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Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2015-2016

CIJ - Corte Internacional de Justicia

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Título
Corte IJ - Informe de la Corte IJ a la Asamblea General 2015-2016
Autor
CIJ - Corte Internacional de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Internacional Público
Año
2016

Asamblea General A/71/4 Documentos Oficiales Septuagésimo primer período de sesiones Suplemento núm. 4 Informe de la Corte Internacional de Justicia 1 de agosto de 2015 a 31 de julio de 2016 Naciones Unidas  Nueva York, 2016 Nota Las signaturas de los documentos de las Naciones Unidas se componen de letras y cifras. La mención de una de tales signaturas indica que se hace referencia a un documento de las Naciones Unidas.

ISSN 0251-8511

[11 de agosto de 2016] Índice Capítulo Página

I. Resumen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

II. Función y competencia de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

III. Organización de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18

IV. Secretaría . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

V. Causas contenciosas pendientes durante el período que se examina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

1. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

2. Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25

3. Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza

(Costa Rica c. Nicaragua) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 27

4. Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan

(Nicaragua c. Costa Rica) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 31

5. Obligación de negociar el acceso al océano Pacífico (Bolivia c. Chile) . . . . . . . . 33

6. Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas marinas contadas desde la costa de Nicaragua (Nicaragua c. Colombia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35

7. Presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38

8. Delimitación marítima en el mar Caribe y el océano Pacífico (Costa Rica c.

Nicaragua) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42

9. Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. India) . . . . . . . . . . 44

10. Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Pakistán) . . . . . . . 46

11. Obligaciones respecto de las negociaciones relativas a la cesación de la

carrera de armamentos nucleares y al desarme nuclear (Islas Marshall c. Reino Unido) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 48

12. Delimitación de zonas marítimas en el océano Índico (Somalia c. Kenya) . . . . . . . 49

13. Controversia sobre la situación y la utilización de las aguas del Silala (Chile c.

Bolivia) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 51 16-13952 3/67

14. Inmunidades y proceso penal (Guinea Ecuatorial c. Francia) . . . . . . . . . . . . . . . . . 52

15. Causa relativa a ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55

VI. Visitas a la Corte y otras actividades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 58

VII. Publicaciones de la Corte y presentaciones al público . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60

VIII. Finanzas de la Corte . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 64

Anexo Corte Internacional de Justicia: organigrama y distribución de los puestos de la Secretaría al 31 de julio de 2016 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67 4/67 16-13952 A/71/4 Capítulo I Resumen Panorama de la labor judicial de la Corte

1. Durante el período que se examina, la Corte Internacional de Justicia tuvo una actividad judicial muy intensa y se pronunció, en particular, respecto de dos causas acumuladas relativas a Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza (Costa Rica c. Nicaragua) y la Construcción de una carretera en Costa Rica a lo largo del río San Juan (Nicaragua c. Costa Rica) (véanse párrs. 113 a 140 infra).

2. La Corte o su Presidente también dictaron 11 providencias. El fin de nueve de esas providencias fue fijar los plazos otorgados a las partes para la presentación de alegatos escritos en las siguientes causas (en orden cronológico): Obligación de negociar el acceso al océano Pacífico (Bolivia c. Chile) (véase el párr. 153 infra); Delimitación marítima en el océano Índico (Somalia c. Kenya) (véase el párr. 253 infra); Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda) (véase el párr. 111 infra); Presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia) (véase el párr. 193 infra);

Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda) (véase el párr. 112 infra); Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas marinas contadas desde la costa de Nicaragua (Nicaragua c. Colombia) (véase el párr. 173 infra); Controversia sobre la situación y la utilización de las aguas del Silala (Chile c. Bolivia) (véase el párr. 262 infra); Inmunidades y proceso penal (Guinea Ecuatorial c. Francia) (véase el párr. 270 infra); Causa relativa a ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) (véase el párr. 277 infra). Dos de las providencias se referían a la designación de peritos en la causa relativa a la Delimitación marítima en el mar Caribe y el océano Pacífico (Costa Rica c. Nicaragua) (véanse los párrs. 206 a 211 infra);

3. Durante ese mismo período, la Corte celebró vistas públicas en las siguientes causas (en orden cronológico): Presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia), celebró vistas sobre las objeciones preliminares opuestas por Colombia (véanse los párrs. 174 a 193 infra);

