria designaron respectivamente magistrados ad hoc a los Sres. Kéba

Miembros

Mbaye y Bola A. Ajibola.

Presidente: G. Guillaume Vicepresidente: Shi Jiuyong 36. En la causa relativa a la Soberanía sobre Pulau Magistrados: G. Herczegh, A. G. Koroma, Ligitan y Pulau Sipadan (Indonesia/Malasia), Indonesia

G. Parra-Aranguren y Malasia designaron respectivamente magistrados ad hoc a los Sres. Mohamed Shahabuddeen y Christopher Miembros suplentes

G. Weeramantry. A raíz de la dimisión del Sr. ShahabuMagistrados: R. Higgins, A. S. Al-Khasawneh ddeen, Indonesia designó magistrado ad hoc al Sr. Tho30. En la misma fecha, la Sala de asuntos relacionamas Franck. dos con el medio ambiente, que se estableció en 1993

37. En las causas relativas a la Legitimidad del uso de conformidad con el párrafo 1 del Artículo 26 del de la fuerza (Yugoslavia contra Bélgica); (Yugoslavia Estatuto, y cuyo mandato, en su composición actual, no contra el Canadá); (Yugoslavia contra Francia); expira hasta febrero de 2003, está integrada por los

(Yugoslavia contra Alemania); (Yugoslavia contra Itamiembros siguientes: lia); (Yugoslavia contra los Países Bajos); (Yugoslavia 4 und_gen_n0151662_docu_n.doc A/56/4 contra Portugal) y (Yugoslavia contra el Reino Unido), Ministro de Relaciones Exteriores de los Países Bajos Yugoslavia designó magistrado ad hoc al Sr. Milenko de fecha 26 de febrero de 1971, el Presidente de la CorKreća, mientras que en las causas en las que eran parte tiene precedencia sobre los Jefes de Misión, incluido tes, Bélgica, el Canadá e Italia designaron respectivael Decano del Cuerpo Diplomático, al que sigue inmemente magistrados ad hoc al Sr. Patrick Duinslaeger, el diatamente el Vicepresidente de la Corte, y a partir Sr. Marc Lalonde y el Sr. Giorgio Gaja. Estos magisde éste tienen precedencia alternativamente los Jefes trados han ejercido como tales durante el examen de la de Misión y los miembros de la Corte (ibíd., págs. 210 solicitud de Yugoslavia de que se dicten medidas proa 213). visionales.

44. En su resolución 90 (I) de 11 de diciembre de

38. En las causas relativas a las Actividades armadas 1946 (ibíd., págs. 206 a 211), la Asamblea General de en el territorio del Congo (la República Democrática las Naciones Unidas aprobó el acuerdo concertado con del Congo contra Burundi);(la República Democrática el Gobierno de los Países Bajos en junio de 1946 y redel Congo contra Uganda) y (la República Democráticomendó que “... si un juez, con el propósito de estar ca del Congo contra Rwanda), la República Democrátipermanentemente a disposición de la Corte, reside en ca del Congo designó magistrado ad hoc al Sr. Joe algún país que no sea el suyo, goce de privilegios e inVerhoeven, Burundi al Sr. Jean J. A. Salmon, Uganda al munidades diplomáticos durante su residencia en dicho Sr. James L. Kateka y Rwanda al Sr. John Dugard. sitio” y que “... los jueces tengan todas las facilidades

para salir del país en que pudieran encontrarse, para

39. En la causa relativa a la Aplicación de la Convenentrar al país donde la Corte tenga su sede, y para salir ción para la Prevención y la Sanción del Delito de Genuevamente de él. En el curso de los viajes que hagan nocidio (Croacia contra Yugoslavia), Croacia designó en el ejercicio de sus funciones, deberían gozar, en tomagistrado ad hoc al Sr. Budislav Vukas y Yugoslavia dos los países que tengan que atravesar, de los privileal Sr. Milenko Kreća. gios, inmunidades y facilidades concedidos en esos

40. En la causa relativa al Mandamiento de detención países a los representantes diplomáticos”. de fecha 11 de abril de 2000 (la República Democráti45. La misma resolución contiene también una recoca del Congo contra Bélgica), designaron magistrados mendación de que los Estados Miembros de las Nacioad hoc la República Democrática del Congo al Sr. Sanes Unidas reconozcan y acepten los salvoconductos yeman Bula-Bula y Bélgica a la Sra. Cristine Van den de las Naciones Unidas extendidos por la Corte a los Wijngaert. magistrados. Esos salvoconductos se vienen emitiendo

41. En la causa relativa a Determinados bienes desde 1950 y son similares en su forma a los emitidos

(Liechtenstein contra Alemania), Liechtenstein designó por el Secretario General de las Naciones Unidas. magistrado ad hoc al Sr. Ian Brownlie.

46. Asimismo, el párrafo 8 del Artículo 32 del Estatuto dispone que los “sueldos, estipendios y remuneraB. Privilegios e inmunidades ciones” percibidos por los magistrados “estarán exentos de toda clase de impuestos”.

42. El Artículo 19 del Estatuto dispone lo siguiente: “En el ejercicio de las funciones del cargo, los miemCapítulo III bros de la Corte gozarán de privilegios e inmunidades Competencia de la Corte diplomáticos”.

43. En los Países Bajos, de conformidad con las notas

A. Competencia de la Corte en materia de fecha 26 de junio de 1946 canjeadas entre el Precontenciosa sidente de la Corte y el Ministro de Relaciones Exteriores de ese país, los miembros de la Corte disfrutan en

47. El 31 de julio de 2001 eran partes en el Estatuto general de los mismos privilegios, inmunidades, facilide la Corte los 189 Estados Miembros de las Naciones dades y prerrogativas que los Jefes de las Misiones DiUnidas, además de Suiza. plomáticas acreditadas ante Su Majestad la Reina de los

Países Bajos (I.C.J. Acts and Documents No. 5, págs. 48. En la actualidad 63 Estados han formulado declara200 a 207). Además, según lo señalado en una carta del ciones (en muchos casos con reservas) en que

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