CRC - Concepto 2025516848 de 2025
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025516848 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2025
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278 Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 Información pública Rad. 2025809913 Cod. 8000 Bogotá, D. C.
REF: Información sobre el formato P.1.3
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 2024824294, en la cual nos solicita información sobre el formato P.1.3 “Tarifas para los Servicios de Correo y Mensajería Expresa con el fin de distribuir Objetos Postales Masivos”, establecido en el Título Reportes de Información de la Resolución CRC 5050 de 2016. Antes de referirnos a su consulta, debe aclararse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso AdministrativoCPACA, y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico vigente, en particular, lo previsto en la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019 y la legislación complementaria. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Al respecto, se debe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos hacen referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta.
se debe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos hacen referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta. Ahora bien, en primer lugar, es necesario señalar que los envíos postales masivos se constituyen cuando un cliente le entrega al operador postal un número plural de objetos postales para ser repartidos a múltiples destinatarios, tales como facturas, extractos bancarios, recibos o revistas. En consecuencia, los envíos postales que no se ajusten a la anterior condición deben considerarse como envíos individuales. En segundo lugar, es necesario precisar que el formato P.1.3 “Tarifas para los Servicios de Correo y Mensajería Expresa con el fin de distribuir Objetos Postales Masivos” fue establecido por la Resolución CRC 6333 de 2021 (así lo encontrará en la plataforma SIUST – HECAA) y entró en vigor desde el primer trimestre de 2022 (2022–1T), el cual debe ser reportado con periodicidad trimestral y contenido trimestral por los operadores de mensajería expresa, con plazo hasta 30 días calendario después de finalizado el trimestre. Digitally signed by
MARIANA SARMIENTO ARGUELLO Date: 2025.06.04 11:31:0105:00
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MARIANA SARMIENTO ARGUELLO
Date: 2025-06-04
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Original
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Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278
Continuación: Información sobre el formato P.1.3 Página 2 de 2
Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 Información pública A partir del 2022–3T hasta la fecha, corresponde la misma denominación del formato (P.1.3) pero perteneciente a la Resolución CRC 6577 de 2022 (así lo encontrará en la plataforma SIUST – HECAA), la cual modificó este formato, y empezó a regir el 1 de julio de 2022 y entro en vigor desde el tercer trimestre de 2022 (2022–3T). Teniendo en cuenta lo anterior, es necesario aclarar que, si para un periodo en particular el operador no cuenta con acuerdos vigentes con clientes para distribuir objetos masivos, ni tiene acuerdos de interconexión con otros operadores postales, la herramienta HECAA cuenta con la opción “Reportar en Cero” para reportar un formato en ceros, cumpliendo así con su obligación de reporte de información. En consecuencia, las empresas que prestan el servicio de mensajería expresa y no cuentan con acuerdos con otras empresas para la distribución de objetos postales masivos, no deben reportar el formato P.1.3, para lo cual deberán ingresar a la plataforma HECAA, ubicar el formato en el link correspondiente la Resolución CRC 6577 de 2022 y escoger la opción “Reportar en Cero”. Adicionalmente, le informamos que la CRC ha dispuesto un micrositio dentro de su página web donde puede encontrar la misma información que le hemos presentado, los diccionarios de cada
correspondiente la Resolución CRC 6577 de 2022 y escoger la opción “Reportar en Cero”. Adicionalmente, le informamos que la CRC ha dispuesto un micrositio dentro de su página web donde puede encontrar la misma información que le hemos presentado, los diccionarios de cada formato y algunas herramientas adicionales como presentaciones y preguntas frecuentes, sobre las disposiciones del régimen de Reporte de Información Periódica, al cual puede acceder en el siguiente enlace: https://crcom.gov.co/es/micrositios/reportes-de-informacion-periodica En todo caso, si luego de consultar la información indicada, persisten las dudas sobre el contenido de alguno de los formatos de reporte establecidos en la Resolución CRC 5050 de 2016, puede escribirnos al correo monitoreopostal@crcom.gov.co indicándonos sus inquietudes puntuales. Así mismo, si requiere más información sobre el proceso de reporte de la información en la plataforma HECAA del Sistema Colombia TIC, puede comunicarse con la Mesa de Servicio Sectorial del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones a través de la línea telefónica en Bogotá 6013443460 Opción 1 Extensiones 3325 – 3215 o al correo electrónico mesadeserviciosectorial@mintic.gov.co. En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera. Cordial Saludo,
MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO
Coordinadora Relaciones con Grupos de Valor
Proyectado por: Romel Rodríguez Hernández
Revisado por: Miguel Andrés Durán
MARIANA
SARMIENTO ARGUELLO Firmado digitalmente por
MARIANA SARMIENTO ARGUELLO Fecha: 2025.06.04 11:40:04
-05'00'