Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2012-2013
CIJ - Corte Internacional de Justicia
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Detalles
- Título
- Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2012-2013
- Autor
- CIJ - Corte Internacional de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Internacional Público
- Año
- 2013
A/68/4 Naciones Unidas Informe de la Corte Internacional de Justicia 1 de agosto de 2012 a 31 de julio de 2013 Asamblea General Documentos Oficiales Sexagésimo octavo período de sesiones Suplemento núm. 4 Asamblea General Documentos Oficiales Sexagésimo octavo período de sesiones Suplemento núm. 4 Informe de la Corte Internacional de Justicia 1 de agosto de 2012 a 31 de julio de 2013 Naciones Unidas • Nueva York, 2013 A/68/4 Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras mayúsculas y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.
ISSN 0251-8511
[1 de agosto de 2013] Índice Capítulo Página
I. Resumen.................................................................... 1
II. Organización de la Corte ...................................................... 6
A. Composición............................................................ 6
B. Privilegios e inmunidades ................................................. 8
C. Sede................................................................... 9
III. Función y competencia de la Corte .............................................. 10
A. Competencia en causas contenciosas ........................................ 10
B. Competencia de la Corte en materia consultiva................................ 10
IV. Secretaría................................................................... 12
A. El Secretario ............................................................ 13
B. Divisiones y dependencias sustantivas de la Secretaría.......................... 14
1. Departamento de Asuntos Jurídicos ..................................... 14
2. Departamento de Cuestiones Lingüísticas ................................ 14
3. Departamento de Información.......................................... 15
4. División Administrativa y de Personal................................... 15
5. División de Finanzas ................................................. 16
6. División de Publicaciones............................................. 16
7. División de Documentos y Biblioteca de la Corte.......................... 17
8. División de Tecnología de la Información y las Comunicaciones ............. 17
9. División de Archivos, Indización y Distribución........................... 17
10. División de Procesamiento y Reproducción de Textos ...................... 18
11. División de Seguridad ................................................ 18
12. Auxiliares jurídicos y especiales del Presidente y el Secretario............... 18
13. Secretarios de los magistrados ......................................... 19
14. Oficial médico superior............................................... 19
15. Comité del Personal.................................................. 19
V. Causas contenciosas pendientes durante el período que se examina.................... 20
1. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia)..................... 20 iii
2. Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda).................................................... 20
3. Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Croacia c. Serbia).......................................... 21
4. Controversia territorial y marítima (Nicaragua c. Colombia)................ 23
5. Controversia marítima (Perú c. Chile)................................... 26
6. Fumigación aérea con herbicidas (Ecuador c. Colombia)................... 28
7. Caza de la ballena en el Antártico (Australia c. Japón)..................... 29
8. Controversia fronteriza (Burkina Faso/Níger)............................. 33
9. Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza
(Costa Rica c. Nicaragua)............................................. 35
10. Solicitud de interpretación del fallo de 15 de junio de 1962 en la causa relativa al Templo de Preah Vihear (Camboya c. Tailandia) (Camboya c. Tailandia) .... 40
11. Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan
(Nicaragua c. Costa Rica)............................................. 44
12. Obligación de negociar el acceso al Océano Pacífico (Bolivia c. Chile) ....... 46
VI. Visitas a la Corte y otras actividades............................................. 48
VII. Publicaciones y presentaciones de la Corte al público............................... 50
A. Publicaciones ........................................................... 50
B. Película cinematográfica .................................................. 51
C. Sitio web ............................................................... 52
D. Museo ................................................................. 52
VIII. Finanzas de la Corte .......................................................... 53
A. Forma de sufragar los gastos............................................... 53
B. Preparación del presupuesto................................................ 53
C. Ejecución del presupuesto ................................................. 53
D. Presupuesto de la Corte para el bienio 2012-2013.............................. 54
E. Solicitudes presupuestarias para el bienio 2014-2015........................... 55
Anexo Corte Internacional de Justicia: Organigrama y distribución de los puestos de la Secretaría al 31 de julio de 2013 ........................................................... 57 iv A/68/4 Capítulo I Resumen Panorama de labor judicial de la Corte
1. Durante el ejercicio judicial 2012/2013, una vez más la Corte Internacional de Justicia estuvo particularmente activa. En ese período, como parte de su función
primaria, que es decidir con arreglo al derecho internacional las controversias que le someten los Estados, celebró vistas públicas en las cuatro causas siguientes (en orden cronológico): Controversia fronteriza (Burkina Faso/Níger) (véanse los párrs. 165 a 169 infra); Controversia marítima (Perú c. Chile) (véanse los párrs. 133 a 140 infra); Solicitud de interpretación del fallo de 15 de junio de 1962 en la causa relativa al Templo de Preah Vihear (Camboya c. Tailandia) (Camboya c. Tailandia) (véanse los párrs. 191 a 206 infra); y Caza de la ballena en el Antártico (Australia c. Japón) (véanse los párrs. 150 a 164 infra).
