CRC - Resolución 7613 de 2024
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Detalles
- Título
- CRC - Resolución 7613 de 2024
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. 7613 DE 2024
“Por medio de la cual se corrige un error formal de digitación en la Resolución CRC 7594 de 2024”
LA COORDINADORA DEL GRUPO INTERNO DE TRABAJO DE
RELACIONAMIENTO CON AGENTES DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE
COMUNICACIONES
En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere los numerales 12 y 13 del artículo 22 de la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019, el artículo 2.2.12.1.2.3 del Decreto 1078 de 2015, el artículo 6.1.1.9 de la Resolución CRC 5050 de 2016 y
CONSIDERANDO
1. ANTECEDENTES
El 22 de noviembre de 2024, m ediante Resolución CRC 7594 de 2024, “Por la cual se asignan dos códigos cortos para la provisión de contenidos y aplicaciones a través de SMS o USSD a MESSANGI COLOMBIA S.A.S.”, esta Comisión asignó a MESSANGI COLOMBIA S.A.S. los códigos cortos 890023 y 890024.
En la parte considerativa de dicha resolución esta Comisión manifestó lo siguiente1:
“(…)
El 10 de septiembre de 2024, mediante comunicaciones radicadas internamente bajo el número 2024713906 y a través del Trámite Unificado de Recursos de Identificación (TURI), MESSANGI COLOMBIA S.A.S. , identificada con NIT 900.949.150-5, solicitó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), la asignación de los códigos cortos 890023 y
Recursos de Identificación (TURI), MESSANGI COLOMBIA S.A.S. , identificada con NIT 900.949.150-5, solicitó a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), la asignación de los códigos cortos 890023 y 890024 para la prestación de servicios de contenidos y aplicaciones a través de SMS o USSD en la modalidad “Gratuito para el usuario.”
Así las cosas, en la parte resolutiva de esa resolución, en el ARTÍCULO 1 se estableció:
“ARTÍCULO 1. Asignar los siguientes cuatro códigos cortos a MESSANGI COLOMBIA S.A.S. para la provisión de contenidos y aplicaciones a través de SMS o USSD, según la descripción brindada en su solicitud, y de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución CRC 5050 de 2016:
1 CRC. Resolución 7594 de 2024. Hoja 1. CÓDIGOS CORTOS MODALIDAD DE SERVICIO 890023 Gratuito para el usuario 890024 Gratuito para el usuarioContinuación de la Resolución No. 7613 de 17 de diciembre de 2024 Hoja No. 2 de 3
” Negrita y subrayado fuera de texto.
Como se puede apreciar, la cantidad de códigos asignados mencionado en letras “ cuatro” no corresponde con lo indicado en la parte considerativa de la resolución ni en la tabla con el listado de los códigos cortos asignados (dos en total).
2. CONSIDERACIONES DE LA CRC
Teniendo en cuenta la situación descrita en la sección anterior, esta Comisión evidencia que en la parte resolutiva de la Resolución CRC 7594 de 2024 se incurrió en un error formal de digitación
2. CONSIDERACIONES DE LA CRC
Teniendo en cuenta la situación descrita en la sección anterior, esta Comisión evidencia que en la parte resolutiva de la Resolución CRC 7594 de 2024 se incurrió en un error formal de digitación al expresar en letras la asignación de “cuatro” códigos cortos. En efecto, en el epígrafe y en la parte considerativa de la Resolución CRC 7594 de 2024 es posible establecer de forma clara y precisa que la solicitud que realizó MESSANGI COLOMBIA S.A.S. corresponde a “dos” códigos cortos, pero en la parte resolutiva el número de códigos cortos asignados expresado en letras fue “cuatro”, valor que no corresponde con lo señalado en la motivación del acto administrativo.
Por lo anterior, esta Comisión considera necesario recordar lo dispuesto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), cuyo texto señala:
“ARTÍCULO 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
Así las cosas, y teniendo en cuenta la verificación de la ocurrencia del error formal de digitación antes descrito, en la parte resolutiva del presente acto administrativo esta Comisión corregirá el
corresponda.”
Así las cosas, y teniendo en cuenta la verificación de la ocurrencia del error formal de digitación antes descrito, en la parte resolutiva del presente acto administrativo esta Comisión corregirá el valor expresado en letras de la cantidad de códigos cortos asignados, en el sentido de expresar que el valor en cuestión corresponde a “dos”.
De esta manera, se trata de la corrección de un error formal que en nada modifica la decisión sustancial si se tiene en cuenta que no se modificó el sentido de la motivación del acto administrativo ni el sentido material de lo decidido.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. CORREGIR el ARTÍCULO 1 de la Resolución CRC 7594 del 22 de noviembre de 2024, el cual quedará así:
“ARTÍCULO 1. Asignar los siguientes dos códigos cortos a MESSANGI COLOMBIA S.A.S. para la provisión de contenidos y aplicaciones a través de SMS o USSD, según la descripción brindada en su solicitud, y de conformidad con las condiciones establecidas en la Resolución CRC 5050 de 2016:
ARTÍCULO 2. Notificar personalmente la presente resolución al representante legal de MESSANGI COLOMBIA S.A.S., o a quién haga sus veces, de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA, CÓDIGOS CORTOS MODALIDAD DE SERVICIO 890023 Gratuito para el usuario 890024 Gratuito para el usuarioContinuación de la Resolución No. 7613 de 17 de diciembre de 2024 Hoja No. 3 de 3
CÓDIGOS CORTOS MODALIDAD DE SERVICIO 890023 Gratuito para el usuario 890024 Gratuito para el usuarioContinuación de la Resolución No. 7613 de 17 de diciembre de 2024 Hoja No. 3 de 3
advirtiéndole que contra la misma procede el recurso de reposición, que debe interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación.
Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre de 2024.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO
Coordinadora de Relacionamiento con Agentes
Radicados: 2024713906, 2024821563, 2024824269 y 2024825675, 2024202221.
Trámite ID: 3184
Proyectado por: Luis Carlos Ariza
Revisado por: Miguel Rojas