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CRC - Concepto 2022505851 de 2022

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Concepto 2022505851 de 2022
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2022

RADICACION DE SALIDA No.

Rad. 2022801966 Cod. 9000 Bogotá D.C.

LA Referencia: Consulta sobre toma de corriente alterna para alimentar cajas PAU según RITEL La Comisión de regulación de comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el múmero consecutivo arriba anunciado, mediante la cual realiza la siguiente consulta: “Tengo una consulta con respecto a la toma eléctrica de la pau, para alimentar esta toma se debe dejarun circuito independiente, como en el resto de equipos de la infraestructura como seti o sets por ejemplo, o se puede compartir carga con tro circuito de la vivienda del usuario.” Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el articulo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseñosu obras relacionadas.

Ahora bien, en cuantoa su consulta, elNumeral 2.2.9 del Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016 establece que las cajas de punto de acceso al usuario “(...) Deberán contar en sus inmediaciones (máximo 500 mm) con un tomacorriente de

cajas de punto de acceso al usuario “(...) Deberán contar en sus inmediaciones (máximo 500 mm) con un tomacorriente de corriente alternao base de enchufe para la conexión de minimo dos dispositivos activos (...)” , de acuerdo con esto, no seria necesario implementar un circuito exclusivo para dicho fin, sin embargo queda a consideración del diseñador la decisión de implementarlo como independiente o compartido, esto siempre y cuando la instalación eléctrica cumpla con la debida certificación RETIE conforme se establece en el Numeral 2.1. del Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016: “(..) 6. El diseño y construcción de la infraestructura soporte de la red intemade telecomunicaciones del inmueble, asi como la red de captación, distribución y dispersión de señales parael acceso al servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT), deberán cumplir en todo momento con los aspectos relativos a la seguridad eléctricay de compatibilidad electromagnética, de manera que se satisfaga lo establecido en el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE), establecido mediante la Resolución 90708 de 2013 expedida por el Ministerio de Minas y Energia, y las demás normas que lo deroguen, sustituyan o modifiquen según aplique. (...)” Finalmente, para más información lo invitamos a visitar el micrositio del Reglamento que puede consultar en https:/www.crcom gov.co/es/micrositios'titel donde puede revisar los documentos guia e información relevante asociada al RITEL En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.

Proyectado por: Mario Fernando Lagos Revisado por: Claudia Ximena Bustamante Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace:

requieran.

Proyectado por: Mario Fernando Lagos Revisado por: Claudia Ximena Bustamante Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: https.//www.pnn.gov.co/EncuestaCARE %radicado=2022801966. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidadde muestra atención. ‘NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones Porfavor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningón funcionario de esta

Entidad. En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario. Cordial saludo, Mariana Sarmiento Argiiello Coordinadora de Relacionamiento con Agentes ‘atencioncliente@crcom.gov.co © ecrcca ¡creeo (9 ¡creeo @ crecor

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