2. En ese mismo período, la Corte pronunció dos fallos en las causas siguientes
(en orden cronológico): Controversia territorial y marítima (Nicaragua c. Colombia) (véanse los párrs. 114 a 132 infra); Controversia fronteriza (Burkina Faso/Níger) (véanse los párrs. 165 a 169 infra).
3. También dictó seis providencias (en orden cronológico): • mediante providencia de 6 de febrero de 2013, la Corte autorizó a Nueva Zelandia a intervenir en la causa relativa a la Caza de la ballena en el Antártico (Australia c. Japón) (véanse los párrs. 150 a 164 infra); • mediante dos providencias separadas de fecha 17 de abril de 2013, la Corte acumuló los procedimientos en la causa relativa a Determinadas actividades
realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua) (véanse los párrs. 170 a 190 infra) y en la causa relativa a la Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan (Nicaragua c. Costa Rica) (véanse los párrs. 207 a 216 infra); • mediante providencia de fecha 18 de abril de 2013, la Corte se pronunció respecto de las cuatro reconvenciones interpuestas por Nicaragua en sus contramemorias presentadas en la causa relativa a Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua) (véanse los párrs. 170 a 190 infra); • mediante providencia de fecha 12 de julio de 2013, la Corte nombró tres expertos que asistirán a las partes en la demarcación de su frontera común en la zona objeto de controversia, con arreglo al artículo 7, párrafo 4, del Acuerdo Especial concertado entre las partes el 24 de febrero de 2009 y el párrafo 113 del fallo pronunciado por la Corte el 16 de abril de 2013 en la causa relativa a la Controversia fronteriza (Burkina Faso/Níger) (véanse los párrs. 165 a 169 infra); y 13-42392 1 A/68/4 • mediante providencia de fecha 16 de julio de 2013, la Corte se pronunció respecto de las solicitudes presentadas por Costa Rica y Nicaragua, respectivamente, de modificación de las medidas indicadas por la Corte el 8 de marzo de 2011 en la causa relativa a Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua) (véanse los párrs.
170 a 190 infra).
4. Durante el período que se examina, se instauró ante la Corte una nueva causa contenciosa: Bolivia interpuso contra Chile una demanda sobre una controversia relativa a la “Obligación de Chile de negociar con Bolivia de buena fe y de forma efectiva a fin de llegar a un acuerdo que otorgue a Bolivia acceso pleno y soberano al Océano Pacífico” (véanse los párrs. 217 a 224 infra).
5. Al 31 de julio de 2013, la Corte tenía pendientes ante sí diez causas contenciosas1. Eran partes en ellas países de todo el mundo: cinco causas se litigaban entre Estados de América Latina, dos entre Estados de Europa, una entre Estados de África y una entre Estados de Asia, mientras que una era de carácter intercontinental.
6. El objeto de las causas es extremadamente variado, incluidas controversias territoriales y marítimas, daños ambientales y conservación de los recursos vivos, violación de la integridad territorial, violación del derecho internacional humanitario y los derechos humanos, genocidio, interpretación y aplicación de convenios y tratados internacionales e interpretación de los fallos de la Corte.
