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CRC - Concepto 2022509425 de 2022

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Concepto 2022509425 de 2022
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2022

17/5/22, 13:13 Correo: Comunicación CARE - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkADE5OWU0NmZmLTAyZDctNGIzZS1hOTRiLWQ4NzRkMjUxZjQ2NABGAAAAAAAOrPEeFEdrQq63bt8K8… 1/2

RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2022804592

Comunicación CARE <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> Jue 7/04/2022 5:15 PM

RADICACION DE SALIDA No. 2022509425

Rad. 2022804592 Cod. 4000 Bogotá D.C.

REF. RESPUESTA A CONSULTA ETIQUETA EN LA PARTE TRASERA DE EQUIPO MÓVILES

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual formula un par de interrogantes en torno al etiquetamiento de los Equipos Terminales Móviles (en adelante, ETM) con miras ser comercializados en el territorio nacional.

Previo a referirnos a sus interrogantes, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que

de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versan su consulta.

Al respecto de su primer interrogante, “Es mandatorio para todos los fabricantes de celulares que quieran comercializar equipos en Colombia incluir una etiqueta en la parte trasera en donde se indique el número FCC-ID y los números de IMEI?”; le indicamos que para dar cumplimiento con lo dispuesto en el numeral 7.1.1.2.2. de la Resolución CRC 5050 de 2016 en cuanto a la información a suministrar para la homologación de ETM, no se contempla la diferenciación entre etiqueta física o electrónica. Lo importante es que, para la solicitud de homologación en la presentación de la etiqueta se pueda comprobar la relación existente entre el modelo y marca del equipo terminal y su IMEI, desde el cual se extrae el TAC y la información que permita a la CRC verificar la existencia de un certificado de conformidad, declaración de conformidad u otro documento que haga sus veces, siempre que sean de tercera parte, que permita verificar el cumplimiento de las normas técnicas adoptadas en Colombia.

Finalmente, en lo relacionado con su segunda consulta, la normatividad vigente no contempla la obligación de incorporar el IMEI en la bandeja que aloja la SIM card, no obstante, teniendo en17/5/22, 13:13 Correo: Comunicación CARE - Outlook

Finalmente, en lo relacionado con su segunda consulta, la normatividad vigente no contempla la obligación de incorporar el IMEI en la bandeja que aloja la SIM card, no obstante, teniendo en17/5/22, 13:13 Correo: Comunicación CARE - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkADE5OWU0NmZmLTAyZDctNGIzZS1hOTRiLWQ4NzRkMjUxZjQ2NABGAAAAAAAOrPEeFEdrQq63bt8K8… 2/2

cuenta las normas y estándares de industria y comercio, los productos deberían portar etiquetado donde se plasme el número de serie del dispositivo, IMEI (en caso de poseerlo), entre otra información, toda vez que se daría una correcta aplicación de la garantía de compra. En línea con lo anterior, si desee profundizar en lo relacionado con el etiquetado del IMEI, le sugerimos dirigirse a la GSMA (GSM Association), dado que este organismo está autorizado por la 3GPP (3rd Generation Partnership Project) para asignar TAC (Type Allocation Code) para todas las identidades de dispositivos móviles GSM a nivel mundial. Adicionalmente, la GSMA es la fuente de datos IMEI completos y autorizados. Para ello, le compartimos el correo de contacto que esta entidad proporciona para temas asociados:

imeihelpdesk@gsma.com

De esta forma damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Proyectado por: Julián Lucena

Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta.

La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra

Finalmente, le solicitamos amablemente se sirvan diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta.

La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.

NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones. Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad.

En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario.

Cordial saludo,

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