CRC - Concepto 2025509131 de 2025
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025509131 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2025
Información pública Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025
Rad. 2025803989 Cód. 4000 Bogotá D.C. Digitally signed by
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REF. SU SOLICITUD DE CONCEPTO SOBRE ASIGNACIÓN, VENTA Y/O SUBASTA (O
CONCURSO PÚBLICO) DE NUMERACIÓN ESPECIAL DE 3 O 4 DÍGITOS
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación radicada internamente bajo el número 2025803989, por medio de la cual solicita información acerca de «los procesos de asignación, venta y/o subasta (o concurso público) de numeración especial (de 3 o 4 dígitos, o según la definición en cada país), con el objetivo de conocer las mejores prácticas y metodologías aplicadas en este ámbito». Así mismo, plantea una serie de interrogantes sobre el particular, los cuales serán relacionados y atendidos en el presente documento.
Previo a referirnos sobre el objeto de la consulta, es oportuno mencionarse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo de Colombia y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por la normatividad vigente. De este modo, el alcance del
conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo de Colombia y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por la normatividad vigente. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Así mismo, debe recordarse que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, sino que los mismos deben hacer referencia a la materia por la cual se pregunta de manera general y abstracta y sobre el contenido y aplicación del marco regulatorio o las funciones respecto de la cual esta entidad ostenta competencias.
Precisado lo anterior, consideramos importante poner de presente que el artículo 19 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, establece que la CRC es el órgano encargado, entre otros, de promover la competencia en los mercados, promover el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante, regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios; con el fin que la prestación de los servicios de comunicaciones sea económicamente eficiente, y reflejen altos niveles de calidad, de
1 CPACA. «ARTÍCULO 28. ALCANCE DE LOS CONCEPTOS. Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.».
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cumplimiento o ejecución.».
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las redes y los servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora. La CRC, entonces, dirige todos sus esfuerzos al objetivo consistente en garantizar que, en virtud de la prestación de los servicios de comunicaciones, la población colombiana tenga un mayor nivel de bienestar, a través de la promoción de la libre competencia, la inversión, la prestación eficiente del servicio y la salvaguarda de los derechos de los usuarios.
En materia de recursos de identificación, según lo dispuesto en los numerales 122 y 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, la CRC ostenta la competencia para regular y administrar los recursos de numeración e identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos, diferentes al espectro radioeléctrico y del nombre de dominio de Internet bajo el código del país
22 de la Ley 1341 de 2009, la CRC ostenta la competencia para regular y administrar los recursos de numeración e identificación de redes de telecomunicaciones y otros recursos escasos, diferentes al espectro radioeléctrico y del nombre de dominio de Internet bajo el código del país correspondiente a Colombia -.co-.
En este contexto, la CRC expidió la Resolución CRC 5968 de 2020, por medio de la cual estableció el régimen de recursos de identificación. Dicha resolución se encuentra compilada en el Título 6 de la Resolución CRC 5050 de 2016.
Los Recursos de Identificación son un conjunto de recursos físicos y lógicos utilizados en la prestación de servicios de telecomunicaciones, o en la explotación de las redes de telecomunicaciones que ofrecen dichos servicios y se definen como todas aquellas series de cifras, caracteres y símbolos representados en forma de indicativos, números, nombres, direcciones o identificadores, de dominio público o privado, utilizados en el proceso de registro y autorización en las redes de telecomunicaciones para identificar inequívocamente: abonados, usuarios, elementos de red, una función, una entidad de red y servicios o aplicaciones.
La CRC en el ejercicio de sus funciones actualmente administra diez tipos de recursos de identificación, que se listan a continuación:
1. Numeración E.164
2. Códigos de puntos de señalización
3. Numeración de códigos cortos para SMS y USSD
4. Indicativo de red para el servicio móvil - MNC
5. Número de identificador de expedidor – IIN
6. Numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY
7. Códigos de operador de larga distancia – COLD
8. Números de encaminamiento de red – NRN
5. Número de identificador de expedidor – IIN
6. Numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY
7. Códigos de operador de larga distancia – COLD
8. Números de encaminamiento de red – NRN
9. Numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB
10. Recursos de identificación de TDT
2 Modificado por el artículo 19 de la Ley 1978 de 2019
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Teniendo en cuenta que en su consulta hace referencia a «numeración especial de 3 o 4 dígitos», es importante indicar que de los recursos de identificación que son administrados por la CRC sólo cumplen con esa estructura la «Numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY » y « Numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB», por lo cual, a continuación, se expondrán las definiciones y usos de cada uno
marcación 1XY » y « Numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB», por lo cual, a continuación, se expondrán las definiciones y usos de cada uno de ellos, para posteriormente resolver sus interrogantes.