7. El 25 de septiembre de 2012, Guinea Ecuatorial presentó en la Secretaría de la Corte un documento, con anexos, titulado “Solicitud de institución de procedimientos, incluida una solicitud de medidas preliminares”, por el que en particular solicitaba que el Gobierno de la República Francesa anulase los procesos y las medidas de investigación contra dos altos funcionarios de la República de Guinea Ecuatorial. En ese documento, Guinea Ecuatorial afirma que esos actos procesales violan los principios de igualdad entre Estados, no intervención,
soberanía y respeto de la inmunidad de jurisdicción penal. Guinea Ecuatorial pide a la Corte que “ponga fin a esos incumplimientos del derecho internacional” y ordene a Francia, entre otras cosas, que “dé por terminados los procesos penales” y que “adopte todas las medidas necesarias para anular los efectos” del mandamiento de detención correspondiente. A modo de “medidas provisionales”, Guinea Ecuatorial pide a la Corte, en particular, que “ordene…la devolución… de los bienes y las instalaciones pertenecientes a la República de Guinea Ecuatorial” incautados por los magistrados franceses en el contexto de la investigación. De conformidad con lo establecido en el artículo 38, párrafo 5, del Reglamento de la Corte, Guinea __________________ 1 La Corte dictó su fallo en la causa relativa al Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría c. Eslovaquia) el 25 de septiembre de 1997. No obstante, técnicamente la causa aún está pendiente por el hecho de que, en septiembre de 1998, Eslovaquia presentó en la Secretaría una solicitud de fallo adicional. Dentro del plazo fijado por el Presidente de la Corte, que vencía el 7 de diciembre de 1998, Hungría presentó un escrito en el que exponía su posición sobre la solicitud de Eslovaquia. Posteriormente, las partes reanudaron las negociaciones sobre la aplicación del fallo de 1997 y han informado a la Corte periódicamente de los avances realizados. La Corte dictó su fallo en la causa relativa a las Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda) en diciembre de 2005. Técnicamente esta causa
también sigue pendiente, ya que las partes, tal como autoriza el fallo, podrían recurrir una vez más a la Corte para que esta resolviera la cuestión de la indemnización si no lograran llegar a un acuerdo al respecto. 2 13-42392 A/68/4 Ecuatorial propone fundamentar la competencia de la Corte para el arreglo de la controversia “en el consentimiento de la República Francesa, que seguramente será otorgado”. De conformidad con el artículo 38, párrafo 5 del Reglamento de la Corte, se ha transmitido al Gobierno de Francia una copia del documento mencionado precedentemente recibido de Guinea Ecuatorial. No se adoptará ninguna medida procesal y la causa tampoco se inscribirá en la Lista General a menos que Francia consienta la competencia de la Corte en la presente causa.
8. Las causas sometidas a la Corte han cobrado mayor complejidad, tanto desde el punto de vista fáctico como jurídico. Además, con frecuencia conllevan varias fases como consecuencia, por ejemplo, de las excepciones preliminares que oponen los demandados respecto de la competencia o la admisibilidad, de las solicitudes de indicación de medidas provisionales, que deben resolverse con carácter urgente, y de las solicitudes de autorización de intervención de terceros Estados y las declaraciones de intervención presentadas por estos.
9. Respecto de la otra función de la Corte, que es emitir opiniones consultivas sobre cuestiones jurídicas remitidas por los órganos y organismos debidamente autorizado de las Naciones Unidas, durante el período que se examina no se recibió ninguna solicitud.
Continuación del nivel sostenido de actividad de la Corte
10. El ejercicio judicial 2012/2013 fue intenso, ya que en él se deliberaron cuatro
causas, y el ejercicio 2013/2014 también se trabará a pleno. En tal sentido, la Corte ya anunció que el procedimiento oral en la causa relativa a la Fumigación aérea con herbicidas (Ecuador c. Colombia) comenzará el 30 de septiembre de 2013. La Corte también informó a las partes en la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Croacia c. Serbia) de que prevé celebrar las vistas correspondientes a dicha causa a comienzos de 2014.
