CRC - Concepto 2022507450 de 2022
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2022507450 de 2022
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2022
RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2022803351
Comunicación CARE <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> Mié 16/03/2022 1:48 PM
CC: Comunicación CARE <comunicacioncrccare@crcom.gov.co>; CORREO@CERTIFICADO.4-72.COM.CO <CORREO@CERTIFICADO.4-72.COM.CO>; VENTANILLADECORRESPONDENCIA@HABITATBOGOTA.GOV.CO <VENTANILLADECORRESPONDENCIA@HABITATBOGOTA.GOV.CO>
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4851986.html; Respuesta Email Firmado 2022803351 - 1632022.pdf;
RADICACION DE SALIDA No. 2022507450Rad. 2022803351
Cod. 4000 Bogotá D.C.
REF. CANALIZACIÓN PARA FIBRA ÓPTICA EN PROPIEDAD HORIZONTAL
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (en adelante “CRC”) recibió su comunicación con el radicado arriba enunciado, mediante la cual formula a esta Entidad los siguientes interrogantes:
“(…) en una propiedad horizontal con edad de 30 años, vimos cómo están siendo excavadas las zonas verdes en muchos sitios y nosotros como copropietarios no sabemos nada al respecto, algún trabajador indico que van a instalar fibra óptica de xx empresa, mi pregunta es: ¿se requiere aprobación de la asamblea para estas excavaciones en zonas verdes con motivos de telecomunicaciones como es instalar la red de fibra óptica? ¿Qué decreto o documento lo indica así? (…)”.
Previo a referirnos a sus interrogantes, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir
red de fibra óptica? ¿Qué decreto o documento lo indica así? (…)”.
Previo a referirnos a sus interrogantes, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versan su consulta.
Ahora bien, frente a su consulta, de manera atenta le informo que la CRC no tiene competencia para tomar posición frente a este tipo de situaciones en algún tipo de propiedad privada, esta competencia ha sido establecida a la Secretaría del Hábitat, por lo que, en términos del artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, trasladamos a dicha entidad por considerarla entidad competente para dar respuesta a su consulta. Adicional a esto, a modo informativola invitamos a consultar el régimen de copropiedad o propiedad horizontal establecido en Colombia por la Ley 675 de 2001.
En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.
Proyectado por: Mario Fernando LagosCopia a: Secretaría del Hábitat
ventanilladecorrespondencia@habitatbogota.gov.co
aclaración adicional que requiera.
Proyectado por: Mario Fernando LagosCopia a: Secretaría del Hábitat
ventanilladecorrespondencia@habitatbogota.gov.co
Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.
NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad.
En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario.
Cordial saludo,