16-13952 5/67 A/71/4 Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas marinas contadas desde la costa de Nicaragua (Nicaragua c. Colombia), celebró vistas sobre las excepciones preliminares opuestas por Colombia (véanse los párrs. 154 a 173 infra);

Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. India), celebró vistas sobre la competencia y la admisibilidad (véanse los párrs. 212 a 221 infra). Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Pakistán), celebró vistas sobre la competencia y la admisibilidad (véanse los párrs. 222 a 233 infra). Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Reino Unido), celebró vistas sobre las excepciones preliminares opuestas por el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (véanse párrs. 234 a 242 infra)

4. La Corte fijó el 19 de septiembre de 2016 como fecha para la apertura del procedimiento oral en la causa relativa a la Delimitación marítima en el océano Índico (Somalia c. Kenya) (véanse los párrs. 243 a 254 infra).

5. La Corte se ocupó también de tres causas contenciosas nuevas, a saber: Controversia sobre la situación y la utilización de las aguas del Silala (Chile

c. Bolivia) (véanse los párrs. 255 a 262 infra); Inmunidades y proceso penal (Guinea Ecuatorial c. Francia) (véanse los párrs. 263 a 270 infra); Causa relativa a ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c. Estados Unidos de América) (véanse los párrs. 271 a 277 infra).

6. Al 31 de julio de 2016, la Corte tenía pendientes ante sí 14 causas:

1. Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría/Eslovaquia)1;

2. Actividades armadas en el territorio del Congo (República Democrática del Congo c. Uganda);

3. Determinadas actividades realizadas por Nicaragua en la zona fronteriza

(Costa Rica c. Nicaragua);

4. Obligación de negociar el acceso al océano Pacífico (Bolivia c. Chile); __________________ 1 La Corte pronunció su fallo en la causa relativa al Proyecto Gabčíkovo-Nagymaros

(Hungría/Eslovaquia) el 25 de septiembre de 1997. No obstante, técnicamente la causa aún está pendiente debido a que, en septiembre de 1998, Eslovaquia presentó una solicitud de fallo adicional. Dentro del plazo del 7 de diciembre de 1998 fijado por el Presidente de la Corte, Hungría presentó un escrito en el que exponía su posición respecto de la solicitud de Eslovaquia. Las partes luego reanudaron las negociaciones sobre la ejecución del fallo pronunciado en 1997 y han informado periódicamente a la Corte de los avances logrados. 6/67 16-13952 A/71/4

5. Cuestión de la delimitación de la plataforma continental entre Nicaragua y Colombia más allá de las 200 millas marinas contadas desde la costa de Nicaragua (Nicaragua c. Colombia);

6. Presuntas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el mar Caribe (Nicaragua c. Colombia);

7. Delimitación marítima en el mar Caribe y el océano Pacífico (Costa Rica

c. Nicaragua);

8. Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la

carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c.

India);

9. Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la

carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Pakistán);

10. Obligaciones respecto de las negociaciones sobre la cesación de la

carrera de armamentos nucleares y el desarme nuclear (Islas Marshall c. Reino Unido);

11. Delimitación marítima en el océano Índico (Somalia c. Kenya);

12. Controversia sobre la situación y la utilización de las aguas del Silala

(Chile c. Bolivia);

13. Inmunidades y proceso penal (Guinea Ecuatorial c. Francia);

14. Causa relativa a ciertos activos iraníes (República Islámica del Irán c.

Estados Unidos de América).

7. En las causas contenciosas pendientes participan como partes Estados de todos los continentes, a saber: seis de América, cinco de África, cuatro de Europa, tres de Asia y uno de Oceanía. La diversidad en la distribución geográfica de las causas refleja el carácter universal de la jurisdicción del principal órgano judicial de las

Naciones Unidas.

8. El objeto de las causas sometidas a la Corte es muy variado e incluye: controversias territoriales y marítimas; uso ilícito de la fuerza; injerencia en los asuntos internos de los Estados; violación de la integridad territorial y la soberanía y vulneración de derechos económicos; derecho internacional humanitario y derecho internacional de los derechos humanos; genocidio; daños ambientales y conservación de los recursos vivos; inmunidades de los Estados y sus representantes; e interpretación y aplicación de convenciones y tratados internacionales. Esta diversidad de materias refleja el carácter general de la

competencia del principal órgano judicial de las Naciones Unidas.