11. El nivel sostenido de actividad por parte de la Corte ha sido posible gracias a un importante número de medidas adoptadas en los últimos años para mejorar su eficiencia y, en consecuencia, permitirle absorber el aumento constante del volumen de trabajo. La Corte continuamente reexamina sus procedimientos y métodos de trabajo. Como parte de ese proceso, en el período que se examina aprobó una nueva Directriz sobre la práctica para su uso por los Estados, Directriz sobre la práctica IX quater, a fin de aclarar el procedimiento que deben seguir las partes que deseen presentar en las vistas material audiovisual o fotográfico no incluido previamente en el expediente durante la etapa escrita.
12. Además, la Corte se ha propuesto un calendario de vistas y deliberaciones particularmente exigente, a fin de poder examinar varias causas al mismo tiempo y tramitar lo más rápidamente posible los procedimientos incidentales, cuyo número tiende a aumentar (solicitudes de indicación de medidas provisionales, medidas provisionales, reconvenciones, solicitudes de permiso para intervenir y declaraciones de intervención). Durante el año último, la Secretaría mantuvo un alto
nivel de eficacia y calidad que hace que su apoyo sea esencial para el funcionamiento correcto de la Corte. Gracias a la ardua labor de la Corte, los Estados que consideren la posibilidad de presentarse ante el principal órgano judicial de las Naciones Unidas pueden tener la certeza de que las causas que prevean tramitar ante la Corte se decidirán de manera oportuna, teniendo en cuenta los aspectos particulares de cada una de ellas. 13-42392 3 A/68/4
13. La Corte acoge con beneplácito la reafirmación de la confianza que los Estados le han demostrado respecto de su capacidad de solucionar sus controversias.
La Corte prestará a las causas que se le presenten en el ejercicio judicial 2013/2014 la misma atención concienzuda e imparcial que a las que ha tramitado en el pasado. Promoción del estado de derecho
14. En la reunión de alto nivel de la Asamblea General sobre el estado de derecho en los planos nacional e internacional, celebrada el 24 de septiembre de 2012, el Presidente de la Corte, Magistrado Peter Tomka, recordó que “la Corte, por conducto de sus actividades, es un agente importante para el mantenimiento y la promoción del estado de derecho en el plano internacional en las relaciones entre los Estados”. Acogió complacido que cada vez se recurra más a la Corte, pero lamentó que solo poco más de una tercera parte de los Estados Miembros de las Naciones Unidas han hecho una declaración en virtud del Artículo 36, párrafo 2, del Estatuto que reconozca “como obligatoria ipso facto y sin convenio especial, respecto a cualquier otro Estado que acepte la misma obligación, la jurisdicción de la Corte en
todas las controversias de orden jurídico”.
15. En tal sentido, la Corte acoge con beneplácito que, en sus resoluciones 67/1, de 24 de septiembre de 2012, y 67/97, de 24 de septiembre de 2012, la Asamblea General exhortó a los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte Internacional de Justicia según lo dispuesto en su Estatuto.
16. Debe tenerse presente que la Corte, por ser un tribunal de justicia y, además, el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, ocupa un lugar especial. Todo lo que hace la Corte está encaminado a promover el estado de derecho: pronuncia fallos y emite opiniones consultivas de conformidad con su Estatuto, que es parte integrante de la Carta de las Naciones Unidas y, en consecuencia, contribuye a promover y aclarar el derecho internacional. También asegura la mayor difusión posible de sus decisiones a nivel mundial por conducto de sus publicaciones, productos multimedios y su sitio web, que en la actualidad contiene la totalidad de su jurisprudencia, así como la de su antecesora, la Corte Permanente de Justicia Internacional, y que ofrece información útil a los Estados que deseen presentar una controversia a la Corte.