- Sobre la Numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación
1XY
Este tipo de numeración se encuentra regulada en el capítulo 7 del título VI de la Resolución CRC 5050 de 2016, en el cual se definen, entre otros aspectos, los requisitos y reglas para su asignación, la definición de quiénes pueden ser asignatarios y las obligaciones de éstos, así como las obligaciones a cargo de los PRST, los criterios de uso eficiente y causales de recuperación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6.7.1.2. de la Resolución CRC 5050 de 2016, los números semiautomáticos y especiales de marcación 1XY están concebidos para proveer un acceso de fácil recordación al usuario a todos aquellos servicios de interés social que no tienen uso comercial, y que por agilidad requieren que la marcación sea sencilla. Cuentan con una atribución genérica dispuesta en cuatro modalidades que definen las características de éstos al momento de su asignación, las cuales se enfocan en el tipo de servicio a soportar y los costos que deben ser asumidos por el Proveedor de Redes y Servicios de TelecomunicacionesPRST, el Prestador del Servicio 1XY y el usuario.
En línea con lo anterior, la numeración de servicios semiautomáticos y especiales tiene la estructura 1XY, en donde "X" y "Y" pueden tomar como valor cualquier dígito entre 0 y 9. En atención a condiciones de escasez de números en la matriz 1XY, y bajo la necesidad de identificar de manera
1XY, en donde "X" y "Y" pueden tomar como valor cualquier dígito entre 0 y 9. En atención a condiciones de escasez de números en la matriz 1XY, y bajo la necesidad de identificar de manera unificada redes o servicios en particular, se emplea la estructura 1XYZ donde la secuencia correspondiente a 1XY deberá estar libre dentro de la matriz y Z podrá ser de 1 o 2 dígitos de longitud según se requiera.3
Las cuatro modalidades de este recurso de identificación son las siguientes:
Modalidad Descripción 14 Caracteriza los números cuyas llamadas no representan ningún costo para el usuario ni para el Prestador del Servicio 1XY y, por lo tanto, los costos
3 Resolución CRC 5050 de 2016. Artículo 6.7.1.1. ESTRUCTURA DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. 4 Resolución CRC 5050 de 2016. Artículo 6.7.1.2. ATRIBUCIONES DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS
Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. Numeral 6.7.1.2.1.
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deben ser asumidos por el PRST. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios de urgencias. 25 Caracteriza los números cuyas llamadas son sufragadas por el Prestador del Servicio 1XY y que, en consecuencia, no tienen ningún costo para el usuario. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios prestados por los PRST a sus usuarios. 36 Caracteriza los números cuyas llamadas tienen costo al usuario equivalente a la tarifa local, tiempo al aire o su equivalente según el tipo de servicio. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios de interés social que por su naturaleza estén adscritos a una entidad de orden nacional. 47 Caracteriza los números cuyas llamadas tienen tarifa especial al usuario y son destinados a servicios de información telefónica.
- Sobre la Numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB
Por su parte, la numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB se encuentra regulada en el capítulo 10 del título VI de la Resolución CRC 5050 de 2016, en el cual se definen, entre otros aspectos, los requisitos y reglas para su asignación, la definición
se encuentra regulada en el capítulo 10 del título VI de la Resolución CRC 5050 de 2016, en el cual se definen, entre otros aspectos, los requisitos y reglas para su asignación, la definición de quiénes pueden ser asignatarios y las obligaciones de éstos, así como las obligaciones a cargo de los PRST, los criterios de uso eficiente y causales de recuperación.
El numeral 6.10.1.2.1. del artículo 6.10.1.2. ibidem dispone que para la identificación de servicios comerciales o de interés general, se atribuye el rango de números para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada bajo el esquema #ABB comprendido entre el #100 y el #999. Adicionalmente establece que quedan excluidos de este rango aquella combinación de dígitos #ABB tal que sea igual a la numeración de servicios semiautomáticos y especiales de abonados esquema 1XY Modalidad 1. • Sobre los interrogantes de su consulta «Mecanismo de asignación
5 Resolución CRC 5050 de 2016. Artículo 6.7.1.2. ATRIBUCIONES DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. Numeral 6.7.1.2.2. 6 Resolución CRC 5050 de 2016. Artículo 6.7.1.2. ATRIBUCIONES DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS
Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. Numeral 6.7.1.2.3.
