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CRC - Concepto 2022505723 de 2022

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Concepto 2022505723 de 2022
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2022

RADICACION DE SALIDA No.

Rad. 2022702026 Cod. 9000 Bogotá D.C.

Referencia: Consultas sobre ámbito de aplicación del RITEL en un proyecto de construcción.

La Comisión de regulación de comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el múmero consecutivo arriba anunciado, mediante la cual realiza una consulta relacionada con el ámbito de aplicación del Reglamento Técnico para Redes Intemas de Telecomunicaciones. Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidadcon lo dispuesto en el articulo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no ‘pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseñosu obras relacionadas. Ahora bien, para dar respuestaa su consulta es pertinente recordar que el numeral 1.2 Ámbito de Aplicación del Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016, estableció lo siguiente:

“NUMERAL 1.2 ÁMBITO DE APLICACIÓN. El Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL) aplica a todos aquellos inmuebles que estén sometidos al régimen de copropiedad o propiedad horizontal establecido en Colombia por la Ley 675 de 2001 o las normas que la modifiquen, sustituyan o complementen, cuyo uso sea vivienda, y que a la fecha de exigibilidadde este reglamento (1 de julio de 2019) no cuenten con licenciade construcción como obra mueva, o no hayan iniciado la etapa de preventa de cualquier proyecto constructivo (...)” Deacuerdo con lo anterior, si para la fecha de entrada en vigor del RITEL (1 de juliode 2019), el proyectoya habia iniciado la etapade preventa, se considera que está exento de cumplir con el RITEL, siempre y cuando el proyecto cuente con la documentación correspondiente que soporte lo antes mencionado, los cuales son: el contrato fiduciario, permiso de promoción y ventas por parte de las entidades correspondientes cuando aplique, registro de enajenaciónen la etapa de promoción y comercialización, con fecha antes del 1 de julio de 2019. Para mayor claridad puede consultar la Circular 123 de 2019: https:/normograma info/cre/docs/circular_crc_0123_2019 htm Finalmente, para más información la invitamos a revisar el micrositio del Reglamento que puede consultar en. hitps:/www.crcom gov.coles/micrositios'titel, donde se encuentra toda la información relacionada con el Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), como lo son las últimas noticias, manuales explicativos y de aplicación del Reglamento, preguntas frecuentes, entre otros aspectos. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicacióny quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.

Reglamento, preguntas frecuentes, entre otros aspectos. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicacióny quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.

Proyectado por: Mario Fernando Lagos Revisado por: Claudia Ximena Bustamante Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: https.//www.pnn.gov.co/EncuestaCARE %radicado=2022702026. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de muestra atención. ‘NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones .

Porfavor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningón funcionario de esta Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, = ae Mariana Sarmiento Argiiello Coordinadora de Relacionamiento con Agentes cliente Gcrcom.gov.co exces sexcess @ recor

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