17. El Presidente, los miembros de la Corte y el Secretario, así como el Departamento de Información y el Departamento de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Naciones Unidas, periódicamente hacen presentaciones y participan en foros jurídicos, tanto en la Sede como en el extranjero, acerca del funcionamiento de la Corte, sus procedimientos y su jurisprudencia.
18. La Corte recibe todos los años un número muy importante de visitantes. En particular, recibe a Jefes de Estado y otras delegaciones oficiales de distintos países interesados en su labor. Por último, presta especial atención a los jóvenes: participa en actividades organizadas por universidades y ofrece programas de pasantes que permiten a estudiantes con distintos antecedentes familiarizarse con la institución y, en consecuencia, aumentar sus conocimientos de derecho internacional.
4 13-42392 A/68/4
Recursos humanos: creación de puestos
19. La Corte agradece la Asamblea General los puestos que aprobó para el bienio en curso. En su presentación presupuestaria correspondiente el bienio 2012-2013, la Corte procuró la creación de un puesto de especialista en seguridad de categoría P-3, un puesto de auxiliar de seguridad de la información del Cuadro de Servicios Generales y un puesto de auxiliar de publicaciones del Cuadro de Servicios Generales en la División de Publicaciones. La Asamblea decidió otorgar a la Corte esos tres puestos para el bienio en curso, y las vacantes ya se han llenado. En particular, ello ha permitido reforzar todos los aspectos de la seguridad de la Corte y que se haya acelerado el ritmo de aparición de sus publicaciones.
Modernización del Gran Salón de Justicia del Palacio de la Paz
20. Durante el período que se examina, la Fundación Carnegie, propietaria del Palacio de la Paz, completó la renovación del Gran Salón de Justicia (la sala de audiencias), en donde fue posible instalar todo el equipo cuya financiación la Asamblea General aprobó a fines de 2009 y que fue adquirido por la Corte en diciembre de 2011. En consecuencia, desde abril de 2013, la Corte ha celebrado sus
vistas públicas en el Gran Salón de Justicia renovado, teniendo a su disposición equipo más moderno. Plan de pensiones de los miembros de la Corte
21. En 2012, por medio de una carta de su Presidente dirigida al Presidente de la Asamblea General, acompañada de un memorando explicativo (A/66/726), la Corte expresó a la Asamblea su profunda preocupación respecto de algunas propuestas hechas por el Secretario General relativas al plan de pensiones de los magistrados
(véase A/67/4, párrs. 26 a 30). En particular, destacó las graves cuestiones planteadas por las propuestas desde la perspectiva de la integridad de su Estatuto y la igualdad de sus miembros.
22. La Corte agradece a la Asamblea General la especial atención prestada a ese asunto y la decisión que adoptó (66/556 B), por recomendación de su Quinta Comisión (A/66/638/Add.1, párr. 18), a fin de darse tiempo para reflexionar al respecto y postergar hasta su sexagésimo octavo período de sesiones el examen de la cuestión. La Corte está convencida de que, con su sabiduría, la Asamblea podrá apreciar plenamente los importantes cuestiones de principio que plantea la reforma propuesta y, al mismo tiempo, reconocer que las economías a largo plazo que resultarían de ella serían marginales.
13-42392 5 A/68/4 Capítulo II Organización de la Corte
A. Composición
23. La Corte Internacional de Justicia está integrada por 15 magistrados elegidos por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad por un mandato de nueve años.
Cada tres años, la tercera parte de los puestos de la Corte quedan vacantes. Las
próximas elecciones para llenar esas vacantes se celebrarán en el último trimestre de 2014.
24. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por los miembros de la Corte cada tres años, por votación secreta. El Presidente preside todas las sesiones de la Corte, dirige su labor y supervisa su administración. Durante las deliberaciones judiciales, el voto del Presidente es decisivo en caso de que los votos estén divididos por igual. El Vicepresidente reemplaza al Presidente en ausencia de este, en caso de su incapacidad para ejercer sus funciones o en caso de vacante en la presidencia.