7 Resolución CRC 5050 de 2016. Artículo 6.7.1.2. ATRIBUCIONES DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS
Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. Numeral 6.7.1.2.4.
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- ¿Se llevan a cabo subastas, ventas o concursos públicos para la asignación de numeración especial? • En caso afirmativo, ¿qué criterios se emplean para estructurar estos eventos? • ¿A qué sectores está dirigida esta numeración especial? Por ejemplo, comercial, corporativo o de cualquier otro tipo».
Respuesta de la CRC
En relación con los anteriores interrogantes, nos permitimos indicar que en Colombia la asignación de recursos de identificación, incluidos los 1XY y los #ABB, son asignados de oficio o a solicitud de interesado siguiendo los procedimientos establecidos en los artículos 6.7.2.3.
asignación de recursos de identificación, incluidos los 1XY y los #ABB, son asignados de oficio o a solicitud de interesado siguiendo los procedimientos establecidos en los artículos 6.7.2.3. y 6.10.2.2. de la Resolución CRC 5050 de 2016 y previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos para cada tipo de numeración.
En este sentido, en Colombia no se realizan subastas, ventas o concursos públicos para la asignación de estos tipos de numeración.
En lo que respecta a los destinatarios de los referidos recursos de identificación, es de mencionar que los 1XY son asignados a entidades estatales, empresas o PRST que presten servicios catalogados como semiautomáticos y especiales. Dichos asignatarios se entienden como Prestadores de Servicios 1XY autorizados de manera general por el Administrador de los Recursos de Identificación para hacer uso de ellos, pero dicha condición no les genera derechos de exclusividad o efectos particulares y concretos en torno a este recurso de identificación, por lo que en el evento en que varias empresas o entidades que presten un mismo servicio enmarcado en las modalidades atribuidas para la numeración 1XY, deberán compartir el número establecido para tal fin. A su vez, la regulación general establece que los #ABB podrán ser asignados a las personas jurídicas que soliciten a los PRST la utilización de dichos números para soportar sus actividades comerciales o de interés general, y tendrán el derecho de habilitar un único número en todos los PRST previa celebración de los respectivos acuerdos comerciales con los proveedores de su preferencia.
«Cálculo del precio base • ¿Qué metodología se utiliza para determinar el precio base de una subasta de numeración especial?
los PRST previa celebración de los respectivos acuerdos comerciales con los proveedores de su preferencia.
«Cálculo del precio base • ¿Qué metodología se utiliza para determinar el precio base de una subasta de numeración especial? • ¿Existen criterios económicos, técnicos o regulatorios específicos para este cálculo? • Si existen dichos criterios, ¿podrían compartir referencias o fundamentos normativos al respecto?».
Respuesta de la CRC
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De acuerdo con lo expuesto en la respuesta anterior, en Colombia los recursos de identificación, y para efectos de este concepto, las numeraciones 1XY y #ABB no son asignados a través de subasta. «Proceso de adjudicación o asignación • ¿Cuáles son los requisitos para adjudicar o asignar un número en estos eventos? • ¿Existen mecanismos alternativos a las subastas, ventas o concursos públicos para
asignados a través de subasta. «Proceso de adjudicación o asignación • ¿Cuáles son los requisitos para adjudicar o asignar un número en estos eventos? • ¿Existen mecanismos alternativos a las subastas, ventas o concursos públicos para la asignación de numeración especial? Cualquier documento o referencia oficial que puedan proporcionarnos será de gran utilidad para nuestro análisis».
Respuesta de la CRC
- Requisitos y procedimiento de asignación numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY
De conformidad con lo establecido en el capítulo 7 del título VI de la Resolución CRC 5050 de 2016 los requisitos para la asignación numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY son los siguientes: «ARTÍCULO 6.7.2.2. REQUISITOS PARA LA ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. A efectos de solicitar la asignación de numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY a un determinado servicio de interés social, el solicitante debe remitir al Administrador de los Recursos de Identificación, a través del trámite unificado de recursos de identificación dispuesto para tal fin en el SIUST, o aquel sistema que lo sustituya, la siguiente información: 6.7.2.2.1. Razón Social y NIT del solicitante. 6.7.2.2.2. Dirección de recibo de correspondencia del solicitante. 6.7.2.2.3. Nombre del Representante Legal del solicitante. 6.7.2.2.4. Número solicitado y modalidad a la que solicita que pertenezca, con la correspondiente justificación.
