CRC - Concepto 2025505303 de 2025
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Disponible
Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025505303 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2025
Outlook
RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2025802123
DesdeComisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> FechaMié 19/02/2025 9:58 AM Para MGDISENO2@GMAIL.COM <MGDISENO2@GMAIL.COM> CC Comisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co>; ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-4-72.COM <ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-472.COM> 1 archivo adjunto (931 KB) Respuesta Email Firmado 2025802123 - 19022025.pdf;
RADICACION DE SALIDA No. 2025505303
RADICACION DE SALIDA No. 2025505303
Rad. 2025802123 Cod. 9000 Bogotá D.C.
Señor: SEBASTIAN GORDILLO GUTIERREZ Ingeniero de proyectos Correo: mgdiseno2@gmail.com
Tel. +57 3208905310
REFERENCIA: Acceso a cuarto técnico por escotilla Respetado señor Gordillo, La Comisión de Regulación de Comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual consulta sobre Acceso a cuarto técnico por escotilla.
Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho
Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas. De acuerdo con su consulta, los cuartos técnicos en el RITEL tienen condiciones mínimas necesarias para cumplir con el optimo funcionamiento de los equipos, en este caso específico para un cuarto en cubierta (SETS), el cual alberga equipos de la red TDT, a su vez, dichos cuartos deben de cumplir con requisitos de seguridad que permita en un caso evacuar de forma efectiva y directa a cualquier persona a un área segura. De acuerdo con lo anterior el numeral 2.2.5 salones y/o gabinetes de equipos de telecomunicaciones de la resolución compilatoria 5050 de 2016, define las condiciones mínimas necesarias para dichos espacios de trabajo y se especifican a detalle qué deben de cumplir. Ejemplo de ello es el acceso a los cuartos y/o gabinetes, lo cual se especifica de manera 12/5/25, 9:22 a.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAkALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWg0Ayheued%2BQ1UCRoDaSlCEttgAHxWNUzQAA 1/3explícita qué tipo de puerta se debe de tener y bajo qué condiciones técnicas.
«Puerta: Ala y marco fabricadas en lámina metálica en cold rolled o similar, ancho mínimo de 900 mm y altura mínima a 2000 mm, marco igual a puerta, apertura hacia el exterior, ala con persiana inferior que permita ventilación, acabado con pintura anticorrosiva y color de acuerdo con criterio arquitectónico.» Por todo lo anterior no se encuentra viable que se pueda acceder a un cuarto técnico por escotilla, argumentado en la evacuación y seguridad de las personas, por tal motivo es indispensable acogerse al reglamento y cumplir a cabalidad las condiciones mínimas determinadas en el mismo. Para finalizar, la invitamos a ampliar la información, visitando el micrositio del Reglamento que puede consultar en https://www.crcom.gov.co/es/micrositios/ritel donde puede revisar los documentos guía e información relevante asociada al RITEL; así como el curso virtual de introducción al RITEL disponible en https://aula.crcom.gov.co/enrol/index.php?id=17 En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.
Proyectado por: Juan David Botero
Revisado por: Juan Pablo Hernández M.
Finalmente, le solicitamos diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta . La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. Le solicitamos que en caso de que requiera elevar una petición adicional sobre éste u otro tema lo realice a través denuestro correo institucional atencioncliente@crcom.gov.co, único correo habilitado para la radicación de
lassolicitudes o acceda al siguienteformulario .
NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad.
En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario . Cordial saludo, 12/5/25, 9:22 a.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAkALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWg0Ayheued%2BQ1UCRoDaSlCEttgAHxWNUzQAA 2/3Nota Confidencial: Esta comunicación constituye un pronunciamiento oficial de la Comisión de Regulación deComunicaciones, y esta entidad no se hace responsable por las alteraciones que pueda sufrir este mensaje despuésde su envío. 12/5/25, 9:22 a.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAkALgAAAAAAHYQDEapmEc2byACqAC%2FEWg0Ayheued%2BQ1UCRoDaSlCEttgAHxWNUzQAA 3/3