9. Las causas que los Estados someten a la Corte para su resolución son cada vez más complejas, tanto en cuanto a los hechos a los que se refieren como en términos jurídicos. Con frecuencia también conllevan varias fases debido, por ejemplo, a: excepciones preliminares opuestas por los demandados respecto de la competencia o la admisibilidad; la presentación de solicitudes de medidas provisionales, que deben resolverse con carácter urgente; peticiones de permiso para intervenir; y declaraciones de intervención presentadas por terceros Estados.

16-13952 7/67 A/71/4

10. Durante el período que se examina, la Corte no recibió ninguna solicitud de opinión consultiva.

Continuación del nivel sostenido de actividad de la Corte

11. En los últimos 20 años, aun con su extenso uso de nuevas tecnologías, la Secretaría ha experimentado un incremento considerable del volumen de trabajo debido al aumento sustancial del número de causas sometidas a la Corte y los procedimientos incidentales conexos, así como a la creciente complejidad de las causas.

12. La Corte ha podido hacer frente a esos nuevos desafíos gracias a las medidas que ha adoptado para mejorar su eficiencia.

13. Actualmente, la Corte se fija un calendario de audiencias y deliberaciones particularmente exigente, de manera que, en un momento dado, puede tener que examinar simultáneamente varias causas y tramitar a la mayor brevedad posible los numerosos procedimientos incidentales conexos. A lo largo del pasado año, la Secretaría procuró mantener niveles altos de eficiencia y calidad en su labor de apoyo al funcionamiento de la Corte.

14. El papel fundamental que desempeña la Corte en el sistema de solución pacífica de controversias entre Estados establecido por la Carta de las Naciones Unidas se reconoce a nivel mundial.

15. La Corte valora positivamente la confianza que los Estados depositan en ella y el respeto que le demuestran, por lo que pueden estar seguros de que seguirá esforzándose para garantizar la solución de controversias por medios pacíficos y para aclarar las normas de derecho internacional sobre las que se fundan sus decisiones, con la mayor integridad, imparcialidad e independencia y lo más rápidamente posible.

16. A este respecto cabe recordar que la posibilidad de recurrir al principal órgano judicial de las Naciones Unidas ofrece una solución singularmente eficaz en función de los costos. Cabe señalar también que, teniendo en cuenta la complejidad de las causas en las que entiende, el lapso entre el momento en que culmina el procedimiento oral y el momento en que la Corte pronuncia su fallo es relativamente breve, ya que, en promedio, no excede los seis meses.

Promoción del estado de derecho

17. La Corte aprovecha nuevamente la oportunidad que le brinda la presentación de su informe anual a la Asamblea General para formular observaciones sobre su función en la promoción del estado de derecho, en respuesta a la invitación que le hace la Asamblea periódicamente, y más recientemente en su resolución 70/118, de 14 de diciembre de 2015.

18. La Corte desempeña un papel fundamental en el mantenimiento y la promoción del estado de derecho en todo el mundo. En un discurso pronunciado en

la sesión solemne celebrada el 20 de abril de 2016 para conmemorar el 70º aniversario de la sesión inaugural de la Corte, el Sr. Ronny Abraham, Presidente de la Corte, señaló que “todos los fallos de la Corte sobre el fondo representan controversias que se han resuelto y situaciones que de otra manera podrían haber 8/67 16-13952 A/71/4 dado lugar a conflictos abiertos y en las que se ha llegado a una solución pacífica. Sus opiniones consultivas también desempeñan un papel decisivo”.

19. En ese sentido, la Corte observa con satisfacción que la Asamblea General, en su resolución 70/117, de 14 de diciembre de 2015, reconoció la importante función de la Corte, principal órgano judicial de las Naciones Unidas, en el arreglo de controversias entre Estados, así como la valía de su labor y la importancia de que se recurra a ella para resolver las controversias por medios pacíficos, e hizo notar que, de conformidad con el Artículo 96 de la Carta de las Naciones Unidas, la Corte puede emitir opiniones consultivas a solicitud de la Asamblea General, el Consejo de Seguridad u otros órganos autorizados de las Naciones Unidas y los organismos especializados.

20. La Corte también observa con reconocimiento que, en su resolución 70/118, la Asamblea General exhortó a los Estados que aún no lo hubieran hecho a que consideraran la posibilidad de reconocer la competencia de la Corte según lo dispuesto en su Estatuto.