6.7.2.2.3. Nombre del Representante Legal del solicitante. 6.7.2.2.4. Número solicitado y modalidad a la que solicita que pertenezca, con la correspondiente justificación. 6.7.2.2.5. Tipo de cobertura asociada al número: Nacional, Departamental o Municipal. De forma adicional, cuando se requiera cobertura departamental o nacional, especificar los departamentos o los municipios a cubrir conforme la división político -administrativa de Colombia, DIVIPOLA, disponible en el sistema de consulta del DANE. 6.7.2.2.6. En el evento en que el número sea requerido de manera temporal, se debe indicar tal condición acompañada de la fecha en la que el mismo dejaría de operar, y en consecuencia proceda su recuperación. 6.7.2.2.7. Información sobre el enrutamiento que los PRST deben programar en sus redes, discriminada por región geográfica, especificando los departamentos o municipios que cubrirá con cada uno de los números de teléfono que aporte. 6.7.2.2.8. Detalle del servicio a prestar, incluyendo el tipo de información o servicio que se va a entregar a los usuarios.
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6.7.2.2.9. Justificación y propósito del servicio que se pretende prestar con el número 1XY solicitado, donde se demuestre, entre otros, las diferencias del servicio que se pretende prestar en comparación con los servicios autorizados previamente por el Administrador de los Recursos de Identificación a través de otros números 1XY. 6.7.2.2.10. Carácter jurídico de la dependencia solicitante, anexando los actos administrativos internos de creación o delegación de la dependencia responsable de la línea de atención, o soporte legal de constitución de la entidad responsable donde se evidencien las funciones conferidas para la prestación y necesidad del servicio. 6.7.2.2.11. Protocolos de atención a los usuarios, que incluyan horarios de atención, proyección de la cantidad de usuarios a atender, así como los manuales de procedimiento o instructivos de trabajo que orienten la atención de la línea por parte de los profesionales responsables. 6.7.2.2.12. Información sobre la solución tecnológica a través de la cual garantizarán la correcta prestación del servicio, acorde con la demanda de usuarios informada. 6.7.2.2.13. Cualquier otra información que le permita al solicitante justificar la solicitud.».
Así mismo, en la citada resolución se establece el siguiente procedimiento para la asignación
correcta prestación del servicio, acorde con la demanda de usuarios informada. 6.7.2.2.13. Cualquier otra información que le permita al solicitante justificar la solicitud.».
Así mismo, en la citada resolución se establece el siguiente procedimiento para la asignación de dicho recurso de identificación:
«ARTÍCULO 6.7.2.3. PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE LA NUMERACIÓN DE SERVICIOS SEMIAUTOMÁTICOS Y ESPECIALES DE MARCACIÓN 1XY. Una vez remitidas las solicitudes de numeración de servicios semiautomáticos y especiales de marcación 1XY conforme con lo establecido en el ARTÍCULO 6.7.2.2. de la SECCIÓN 2 del CAPÍTULO 7 del TÍTULO VI, el Administrador de los Recursos de Identificación se pronunciará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, contados a partir del recibo de la solicitud, para lo cual se determinará la pertinencia o no de la asignación mediante el siguiente procedimiento:
6.7.2.3.1. Se verificará que la solicitud presentada cumpla con todos los requisitos establecidos en el ARTÍCULO 6.7.2.2. de la SECCIÓN 2 del CAPÍTULO 7 del TÍTULO VI. En caso de requerirse, se solicitará información adicional.
6.7.2.3.2. Se realizará una verificación que permita identificar si alguno de los servicios autorizados previamente por el Administrador de los Recursos de Identificación para ser atendidos mediante otros números 1XY, son susceptibles de cubrir la necesidad que se pretende satisfacer con el número solicitado. Lo anterior, con el fin de evitar la duplicidad de asignaciones y la atención de servicios similares con números diferentes, así como de
atendidos mediante otros números 1XY, son susceptibles de cubrir la necesidad que se pretende satisfacer con el número solicitado. Lo anterior, con el fin de evitar la duplicidad de asignaciones y la atención de servicios similares con números diferentes, así como de propender por el posicionamiento del número único nacional de emergencias 123 en la modalidad 1.