25. Al 31 de julio de 2013, la composición de la Corte era la siguiente: Presidente,
Peter Tomka (Eslovaquia); Vicepresidente, Bernardo Sepúlveda-Amor (México); Magistrados, Hisashi Owada (Japón), Ronny Abraham (Francia), Kenneth Keith (Nueva Zelandia), Mohamed Bennouna (Marruecos), Leonid Skotnikov (Federación de Rusia), Antônio Augusto Cançado Trindade (Brasil), Abdulqawi Ahmed Yusuf (Somalia), Christopher Greenwood (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte), Xue Hanqin (China), Joan E. Donoghue (Estados Unidos de América), Giorgio Gaja (Italia), Julia Sebutinde (Uganda) y Dalveer Bhandari (India).
26. El Secretario de la Corte es Philippe Couvreur, de nacionalidad belga. El 11 de febrero de 2013, la Corte eligió a Jean-Pelé Fomété, de nacionalidad camerunesa, para el puesto de Secretario Adjunto, por un mandato de siete años a partir del 16 de
marzo de 2013.
27. De conformidad con el Artículo 29 del Estatuto, la Corte constituye anualmente una Sala de Procedimiento Sumario, que al 31 de julio de 2013 estaba
integrada de la manera siguiente: Miembros Presidente Tomka Vicepresidente Sepúlveda-Amor Magistrados Yusuf, Xue y Donoghue Miembros suplentes Magistrados Skotnikov y Gaja.
28. La Corte también ha establecido comités para facilitar el desempeño de sus tareas administrativas. Al 31 de julio de 2003 la composición de los comités era la
siguiente: a) Comité de Asuntos Presupuestarios y Administrativos: Presidente Tomka (Presidente), Vicepresidente Sepúlveda-Amor y Magistrados Abraham, Bennouna, Yusuf, Greenwood y Xue; 6 13-42392 A/68/4 b) Comité del Reglamento: Magistrado Abraham (Presidente) y Magistrados Keith, Slotnikov, Cançado Trindade, Donoghue y Gaja; c) Comité de Biblioteca: Magistrado Bennouna (Presidente) y Magistrados Cançado Trindade, Gaja y Bandhari.
29. De conformidad con el Artículo 31 del Estatuto, las partes que no tuvieren ningún magistrado de su nacionalidad en la Corte podrán designar un magistrado ad hoc a los fines de la causa que les concierna.
30. El número de magistrados ad hoc elegido por los Estados Parte durante el período que se examina ascendió a 19, y las funciones respectivas estaban a cargo de 14 personas (la misma persona puede ser designada para actuar como magistrado
ad hoc en más de una causa).
31. En la causa relativa a las Actividades armadas en el territorio del Congo
(República Democrática del Congo c. Uganda), la República Democrática del Congo designó a Joe Verhoeven y Uganda a James L. Kateka para que se desempeñaran como magistrados ad hoc. Después de la elección de Julia Sebutinde, de nacionalidad ugandesa, como miembro de la Corte con vigor a partir del 6 febrero 2012, cesó el mandato del Sr. Kateka.
32. En la causa relativa a la Aplicación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Croacia c. Serbia), Croacia designó a Budislav Vukas y Serbia a Milenko Kreća para que se desempeñaran como magistrados ad hoc.
33. En la causa relativa a la Controversia territorial y marítima (Nicaragua c.
Colombia), Nicaragua designó a Mohammed Bedjaoui para que actuase como magistrado ad hoc; luego de la dimisión de este último, designó a Giorgio Gaja. Tras la elección del Sr. Gaja como miembro de la Corte, eligió a Thomas A. Mensah2. Colombia designó a Yves L. Fortier magistrado ad hoc; luego de la dimisión de este último, designó a Jean-Pierre Cot.
34. En la causa relativa a la Controversia marítima (Perú c. Chile), el Perú designó a Gilbert Guillaume y Chile a Francisco Orrego Vicuña para que se desempeñaran como magistrados ad hoc.
