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CRC - Resolución 6879 de 2022

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Resolución 6879 de 2022
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2022

RESOLUCIÓN No. 6879 DE 2022

“Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución CRC 6747 de 2022”

EL COORDINADOR ENCARGADO DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO

DE RELACIONAMIENTO CON AGENTES DE LA COMISIÓN DE

REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

En ejercicio de sus facultades legales conferidas en la Ley, en especial las previstas en los numerales 12 y 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, los artículos 2.2.12.1.2.2 y 2.2.12.1.2.3 del Decreto 1078 de 2015, la Resolución CRC 5050 de 2016, y

CONSIDERANDO

1. ANTECEDENTES

Mediante la Resolución CRC 6747 del 24 de mayo de 202 21, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) asignó el número #963 para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada bajo esquema #ABB a INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. identificada con el NIT.900349815-1.

La Resolución CRC 6747 de 2022 fue notificada por medios electrónicos el 2 de junio de 2022, tanto a INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. como a COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A E.S.P . BIC, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del Decreto 491 de 2020. Dentro del término concedido para el efecto, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A E.S.P . BIC no presentó recurso de reposición, en tanto la

Decreto 491 de 2020. Dentro del término concedido para el efecto, COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A E.S.P . BIC no presentó recurso de reposición, en tanto la INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. presentó recurso de reposición del acto administrativo en comento , mediante comunicación del 14 de junio de 2022 con radicado interno número 2022808610.

2. PROCEDENCIA DEL RECURSO INTERPUESTO

La procedencia del recurso de reposición debe ser analizada por esta Comisión a la luz de lo dispuesto en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en virtud de los cuales, dicho recurso debe presentarse por el interesado,

1 Resolución CRC 6747 de 2022. “Por la cual se asigna un número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada -#ABB a INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S.”Continuación de la Resolución No. 6879 de 7 de julio de 2022 Hoja No. 2 de 3

su representante o apoderado, ante el funcionario que dictó la decisión, dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación personal, o a la notificación por aviso, o al ven cimiento del término de publicación, según el caso, exponiendo los motivos de inconformidad frente a la decisión.

En el caso concreto, se tiene que el recurso presentado por INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. cumple con los requisitos precitados, toda vez que: (i) el recurso fue interpuesto por el representante legal ; (ii) la recurrente presentó dentro del término legal la impugnación en

COLOMBIA S.A.S. cumple con los requisitos precitados, toda vez que: (i) el recurso fue interpuesto por el representante legal ; (ii) la recurrente presentó dentro del término legal la impugnación en contra del acto administrativo, puesto que, tal como se mencionó, la Resolución CRC 6747 de 2022, fue notificada electrónicamente el 2 de junio de 2022 y el recurso de referencia fue presentado el 14 de junio del mismo año, es decir, al octavo día hábil de efectuarse la notificación ; (iii) contiene expresión concreta de los motivos para presentar el recurso; y (iv) indica el nombre y la dirección del recurrente.

Con fundamento en lo anterior, se tiene que el recurso presentado por INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. cumple con todos los requisitos de ley 2, por tanto, tal recurso será admitido, como quedará expresado en la parte resolutiva del presente acto, y la Comisión procederá a su estudio de fondo.

3. DE LA SOLICITUD DE LA EMPRESA INVERSIONES AUTOMOTRICES DE

COLOMBIA S.A.S.

INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. solicitó revocar la Resolución CRC 6747 de 2022 con fundamento en que , actualmente, no tiene un acuerdo comercial vigente con COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC para la prestación de los servicios que se soportan sobre el número #963, en los siguientes términos: (i) “(…) La empresa INVESIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A. , a la cual represento NO tiene ninguna pretensión de ser asignataria del número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada -#ABB. Por

AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A. , a la cual represento NO tiene ninguna pretensión de ser asignataria del número para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada -#ABB. Por lo tanto, rechazamos la asignación en este acto administrativo (…)”; y, (ii) “(…) La empresa INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. no tiene ningún acuerdo comercial con

COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC (…)”.

