CRC - Concepto 2023526663 de 2023
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2023526663 de 2023
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2023
Digitally signed by Revisión: 14 Aprobado: Coordinación Relacionamiento con Agentes Vigencia: 08/08/2022
2023819723 Cod. 4000 Bogotá D.C.
REF. Documento de identidad
SARMIENTO ARGUELLO MARIANA Date: 2023.11.30 14:55:2105:00
Reason: Fiel Copia del
Original
Location: Colombia
La Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRCha recibido su comunicación radicada internamente bajo el número 2023819723, mediante la cual presenta una consulta sobre la identificación de los extranjeros en Colombia.
De manera atenta le informamos que en los términos del inciso segundo del artículo 19 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, reiteramos la respuesta a su consulta identificada con el radicado CRC 2023710446 y que anexamos a la presente comunicación.
Previo a referirnos sobre el objeto de la consulta, debe mencionarse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por las normas vigentes. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que el ordenamiento jurídico le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Así mismo, debe recordarse que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, sino que los mismos deben hacer referencia a la materia por la cual se pregunta de manera general y abstracta, y sobre el contenido y aplicación del marco regulatorio.
administrativas. Así mismo, debe recordarse que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, sino que los mismos deben hacer referencia a la materia por la cual se pregunta de manera general y abstracta, y sobre el contenido y aplicación del marco regulatorio.
¿ Con el objetivo de individualizar y garantizar que quien suscribe el contrato para adquirir los servicios con un operador de telecomunicaciones en efecto es la persona que está realizando dicho trámite, qué documentación se puede pedir a los ciudadanos extranjeros (diferentes a los ciudadanos venezolanos) que deseen adquirir los servicios de telecomunicaciones? ¿cédula de extranjería? ¿pasaporte? ¿otro diferente? ¿Cuál?
El artículo 2.2.1.11.4.7 del Decreto 1067 de 2015 dispone que:
“Los titulares de las categorías de visas que deban registrarse ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, se identificarán dentro del territorio nacional con la respectiva Cédula de Extranjería en su formato físico o digital. Los demás extranjeros se identificarán con el pasaporte vigente.
La Cédula de Extranjería vigente en calidad de Residente, será válida como documento para salir e ingresar del país, sin perjuicio de los requisitos adicionales establecidos en el presente capítulo o en acuerdos internacionales.
Los titulares de Visa Preferencial también se identificarán dentro del territorio nacional con la Cédula de Extranjería.” (SFT)
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278Digitally signed by
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278Digitally signed by Revisión: 14 Aprobado: Coordinación Relacionamiento con Agentes Vigencia: 08/08/2022
SARMIENTO ARGUELLO MARIANA
Date: 2023-11-30
14:55:21 -05:00
Reason: Fiel Copia del
Original
Location: Colombia
Continuación: Documento Identidad Página 2 de 2
De acuerdo con esa disposición los extranjeros que están obligados a contar con cédula de extranjería (en los términos del artículo 8 de la Resolución 2061 de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia) deben identificarse con ese documento, por el contrario, quienes no estén obligados a contar con ese documento pueden identificarse con su pasaporte vigente.
Adicionalmente a lo anteriormente explicado, es importante precisar que, de acuerdo con lo estipulado en la Ley 1341 de 2009 (modificada por la Ley 1978 de 2019) en su artículo 22, la CRC es la Entidad que:
“La Comisión de Regulación de Comunicaciones es el órgano encargado de promover la competencia en los mercados, promover el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante, regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad, de las redes y los servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta
y garantizar la protección de los derechos de los usuarios; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad, de las redes y los servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora.”
En relación con el asunto de su consulta, por disposición del numeral 2 del artículo 4 del Decreto 4062 de 2011, es la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la autoridad competente para ejercer la vigilancia y el control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional y llevar el registro de identificación de extranjeros y efectuar en el territorio nacional la verificación migratoria de los mismos.
De acuerdo con lo expuesto y en cumplimiento del artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en concordancia con el numeral 2 del artículo 4 del Decreto 4062 de 2011 damos traslado de su consulta a la entidad competente, en este caso, la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia para que esa entidad la atienda.
En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.
Cordial Saludo, SARMIENTO Firmado digitalmente por
SARMIENTO ARGUELLO MARIANA ARGUELLO MARIANA Fecha: 2023.11.30 15:50:30 -05'00'
MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO
Coordinadora de Relacionamiento con Agentes
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300
Coordinadora de Relacionamiento con Agentes
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278