21. Toda la labor de la Corte está dirigida a promover y fortalecer el estado de derecho. Mediante sus fallos y opiniones consultivas contribuye a fortalecer y

aclarar el derecho internacional. Asimismo, la Corte procura lograr la mayor comprensión y difusión posibles de sus decisiones a nivel mundial, mediante sus publicaciones, el desarrollo de plataformas multimedia y su sitio web propio, que contiene la totalidad de su jurisprudencia, así como la de su antecesora, la Corte Permanente de Justicia Internacional, y brinda información útil a los Estados y organizaciones internacionales que deseen recurrir a los procedimientos disponibles ante la Corte.

22. Regularmente, el Presidente, los miembros de la Corte, el Secretario y los funcionarios de la Secretaría brindan presentaciones y participan en foros jurídicos, tanto en La Haya como en el extranjero, sobre el funcionamiento de la Corte, sus procedimientos y su jurisprudencia. Esas presentaciones contribuyen a que el público tenga un mayor conocimiento de la labor de la Corte, tanto de los procedimientos contenciosos como de las actuaciones consultivas.

23. Todos los años la Corte recibe un gran número de visitantes en su sede. En particular, recibe a jefes de Estado y otras delegaciones oficiales de distintos países que tienen interés en su labor.

24. Durante el período que se examina, la Corte recibió también en su sede a unos 6.000 visitantes de diversos grupos, incluidos diplomáticos, académicos, jueces y representantes de autoridades judiciales, abogados y otros miembros de la profesión jurídica. Con el “día de puertas abiertas” que se celebra todos los años también se contribuye a un mayor conocimiento de la Corte entre el público en general.

25. La Corte tiene un interés particular por los jóvenes y por ello participa en actividades organizadas por universidades y ofrece programas de pasantías que

hacen posible que estudiantes con diversa formación se familiaricen con la institución y profundicen sus conocimientos en materia de derecho internacional. 16-13952 9/67 A/71/4 70° aniversario de la Corte

26. Para conmemorar el 70° aniversario de su sesión inaugural, la Corte celebró una sesión solemne el 20 de abril de 2016 en presencia del Rey Willem-Alexander de los Países Bajos, el Secretario General, el Ministro de Relaciones Exteriores de los Países Bajos y el Vicepresidente de la Asamblea General, así como numerosos embajadores y otros dignatarios. El Presidente del Consejo de Seguridad envió un mensaje de vídeo a la Corte, que se trasmitió durante la sesión solemne.

27. En el discurso que pronunció en esa oportunidad, el Secretario General afirmó que “a lo largo de los años la Corte Internacional de Justicia, como principal órgano judicial de las Naciones Unidas, ha contribuido de manera fundamental al estado de derecho”, interviniendo eficazmente allí donde las medidas diplomáticas o políticas habían fallado y ayudando a los países a resolver sus controversias por medios pacíficos. Hizo hincapié en que la Corte tenía “un sólido historial de fallos eficaces e imparciales, fomentando así en todo el mundo la confianza en la labor de la Corte y la fe en el poder del derecho”.

28. El Presidente de la Corte observó que si bien “el entorno político y jurídico en el que opera la Corte ha cambiado considerablemente desde 1945 [...] la necesidad de contar con una corte mundial que trabaje en pro de la paz y la justicia

internacionales sigue estando tan vigente hoy como cuando se firmó la Carta” de las Naciones Unidas. El Presidente señaló que “a sus 70 años, la Corte Internacional de Justicia ha alcanzado una serena madurez. Consciente de la importancia de la misión que le han confiados los Estados Miembros, está preparada para enfrentar los nuevos desafíos que puedan surgir en el próximo decenio”.

29. Los días 18 y 19 de abril de 2016, la Corte celebró un seminario en el Palacio de la Paz sobre el tema “La Corte Internacional de Justicia a los 70 años: retrospectiva y perspectivas”. El seminario contó con la presencia de varios diplomáticos, abogados y académicos, así como miembros de la Corte y el Secretario. El seminario tenía como objetivo abrir un debate sobre cuatro temas, a saber: la elección de la Corte como tribunal competente para los procedimientos contenciosos y consultivos, incluida la cuestión de la competencia; los métodos de trabajo de la Corte; constatación de hechos y pruebas, en particular en controversias relativas a cuestiones científicas; y el Artículo 38 del Estatuto y el derecho aplicable.