6.7.2.3.3. En el evento en que se cumpla con todos los requisitos y se considere viable y oportuna la solicitud, se comprueba la disponibilidad del número solicitado en el SIGRI y, de proceder, se cambia el estado del recurso solicitado en dicha herramienta. La asignación del número 1XY será formalizada mediante un acto administrativo de asignación, y divulgada mediante una circular de conformidad con lo establecido en el ARTÍCULO 2.2.12.2.1.14 del Decreto 1078 de 2015.
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6.7.2.3.4. De no cumplirse con alguno de los requisitos establecidos, o de comprobarse que la necesidad que se pretende satisfacer puede ser atendida a través de un número 1XY previamente asignado, el Administrador de los Recursos de Identificación negará la asignación del número y le informará al solicitante acerca de la motivación de la decisión.
6.7.2.3.5. Una vez se expida el acto administrativo de asignación, el Administrador de los Recursos de Identificación procederá a registrar los números de enrutamiento en la base de datos centralizada y a comunicar los mismos a PRST a través de los medios que se dispongan para tal fin.».
- Requisitos y procedimiento de asignación de numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB
A su vez, según lo dispuesto en el capítulo 10 del título VI de la Resolución CRC 5050 de 2016 los requisitos para la asignación numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB son los siguientes: «ARTÍCULO 6.10.2.1. REQUISITOS PARA LA ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN PARA EL ACCESO AL SERVICIO SUPLEMETARIO DE MARCACIÓN ABREVIADA. A efectos de solicitar numeración para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada, el solicitante debe remitir al Administrador de los Recursos de Identificación, a través del trámite unificado de recursos de identificación dispuesto para tal fin en el SIUST, o aquel sistema
numeración para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada, el solicitante debe remitir al Administrador de los Recursos de Identificación, a través del trámite unificado de recursos de identificación dispuesto para tal fin en el SIUST, o aquel sistema que lo sustituya, la siguiente información: 6.10.2.1.1. Razón Social, NITy nombre del representante legal de la persona jurídica a la cual se asignará el recurso. 6.10.2.1.2. Acuerdo comercial suscrito entre el futuro asignatario y el PRST que remite la solicitud de asignación. 6.10.2.1.3. Dos sugerencias de número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB a ser asignado, según disponibilidad en el SIGRI. 6.10.2.1.4. Justificación y propósito del número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB solicitado. 6.10.2.1.5. Cronograma de puesta en marcha del número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB, el cual no puede superar los seis (6) meses. 6.10.2.1.6. Nombre y código DANE de los municipios que harán parte de la cobertura del servicio. 6.10.2.1.7. Para los casos en los cuales se instale un centro de atención en cada uno de los municipios o grupo de municipios donde se prestará el servicio, se deberá informar los números telefónicos (fijos o móviles) a los cuales deberán ser enrutadas las llamadas a cada uno de los municipios, los cuales deberán estar en funcionamiento en el momento de realizar el respectivo trámite de solicitud. 6.10.2.1.8. Para los casos en los cuales se instale un único centro de atención a nivel
cada uno de los municipios, los cuales deberán estar en funcionamiento en el momento de realizar el respectivo trámite de solicitud. 6.10.2.1.8. Para los casos en los cuales se instale un único centro de atención a nivel nacional, se deberá informar el número telefónico (fijo o móvil), al cual deberán ser enrutadas las llamadas. El número deberá estar en funcionamiento en el momento de realizar el respectivo trámite de solicitud.».
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Continuación: SU SOLICITUD DE CONCEPTO SOBRE ASIGNACIÓN, VENTA Y/O SUBASTA (O CONCURSO Página 9 de 10
PÚBLICO) DE NUMERACIÓN ESPECIAL DE 3 O 4 DÍGITOS
En igual sentido, la regulación general establece un procedimiento para la asignación de numeración de acceso al servicio suplementario de marcación abreviada #ABB, así: «ARTÍCULO 6.10.2.2. PROCEDIMIENTO DE ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN PARA EL ACCESO AL SERVICIO SUPLEMENTARIO DE MARCACIÓN ABREVIADA. Una vez remitidas las solicitude
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