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CRA - Resolución 156 de 2001

CRA - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento

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Detalles

Título
CRA - Resolución 156 de 2001
Autor
CRA - Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2001

No. 1/2

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO

COMISION DE REGULACION DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO RESOLUCION NUMERO Li: 156 PE “J0L (15 AB. 2m1 ) Por la cual se modifica la Resolución CRA 151 de 2001, en relación con el establecimiento del plazo, las condiciones y celeridad para que las entidades prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo alcancen los limites establecidos en la Ley 142 de 1994 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 632 de 2000 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 142 de 1994, por los Decretos 1524 de 1994, 1905 de 2000 y por el Artículo 2” de la Ley 632 de 2000 y, CONSIDERANDO Que el Artículo 1? de la Constitución Política consagra que Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general. Que el Artículo 58 ibidem señala que cuando de la aplicación de una ley expedida por motivo de utilidad pública o interés social, resultaren en conflicto los derechos de los particulares con ta necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés público o social. Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2” de la Ley 632 de 2000, la Comisión de

Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico expidió la Resolución CRA 153 del 28 dé febrero de 2001 “Por la cual se adiciona la Resolución CRA N 151 de 2001, en relación con el establecimiento del plazo, las condiciones y celeridad para que las entidades prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo alcancen los limites establecidos en al Ley 142 de 1994 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 632 de 2000". Que de Jos análisis y evaluaciones del impacto en las estructuras tarifarias de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, con la aplicación de las disposiciones contenidas en la Resolución CRA 153, se consideró necesario modificar el mecanismo de ajuste aritmético anual durante el periodo de transición, por el mecanismo de ajuste geométrico anual para alcanzar las tarifas meta y los niveles de subsidio. Que la presente resolución fue debatida y aprobada en la sesión de la Comisión llevada a cabd el día 19 del mes de abril de 2001. RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- El Artículo 1.3.19.5 de la Resolución CRA 151 de 2001, quedar así: El desmonte para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo no podrá realizarse e Una proporción anual inferior a la quinta parte del desmonte total necesario, es decir, el ajust

IO - IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA - AUTOEDICION 7900:

RESOLUCION NUMERO 106 pg 2004 HoJA No. 2/2,

Por la cual se modifica la Resolución CRA 151 de 2001, en relación con el establecimiento del plazo, las condiciones y celeridad para que las entidades prestadoras de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo alcancen los límites establecidos en la Ley 142 de 1994 de conformidad con lo dispuesto en la Ley 632 de 2000 anual mínimo (FA!) a realizar a la tarifa cobrada a 31 de diciembre de 2000, para alcanzar la tarifa base, para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, no podrá realizarse en una proporción o porcentaje anual inferior a la quinta parte del porcentaje de desmonte total necesario y será calculado para cada estrato mediante la siguiente fórmula: FAL = Tarifa meta estrato 1 a diciembre 31 de 2005 3 1 ' X Tarifa actual estratoi a diciembre 31 de 2000

Donde: ¡= estratos 1,263

La tarifa mínima a alcanzar a 31 de diciembre del año n para el estrato ¡se calculará mediante la siguiente fórmula: Tarifa a 31 de diciembre año, = Tarifa a 31 de diciembre año (1-2), x (1 +FAI,) Parágrafo Transitorio: Para el año 2001, el incremento mensual antes mencionado se obtendrá mediante el cálculo de la raíz “n” del ajuste anual (FAl;), donde “n” corresponde al número de meses en los cuales se aplica el respectivo ajuste (1+FAI). ARTÍCULO SEGUNDO.- Derogatorias. La presente resolución deroga el Artículo 1.3.19.6 de la Resolución CRA 151 de 2001.

ARTÍCULO TERCERO.- Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. Cc,E N can: Y / MPA Lecta ocAMto—— JORGE ENRIQUEÁNGEL GÓMEZ ( Presidente Director Ejecutivo y 1996 - IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA > AUTOEDICION 745 di

COMISIÓN

DE REGULACIÓN

DE AGUA POTABLE == ZA Y SANEAMIENTO ph pr mad BÁSICO

EL JEFE DE LA OFICINA JURIDICA DE LA COMISIÓN DE

REGULACIÓN DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO CERTIFICA Que a efectos del archivo de las Resoluciones expedidas por la CRA durante el año de 2001, se inserta copia informal de la Resolución CRA No. 157 del 21 de abril “Por la cual se decide la solicitud de revocatoria directa, presentada contra la Resolución 144 de 2000”, ya que el ejemplar original no reposa en esta oficina. La Presente certificación se expide el 21 de Marzo de 2002. Cordialmente, a. Eye Ol

RICARDO CORREAL M.

Jefe Oficina Jurídica

CARRERA 7a. No. 71-52 TORRE B. - OFICINAS: 1401 Y 1402BOGOTA, D.C.

P.B.X. No. 3123400 FAX. 3170966

Página Web www.cra.gov.co e-mail correoUcra.gov.co

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