30. En ocasión de su 70° aniversario, la Corte también organizó una exposición fotográfica en el atrio del Ayuntamiento de La Haya y en el Palacio de la Paz.

Después de la exposición en La Haya, las fotografías se exhibirán en varias otras ciudades de distintas partes del mundo, entre ellas Nueva York, en la Sede de las Naciones Unidas. La exposición sirve para presentar a la Corte al público en general

y mostrar cómo, mediante sus decisiones, contribuye al mantenimiento de la paz, el imperio de la justicia y la evolución del derecho internacional. En el último panel de la exposición se recuerda que desde su creación en 1946 la Corte ha entendido en más de 160 casos, pronunciado un total de 121 fallos y emitido 27 opiniones consultivas.

31. Asimismo, en el marco de la celebración del 70° aniversario de la Corte, el 20 de abril de 2016 el Secretario General inauguró el museo de la Corte, que se remodeló recientemente (véanse los párrs. 305 a 307 infra), y salieron a la luz

10/67 16-13952 A/71/4 diversas publicaciones (véanse los párrs. 284 a 295 infra), de las cuales la más destacada fue una extensa actualización de The Illustrated Book of the International Court of Justice (edición de lujo de un libro ilustrado). Para conmemorar el aniversario también se publicaron un folleto fotográfico (“70 years of the Court in pictures”), que es una versión actualizada del folleto informativo dirigido al público en general en formato de preguntas y respuestas, un manual para los medios de comunicación con información práctica para periodistas y un nuevo volante sobre la Corte. Además, la Secretaría actualizó la película sobre la Corte, que ahora está disponible en 51 idiomas. Reducciones presupuestarias y funcionamiento de la Corte

32. A principios de 2015, la Corte presentó a la Asamblea General, por intermedio del Contralor, sus solicitudes presupuestarias para el bienio 2016-2017. Los gastos

de la Corte fueron en su mayoría gastos fijos y de carácter estatutario, y la mayor parte de las solicitudes presupuestarias para ese bienio se destinaron a financiar esos gastos. La Corte no solicitó la creación de ningún puesto nuevo para el bienio 20162017. En total, el proyecto de presupuesto para el bienio 2016-2017 ascendió a 52.543.900 dólares antes del ajuste, lo que representa un aumento neto de 1.140.800 dólares (o un 2,2%) con respecto al presupuesto para 2014-2015. El aumento se debió principalmente a una mayor necesidad de servicios de consultores y por contrata vinculados a diversos proyectos de modernización de tecnología de la información. La Asamblea ha pedido regularmente tal modernización.

33. A principios de 2016, los miembros de la Corte se sorprendieron enormemente al enterarse de que la Asamblea General no solo no había accedido a las solicitudes de la Corte, sino que había reducido su presupuesto en un 10% con respecto al presupuesto del bienio anterior, y que esa reducción incluía en particular la eliminación del equivalente a cuatro puestos. Estas medidas han suscitado profunda preocupación entre los miembros de la Corte, dado que es claro que debe seguir siendo capaz de cumplir su misión como principal órgano judicial de las Naciones Unidas en las mejores condiciones posibles, de conformidad con su Estatuto, que es parte integral de la Carta de las Naciones Unidas. Dichas medidas se aplican en un momento en que la intensidad y la complejidad de la actividad de la Corte son mayores que nunca, y a pesar de que los Estados Miembros han insistido reiteradamente en la necesidad de que la Corte cuente con fondos suficientes a su

disposición para hacer frente a ese nuevo desafío. Además, las reducciones se decidieron sin el tradicional intercambio de opiniones entre los dos órganos principales. Esos intercambios siempre han servido para que la Asamblea pueda entender mejor las necesidades específicas de la Corte, la cual no está sujeta a la misma justificación presupuestaria que otros órganos, no cuenta con programas y actividades que puedan planificarse por adelantado y tiene una administración independiente. Si no se dan esos intercambios, pueden adoptarse medidas que, si bien logran ahorros mínimos en el presupuesto de la Organización, pueden comprometer la labor de la Corte y, por lo tanto, resultarían seriamente contraproducentes. 16-13952 11/67 A/71/4