4. CONSIDERACIONES DE LA CRC

Sea lo primero manifestar que, tal como se expresa en la parte considerativa de la Resolución CRC 6747 del 24 de mayo de 2022, la CRC asignó el número #963 a INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. con fundamento en lo afirmado por COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC el 11 de marzo de 2022, quien manifestó que dicho numeral #ABB se encontraba registrado dentro del listado de números en uso con anter ioridad a la expedición de la Resolución CRC 5968 de 2020 3 y que, por consiguiente , el mismo se encontraba en estado “Preasignado” o “Reservado” en el directorio #ABB dispuesto en el Sistema de Información y Gestión de Recursos de Identificación (SIGRI) para uso por parte de INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. identificada con el NIT. 900349815-1.

Ahora bien, es con ocasión del recurso de reposición que INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. informó q ue no existe acuerdo comercial vigente con COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC para la prestación de los servicios que se soportan bajo

COLOMBIA S.A.S. informó q ue no existe acuerdo comercial vigente con COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC para la prestación de los servicios que se soportan bajo el #963 y que, por consiguiente, no se está dando uso a dicho recurso de identificación.

Así las cosas, en virtud de garantizar el uso eficiente de los recursos de identificación que se exige en el Régimen de Administración de Recursos de Identificación que trata el Titulo VI de la Resolución CRC 5050 de 2016, modificada por la Resolución CRC 5968 de 2020 , la CRC consider a viable modificar la Resolución CRC 6747 de 2022.

En relación con la posible afectación a los usuarios, la CRC advierte que toda vez que el recurso en comento fue “implementado y utilizado” , es posible que la numeración para el acceso al servicio suplementario de marcación abreviada en específico el # 963 haya sido conocido por los usuarios finales. En consecuencia, la CRC modificará el estado del recurso de “Asignado” a “Reservado” por un período de dos (2) meses en el Sistema de Información y Gestión de Recursos de Identificación

2 Artículos 74, 76 y 77 del CPACA.Continuación de la Resolución No. 6879 de 7 de julio de 2022 Hoja No. 3 de 3

(SIGRI), contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo. Una vez cumplido dicho término, se modificará de estado “Reservado” a estado “Disponible” en el Sistema de Información y Gestión de Recursos de Identificación (SIGRI).

En virtud de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Admitir el recurso de reposición presentado por INVERSIONES AUTOMOTRICES

Gestión de Recursos de Identificación (SIGRI).

En virtud de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Admitir el recurso de reposición presentado por INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. contra la Resolución CRC 6747 de 2022.

ARTÍCULO 2. Dejar sin efectos la Resolución CRC 6 747 de 202 2 expedida por la CRC, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución

ARTÍCULO 3. Modificar el estado del #963 de “Asignado” a “Reservado” por un período de dos (2) meses en el Sistema de Información y Gestión de Recursos de Identificación (SIGRI), contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo . Una vez cumplido dicho término, se modificará el estado del recurso de “Reservado” a “Disponible”.

ARTÍCULO 4 Notificar personalmente la presente Resolución a los representantes legales de INVERSIONES AUTOMOTRICES DE COLOMBIA S.A.S. y de COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. BIC o a quiénes hagan sus veces, de conformidad con lo establecido en el Código de Procedimiento Administrativo y d e lo Contencioso Administrativo, advirtiendo que contra la misma no procede recurso.

Dada en Bogotá D.C. a los 7 días del mes de julio de 2022

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

ANDRÉS JULIÁN FARÍAS FORERO Coordinador (E) de Relacionamiento con Agentes

Radicado: 2022200916 y 2022808610

ANDRÉS JULIÁN FARÍAS FORERO Coordinador (E) de Relacionamiento con Agentes

Radicado: 2022200916 y 2022808610

ID: 2791

Elaborado por: Brayan Andrés Forero

Revisado por: Brayan Orlando Ortiz

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