35. En la causa relativa a la Fumigación aérea con herbicidas (Ecuador c.
Colombia), el Ecuador designó a Raúl Emilio Vinuesa y Colombia a Jean-Pierre Cot
para que se desempeñaran como magistrados ad hoc.
36. En la causa relativa a la Caza de la ballena en el Antártico (Australia c.
Japón), Australia designó a Hilary Charlesworth para que actuase como magistrada ad hoc.
37. En la causa relativa a la Controversia fronteriza (Burkina Faso/Níger), Burkina Faso designó al Sr. Jean-Pierre Cot para que actuase como magistrado ad hoc. Tras la dimisión de este último, Burkina Faso designó a Yves Daudet. El Níger designó a Ahmed Mahiou para que actuase como magistrado ad hoc. __________________ 2 En vista de la designación que había hecho Nicaragua, el magistrado Gaja consideró que no era apropiado que él interviniera en ninguna otra actuación relacionada con la causa.
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38. En la causa relativa a Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua), Costa Rica designó a John Dugard y Nicaragua a Gilbert Guillaume para que se desempeñaran como magistrados ad hoc.
39. En la causa relativa a la Solicitud de interpretación del fallo de 15 de junio de 1962 en la causa relativa al Templo de Preah Vihear (Camboya c. Tailandia)
(Camboya c. Tailandia), Camboya designó a Gilbert Guillaume y Tailandia a JeanPierre Cot para que se desempeñaran como magistrados ad hoc.
40. En la causa relativa a la Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan (Nicaragua c. Costa Rica), Nicaragua designó a Gilbert Guillaume y Costa Rica a Bruno Simma para que se desempeñaran como
magistrados ad hoc. Después de la decisión de la Corte de acumular los procedimientos en esa causa con los de la relativa a Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua), el Sr. Simma renunció.
B. Privilegios e inmunidades
41. El Artículo 19 del Estatuto de la Corte dispone lo siguiente: “En el ejercicio de las funciones del cargo, los miembros de la Corte gozarán de privilegios e inmunidades diplomáticos”.
42. En los Países Bajos, de conformidad con un canje de notas de fecha 26 de junio de 1946 entre el Presidente de la Corte y el Ministro de Relaciones Exteriores de ese país, los miembros de la Corte gozan en general de los mismos privilegios, inmunidades, facilidades y prerrogativas que los jefes de las misiones diplomáticas acreditadas ante Su Majestad la Reina de los Países Bajos (I.C.J. Acts and
Documents No. 6, págs. 204 a 211 y 214 a 217).
43. En su resolución 90 (I), de 11 de diciembre de 1946 (ibíd., págs. 210 a 215), la Asamblea General aprobó los acuerdos concertados entre la Corte Internacional de Justicia y el Gobierno de los Países Bajos en junio de 1946 y recomendó lo siguiente: si un magistrado, con el propósito de estar permanentemente a disposición de la Corte, reside en algún país que no sea el suyo, se le debieran acordar privilegios e inmunidades diplomáticos durante su residencia en dicho sitio; y a los magistrados se les debieran acordar todas las facilidades para salir del país en que
pudieren encontrarse, para entrar al país donde la Corte tenga su sede y para salir nuevamente de él. En el curso de los viajes que hagan en el ejercicio de sus funciones, deberían gozar, en todos los países que tengan que atravesar, de los privilegios, inmunidades y facilidades concedidos en esos países a los representantes diplomáticos.
44. En la misma resolución, la Asamblea General recomendó también que las autoridades de los Estados Miembros de las Naciones Unidas reconocieran y aceptaran los laissez-passer de las Naciones Unidas extendidos por la Corte a los magistrados. La Corte viene expidiendo desde 1950 esos laissez-passer, que son similares en su forma a los expedidos por el Secretario General.
45. Asimismo, el Artículo 32, párrafo 8, del Estatuto dispone que “los sueldos, estipendios y remuneraciones” percibidos por los magistrados y el Secretario de la Corte “estarán exentos de toda clase de impuestos”.
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C. Sede
46. La Sede de la Corte se ha establecido en La Haya; sin embargo, ello no impide que
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