34. En una carta de fecha 1 de abril de 2016, el Presidente de la Corte, a instancias de la Corte, señaló a la atención del Presidente de la Asamblea General esta situación sin precedentes. En su carta, el Presidente señaló que la Corte lamentaba que las decisiones presupuestarias que la afectaban se hubieran adoptado sin que se consultara sobre las consecuencias que podrían tener en términos de la capacidad de la Corte para funcionar adecuadamente y cumplir su misión de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, y que la Corte advertía con especial preocupación la ausencia, por primera vez en su historia, del diálogo que siempre había permitido a la Asamblea General adoptar las decisiones más convenientes sobre el presupuesto del principal órgano judicial de las Naciones

Unidas.

35. El Presidente de la Corte agregó que la Corte era plenamente consciente de

las dificultades financieras que enfrentaban muchos Estados y de la necesidad de que la Organización en su conjunto, y en particular la Corte, actuaran con la moderación presupuestaria que exigía ese contexto. No obstante, el Presidente de la Corte subrayó que las medidas adoptadas para el conjunto de la Organización con ese fin podrían tener efectos sumamente perjudiciales si se aplicaban indiscriminadamente a la Corte. La Corte tenía poco personal y sus costos representaban tan solo una fracción muy pequeña del presupuesto de las Naciones Unidas (menos del 1% del presupuesto ordinario).

36. En su carta, el Presidente de la Corte recordó que, a pesar de la importancia fundamental de su función como principal órgano judicial para la solución pacífica de controversias, las solicitudes presupuestarias de la Corte siempre habían sido particularmente modestas. Hizo hincapié en que las actividades de la Corte eran particularmente eficaces en función de los costos y que, dadas las circunstancias, cualquier reducción de sus limitados recursos podía tener efectos seriamente perjudiciales en su capacidad para cumplir su misión debidamente y dentro de plazos razonable. Para la Corte era, por lo tanto, esencial que, a fin de que el proceso presupuestario se desarrollara sin problemas, se le diera siempre la oportunidad de transmitir sus opiniones y necesidades específicas antes de que se adoptara cualquier decisión que implicara reducir sus recursos o la dotación de personal de su Secretaría.

37. El Presidente concluyó su carta afirmando que la Corte ya había adoptado, y seguiría adoptando, durante el presente bienio, todas las medidas a su alcance para que los recursos reducidos que se le habían asignado se utilizaran de la mejor

manera posible. Sin embargo, no podía descartar que tuviera que dirigirse nuevamente a la Asamblea General con una solicitud de presupuesto suplementario, en caso de que le pareciera que el desempeño de sus actividades estatutarias pudiera verse perjudicado por la falta de fondos. La Corte sabía que, en el futuro, podía contar con el apoyo de la Asamblea, y de la Organización en su conjunto, para poder seguir cumpliendo eficazmente y sin demora su misión como principal órgano judicial de las Naciones Unidas.

38. Hasta la fecha la carta del Presidente no ha tenido respuesta.

39. A raíz de su providencia de fecha 31 de mayo de 2016 en la causa relativa a la Delimitación marítima en el mar Caribe y el Océano Pacífico (Costa Rica c.

Nicaragua) (véanse los párrs. 206 a 209 infra), la Corte también necesitará recursos 12/67 16-13952 A/71/4 suficientes durante el bienio 2016-2017 para obtener un dictamen pericial. El fin del dictamen pericial, que se emitirá conforme al Artículo 50 del Estatuto de la Corte, es determinar la situación de una porción de la costa del Caribe. Tiene por objeto aclarar ciertas cuestiones fácticas que son pertinentes para la resolución de la controversia entre las partes, e implicará, entre otras cosas, que los peritos designados por el Presidente de la Corte visiten el sitio. Dado que el monto previsto en la resolución sobre gastos imprevistos y extraordinarios no alcanza para cubrir el costo de obtener el dictamen pericial, se ha efectuado una solicitud de fondos

adicionales. Plan de pensiones de los magistrados de la Corte

40. En 2012, el Presidente de la Corte envió una carta a la Asamblea General, acompañada de un documento explicativo (A/66/726), en el que se exponían las observaciones e inquietudes de la Corte sobre determinadas propuestas relativas al plan de pensiones para los magistrados formuladas por el Secretario General (véase

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